El Blog del Derecho de Familia

Opinión

Mujer, divorciada y Abogada de Familia.

En los últimos tiempos mi especialización en derecho de familia se ha canalizado hacia la defensa de la posición del padre en los procedimientos de familia. Me he encontrado con compañeros/contrarios que no llegan a entender cómo puedo “atreverme a quitarle los niños a una madre”. Yo me pregunto: ¿porqué el concepto de quitar? ¿Porqué me encuentro mayormente con Letradas que dirigen la posición materna, prepotentes, creyendo siempre que la madre lo va a ganar todo y que el padre no es mucho más que un indigno, impresentable, caradura…?

Toda madre es por definición apta para cuidar de los menores (custodia en exclusiva, es decir, mayor tiempo con los niños) y todos los padres , de entrada, además de tener que demostrar que son aptos y capaces, tienen que forzar la situación para “demostrar” que la madre no es apta. ¿Es eso lógico?. ¿Es justo?

Y  en muchos casos, ¿porque los propios padres tiran la toalla antes de entrar en el juego?

No puedo compeler a mis clientes a iniciar un procedimiento contencioso pero me duele  cuando oigo a uno que me dice que aceptará mil cosas para que la mujer le deje a los niños. Cuando uno viene, a toro pasado, porque no puede soportar unos alimentos que pactó en convenio (sin encomendarse a nadie, bueno, si, al Abogado de ella) porque en el momento del dilema, de la rotura, todo lo que ella pedía, lo asintió, lo firmó, lo aceptó, sin pensar más que en “tenerla contenta”.

Quizás ahora me estoy cerrando a la mitad de la clientela potencial , (ya se sabe, en cada divorcio hay dos partes) pero la realidad es que, siendo mujer y divorciada, me sorprende la actuación de buena parte de las compañeras letradas contrarias, y tanto como la de las esposas de mis clientes, de aquellas que se llenan la boca con su maternidad y que llegado el momento del divorcio, en lugar de pensar en lo mejor para sus hijos, sólo les preocupa saquear y perjudicar a aquel a quien en su día escogieron como padre de esos hijos.

37 comentarios »

  1. Genial y concluyente comentario. Seguro que se puede decir más alto.

    Comentarios por Oscar Cano Fuentes — 02/03/2010 @ 5:25 pm | Responder

  2. Muy bueno…
    ¿porque los propios padres tiran la toalla antes de entrar en el juego?
    pues por que no hay muchas otras opciones, por miedo a hacer daño a los niños, por responsabilidad (a veces mal entendida), por que, como decía un amigo mío, cuanod uno se divorcia, está en el peor de sus momentos.

    muy bueno el comentario

    Comentarios por Fernando — 26/05/2010 @ 8:51 am | Responder

    • Gracias por la aportación. Muchas veces me llegan padres al despacho, con convenios incumplibles, o simplemente, que firmaron sin negociar absolutamente nada, algunas veces incluso dudo que se asesoraran con abogado ( ni bueno ni malo), y vienen para ver como pueden cambiarlo, o quejándose de que ellos querían ver más a los niños, pero resulta que ni siquiera osaron pedirlo. Se dejaron llevar por el «como no me lo van a dar, ya ni lo pido». No quiero nunca referirme a que sea necesario acudir al juzgado en un contencioso, pero, como mínimo, no dar nunca por sentado que las cosas son así y no hacer nada por cambiarlas. Si cuando una pareja, sea quien sea de los dos, empieza a hablar de divorcio, si el marido directamente tiene en la cabeza «la casa y los niños para ella», que no venga luego con que «yo quiero custodia compartida» o «quiero más visitas» o «ella se ha quedado con todo». Y es que los padres deben ir cambiando un poco el chip. Hay muchos que ya lo tienen cambiado, y gracias a sus esfuerzos, cada vez hay más niños que tras un divorcio, comparten tanto tiempo con el padre como con la madre, o incluso, muchos que viven habitualmente con el padre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/05/2010 @ 9:27 am | Responder

      • Pues gracias a ti por tu contestación…
        entiendo tus palabras. Mi experiencia como la de muchos otros es difícil de resumir pero por lo que veo es más común de lo que podría pensarse. Mi exmujer ha trabajado y sigue trabajando siempre por las tardes y por lo tanto, yo he sido quien se ha encargado de los hijos en gran proporción. En todo caso, lo que quiero decir es que, por ignorancia, por falta de buen asesoramiento o por la tristeza y dificultad que se vive cuando uno decide dar por terminada una relación con hijos le lleva a una posición debilitada emocionalmente que le hace tomar decisiones de las que luego con el tiempo se arrepiente. YO acabé en su momento por poner una demanda de divorcio solicitando la custodia compartida. Su abogada en aquél momento, ni contestaba a mis faxes, etc. todo fue muy complicado por diversas razones. la demanda estaba perfectamente argumentada y documentado (no quiero la custodia de mis hijos, sí la compartida, salvo que ella no quisiera la custodia en cuyo caso, obviamente me haría cargo de mis hijos) pero me aconsejaron retirarla para firmar de mutuo acuerdo un convenio pues me aseguraron que el juez nunca daría una CC sin el acuerdo expreso de mi ex. Así es que con el fin de limitar el conflicto, me confié y firme un acuerdo de divorcio con un convenio cuasi-impuesto por ella que tiene muchas indefiniciones y que ella ha usado a tope para hacer daño (ya iré escribiendo en tu blog sobre mi experiencia).
        Ahora me arrepiento de no haber luchado más pero cuando la otra parte se apantalla con tus hijos, es difícil tomar decisiones correctas. Me preocupo de vivir día a día honestamente y aportar a mis hijos lo mejor de mi.

        Comentarios por Fernando — 26/05/2010 @ 1:27 pm

  3. Magnífico artículo. Como mi tocayo del comentario anterior, yo también hice algunas concesiones al principio, llevado del deseo de «calmarla» para reconducir las cosas hacia un camino más civilizado. Pero fue en vano, cuanto más cedía yo, más se crecía ella y más terreno me quitaba, así que rectifiqué -a tiempo, espero- y reclamé mi lugar; reclamé que se hiciera justicia. Ella, tomada una posición de fuerza alentada por una abogada para la que no se me ocurre otro calificativo más suave que rastrera, entabló una guerra sucia que yo no entendí, o no quise entender, a pesar de las advertencias de mi abogado, hasta que ya había cierto daño hecho.
    La moraleja, para no aburrir con mi caso, es que muchos nos dejamos pisotear al principio en la esperanza de suavizar las cosas. Pero es un error catastrófico. Nunca hay que renunciar a la propia dignidad, ni van a recibir los hijos beneficio alguno por ello. Antes bien, mantenerse firme y exigir justicia es la mejor forma de protegerlos.
    Saludos y enhorabuena por un blog excelente.

    Comentarios por Fernando — 08/06/2010 @ 11:04 am | Responder

  4. Hola Assumpció, solo queria comentar que ultimamente te pregunte sobre algunos aspectos que me preucupan de mi futuro con la custodia de mi hija, y a los que me ocntestaste con gran ayuda, pero que me gustaria que dejaran de estar escritos todo el tiempo en el foro, quiero decir la posibilidad de una vez ya contestada la pregunta pueda borrarlo, ya que personas ajenas ami, me han llamado porque en google solo con mi nombre han leido todo lo referente a mi problema y las caracteristicas pribadas de la cuestion, y me gustaria que se pudieran anular,pues no es de mi agrado esta accesibilidad tan facil de mi intimidad, me puedes ayudar?- gracias.

    Comentarios por alicia — 06/12/2010 @ 12:29 pm | Responder

  5. Hola,
    Me ha sorprendido agradablemente tu blog. Estoy en un proceso de divorcio, pero incluso mi abogado tiene prejuicios contra mí, por ser el padre. Él lo reconoce, pero dice que como los jueces también los tienen, así me adapto mejor a la realidad.
    El verano pasado me separé, en principio de mutuo acuerdo, aunque el hecho de que yo desde el principio tuviera otra pareja, y que esta nueva relación dure todavía, ha despertado toda la rabia de mi mujer. En septiembre pactamos unas medidas provisionales: custodia compartida, partiendo la semana en dos, alternando los fines de semana y repartiendo las vacaciones de verano por quincenas. Esto último a petición suya, como también pasarle a ella 200€ al mes durante el primer año, aún teniendo ella un sueldo superior al mío y custodia compartida.
    Ahora me encuentro con que con las concesiones que hice en las medidas provisionales me pillé los dedos, y ella las usa para para obstaculizar mi vida personal y profesional. Todo intercambio se ha de hacer a las 8.00, y en verano el día 15 de cada mes, aunque ello interfiera mis compromisos profesionales o mis planes de vacaciones, tanto en solitario como con los niños. Ni una hora antes ni una hora después.
    Las medidas provisionales ahora han caducado pues, esperando llegar a un acuerdo amistoso, ninguno de los dos hemos presentado la demanda. Ahora quiero presentarla, junto con una nueva petición de medidas provisionales que reparta el verano por meses (ambos tenemos 2 meses de vacaciones laborales, somos maestros). ¿Qué dirá el juez?
    Gracias.

    Comentarios por Enrique — 28/04/2011 @ 11:45 am | Responder

    • Si las medidas han caducado, sería interesante iniciar un nuevo procedimiento para asentar de nuevo un orden ya que ahora, cualquiera se lo puede saltar, y, aunque no quede bien, lo se puede «castigar» el incumplimeitno porque no se incumple nada.

      No creo que el Juzgado ponga problemas a repartir las vacaciones por meses enteros, aunque actualmente cada vez se reparten más por quincenas. Lo de los horarios de recogidas… si en dias de fiesta hay que recoger a los niños a las 8 de la mañana, poco dice en su favor de la madre que así lo exige. No creo que un Juez lo establezca así.

      Y si se acreditan los ingresos de ambos, esos 200 euros seguro que desaparecen…

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2011 @ 1:44 pm | Responder

  6. Buenos dias quisiera saber a quien corresponde el pago del billete de avion cuando un menor con custodia comprtida viene a disfrutar de las vacaciones con su padre

    Comentarios por angel — 28/07/2011 @ 1:56 pm | Responder

    • Pues depende de lo que se establezca en la sentencia (si dice algo), en relación a obligaciones de entrega o recogida y costes de traslados. Si el menor está en custodia compartida entiendo que ambos progenitores viven cerca, de forma que si el menor debe coger un avión para ir de vacaciones con el padre, será a cargo del padre en cuestión.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/08/2011 @ 6:11 pm | Responder

  7. Gracias por tu claridad. Ojalá pudiera contar contigo para mi proceso, pero estamos un poco lejos. En eso estoy, en que me digan «gracias por los servicios prestados» después de haberme dedicado a mi hijo por completo. Llega el divorcio y todo eso no vale. Da igual que presentes testimonios, papeles, declaraciones… Da igual. Eres la representación del machismo ancestral y pagas por ello. Lo peor es que mi hijo, con solo 4 años y medio, sigue diciéndome: «cuando vivamos juntos…». Por supuesto nadie le ha preguntado, ni valorado, ni nada. A ver si nos vamos a encontrar con algo que no queremos.
    Perdón por el desahogo. Lo que de verdad quería decir es que tu reflexión inicial al menos sirve para pensar que hay una grieta en este sistema tan injusto, y que alguna vez nos podemos dirigir a alguien sin que nos prejuzgue o, lo que es peor, sin que nos condene de antemano. Gracias, Assumpció

    Comentarios por Alfonso — 24/11/2011 @ 7:16 pm | Responder

  8. Hola:

    Simplemente gracias. No sabes lo reconfortante que es que alguien como tú no prejuzgue a alguien en el tema de familia por el mero hecho de ser hombre. Ojalá pudiera contar contigo en mi proceso, pero estamos lejos.
    He pedido la custodia paterna porque me he encargado de mi hijo (4 años y medio) desde que nació. Nuestra relación es excelente. Y ahora, con el divorcio, todo eso no vale para nada. Me encuentro con un muro infranqueable desde que sugiero que deseo la custodia porque estoy seguro de que mi hijo está mejor conmigo. Me miran raro casi todos, y todos me dicen que es imposible. Sigo luchando, pero desanima.
    Por eso vuelvo a darte las gracias, porque eres una grieta en ese muro. Sé que esto cambiará, y cuando lo haga habrá que reconocer la labor de justicia que estáis haciendo las pocas voces ecuánimes en estos asuntos. Un saludo

    Comentarios por Alfonso — 30/11/2011 @ 9:51 pm | Responder

    • Gracias por seguir el Blog y por participar con los comentarios. Y si te encuentras en España, no hay partido judicial que esté lo suficientemente lejos como para no actuar allí.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 7:02 pm | Responder

      • Gracias por responder. Y ànimo para seguir con el blog. Contaré cómo acaba lo mío

        Comentarios por Alfonso — 02/12/2011 @ 11:26 pm

  9. Estimada compañera.

    Necesito de tu ayuda/opinión para un tema que tengo de un conocido. Es cierto que no soy especialista en este tipo de asuntos y que lo más que he llevado de familia han sido divorcios (y la mayoría de mutuo acuerdo).

    Me encuentro actualmente representando al padre de un menos que tiene en custodia la madre por acuerdo entre ambos (sin aprobación judicial). El asunto es que ella lo está incumpliendo constantemente, especialmente en lo que a ver al menor alguna tarde entre semana se refiere o no dejar al menor con el padre cuando se vea obligada a dejarlo con alguien (se incluyó esta cláusula para dar prioridad al progenitor respecto de terceros cuidadores).

    Mi representado se plantea demandar. Y yo, estando de acuerdo, no sé muy bien en qué términos hacerlo. Es decir, consideras que es mejor pedir la custodia compartida (en el sentido de que se apruebe por el juez lo acordado en un inicio de mutuo acuerdo)? O pedir la custodia total para él con pensión de alimentos prestada por ella y con régimen de visitas también para la madre?

    Espero tus comentarios urgentemente.

    Saludos y gracias.

    Natalia Rodríguez

    Comentarios por natalia rodriguez — 08/02/2012 @ 5:54 pm | Responder

    • Apreciada compañera: el convenio que tienen firmado no es ejecutivo si no ha sido ratificado judicialmente, de forma que es, hasta cierto punto, «papel mojado». Si la madre no está de acuerdo, y hay que instar una demanda contenciosa, es mas fácil que el juez acepte los términos del convenio que firmaron, o con leves modificaciones. No se cuanto tiempo llevan cumpliendo el convenio y cuanto con problemas. Eso seria un dato a tener en cuenta para estructurar el procedimiento de una u otra manera. Si lo deseas, llamame y vemos de que forma podemos colaborar en este tema.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/02/2012 @ 12:55 am | Responder

  10. Hola, mi nombre es ana, llevo casi 5 años cuidando de una niña y no tengo ningún papel arreglado con su familia biológica, el trato con los padres es bueno pero nose q debo hacer para formalizar la situación y que la niña no tenga ningún problema debido a q sus padres biológicos no quieren arreglar nada poniendome escusas pero tampoco quieren hacerse cargo de ella

    Comentarios por ana — 19/05/2012 @ 8:33 pm | Responder

    • Entiendo que la tiene en su compañía como si estuviera en acogida o adoptada. Es una situación peculiar y creo que debería hacer intervenir a la dirección de atención a la infancia, puesto que la menor, por parte de sus padres biológicos, esta desamparada.

      Podría quizás también plantearse una demanda civil de guarda y custodia acreditando los hechos consumados. Si desea facilitarme mas información, podríamos estudiar su caso con detalle y efectuarle una propuesta de actuación mas fundamentada.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2012 @ 2:31 pm | Responder

  11. Hola, me llamo ana, llevo 4años cuidando de una niña y no tengo ningún papel arreglado con la familia biológica, el trato con ellos es bueno y cordial pero sólo hacen que ponerme escusas para no arreglar esta situación pero tampoco se hacen cargo de ella, la niña tiene. 4 años y medio esta totalmente al tanto de quien es su familia y quien soy yo y vive en un ambiente feliz y como deben de vivir los niños tiene otros cuatro hermanos y sus padres no tienen trabajo nose que debo hacer para arreglar esta situación y no he hecho nada antes por miedo a que la niña sufra… Me puedes ayudar? Muchas gracias un saludo.

    Comentarios por ana — 19/05/2012 @ 8:40 pm | Responder

  12. Soy madre separada con una niña de 9 años de la cual tengo la custodia.¿El padre de mi hija puede notificar a la profesora mediante notas o cartas futuras ausencias de mi hija al colegio, en este caso por acudir a una cita medica, firmar los justificantes correspondientes, sacandola ademas del colegio, quedando de acuerdo con la profesora y sin que me pida siquiera permiso?. Simplemente me notifica via SMS normal lo q tiene pensado hacer el dia de la cita sin consultarme?. Gracias

    Comentarios por Maria — 13/01/2014 @ 7:40 pm | Responder

    • Si lo hace en un tiempo que no tiene la guarda de la menor por su regimen de visitas, considero que no puede sacar a la menor del centro sin el consentimiento de Vd. En estas situaciones es cuando se hace interesante el facilitar al centro la sentencia en la que se establece el regimen de relaciones de cada uno con la menor, a fin de que el colegio sepa si puede salir la menor o no

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 10:53 am | Responder

  13. Buens días me gustaría q me ayudaran. Estoy divorciada con un niño de 2 años al momento de la separación se firmo un convenio regulador.régimen de visitas etc. Me vine al extranjero con mi hijo por lo cual ese convenio se modificó y el padre firmo dicha modificación. Debería llevárselo en verano.estamos en enero y debo regresar antes a España porque me surgió una complicación que debo hacer en este caso. No pretendo quedarne em España. Que es donde vive el padre de mi hijo..el convenio expresa que el niño vive en el extranjero. Pero debo regresar. Que hago. Como le digo al padre q regreso

    Comentarios por Vanessa Stuart — 16/01/2014 @ 12:54 pm | Responder

    • Si regresa temporalmente, no es necesario hacer cambio alguno. Al padre se lo puede decir por los medios de comunicacion habituales entre vdes, no existe mayor problema mientras el regimen vigente se cumpla.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/01/2014 @ 8:34 am | Responder

  14. Me encuentro en una situación parecida a la tuya. En mi caso soy psicóloga y colaboro con una asociación de padres separados en lucha por la custodia compartida. Y sinceramente podría haber escrito yo este post.
    Un saludo y a seguir luchando.

    Comentarios por Encarna Galindo Lorenzo — 24/02/2014 @ 9:00 pm | Responder

  15. Hola buenas tardes mi nomvre es cezar lupu quisiera hacerle una pregunta sali cn una chica y ha quedado embrazada yo no estoy con ella pero me amenaza con irse a su pais yo soy de aca españa ella es de nicaragua. Mi consulta es puede ella irse a su pais embarazada sin mi consentimiento por fabor contesteme me.urge saberlo estoy desesperado sin saber el futuro de mi hijo

    Comentarios por CEZAR LUPU — 15/05/2015 @ 2:23 pm | Responder

    • Puede irse perfectamente ya que si no son matrimonio, no existe presunción de paternidad, y de momento, no tiene Vd ningun derecho sobre el futuro bebe.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/05/2015 @ 11:37 am | Responder

  16. buenos dias, me gustaria si podria guiarme un poco en la situacion que estoy viviendo ahora. Tengo una hija fuera del matrimonio la cual en un principio no quise reconocer (cosa de la que no haya dia que me arrepienta) por varios motivos entre ellos la falta total de confianza en la madre. El caso es que ahora mismo la niña tiene casi 7 meses, he estado viendo a la niña todo este tiempo pero la relacion con mi ex-pareja es totalmente toxica, llevo desde el segundo mes diciendole que quiero ponerle los apellidos a la niña y ella se niega, hasta ahora hemos tenido muchas reconciliaciones intermitentes pero no creo que la relacion salga adelante por eso quiero empezar los tramites para reconocer a mi hija y tener la minima relacion con mi ex-pareja ya que hasta ahora veo a la niña porque trago y acepto todas las exigencias, anulandome como persona. Mi pregunta es cuanto tiempo tengo para solicitar la demanda de filiacion extramatrimonial?? Como y que tengo que hacer? Estoy muy pez en este tema, pensaba que nunca me tocaria a mi vivir esto. Muchas gracias.

    Comentarios por Alberto — 11/12/2015 @ 9:33 am | Responder

    • Para poner en marcha una demanda de filiación necesitaremos un principio de prueba de la relación existente entre vdes al tiempo de la concepción, o correos, mensajes o similares de la madre reconociendole como padre. Si es posible hacer una prueba biologica de paternidad, seria definitivo.

      Con esto, se presenta demanda al Juzgado de Primera Instancia que resolverá a la vista de lo que aportemos. Si no hay prueba biológica con la demanda, mandará hacerla judicialmente. El resultado de la prueba suele tardar bastante, y como en ese tiempo la madre ya está al corriente de la demanda, en muchos casos se torna en pasar un tiempo que no le deje ver a la menor. Por ello, si su capacidad económica se lo permite, realizar la prueba previamente acorta mucho los plazos.

      Junto con la demanda en reconocimiento de la paternidad, se solicita además que se establezca un regimen de relaciones con el menor, inicialmente de forma provisional mientras dure el procedimiento (que no siempre se obtiene) y asimismo, regimen definitivo una vez fijada la paternidad.

      El reconocimiento de paternidad conlleva, por tanto, que se deriven de ello los derechos que en efecto reclama Vd de poder relacionarse de una forma adecuada y regularizada con la menor, así como los deberes propios de la paternidad, como son la contribución de ambos a gastos a través de la pensión de alimentos, toma de decisiones y demás.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 11/12/2015 @ 10:04 am | Responder

  17. Y cuando se ha concedido la compartida y el pdre .apenas pasa tiempo con el hijo.le hace chantaje emocional al niño. Se ve como el niño tiene actitudes distintas.no lo lleva al parque a jugar con niños. Siempre viendo tele o jugando a maquinitas.Como se puede restaurar la felicidad de esa criatura que ve como una semana si y otra no le han cambiado la vida y el no lo percibe como positivo.

    Comentarios por Leonor — 02/05/2016 @ 4:47 pm | Responder

    • Si incumple y ello afecta al menor, podria plantear una modificación, pero siempre teniendo en cuenta que debe acreditar suficientemente los hechos en los que base la necesidad de cambio

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/05/2016 @ 6:58 pm | Responder

  18. Hola buenas tardes, quiero compartir mi caso porque la verdad es que ya no se por dónde ir. Me separe de la madre de mis hijos en octubre de 2014, vivíamos en Almería y ella, como es natural de la Coruña, en noviembre del 2014 se marchó con mis tres hijos sin decirme nada, estando lógicamente escolarizadas y afincadas en Almería. Quede ese día con la madre en ir a buscarlos al colé y pasar la tarde con ellos, me dijo que OK, y cuando llegue al cole la profesora me dijo que no habían ido, y así me entere que se habían ido. Desde entonces, no me ha permitido apenas hablar con ellos ni ir a verlos, no estamos casados y encima aún no me han dado ni siquiera unas medidas provisionales, llevo un año y medio sin ver a mis hijos y sin apenas hablar con ellos, para que os hagáis una idea del vínculo que tenía con ellos, cuando les pasaba cualquier cosa o se ponían malitos por la noche, a quién iban a buscar era a papa. Bueno, dicho esto, me gustaría saber más o menos que me puedo esperar en el juicio, que aún no hay fecha, pero en un principio espero conseguir por lo menos el 70% de las vacaciones y que la madre se haga cargo de los gastos de desplazamiento. He pedido la custodia también, pero me imagino que no me la darán. No se sí es normal que esto tarde tanto pero cada día me desesperó más por verlos y no encuentro ninguna forma legal de conseguirlo. Muchas gracias por leerme, un saludo

    Comentarios por Alex — 18/05/2016 @ 7:33 pm | Responder

    • Las medidas provisionales deberian celebrarse en el plazo de un mes desde que se presenta la demanda, aunque evidentemente en muchos casos ese plazo no se cumple, pero de ahi a que haya pasado año y medio, es que hay alguna cosa que se me escapa, o algo que no funciona correctamente. Ante todo, deberiamos tener presente en que fecha se presenta la demanda y si se han pedido medidas provisionales ( previas o coetáneas) o si directamente se ha presentado demanda de guarda y custodia, porque en este segundo caso, aunque el plazo lo encuentro excesivo, seria más «natural», ya que debe emplazarse a la demandada, darle plazo para contestar, y que haya huecos en la agenda judicial para celebrar.

      En cuanto al desplazamiento a Coruña, al mismo momento de tener conocimiento, y en plazo máximo de 30 días, debería Vd haber instado judicialmente el retorno de los menores, ya que si no ha hecho nada al respecto, se entiende que lo consiente, y en tal caso, obtener el retorno se convierte en algo muchísimo más complejo.

      Su abogado es quien mejor le puede orientar en cuanto a la situación del procedimiento y a lo que se puede esperar del juicio, de una parte porque es quien tiene conocimiento de todo lo que se ha hecho y se ha dicho en la demanda y contestación y por otra, porque es quien mejor puede conocer la forma de resolver del Juez que le haya correspondido.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/05/2016 @ 8:23 am | Responder

  19. Me he divorciado el verano pasado, siendo ella la demandante, y firmamos un acuerdo que ella incumple cuando la conviene.
    Por el bien de la niña lo dejo pasar haciéndome el tonto, aunque por dentro deprimido ante la impotencia de no saber que hacer para que todo se haga con la máxima normalidad posible.
    Lleva tiempo amenazando con que la niña dice que papá me pega, los abuelos no me tratan bien y los tios son tontos (mis padres y hermanos), etc. Y que lo está tratando con los Servicios Sociales.
    Evidentemente todo esto no es verdad y me da mucha pena oírlo.
    Últimamente me está dejando caer que ya lo tiene y me está causando cierta depresión y tengo miedo que me quiten la custodia.
    Que se supone que tengo que hacer demandados yo primero, esperar a que de ella el paso y luego integrar defenderme como pueda, ir a los juzgados, …?

    Comentarios por Tomás Rodríguez Ayestarán Responsable — 30/01/2018 @ 6:47 pm | Responder

    • Es una situación compleja que requeriria de muchos mas datos para dar una orientación minimamente fundamentada. Si los acuerdos son una sentencia, `puede Vd exigir su cumplimiento con demandas de ejecución, en las que se requerirá a la madre de cumplimiento y si no atiende a esos requerimientos, podria llegar a incurrir en delito de desobediencia. Hay que ver, pero, que incumplimientos son, como lo podemos acreditar. También es importante saber la edad de la niña. Si es cierto que servisios sociales estan interviniendo, Vd deberia tener conocimiento formal de ello. Quizás sea un engaño para hacerle cambiar de actitud en algun sentido. No se si podria Vd acudir a los servicios sociales y consultar si realmente se está haciendo algun seguimiento. Hable con los profesores de su hija, preocupese por como va en el cole, como actua con los niños y adultos, incluso puede contar lo que le sucede y ver si realmente la niña pone algo de manifiesto en clase.
      Estamos a sus disposición para aclarar o ampliar la información que precise. Para consulta con más detalle, por motivos de privacidad, puede comunicarse por correo electronico a martirnez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/02/2018 @ 10:38 am | Responder

  20. Buenas tardes. Estoy divorciada desde hace cuatro años. Tengo la custodia de los niños, de 11 y 7 años. En el convenio pone que findes de semana alternos y la mitad de vacaciones estarán con el padre. Casi siempre vienen los abuelos a recogerlos y a traerlos. Entre semana el nunca hace uso se las dos tardes que Tiene en convenio.
    Yo no tengo comunicación con el, sólo por correo para acoplar las vacaciones y poco mas.
    Los niños siempre han quejado de tener que irse, pero yo siempre he tratado de convencerlos y el se los gana con promesas de llevarlos a ciertos sitios, que finalmente no cumple, casi todo el tiempo lo pasan en casa de los abuelos. Por desgracia la abuela Tiene epilepsia nerviosa y poco los puede sacar de casa.
    Me encuentro Ahora con la situación de que al haber pasado dos quincenas alli durante el verano, ahora no quieren ir. Se lo han dicho al padre por teléfono, lo han llamado y le han dicho que prefieren estar aquí por los amigos, el de primeras se enfadó, y la nena que tiene 11 años le dijo que tiene que entender que se hacen mayores y quieren estar aquí ( el vive en otra población a la nuestra, y los abuelos en otra distinta a la nuestra y a la del padre).
    Al final la niña le dijo que se iva el domingo a pasar el día con el. El lo acepta, y el niño de 7 años le dice que el domingo también quiere ir, y el tambien lo acepta. Le dijo a la niña que fuera ella y ya esta.
    Me pregunta es la siguiente ¿ tengo obligación de obligar a mis hijos a ir el fin de semana? ¿el me puede denunciar? ¿ escucharía un juez la opinión de mis hijos? ¿ que consecuencias me puede traer todo esto?
    El tema es que yo les digo que han de ir, pero están ya en un plan que se niegan, se que no están agusto allí y a mi como madre me duele.
    Pero me da miedo que por no obligarlos a mi me quiten la custodia.
    El es camionero, no puede hacerse cargo de ellos por el horario, muchas veces trabaja de noche. No puede ni venir casi siempre a por ellos el fin de semana. Un saludo y gracias por adelantado

    Comentarios por Jess más — 14/09/2018 @ 12:14 pm | Responder

    • Si el padre no puede atenderles por su trabajo, podría Vd instar una modificación para cambiar el régimen de estancias. A los hijos no les van a escuchar hasta los 12 años. Vd debe respetar el régimen actual, Si realmente es un grave problema para los menores, quizás debería solicitar ayuda a profesionales para que o bien les ayuden a aceptar la situación, o bien puedan detectar si existe algún problema que aconseje una relación distinta con el padre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2019 @ 11:38 am | Responder


RSS feed for comments on this post. TrackBack URI

Deja un comentario

Blog de WordPress.com.