El Blog del Derecho de Familia

Sobre mí…

Quien soy?

Assumpció Martinez Rogés. Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB). Ejerciente desde 1996 en mi propio bufete. Inscrita en el Turno de Oficio Penal y de Violencia Doméstica, y especialista en Derecho de Familia.

Formandome continuadamente en el ICAB, en diversas materias y sobre todo en todo lo referente a mi especialidad, actualmente formo parte de dos grupos de trabajo de Millora Contínua de la Comissió de Prospectives del ICAB: el grupo INDIJURIS y el grupo KaizenIuris, en los que la formación continuada y la colabroración profesional entre especialistas nos permite estar totalmente al día tanto en tecnologías, como en la vertiente más cercana a la ley,actualidad legislativa, jurisprudencia, etc… y que nos permite además derivar los temas que llegan nuestros despachos y que no son de las materias que desarrollamos cada uno, a verdaderos especialistas-compañeros, con inquietudes de mejora , de formación y de servicio al cliente constantes. Asi nace el proyecto A3Legal, de bufete colectivo de especialistas, con mis compañeros Alex Benavente y Alberto Salgado.

Soy miembro de la AEAFA Asociación Española de Abogados de Familia y de la SCAF Societat Catalana d Advocats de Familia.

Mi despacho es unipersonal. Atiendo directamente y en todo momento de forma personal al cliente , lo que permite una mayor confianza y empatía con el problema que el cliente puede plantear, que en aquel momento le angustia, y que, siendo una cuestión de familia , requiere de un ambiente distendido y relajado para encontrar una solución al caso concreto, porque nunca dos casos son iguales en derecho de familia.

Ah! Y por si sirve de algo…. yo también estoy divorciada!!

Dónde estoy? Mi despacho está en Barcelona, aunque ello no impide seguir y dirigir procedimientos por toda la geografía española. Pueden comnicarse conmigo a través de este blog, o bien, por teléfono al 93 2320147, fax 932200593 correo electrónico martinez-roges@icab.es . También es posible concertar reuniones a traves de Skype , facetime y otros medios tecnologicos.

Pueden seguirme también en Twitter, LinkedIn,Facebook….

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369 comentarios »

  1. Hola,
    he leído algunos de tus comentarios. Me parecen muy interesantes y bien llevados.
    mi caso es bastante curioso. mi mujer y yo somos divorciados con dos hijos cada uno. hemos generado una familia maravillosa con un ambiente estupendo, sano, divertido. viajamos todo lo qeu podemos juntos y nuestros cuatro hijos se sienten en casa completamente hermanos.
    sin embargo, nuestros casos son bien distintos. El ex de mi esposa entra en nuestra casa, yo he entrado en la suya, el lleva a mis hijos con sus hijos, hablamos, etc. no hay problemas lo que no quiere decir que mi mujer y él tengan sus diferencias… naturalmente, se divorciaron! pero todo es fácil. Sus hijos fluyen de una casa a otra sin la menor limitación. Su ex, tiene en cuenta cuándo están mis hijos para que coincidan.
    Mi ex, en cambio, es un nudo de rencor y odio hacia mí, hacia mi esposa e incluso hacia mis hijastros. hemos sufrido y sufrimos todo tipo de trabas por su parte, alimentadas por la fuerza de la custodia, de tener abogado, del chantaje sobre los niñso. tenemos para escribir un libro. Tus comentarios me hacen sonreir (entiéndeme bien, por favor) por que acumulamos mucha «experiencia» sobre todas las cuestiones que apuntas y sobre muchas otras más.
    hemos intentado todo tipo de actitudes con ella desde proponer una mediación hasta intentar hablar con sus abogados, etc. al final, hacemos nuestra vida conforme a nuestras ideas y contando con las limitaciones que tenemos (que no son pocas). sencillamente, no hemos entrado ni entraremos «al trapo» en ninguna de sus intervenciones. curiosamente, los niños están bien, y conforme crecen van formando su criterio, sus propias ideas. yo lo que quiero es que crezcan sabiendo que ellos tienen sus limitaciones, que sean conscientes de ellas pero que piensen que todos tenemos limitaciones en la vida; al final, en casa, todos vivimos la realidad del divorcio con mucho «descaro», con absoluta apertura mental. lo que queremos es que crezcan en libertad. No se si me explico.
    en todo caso, estaré atento a tus comentarios.

    un salud
    Fernando

    Comentarios por Fernando — 26/05/2010 @ 8:43 am | Responder

    • HOLA QUIERO SABER SI MI MARIDO TIENE Q PAGARME ARRIENDO A MI Y A MIS NIÑOS EL FUE EL Q DESIDIO IRSE Y DEJARNOS SOLO LLEVAVAMOS 6 AÑOS VIVIENDO JUNTOS Y TENEMOS DOS NIÑOS DE 4 AÑOS Y 4 MESES Q HAGO EL DICE Q NO TIENE Q PAGARME ARRIENDO YO NO TRABAJO PORQ NO TENGO QUIEN ME CUIDE A MIS NIÑOS NO SE Q HACER

      Comentarios por wendy ortiz — 08/02/2014 @ 4:16 am | Responder

      • Deberia regularizar su situación judicialmente y será el Juzgado quien resuelva quien se queda en el uso del piso y que aportación económica debe hacer cada uno al sustento de los menores.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/02/2014 @ 8:12 pm

  2. hola Assumpció!!como estas? te va a resultar raro, mi consulta no es tanto personal como formativa. Te encontré mientras buscaba la respuesta una situación a la que he de responder para un curso que estoy haciendo. Soy trabajadora social, y me pierdo entre «el derecho». 1º me preguntan que si por impago de pensiones durante tres meses seguidos se comete delito, planteo que sí según el artículo 227, alegando que si quien no paga demuestra que no puede hacerlo dejaría de ser delito y pasaríamos la artículo 168.2 ¿voy bien? eso espero. ahora me preguntan si, en caso de ser condenado, ¿ha de pagarle a su mujer las pensiones que no le pagó y por las que le denunció? No encuentro la respuesta, o no consigo entenderlas. Bueno!llamaré a unas compañeras abogadas de las Oficinas de Atención, pero si recibo algún comentario seguro que me ayudará. Muchas gracias!!

    Comentarios por fatima — 05/06/2010 @ 3:00 pm | Responder

    • Buenas tardes Fátima, y muchas gracias por el comentario-consulta. En efecto, si se demuestra que el hecho de no pagar los alimentos es por imposibilidad económica, no estamos ante un delito. El impago de alimentos como delito se establece como medida «disuasoria» para aquellos obligados que utilizan el impago como medio de presión para otros fines, o simplemente, para fastidiar.
      Con la condena, simplemente se penaliza esa voluntariedad rebelde a cumplir, pero, para que pague lo que debe, tenemos que ir a la responsabilidad derivada de delito. Debe solicitarse como condena esta RC de forma explícita, y, si se le condena a ello, que sería lo normal, para cobrar nos podemos pasar un tiempo importante.

      Como consejo a quien pueda encontrarse en esta situación: para cobrar más o menos rápido: ejecución de sentencia en el proceso civil, que lleva aparejado un embargo practicamente directo sobre sueldo y otros bienes. Si es alguien muy reticente a pagar, pues iniciar tambien la via penal, para que cambie de actitud.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 05/06/2010 @ 5:55 pm | Responder

  3. Hola, soy un padre desesperado, estoy en el paro, y disponiamos de una custodia compartida, tras numerosas denuncias a la madre por continuos y diferentes incumplimientos solicité la custodia del menor de diez años, increiblemente no solo no me la han dado a mi, sino que se la han dado a la madre, en este pais no hay justicia, ademas solicite que me bajaran la pension por manuntencion (200€), y encima me han dejado la misma cantidad mas la mitad de los gastos extraordinarios, lo cual nos preocupa ya que la madre toma constantes decisiones de forma unilateral, la madre contrató por su cuenta una psicóloga para influir en la decisión judicial, además como digo de forma unilateral, y encima en la sentencia me obligan a que el niño desarrolle una actividad que fué motivo de los incumplimientos, un club de fútbol que además no me puedo permitir, despojándome del derecho a la patria y potestad en cuanto a los gastos extraordinarios como en éste caso es la asistencia del nene a un club de fútbol, recomendado segun la sentecia por la psicóloga, la cual ha seguido el deseo de la madre, además los dias de visita tendran lugar los dias que el nene no asista a esta actividad u otra que la terapeuta aconsejara, el nene pasó por el sataf, una única psicóloga llevó el asunto, y claro tras ponerse en contacto con la psicóloga privada, se volcó en el informe a favor de la madre; la madre gana 1900 Euros y nosotros además tenemos otro bebé con mi pareja actual, además el paro me ha bajado, y tengo de plazo para recurrir la sentencia hasta el proximo dia cuatro de septiembre, me han denegado la justicia gratuita, y no se donde acudir, el bufette de abogados que me llevaba este tema, tras cobrar pasaron practicamente de mi situacion y han ido ha cumplir con lo minimo, no lo han peleado…, mi correo es …………, ojala pueda ayudarme, un saludo.

    Comentarios por Antonio — 10/08/2010 @ 6:26 pm | Responder

  4. Hola, llevo divorciada tres meses. La decisión la tomó mi ex pareja y todo lo arregló él.
    La casa (que es de mis suegros) la tengo yo y los niños están conmigo. El tiene un régimen de visitas.
    Tengo varias dudas que espero me pueda contestar.
    1º- ¿Es verdad que tendré que dejar la casa cuando mi hijo menor cumpla los 18 años? Ahora el pequeño tiene 10 años y el mayor 17.
    2º- Cuando su padre se los lleva, entre semana o los fines de semana, o bien en el periodo de vacaciones, se niega a decirme donde estarán. Incluso les dice a los niños que los va a llevar a un sitio y luego se los lleva a otro. Sé que lo hace porque sabe que los niños me lo cuentan.Él dice que no tengo por qué saberlo, ¿es así?
    3º- La pensión alimenticia, ¿hasta que edad la recibirán mis hijos?
    4º- Mi hijo mayor no quiere ir con él, me dice que va porque está su hermano. ¿A qué edad puede decidir un menor no estar con el otro progenitor?

    Estas son algunas de mis dudas, espero que pueda ayudarme.

    Muchas gracias.

    Comentarios por Elena — 31/08/2010 @ 11:41 pm | Responder

    • Hay que ver la sentencia, como siempre, lo que dice y como lo dice pero en general, el uso de la vivienda adjudicada finaliza cuando se acaba la custodia, es decir a los 18 años o en caso de seguir estudios, cuando los hijos puedan ser independientes (aqui entraría juego de matices ). Pero en el caso de que la vivienda es de un tercero ajeno, como es este caso, que la vivienda es de los suegros, cuando ellos quieran pueden reclamarla y Vd. deberá marcharya que a ellos nadie les obliga a dejarle a Vd. vivir en la casa. Evidentemente si esto ocurre, se darían los requisitos par instar una modificación de medidas, pero de entrada, debe tener en cuenta que en cualquier momento los suegros pueden instar un desahucio por precario y tienen todas las de ganar, recuperando la posesión de la vivienda.
      Cuando los niños están con el progenitor no custodio, este puede llevarles donde quiera y no tiene obligación de informar de ello al otro, aunque creo que lo sensato es mantener unos niveles de dialogo entre los padres como para poder saber al menos aproximadamente por donde están los niños.
      La pensión por alimentos se mantiene hasta los 18, pero, en el caso de que sigan estudiando y no puedan tener independencia económica, se mantienen hasta los 23 aproxmadamente. Después de los 18 hay que ver cada caso para determinar si siguen adelante o no.

      Hasta los 18 años los menores están bajo la patria potestad y por tanto, tienen obligación de estar con sus padres. Antes d la mayoría de edad no pueden decidir aunque se pueda tener en cuenta su opinión.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/09/2010 @ 1:50 pm | Responder

  5. queria hacer una pregunta me estoy divorciando y es por mutuo acuerdo,me llego una cita para una mediacion o algo asi pero no estoy segura de tener que ir porque el firmo todo pero yo me represento sola no tengo abogado entonces no se que hacer.

    Comentarios por natalia — 03/11/2010 @ 4:53 pm | Responder

    • A pesar de estar en tramites de divorcio, debe Vd. estar asesorada por un Abogado. Si le llegó cita para mediación es porque no hay mutuo acuerdo. Necesitaría que me facilitara más detalles porque con lo que explica, no cuadran las cosas. Si es mutuo acuerdo se firma un convenio y se presenta al Juzgado que cita a ambos para ratificarse y con ello, si el Fiscal no pone trabas, se dicta sentencia. En este procedimiento es necesario Abogado y procurador, que suele ser compartido. Muchas veces uno toma las riendas, se asesora y se utiliza éste único abogado como abogado de ambos, lo que en muchas ocasiones lleva a que el que no eligió al abogado, salga algo mal parado.
      Pero si le citan a mediación será porque la demanda no es de mutuo acuerdo y ahí si que necesita Vd. a otro abogado y procurador. Si le es posible, remítame más información por correo electrónico, porque no cuadran las cosas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/11/2010 @ 1:46 pm | Responder

  6. hola Assumpció, aqui no te puedo relatar toodo lo que llevo viviendo durante 11 años, algo te puedo contar, aunque para mi ha sido una pesadilla, desde hace un año que he empezado a denunciar algunas acciones de mi exmujer, esto se ha convertido casi en una batalla sin descanso. en dos ocasiones, no ha dejado que me llevase a nuestro hijo,asi que decidi denunciar ambas acciones, en la primera la condenaron, en la segunda, la sra.fiscal dice que no existe delito. Por otra parte yo trabajo en el norte, mi hijo vive en madrid y mis otros dos hijos de mi actual relacion viven a 900 kmt.de donde trabajo, pues bien, los fines de semana que me corresponde mi hijo mayor, yo bajo a madrid, le rocojo y vamos hasta mi tierra para que vea y este con sus hermanos, que le adoran, el domingo, volvemos, le dejo en madrid y sigo durante 500 klmts hasta mi destino. te comentare que cada fin de semana con mi hijo yo he de solicitar a mi empresa viernes,sabado,domingo y lunes,LIBRES, con lo cual no me los pagan.
    Pues desde que empece a denunciar sus acciones, ella ha solicitado una modificacion de medidas en la cual me pide que de los dos fines de semana solo uno pueda ir a mi tierra, el otro, que me quede en madrid, yo no puedo asumir esos gastos, tengo una nomina de 1600-1800euros aproxi,de ahi he de sacar 281 de pension,hipoteca en mi tierra (viven mi mujer y mis otros dos hijos)mi mujer esta en paro, alquiler donde trabajo, y cada viaje me cuesta en gasoil 220 euros, ella solicita mas pension, que pague tooooodos los gastos de nuestro hijo a medias, todos absolutamente,hay meses que no puedo ni dar dinero a mi mujer para todos los gastos de mis hijos pequeños.
    ahora mismo, tenemos el procedimiento abierto y juicio para el mes de diciembre, pero no lo veo nada claro, mi exmujer, durante 10 años, ha hecho lo que ha querido, ella elige el colegio, actividades, si algun fin de semana le interesa a ella, se lo toma con el niño aunque me corresponda, se va fuera de españa en crucero sin que yo sepa donde esta mi hijo esos 15 dias, y asi un sin fin de acciones, tengo amenazas de muerte por parte de un pariente suyo, tengo mesajes grabados y escritos de ella deseandome la muerte lo antes posible, y la verdad, me encuentro agotado, sin esperanza de que en diciembre el juez vea realmente mi situacion, hoy a dia 11 noviembre 2010 tengo en la cuenta 350 euros, y tengo que bajar este finde con mi hijo y todavia me queda el ultimo de mes con el, he de pedir dinero para poder ir a verle, y asi sucesivamente, quizas no tengas respuestas para mi, pero a pesar de tener abogado que NO puedo pagar, no veo nada claro esto, mi exmujer por el contrario economicamente esta bastante bien, pues tiene un puesto de responsabilidad a nivel nacional cn un buen sueldo y algun dinero que recibio, por causas familiares. NO SE QUE HACER,MI SITUACION NO ES BUENA, TENGO MIEDO DE PERDER A MI HIJO, tambien te dire, que a pesar de estar pagando 267 euros de pension (segun ella 281 deben ser) me han embargado ya este mes 281 euros en concepto de pension y han ordenado a mi empresa que notifique cada mes lo que cobro, no se si es legal todo lo que hace o no, pero a mi, a mi me esta hundiendo cada dia mas. un saludo.

    Comentarios por joaquin — 11/11/2010 @ 12:23 pm | Responder

  7. Buenos dias Assumpció, me gustaria aclarar varias dudas que tengo, estoy divorciado de mutuo acuerdo desde hace 3 años, y antes pagaba todo a medias, traas varias amenazas de mi ex, hay varias cosas que no lo hago ahora, como actividades extraescolares que solo decide ella, AMPA,etc. Teniamos pensado hacer un mini crucero y creo que me pondra pegas, lo mejor seria que me des un dia hora y contarte las penas en persona, aunque veo que siempre hay alguno que esta peor que yo, Gracias

    Comentarios por Rafael — 22/01/2011 @ 11:51 am | Responder

  8. Hola, mi duda es la siguiente, tengo dos hijos uno menor y otro mayor de edad, estoy divorciada, durante 3 años mi hijo mayor no ha tenido contacto con su padre, el cual tampoco lo ha tenido durante 2 años con sus hijos, desde hace unos meses mediante engaños ha tenido contacto con mi hijo menor, pero duro poco, solo 1 mes, ya k se dio cuenta de k no habia cambiado su padre. Mi hijo mayor (19 años) odiaba a su padre, pero ahora por falta de trabajo mi hijo me ha reclamado la pension alimenticia para sus gastos personales, evidentemente al no tener trabajo yo y usarla para gastos alimentarios junto a una ayuda familiar k recibo y teniendo los gastos basicos de alimentacion, alquiler, etc. no se la he querido dar porque me seria imposible seguir viviendo con mi otro hijo en el piso donde estamos, el no ha tenido en cuenta eso y al no darsela se ha ido de casa y se ha ido con su padre (no se si en modo venganza o porque el otro le ha dicho que le daria el dinero a el) asi que tengo que dejar el piso donde vive e irme con un familiar, sacarlo del instituto a mitad de curso porke no vive en la misma ciudad, en fin nos la ha liado gorda y todo por no aguantar un tiempo hasta encontrar trabajo alguno de los dos. mi duda es la siguiente: ahora que el se ha ido y aun teniendo yo la custodia ¿pierdo yo el derecho a seguir cobrando esa pension que me pagaba por el padre por mi hijo mayor que se ha ido con el? ¿o mientras no se modifique el convenio por esta nueva situacion me la tiene que seguir pagando a mi aunque mi hijo este con el? Muchas gracias y espero respuestas.

    Comentarios por Nirva — 28/01/2011 @ 3:07 pm | Responder

    • Los alimentos del hijo establecidos los administra Vd mientras viva bajo su techo. Por lo tanto, está fuera de lugar que le pida el dinero. Vd. No tiene la custodia del mayor desde que cumplió los 18, pero, mientras el padre no solicite la extinción de los alimentos referentes a ese hijo, está obligado a satisfacerselos a Vd y Vd. está legitimada para pedirlos por via de ejecución. Si el hijo mayor de edad ya no reside con Vd. el juez no creo que dude en extinguir la obligación cuando se lo pida el padre, pero hasta que eso ocurra, el padre debe pagar y Vd. tiene derecho a cobrar esas cantidades.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/01/2011 @ 8:28 pm | Responder

  9. Un pequeño error que me he dado cuenta en el mensaje anterior:
    el piso que he de dejar es el piso en el que vivia yo con mis dos hijos alquilado por mi, y a quien tengo que sacar del instituto es a mi hijo menor de (14 años) Un saludo.

    Comentarios por Nirva — 28/01/2011 @ 3:17 pm | Responder

  10. Gracias por la respuesta.

    Comentarios por Nirva — 12/02/2011 @ 7:00 am | Responder

  11. Hola,llevo divorciada hace14 años del cual tenemos una hija de 16 años, el me pasa la manutencion de nuestra hija, pero el problema es el siguiente, el tiene un poder adquisitivo bastante bueno, tiene 4 locales, tiene 3 viviendas que son de el y bueno vehiculos y yo alquilo una vivienda de muy bajos recursos, con baño precario afuera de la vivienda, imaginese en invierno para bañarse, es muy precario y en este momento me estan pidiendo la vivienda y yo no puedo alquilar otra xq. están carisimos los alquileres y todos me piden un garante propietario, imposible para mi y yo tengo la custodia de mi hija, la pregunta es, yo puedo pedirle una vivienda para su hija? ya que el tiene novia a la cual le dió una de esas viviendas para que viva su novia y la hija de su novia y mientras tanto su unica hija no tiene un techo propio?

    Comentarios por liliana — 01/03/2011 @ 5:10 am | Responder

  12. Muchas gracias x la respuesta!!!!

    Comentarios por liliana — 09/03/2011 @ 7:58 am | Responder

  13. Soy viuda y mi esposo me dejo una pension de un fondo privado hace unos meses consegui una pareja y me dicen que no debo organizarme con el pues puedo perder mi pension es verdad esto?

    Comentarios por Rosmira Ballesteros — 18/06/2011 @ 12:13 am | Responder

  14. Hola asumpció, soy toni, llevo divorciado cinco años, la madre en una reunión en medio de un proceso de mediación me dijo que le iba a hacer el pasaporte al niño para sacarlo del país porque había pagado un dinero a cuenta de un crucero que sale fuera del país;
    Yo le recriminé que estaba esperando para decirme que el niño tenía hace tiempo documentación (D.N.I.) ya que nunca venía con ella a casa fines de semanas etc, incluso no venía ni con documento médico, por supuesto, que porqué no me lo había consultado, y porqué dá un dinero a cuenta de un crucero que sale del país con un menor sin consultármelo ni informarme antes de pagarlo, parece ignorar que tenga que hacerlo, yo le dije que ésta es una más de las cosas que a pesar de todo lo expuesto en el acto de jurisdicción presentada sigue y sigue incurriendo en lo mismo; creo que el crucero es de pullmantur y sale el dia 10 de julio, pero la madre sigue sin pronunciarse al respecto, lo que no entiendo es a donde va un crucero que necesita el pasaporte además del dni, pués con el dni se puede transitar por europa, por lo que entiendo que sale fuera de europa.
    Por otro lado tengo entendido que para ello es necesaria una conformidad de ambos progenitores por escrito, porque sin tener la autorización o consentimiento del otro progenitor, es decir, sin mutuo acuerdo, en éstas circunstancias no puede legálmente sacar al menor de once años y medio de nuestro país aunque según convenio sea en el periodo vacacional materno.
    Por favor que debo hacer, no se si se habría de enviar una carta a través de registro admtvo, un burofáx, o si avisar a pullmantur, hacer algún trámite a la policía antes o después de la fecha de salida, o que he de hacer para que se pronuncie y no espere a marcharse sin más comunicación.
    Gracias, un saludo.

    Comentarios por tony — 20/06/2011 @ 1:29 pm | Responder

    • En su periodo de vacaciones puede cada iuno decidir viajar donde tenga `por conveniente. Sólo se requiewre autorización del otro progenitor para salir del pais con el menor cuando así se ha determinado en sentencia o convenio y suele darse en casos de matrimonios mixtos, ante el riesgo de que uno de los progenitores se lleve al menor y no lo devuelva, pero para un crucero no es necesario.

      Los menores de edad no pueden viajar sólo con DNI, aunque sea por la comunidad europea, sobre todo si se utilizan medios de transporte como barco o avión.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/08/2011 @ 7:51 pm | Responder

      • Y que documentos deben llevar? Mi hija de 4meses no tiene padre reconocido

        Comentarios por eugenia — 20/06/2012 @ 4:14 pm

      • Si no tiene padre reconocido, la patria potestad la tiene Vd. De forma única.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/06/2012 @ 1:06 pm

  15. hola ,mi ex marido hace mas de 2 años que no me pasa la manuntencio de mis tres hijos el esta cobrando la ayuda familiar se podria enbargar la ayuda para la manuntencion

    Comentarios por isabel — 06/10/2011 @ 1:46 am | Responder

  16. Hola, primero de todo gracias, gracias por compartir tus conocimientos y hacerlos públicos, se lo costoso que es tener un blog.
    Mantengo una relación desde hace 13 años con una persona y tenemos un hijo de 5 años, no estamos casados ni tampoco firmamos los papeles de pareja de hecho porque en la Comunidad de Galicia se puso en marcha tarde, y cuando hace 2 años decidimos hacer un testamento para protejer los intereses de nuestra pequeña familia, el notario lo vió como un problema pues pertenéciamos a Comunidades Autónomas distintas ( con régimen económico distinto ), un poco íronico ahora, despues de oír en la televisión que los Notarios quieren llevarse la posibilidad de cobrarse los acuerdos de divorcio.
    Es obligatorio que exista un convenio ratificado por un Juez, para la custodía de un hijo, en dicho convenio tambien se puede poner quien sería su tutor en caso de que nos pasara algo a nosotros ( nos gustaría dejar bien cerrada la posibilidad de que la familia paterna no pueda ejercer ningun derecho sobre esa decisión ).

    Comentarios por una madre confundida — 02/02/2012 @ 9:23 am | Responder

    • Si seguís conviviendo no tenéis por que tener un convenio de custodia. No se si el notario os entendió, pero cada uno puede hacer su propio testamento estableciendo lo que quiera, y entre otros, determinar quien será tutor del menor en caso de que falten los padres. Haciendo el testamento cada uno y poniendo el mismo tutor los dos, la solución ya la tenemos. Si además determináis quien será el administrador, partidor, albacea…de los bienes del menor en caso de fallecimiento de ambos ya cerráis la intervención de la familia paterna que os preocupa.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/02/2012 @ 6:42 pm | Responder

  17. De nuevo, muchas gracias …. ya no sólo por aclarar mi duda sino por haber descubierto donde tengo que ir cuando necesite un profesional en este ámbito!

    Comentarios por una madre confundida — 04/02/2012 @ 8:03 pm | Responder

  18. hola mi consulta es distinta a l las que he leido ya que no es un caso digamos que nos esté pasando mas al contrario es por prevenir les comento tengo dos hijos uno de 22 años y otra de 16 no tengo problemas con ellos ni con m esposa el tema es que mi hijo hace un par de años tiene pareja y actualmente vive con la madre de ella en otra provincia yendo al tema es que quieren venir a vivir con nosotros o por lo menos cerca ya que por aquí en la costa hay mas movimiento mientras mi esposa les anima ha hacerlo ya que logicamente quiere tener a nuestro hijo cerca yo por mi parte tengo bastante reticencia al hecho de que se empadronen en casa ya que si bien ahora el amor es muy bonito puede llegar un dia en que se acabe y si por las circunstancias de la vida tuvieran un hijo el hecho de estar empadonados en casa le diera a esta persona derechos adquiridos siendo que se otorgaran la vivienda a ella en bien del menor y nos vieramos nosotros de la noche a la mañana y sin culpa alguna en la calle yo les animo a que se vengan pero viviendo por su cuenta que alquilen un piso y se empadronen en el aunque coman y hagan vida de dia con nosotros pero que tengan su vivienda en otro lugar así si se separan ella se queda con el piso de alquiler si tenemos que ayudarles a pagarlo no es problema se les ayuda y mi esposa dice que en casa tenemos sitio y no es necesario que gasten en alquileres mi pregunta es la siguiente si se da el caso ¿ella tienen derecho aquedarse en casa con su hijo que seria nuestro nieto ?
    no es que no lo vaya a querer pero tampoco quiero verme en la calle después de pagar toda la vida y luchar para tener un hogar cuando seamos mayores

    Comentarios por andres — 13/03/2012 @ 1:51 pm | Responder

    • Como esta claro que la casa es de vdes. Y es su vivienda habitual anterior a la llegada de ellos, y del bebe, no le darían el uso a ella, no es ni viable, ni sensato. Y no puede tener carácter de domicilio familiar ya que no es exclusivo de la pareja. Por este aspecto, puede estar tranquilo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/03/2012 @ 10:25 pm | Responder

  19. Que pasa con las madres solteras desde el embarazo? Si el padre no se responsabiliza se le pueden poner directamente los apellidos propios? Si al cabo de un año rectifica o dos o los q sean, tienen los mismos derechos de custodia? Hay de denunciar o es preferible no iniciar ninguna batalla??

    Comentarios por leya82 — 25/03/2012 @ 9:19 pm | Responder

    • El hijo llevara el apellido del padre si este le reconoce. Si no le reconoce, no tendrá derechos sobre el menor, y solo tendrá deberes si se determina su paternidad. Evidentemente, si no lo hace hasta un tiempo después, no va a tenr una custodia directa, ya que, por el bien del menor, las relaciones con el padre serán progresivas. Y si la paternidad se determina judicialmente y con la oposición del padre, tendrá deberes pero no derechos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/03/2012 @ 10:15 pm | Responder

  20. Hola, mi duda es la siguiente, espero q esta vez quede registrada. Estoy embarazada de mi ex pareja, me entere después de dejar la relación, igualmente continuamos con los tramites de rescisión de vivienda e hipoteca… Y todas esas cosas. El no quiso tenerlo y yo si, he ahí la cuestión. Acelere todos los tramites para evitar problemas, y q pensara intereses ocultos pero bueno seguimos enfrentados. Ha habido amenazas insultos y bueno en fin tampoco he denunciado nada vivimos en el mismo pueblo para que. Mi duda es la siguiente hasta ahora se ha desentendido yo entiendo q a nadie se le puede obligar a ser padre, pero q pasa si en un futuro se echa para atrás, q pasa si le pongo mis apellidos directamente puede reckamarne la custodia después y a partir de q edad. He intentado implicarlo ser padres no tiene q significar ser pareja pero no ha querido y respeto su decisión aunq considero q es un rencor hacia mi por dejar la relacion. Q pasa si luego instrumenta iza la custodia o así no se q hacer cuando nazca mi bebida en dos meses

    Comentarios por leya82 — 25/03/2012 @ 9:35 pm | Responder

    • Obligarle a asumir la paternidad es tenerle en contra desde el primer momento. Pienso que es mejor dejarle y que se de cuenta de lo que pierde. Si mas adelante decide asumir la paternidad seráor voluntad, y la relación entre vosotros seguramente será mejor, y eso beneficiara al menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/03/2012 @ 10:18 pm | Responder

  21. Hola , te cuento mi caso , voy a empezar los tramites de separacion , de principio no hay acuerdo con mi esposa , me da la impresion de que quiere marcharse con nuestras hijas de 7 y 11 años a su pueblo natal (Lugo) , desde que nos casamos vivimos en Madrid ya hace 12 años , quiero decir que mis hijas se han criado y vivido en Madrid durante toda su vida. La pregunta es ¿ puede mi mujer decidir ella si se va a otra provincia con nuestras hijas ?

    Comentarios por Jesus Garcia — 03/05/2012 @ 5:09 pm | Responder

    • Ninguno de los dos puede decidir modificar el domicilio y el colegio de las menores sin acuerdo con el otro, o con autorización judicial. No es fácil que se permita por parte del juez modificar el domicilio si hay otras opciones que puedan mantener mejor la cotidianidad de los menores involucrados en el divorcio.
      Es muy importante que no autorice el cambio de domicilio ya que una vez se hayan ido, será prácticamente imposible revertir la situación, y las relaciones personales de Vd. Con las hijas se verán muy perjudicadas.

      Asesorese convenientemente con un abogado de su elección, aunque puedan llegar a un acuerdo. Es mejor que cada uno tenga un abogado que le asesore ya que de otro modo, muchas veces la balanza se decanta estrepitosamente en contra del que no eligió al abogado interviniendo.

      Si lo desea, puedo asumir la defensa de sus intereses.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/05/2012 @ 8:32 pm | Responder

  22. Estoy en tramites de divorcio. Tengo dos hijas una de 2 años y medio y la otra de 11 meses.

    Mi marido se ha llevado a la mayor de nuestras hijas (2 años y medio) a vivir con él a casa de sus padres separándola de su hermana.

    No hay medidas cautelares todavía.

    Tres días después de que se la llevara, fui al domicilio donde ahora vive para verla, pero la situación fue bastante tensa. Ese incidente me ha mantenido paralizada más de 15 días, de manera que en todo ese tiempo no he ido a ver a mi hija.

    Ayer quedé con mi marido en la comisaria de los mossos para que trajera a nuestra hija mayor y yo traeria a la menor, así las dos estarían juntas y yo podría verlas. Mi marido acudió sin la niña, pero pudo ver a la otra hija que tenemos en común, pues yo la llevé. Viendo que no podía ver a mi hija mayor decidí tras darle de merendar a la pequeña ir a la casa donde la tienen a verla sin avisar. Llegue allí sobre las 21:30 con mi hermana y solicité solo darle un beso y un abrazo. Mi marido y su familia insistieron en que entrara en la casa, pero yo dije que no que solamente la besaba y me iba. Mi suegra me arrancó a mi hija de los brazos alegando que no era un animal y que no podía estar en el porche de la casa recien duchada.Me quedé en la calle esperando a mi hermana, depués de que mi marido cerrara con llave la puerta de la valla y de la casa.

    Hoy he vuelto de nuevo para visitarla, no me la han dejado ver. Que puedo hacer? solo quiero abrazarla y decirle que no la he abandonado.

    Comentarios por Mónica — 20/05/2012 @ 11:52 pm | Responder

  23. Gracias, soy nueva en esto.
    Mi caso sí que es diferente a todos, estoy segura.
    Me divorcié hace 5 años más o menos; como estaba casada por lo civil y con separación de bienes no fue demasiado difícil. Yo, profe de secundaria y él empresario de élite. 2 niños de 4 y 8 años. Yo renuncié a cualquier pensión compensatoria que me pudiera pertenecer, eso sí, mi abogada pidió lo justo y necesario para que mis hijos pudieran tener más o menos la misma vida que siempre habían tenido. Tras una lucha entre abogados, yo por motu propio me fui de casa( no era mía sino suya) con mis niños y a penas me llegaba para pagar el alquiler ( que ni mucho menos se acercaba a lo que ellos habían vivido en su casa). Aún así, no importó,nosotros éramos los desplazados y vivíamos bien (?).
    Ahora; después de 2 años de divorcio estamos todos de nuevo juntos. Naturalmente, hemos vuelto a lo de antes: paga el super-cole de sus niños pero yo sigo pagándolo todo, lo de mis hijos. Con la que está cayendo en la educación, y yo no me quejo que soy funcionaria,veo cada vez más cerca que nos vamos a volver a separar.
    Mi pregunta es la siguiente: al estar divorciada y haber dejado de pagar( porque estamos juntos) durante estos casi 3 años. Cómo queda esto? nos subrogamos a lo de antes sin más? podrán mis hijos , por medio de mí, volver a percibir lo que el jues dictó en su día? habrá que hacer aluna nueva gestión? GARCIAS

    Comentarios por amatxu — 24/05/2012 @ 1:15 am | Responder

    • De hecho lo vigente es su divorcio y las medidas que tenían, que se podrían aplicar directamente, o bien, alegando y dejando constancia de la reconciliación, y la nueva ruptura, instar una modificación de medidas acorde con la situación actual de la unidad familiar.

      Quedo a su disposición si necesita re legalizar su situación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2012 @ 2:57 pm | Responder

  24. Buenas tardes
    Hace un par de días atrás le envié un e_mail a su correo martinez-roges@icab.es
    y no he recibido respuesta, me podría confirmar que si le ha llegado por favor.
    Es muy urgente que me asesore ya que tengo poco tiempo antes de que mi ex se vaya al extranjero..
    Gracias
    José

    Comentarios por Josete — 13/06/2012 @ 7:08 pm | Responder

  25. Gracias por su amabilidad

    Comentarios por Josete — 13/06/2012 @ 11:43 pm | Responder

  26. Que hago si mi ex tiene la custodia y por problemas de ella se a quedado sin casa y como se va a vivir al extranjero, se lleva al niño a vivir a un camping, puedo denunciarla o que puedo hacer si mi hijo tiene conmigo su habitación sus cosas, pero ella no deja que me haga cargo ya que lo ha puesto en mi contra por no dejarle al niño ir a vivir al extranjero.
    Gracias

    Comentarios por Josete — 16/06/2012 @ 1:02 pm | Responder

    • Se impone una demanda de modificación de medidas para solicitar un cambio de custodia. Evidentemente será necesaria una valoración psicológica del menor ya que si existe una animadversión hacia el padre, es interesante que se determinen los motivos, que por lo que refiere, pueden ser causados por la madre y por tanto, seria aun mas interesante para el menor un cabo en la custodia.
      Y por supuesto, una acción de divergencias en patria potestad por el cambio de residencia, incluso ejecución de sentencia por incumplimiento de la patria potestad compartida.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/06/2012 @ 2:23 pm | Responder

      • Creo que esta haciendo un gran trabajo por los padres y madres discriminados en una separación.
        Muchas gracias por su pronta respuesta.
        José

        Comentarios por Josete — 16/06/2012 @ 4:05 pm

      • Buenas tardes
        He consultado un abogado y me ha dicho que es mas difícil obtener la custodia. Si mi hijo no quiere estar conmigo.
        Vivo en Colmenarejo – Madrid me podría decir un buen abogado que pueda llevar mi caso .
        José

        Comentarios por Josete — 19/06/2012 @ 4:07 pm

      • En efecto, se complica la situación, pero hay que ver los motivos por los que el menor rechaza al padre, si hay elementos de alienación parental.

        Desde nuestro despacho podríamos asumir la dirección letrada de su procedimiento si lo desea.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/06/2012 @ 1:05 pm

  27. Mi novia se ha separado tienen un hijo de 7 años, y su ex-le va ha realizar un deshacuio por precario, le pasa una pensión alimenticia, pero al salir de la vivienda conyugal, no tiene donde ir (en principio a casa de sus padres) puede pedir una compensación o que su ex-pague un alquiler, o mdificicar el convenio regulador que se firmo en su día. Gracias.

    Comentarios por Jesús Javier Lorente Brox — 19/06/2012 @ 12:01 am | Responder

    • Puede pedir una modificación ya que el convenio y los alimentos se establecieron en unas condiciones, es decir, con el uso de la vivienda. Al quedarse sin, es posible modificar por cambio de circunstancias y que, por ejemplo, se aumente de alguna forma la contribución a alimentos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/06/2012 @ 1:12 pm | Responder

  28. Hola buenas tardes mi problema es muy complejo tengo un niño de 5 años y se niega cada vez mas a ver y hablar con su padre le tiene miedo y cuando esta con el no se siente protegido el se fue hace 8 meses y el juicio sale dentro de 3 meses he pedido valoración psicológica para los tres pues ni yo ni el psicólogo de mi hijo pensamos q esta preparado para irse con el y pernoctar es a lo q mas miedo tiene pues ya se le llevo en una ocasión y me le devolvió a los tres días estando el niño enfermo y no dándole ni su medicación desde entonces tiene pánico de q se le lleve y no le devuelva además creo q el padre tiene problemas psicológicos y no me fió

    Comentarios por Numavi — 01/07/2012 @ 4:05 pm | Responder

    • Pues la solución pasa por una valoración psicológica de todos, puesto que los temores del menor deberían ser clarificados y quizás necesite ayuda para superar esa situación, darle un refuerzo emocional para que vea la relacion con su padre como algo bueno, positivo. Aquí Vd. También puede ayudarle, haciéndole ver que si aquella vez se puso enfermo, fue una cosa excepcional y que no tiene que volver a ser lo mismo. Los niños necesitan relacionarse c ambos progenitores y los adultos debemos ser capaces de hacerles sobreponer a temores .

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 10:38 pm | Responder

  29. Hola buenas tardes mi problema es muy complejo tengo un niño de 5 años y se niega cada vez mas a ver y hablar con su padre le tiene miedo y cuando esta con el no se siente protegido el se fue hace 8 meses y el juicio sale dentro de 3 meses he pedido valoración psicológica para los tres pues ni yo ni el psicólogo de mi hijo pensamos q esta preparado para irse con el y pernoctar es a lo q mas miedo tiene pues ya se le llevo en una ocasión y me le devolvió a los tres días estando el niño enfermo y no dándole ni su medicación desde entonces tiene pánico de q se le lleve y no le devuelva además creo q el padre tiene problemas psicológicos y no me fió desde q se marcho no me pasa nada de dinero y además a dado orden en el banco q los recibos de los suministros de la casa no los paguen con lo cual yo los tengo q pagar y estoy desempleada . Eso si cada día exige mas con el tema de visitas nunca esta conforme siempre tiene peros y quedas con el a una hora y aparece a la a le da la gana me espia controla los números de teléfono a los q llamo y hay días q tenemos q soportar su hijo y yo hasta 20 llamadas de teléfono el niño nunca se quiere poner esta agotado del teléfono y le tiene fobia es sonar y le cambia la cara no se q hacer ya me tiene desesperada no se q es lo q pretende .GRACIAS

    Comentarios por Alicia — 01/07/2012 @ 4:15 pm | Responder

    • Siguiendo el anterior comentario, los suministros de la casa son a cargo de quien la ocupa. Si no le pasa ninguna cantidad para alimentos debe reclamarla judicialmente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 10:40 pm | Responder

  30. Hola, tengo un amigo con un hijo de 19 años estudiando fuera y paga la mitad de su residencia a pensión completa y además la mitad de todos los gastos de matrícula en la universidad etc,Ingresa de todos modos en una cuenta a nombre de su hijo 280€/mes para sus gastos de ropa etc que es lo que le ingresaba antes a su madre por manutención, y ésta le dice que eso es ilegal y que debe seguir ingresándoselos a ella. Por otro lado su hijo ha dejado la cuenta a cero porque usa el dinero que él le ingreso para todo ya que su madre no le pone nada,ella dice que ya le compra cosas, pero el hijo es muy sensato y no es normal que se gaste tanto si su madre le comprara ropa o le diera dinero,además él se lo suele comprar todo en la ciudad donde estudia con sus amigos y los gastos de alimento y residencia los tiene pagados. Este verano el hijo está trabajando aunque cobra poco, y además pasará mitad de verano con cada uno, así que no le ha ingresado los 280€. su ex le dice que le va a denunciar por esto y `por no ingresarselo a ella directamente. ¿qué hace? ¿Es eso justo? Gracias.

    Comentarios por Elena — 06/07/2012 @ 7:14 pm | Responder

    • Mientras no exista un cambio en las medidas, debe seguir ingresando lo que corresponda en la cuenta de la madre. Con la situación que plantea, debería instar una modificación cuanto antes, incluso con medidas provisionales previas, y contando con el soporte del hijo, solicitar un cambio en la forma de aportar el padre a los gastos y necesidades del menor. Quedo a su disposición si desea iniciar alguna tramitación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 11:18 pm | Responder

  31. hola quisiera hacerte una consulta sobre algo que me esta ocurriendo y no se si puede o no hacerse… el tema es el siguiente.. me separe de mi ex hace mas de 3 años y la vivienda matrimonial la utilizo yo en custodia de mis dos hijos menores. mi ex quiere ahora que le ayude a pagar un alquiler porque dice que yo ocupo la vivienda y hago uso de ella y que me es obligatorio ayudarlo a pagar un alquiler..es esto verdad? debo ayudarlo? gracias por la respuesta

    Comentarios por erika — 02/08/2012 @ 2:57 am | Responder

    • Todo depende de lo que se reflejara en la sentencia, pero hasta qwue no haya una sentencia que lo diga, no existe esa obligación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/08/2012 @ 8:37 pm | Responder

  32. Hola Assumpció! quería exponer un problema que hace tiempo está ocurriendo con mi ex-marido. Me separé de él en el 2004 por malos tratos. Tenemos dos hijas en común,actualmente tienen 9 y 11 años. En el 2005 le quité la orden de alejamiento por presion psicologica por parte de su familia y él se vino a vivir dos calles más abajo de mi.Desde entonces ha sido un sin vivir. Hace 4 años pedí el divorcio y como para entonces él cobraba más que cuando nos separamos mi abogada pidió que me subiera la pensión por manutencion y él para no hacerlo me pidió la custodia compartida. Solicitó un informe del SATAF y la psicóloga dijo entre otras cosas que nuestra forma de educar eran muy diferentes y que si seguía hablandole a las niñas de una manera despectiva acerca de mi y dandole información falsa que sufririan de mayores problemas psicoloógicos.Y no se la concedió. Hizo el recurso a la Audiencia de Barcelona y también se la han denegado.
    Pues bien hasta el día de hoy él sigue igual, les dice a las nenas que no me tienen porqué hacer caso,que yo nos las tengo que obligar a nada.Hace planes con ellas,sin mi permiso,los días que están conmigo,les obliga a mentirme y las coacciona acerca de lo que me tienen que decir, las riñe por cualquier cosa e incluso a habido insultos por medio,pero no puedo demostrarlo yo porque me lo dicen mis hijas y luego tienen miedo a una represalia por parte del padre,aparte que él siempre lo niega todo luego.. Ha llegado a tal extremo la cosa que las niñas ya no quieren ni que estemos ni a 5 metros por temor a que él se ponga a discutir conmigo.
    Mi pregunta es: Qué puedo hacer,con quién puedo hablar o dónde puedo acudir para que se pueda solucionar éste problema que está afectando a mis hijas???
    Muchas Gracias!!!

    Mi pregunta es: Dónde puedo acudir para encontrar alguna solucion a ésta situación?

    Comentarios por Rosa Mª — 08/08/2012 @ 1:27 pm | Responder

    • La solución pasa, a mi entender, por una pericial psicológica, para que se pueda acreditar la presión psicologica que pueden estar sufriendo las menores. En cuanto a hacer planes cuando se trata de tiempo con Vd., no tiene derecho alguno a ello, y Vd. perfectamente puede impedirlo. Seguramente para las menores parecerá que vd. no quiere que hagan cosas, pero tienen suficiente edad para entender que cuando están con uno el otro no puede interferir. Y por otro lado, posiblemente podria actuarse en la via de ejecución de sentencia, para obligarle a que no se inmiscuya en el tiempo que no le corresponde. Es la via judicial. O la de mediación, aunque, al no ser obligatoria, en la situación que describe, no creo que tenga éxito alguno.
      Si cree que podria serle de ayuda, podriamos examinar con detalle su situación y las vias concretas sobre las que actuar.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/08/2012 @ 5:12 pm | Responder

  33. Hola, bueno resulta que mi madre tiene una casa a media con un hermano mio , el hace unos 4 años que se divorció , lo que quiero decir es que la casa tiene 4 dueños mis padres, mi hermano y mi excuñada, el tiene una nueva pareja está trabajando y se ha ido a vivir a esa casa sin pedirle permiso a nadie y es una casa que se hizo para ir las vacaciones, los fines de semana en fin como segunda residencia,estamos desesperado porque es que no podemos ir cuando queremos ya que entre la pareja y mis padres la cosa no va muy bien y encima quiere traerse a sus hijos ahí a vivir y quiero saber si hay algo que podamos hacer antes de que ocurra alguna situación no deseada en fin espero su respuesta lo antes posible muchas gracias

    Comentarios por Maricarmen — 19/08/2012 @ 6:17 pm | Responder

    • Aunque este no sea un tema de Derecho de Familia ya que es un tema de derecho civil general, lamento decirle que cada propietario puede usar y ocupar la vivienda que tiene en propiedad, salvo que este cedido el uso a un tercero por algún contrato, por ejemplo arrendamiento, de forma que no se le puede echar. Pero el tampoco puede impedir a los otros propietarios que usen la vivienda. Es pues, una cuestion desagradable. La vía de solución es la de interponer una acción de división de la cosa común para que se acabe con la copropiedad. Desde la firma A3 Legal, de la que formamos parte como Area de Familia, podría llevarse este procedimiento, a través del área especializada encabezada por Alex Benavente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/08/2012 @ 11:47 am | Responder

  34. Hola,el problema es que mi padre este mes no le ha pasado la manuntención a mi madre.LLevan doce años separados y hara mas de dos que le ha ido reduciendo la mensualidad hasta llegar a 300 euros de 500 que le pasaba.La paga extra no la ve hace años.La sentencia se quedo en 25 para cada una de mis hermanas y para mi madre un 10.Una de mis hermanas tiene ya 25 años y ha empezado a trabajar y la otra que tiene 21 termino de estudiar pero no trabaja.Las dos viven en el domicilio.Cuales son los pasos que debemos seguir y si se tendría que vender la casa,al ser propiedad de los dos.
    Gracias
    Un saludo
    Tami

    Comentarios por Tamara — 12/09/2012 @ 5:14 pm | Responder

    • En derecho de familia no hay pagas extra. Si se ha reducido el importe por decisión del padre, pero no del juzgado, se le puede reclamar lo atrasado en ejecución de sentencia, y si tiene un sueldo, el embargo del mismo es bastante fácil. Mientras no se dicte una sentencia que extinga los alimentos de las hijas, un que sean mayores de edad, sigue obligado al pago.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/09/2012 @ 8:22 pm | Responder

  35. Hola,mi pregunta es la siguiente..Verás tengo una hija de 14 años,su padre y yo estamos separados desde hace años.Siempre le he dejado libertad para ver a su hija pero desde hace un tiempo ha impuesto como norma que la niña se quedé en su casa estudianeo encerrada en una habitación.Además sin estar él presente ya que trabaja.La niña está cohibida y no quiere conflictos.Yo tengo la custodia,qué es lo que debo hacer y como actuar.Gracias.

    Comentarios por Laura — 20/09/2012 @ 8:57 am | Responder

    • La forma en que cada. progenitor ocupe el tiempo que le corresponde con el hijo es suya, y el otro progenitor no puede/debe inmiscuirse en ello. Entiendo la preocupación, pero la hija ya es bastante mayor para saber por que motivo su padre actúa de esta mAnera y s es inadecuado o injusto, para valorarlo. Si realmente resulta un problema, podría intentar hablarlo con el padre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 22/09/2012 @ 4:24 pm | Responder

  36. hola , necesito que me resuelva una duda: soy madre divorciada con una niña de 8 años, la sentencia de divorcio dice que la patria potestad es compartida pero que la guarda y custodia es mia, desde que nos divorciamos el padre nunca me ha pagado la pension alimenticia, pero yo nunca lo he denunciado porque su situacion economica siempre ha sido delicada( tampoco hace nada por mejorarla), desde hace 4 años me fui a vivir a otra ciudad por motivos laborales, el nunca me lo impidio porque siempre he sido yo quien me he echo cargo de la niña, el ve a la niña en las vacaciones de navidad, semana santa y verano, puesto que como no la ve la resta del tiempo le facilito las cosas por el bien de mi hija ya que no la quiero privar de ver a su padre si asi lo desea, ahora me encuentro que quiero irme de vacaciones 6 dias a francia y no se si debo pedir autorizacion paterna para cojer un avion , visto que no hay buena comunicacion entre nosotros(ajeno a mi voluntad) se que nunca me firmara dicha autorizacion, estoy algo nerviosa con el tema pues el viaje es en 4 dias y no se que hacer, no quisiera llegar a un aeropuerto y que le negaran el embarque a mi hija . necesitaria una respuesta y mas adelante me gustaria ir a su despacho para otros temas relacionados muy largos de explicar aqui. le agradeceria enormemente que me assesore en esta duda.gracias .laura

    Comentarios por laura — 23/09/2012 @ 9:40 pm | Responder

    • Si en la sentencia o convenio no se establece de forma clara que sea necesario comunicar o autorizar salidas del país, no es necesaria ninguna autorización. Cada progenitor puede ocupar como crea conveniente sus tiempos con el menor, y , del mismo modo que el no custodio puede viajar con el menor si necesidad de autorización, el custodio está en la misma situación. Lo que hay que preveer es que ese viajé se realice dentro de un periodo de tiempo que le corresponda al progenitor con el que viaja, ya que e problema podría venir por otro lado, por impedir n régimen de visitas con el no custodio, por el hecho de encontrarse en el extranjero con el menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/09/2012 @ 9:56 am | Responder

  37. Buenas, llevo un año y cuatro meses divorciado de mutuo acuerdo y con custodia compartida, mi caso es diferente ya que fui yo el que propuse la custodia en el domicilio familiar pero sin que mis hijos de 13 y 16 años y medio, tuviesen que salir de su hogar, ni bienestar, siendo nosotros los que nos trasladamos mensualmente a otro domicilio y alternando los fines de semana. Ella no esta de acuerdo con esta custodia, aunque la acepto en su dia, y tenemos nuestra sentencia. Ella quiere reacer su vida ya que tiene pareja y este tipo de vida no le conviene ya que esa pareja existe antes del divorcio y para colmo un examigo mio. El agravante para ella es que nuestro hijo el mayor no quiere vivir con ella y me ha pedido en varias ocasiones que le solicite la custodia. El no acepta los comportamientos de su madre y debo de estar mediando continuamente entre los dos. Mi hija de 13 dice que ella se adapta, observo que no quiere dañar a ninguno de sus padres. Mi ex esta continuamente llamandome, pidiendome favores, etc, y eso que tiene pareja. En cambio yo durante este tiempo tan complicado he decidido estar al lado de mis hijos, siendo padre, realizando todas las tareas del hogar, educacion y todo lo que conlleva ser padre. No quiero dejarla en mal lugar por lo cual no me extiendo mas, no me merece la pena, es la madre de mis hijos. La cuestión es que me ha puesto una demanda de modificacion con medidas provisionales, poniendome como el peor padre que puede haber. Solicitandome la custodia y todo lo que conlleva. Se celebro dicho juicio y solicite la declaración de mis hijos y por suerte los escucharon, perdiendo las medidas provisionales, Tengo el juicio a primeros de Diciembre, la duda es si me interesa pedir el examen psicologico de los cuatro y cuales pueden ser las sentencias que se dicten teniendo a favor a mi hijo mayor y no en contra a mi hija. GRACIAS

    Comentarios por cesar fernandez vivas — 25/09/2012 @ 7:56 pm | Responder

    • para que porspere una modificación es necesario que hayan variado las circunstancias que se tomaron en cuenta para adoptar las medidas existentes, y que es cambio de situación reuna unos determinados requisitos. Con la posición clara de los hijos, entiendo que la resoluciñon final sea la misma que la de las provisionales.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/01/2016 @ 12:34 pm | Responder

  38. hola buenas tardes,estoy divorciado de mi exmujer tengo una sentencia de mutuo acuerdo de 380€ de manuntencion que acordamos cuando nos divorciamos ya que en ese momento la podia pagar por tener un taxi ahora me arruine y ella no lo entiende y quiere lo mismo,verias factible si voy a juicio con ella que el juez me imponga menos dinero de manuntencion en los tiempos de crisis que estamos pasando?.gracias de antemano

    Comentarios por david — 27/09/2012 @ 4:49 pm | Responder

    • Dependerá de lo que se pueda acreditar, e decir, demostrar la situación económica de cada uno y también, de los gastos reales del menor. Es una cuestión a valorar con los datos en mano y las circunstancias.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2012 @ 7:06 am | Responder

  39. hola mi caso es k en abril del 2011 me tube que marchar de mi piso en propiedad porque el padre de mis hijas no lo hacia y no era una buena convivencia para mis hijas,con el fin de separme y que un juez dictaminase para quien era la vivienda y la custodia de ambas yo tenia acceso a la vivienda entre en dos ocasiones ya que nuestro ajuar esta en la vivienda ya dicha,cuando intenter acceder por tercera vez me habia cambiado el paño de la puerta y vivia con otra persona..a todo esto firmemos una mediacion en la cual salia la cuantia de la mantencion la cual no cumple y del piso no sale nada yo me hago cargo cargo de mis hijas,de sus necesidades,educacion y de mas y el no colabora en nada solo con 150€ pra las dos.y quisiera saber que tengo que hacer o como lo puedo hacer para poder acceder a vivir en la vivienda ya que el juicio esta aplazado y no se lo que tardara y no puedo esperar a todo esto me denuncia con acusaciones que no son verdad y les hace chantaje sicologico a las niñas,las intenta sobornar con regalos con fin de que quieran estar alli solo por hacerme daño a mi.gracias

    Comentarios por debbie — 02/10/2012 @ 2:55 pm | Responder

    • Si el procedimiento está en marcha, la única solución es esperar a que se resuelva. No se sí ha pedido medidas provisionales, que sería lo adecuado, para tener una resolución lo antes posible.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2012 @ 10:56 pm | Responder

  40. Hola, mi caso es el siguiente, mi exmujer se niega a entregarme los gastos escolares (libros, mochila, libretas, bolis…) de este año de mi hija, a no ser que yo firme en el momento de entrega en mano un papel conforme me los entrega y estoy de acuerdo, sino que me los pedirá poniendo una denuncia. He sido yo quien se los ha solicitado, ya que hace dos años a día 1 de octubre y sin haberme notificado ningun gasto me denuncio por impago, y ante esa situación más vale prevenir y por eso se los solicité, siendo su respuesta la anterior. Yo quería saber que puedo hacer? que medidas puedo tomar que me amparen ante la justicia? le dejo el texto de la sentencia donde pone como hay que dividir los gastos extraordinarios, ya que tampoco tengo muy claro si por ejemplo tengo que pagarle una mochila todos los años para el colegio, ademas que ella compra las mochilas mas caras sin contar conmigo. gracias

    «Los gastos extraordinarios serán satisfechos por cada conyuge por mitad siempre que se adopten por ambos de común acuerdo,. en caso de desacuerdo se satisfarán del mismo modo cuando hayan sido aprobados por el juez. si no han sido aprobados por el juez los satisfara el conyuge que haya decidido su realizacion. se entienden como tales los gastos medico farmaceuticos no cubiertos por la seguridad social y los gastos escolares. los gastos de material escolar seran abonados por ambos progenitores por mitad en todo caso.»

    Comentarios por Juan — 03/10/2012 @ 1:34 pm | Responder

    • Solicítele por escrito los astros que haya satisfecho, con sus comprobantes en los que conste con claridad el concepto, dándole plazo para ello. Si en el plazo no responde, pues nada más se puede hacer. Esperar a que se decida, y si pone demanda, Vd. Tiene la justificación necesaria de la imposibilidad de pagar algo que no se le ha comunicado.

      Este tipo de cláusulas dan muchos problemas de funcionamiento y de interpretación, y hay que evitarlas a toda costa. Siempre puede solicitar una modificación al juzgado en base a las dificultades de ejercicio que se producen, pero quizás sea más caro el remedio que la enfermedad.

      Opción sería requerir esta documentación a través de letrados.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/10/2012 @ 3:15 pm | Responder

  41. hola, mi tema es el siguiente, mi pareja al igual que yo somos separados, el problema es que ella vive en una isla con la niña y el papa de la niña vive en otra isla y me gustaria saber si ella esta obligada a coger un avion para ir a buscarla, el convenio regulador fue de mutuo acuerdo en el cual dice que la niña hasta su escolarizacion estaria 15 dias en la isla con la madre y quince dias en la otra isla con su padre, el padre vendria a buscarla a la isla de la mama y la mama iria a buscarla a la isla del papa, pero hasta septiembre que acabaria ese tema. en ningun apartado pone que ella tiene que ir a buscarla pero tampoco pone que su padre tiene que traerla y me gustaria saber que hacer mi pareja ya que tiene miedo porque el dice que tampoco esta obligado a entregarla si se la lleva, y tenemos miedo que no la entregue si ella no va a buscarla. y saber si esta obligado a el correr con los gastos de ida y vuelta de la niña en los pasajes. muchas gracias

    Comentarios por oscar — 03/10/2012 @ 9:39 pm | Responder

    • Podrían pasarme su sentencia por correo electrónico?? Me gustaría leerla antes de contestar, ya que hay detalles que no veo claros.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2012 @ 1:59 pm | Responder

  42. hola buenas noches, estoy en conversaciones con la madre de mi hija para regular nuestra separación y las relaciones con la niña, todavía no hemos iniciado proceso judicial, pero me temo que ella pueda llevarse a mi hija a Argentina (ella es de allí), ya que así me lo ha manifestado explícitamente, además de contar con otros indicios. He pensado solicitar medidas provisionales previas, pero mi abogado todavía no tiene preparada toda la demanda referida a custodia y pensión. A mi lo único que me interesa es que retiren el pasaporte de mi hija. Puedo hacer esta solicitud de medidas provisionales previas pero limitándome a pedir la retirada del pasaporte por riesgo de sustracción de la menor, y dejar el tema de custodia y pensión para cuando se interponga la demanda? Muchas gracias!

    Comentarios por jose — 05/10/2012 @ 8:13 pm | Responder

    • Perfectamente puede pedirle, incluso si existe ese riesgo inminente, la mejor vía sería la de las medidas cautelares urgentes previstas en el art 158 cc.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2012 @ 7:53 am | Responder

  43. buenas tardes, mi caso es que mi hijo (de 14 años) se ha venido a vivir conmigo (con el padre no custodio). ¿Puedo dejar de pagar (o al menos reducir) la pensión de alimentos aunque todavía no se haya interpuesto la demanda de modificación de medidas?

    Comentarios por Manuel V. — 08/10/2012 @ 1:49 pm | Responder

    • La obligación de alimentos se mantiene mientras no haya una nueva sentencia que acuerde algo distinto. Puede dejar de pagar, pero sigue obligado, y si le demandan por ello en ejecución de sentencia, no es en absoluto fácil que un juzgado le admita como oposición que el menor este con Vd. Y le condenarían fácilmente al pago, y muy probablemente a las costas.

      Lo que podrían hacer sería firmar ambos progenitores un documentos en el que conste que desde la fecha tal el menor pasa a residir con el padre, quedando bajo su guarda y custodia, y que cesa la obligación de alimentos que debe pagar el padre a la madre para el hijo. Si además lo firman ante dos testigos o lo llevan al notario, si que sería una forma válida para dejar de pagar y formular oposición si se le reclama el dinero, sin que ello evite que deba presentarse la modificación de medidas, para seguridad de todos.
      Recuerden que la modificación de medidas, como el divorcio inicial, puede ser de mutuo acuerdo.

      Si podemos ayudarles en el redactado de este acuerdo, o de la propia modificación de medidas, no dudé en comunicarse con este despacho, y le remitiríamos presupuesto .

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2012 @ 7:40 am | Responder

  44. Hola soy yayi he solicitado un abogado de oficio porque no me puedo permitir a la abogada que teni y que me llevo todo mi divorcio hace ya casi 6 años.. Tengo 2 hijas una de 19 y otra de 13; a esta ultima su padre tiene que pasarle un pension alimenticia de 100E ,solo lo ha hecho una vez porque porque el juez lo obligo y tuvo un desacato hacia el juez, y tuvo que pagar unos 1300E y desde el principio del divorcio dijo que no trabajaba y su abogado decia que vivia de la caridad de su madre (esto ultimo es de risa ) .Ahora mismo lleva sin saber de ellas hace 4 meses ,y hace 15 dias resurgio de las cenizas llamando a la mayor y contandole unas historias como que esta enfermo de una gran enfermedad que ni siquiera el sabe seguro porque le faltan pruebas (es para darle pena ) se dedica a difamarme por ahi y le pregunta a su hija mayor que si la madre lo va ha denunciar por no pasar la mantencion.tambien le dijo que ahora mismo no estaba cobrando nada y que no podia.¿Entonces ha cobrado algo alguna vez? ¿que le pude pasar a este elemento sobre la mantencio?. no te aburro mas porque mi historia es de recor gines. encima me han embargado mi nomina por su culpa y yo estoy pagando sus deudas sin comermelo ni bebermelo. gracias por atenderme .Un cordial saludo.Atentamente. YAYI

    Comentarios por yayi — 28/10/2012 @ 8:20 pm | Responder

  45. Buenas noches! Me alegro por encontrar un sitio como este-es una gran profesionaly ademas muy humana! Soy una madre en proceso de divorcio, con un menor de 5 años; mi abogada (de oficio) me ha comentado que le va a pedir una pensión alimenticia de 200-250 euros. Estoy a punto de ser desahuciada de un piso que es de los dos. Me pregunto si ademas de la pensión alimenticia el debe abonar la mitad de el alquiler o si usted me podria indicar si puedo beneficiar de un alquiler social, dado que mis ingresos no superan los 400 euros. Muchas gracias anticipadamente!

    Comentarios por Ramona — 01/11/2012 @ 10:50 pm | Responder

    • Al calcular los alimentos a solicitar, deben tenerse en cuenta todos los gastos del menor, y una de las partidas a tener en cuenta es la vivienda. En el post sobre cálculo de alimentos lo encontrara explicado. Y del mismo modo hay que tener en cuenta los ingresos de uno y otro progenitor, y las necesidades de vivienda del progenitor no custodio. Es la forma que obtener un cálculo que sea soportable y la su vez se acerque lo máximo a las necesidades del menor. Porque hay que tener en cuenta que AMBOS progenitores deben participar económicamente de los gastos de los hijos.

      En cuanto al alquiler social, eso depende de cada municipio o comunidad. Si se encuentra en Barcelona, nuestro bufete cuenta con la colaboración profesional de un Asistente Social que podría orientarle.

      Gracias por la participación y por seguir el blog.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/11/2012 @ 11:25 pm | Responder

  46. ola me gustaria saber hasta que edad hay que pasar la mantencion a un hijo,,,,mi hija vive con su madre ya tiene 27 anos aun tengo que pasarle la mantencio,aunque mi sueldo sea fijo,

    Comentarios por plumi3 — 06/11/2012 @ 6:56 pm | Responder

    • Deberá proceder a una demanda para que se extinga la pensión, ya que de otro modo, sigue estando obligado. Los alimentos se establecen para hasta que los hijos sean independientes o tenagan medios de automantenerse. Si todavia estudia podria ser que solo se la rebajaran, pero con 27 años… yo diria que se la extinguen directamente. Pero debe soliciatarlo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/01/2016 @ 1:20 pm | Responder

  47. hola soy de córdoba capital, soy mamá soltera.. me separe de mi pareja hace ya tres meses con el q solo eramos concuvinos… mi ex conyugue es el padre de mi hijo quiero saber q le pertenece a mi niño x ley… osea si el padre de mi hijo debe o no darle un hogar; luz y cable ya que yo no puedo hacerme cargo de esos gastos xq no tengo trabajo….desde ya muchisimas gracias!!..

    Comentarios por joohe — 08/11/2012 @ 8:10 am | Responder

    • El padre reconocido tiene la obligación a contribuir a los gastos del menor y a tenerle en su compañía según se resuelva en un convenio o sentencia de guarda y custodia, como si los padre estuvieren casados.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/11/2012 @ 8:51 am | Responder

  48. Hola,

    Soy madre separada, con dos hijos menores y con la guardia y cuatodia. Mi ex tiene una orden d alejamiento Mi ex y yo tenemos pareja.
    En el colegio me han comentado que ni su pareja ni la mía pueden participar en actividades escolares a no ser q presentemos un papel firmado por ambas partes. Que solo podemos participar los padres.
    Es eso cierto. Se sustenta en alguna normativa?
    No entiendo nada.

    Gracias de antemano

    Comentarios por Nèlida — 08/11/2012 @ 5:41 pm | Responder

    • A las actividades escolares como festivales, teatro, deportivas…. No entiendo bajo que premisas pueden limitar la entrada, si no lo hacen con otros familiares, excepto que se hayan producido altercados entre Vdes con ocasión de estos eventos. Lo que evidentemente no es función de las respectivas parejas es asistir a tutorías o reuniones, ya que son materias propias de patria potestad. No existe normativa al respecto, salvo que e colegio tenga algún reglamento que lo contemple.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/11/2012 @ 12:24 am | Responder

  49. Hola, somos una pareja de divorciados que tienen dos hijos cada uno, mi pareja actual tiene la condición de familia monoparental por tener dos hijos y ninguna aportacion economica de ex conjugue. Cuando regularicemos la situación pensabamos pasar de situación familia monopatental a familia numerosa, pero no tenemos claro que el hecho de tener dos hijos cada unos ( 4 a mantener ) nos de la condición de familia numerosa

    Comentarios por toni — 09/11/2012 @ 8:43 pm | Responder

    • Es un tema administrativo que depende de cada administración publica. En principio si residen todos en el mismo domicilio y existe un vinculo entre los dos adultos, no creo que exista ningun problema.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/11/2012 @ 8:17 pm | Responder

  50. EStoy desesperada tengo un hijo de ocho meses con un hombre casado con otra mujer hace algún tiempo me dijo mil veces que no quería régimen de visitas incluso lo dijo delante del juez, yo he cambiado mi domicilio ya que vivo en otro sitio pero da la casualidad que es donde mismo vive él luego en vez de ponerle difícil las visitas se las he puesto fácil, un día vino a buscar al nene y me amenazó de muerte, pero no le di importancia porque pensé que pasaría todo, sin embargo me pidió un cambio de los días de visita a los jueves le dije que sí y va y me dice que como la gente le dice que yo voy a mi pueblo todos los fines de semana quiere volver a verlo el sábado, vamos me está haciendo la vida imposible, además trabajamos en el mismo sitio, y no mira al niño ni nada y eso que el niño está muchos días en el trabajo, tampoco se habla conmigo y día a día tengo más miedo a que cumpla su amenaza, necesito ayuda, ¿qué puedo hacer?
    Gracias

    Comentarios por maria — 11/11/2012 @ 10:41 pm | Responder

    • Si existe una amenaza real y tiene miedo a que se cumpla, debe denunciarlo.

      Si tienen una sentencia que establece un regimen de visitas determinado, este es el que debe cumplirse. Si las cosas no estan muy claras, atengase a lo establecido en la sentencia, y así se evitan desacuerdos o malas interpretaciones.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/11/2012 @ 8:12 pm | Responder

  51. Hola buenos dias, me gustaria que me informaran un poco porque estoy perdida, mi novio tiene un piso que ultimamente no ha podido ir pagando, le ha llegado la orden de desahucio ya, el tema esta en que el tiene un plan de pensiones en otro banco en el cual tiene dinero para hacer frente al desahucio, pero ha ido al banco y le han dicho que ese dinero no puede sacarlo hasta el año que viene, me gustaria saber si eso pueden hacerlo, porque teniendo dinero deberian de poder sacarlo para evitar el desahucio aunque le penalicen con cierta cantidad. Me gustaria que me diera su opinion como abogada y haber si hay alguna manera de que no le quiten el piso. Muchas gracias

    Comentarios por laura — 12/11/2012 @ 2:03 pm | Responder

    • lamento no poder ayudarla en este Blog, ya que este es un tema que no se correponde con nuestra especialidad. Puedo dirigirla al blog de A3Legal, donde los compañeros de derecho civil quizás puedan orientarle.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/11/2012 @ 8:09 pm | Responder

  52. Buenas tardes,
    Tengo un familiar que se separo hace un año y quedo su casa para su mujer e hijos, ya que ella tiene la custodia. Ahora me he enterado por las niñas que viven en otro lugar y su madre ha alquilado la casa a otra gente , que tampoco se si son gente con o sin papeles.
    Su duda es que si eso lo puede hacer , alquilar la casa cuando por custodia se la dejan a ella y ella la realquila a terceros , con o sin contrato, porque no lo se.
    Y que tendrian que hacer, por donde empezar para demostrarlo y denunciarla, muchas gracias.

    Comentarios por Carme Curto — 14/11/2012 @ 2:16 pm | Responder

    • Debería ver la sentencia, pero en principio, si no se dice algo diferente, la casa se otorga para uso de los hijos y el progenitor, de forma que si no la está destinando a este fin, se puede solicitar la extinción de dicho uso.

      Lo primero sería tener pruebas de que no residen allí las menores, ya sea por el padron , o por intervención de invesstigador privado, o incluso a veces, aparece el domicilio real en la agenda escolar de los menores. Otra via es demostrar que vive otra gente, quizás por testimonio de vecinos, o de nuevo, por el padron o investigador. Con algun elemento de prueba, se insta entonces la demanda correspondiente de modificación de medidas para extinguir el uso.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/11/2012 @ 8:02 pm | Responder

  53. hola,mi caso es el siguiente;mi ex y yo decidimos separarnos,antes de nada comentar que tenemos una niña de 2 años y medio, con lo cual yo m voy de nuestra casa, la cual esta hipotecada y a nombre de los dospara evitar posibles conflictos yo ahora pago tambien a parte de la hipoteca un alquiler de 300 euros mas gastos a parte,mas otros 320 euros de gastos de manutencion que se establecio en un convenio que se firmo en presencia de los abogados de ambas partes,pero no lo he ratificado ante el juez porque queria hacer unas modificaciones en el mismo referntes a modificar manutencion puessto que mi sueldo ha bajado y lo hara mas en los meses venideros yo ganaba 1660 euros y este mes he ganado unos 1380 y en los meses siguientes me lo bajaran un poco mas, entorno a los 1300euros mas o menos.tambien quiero pedir una ampliacion en el regimen de visitas e incluso me estoy planteando pedir la custodia compartida ,ahora resulta que mi ex no me deja ver a mi hija y me dice que hasta que no ratifique no m dejara verla,¿Que puedo hacer mientras espero a que salga el juicio?,¿Puedo denunciarla?,¿puedo llevarmela al igual que hace ella?temo represarias suyas e incluso alguna denuncia falsa si hago eso y por ultimo debo pasar manutencion o esperarme hasta que no salga una sentencia .se m olvidaba comentar que vivimos en el mismo pueblo y ambos trabajamos, muxas gracias de antemano

    Comentarios por miguel — 14/11/2012 @ 4:25 pm | Responder

    • El convenio que ha firmado le vincula con ella como le vincularia cualquier otro contrato, por ejemplo un arrendamiento o una compraventa privada. Podria demandarle por incumplimiento, pero no seria una ejecución de familia porque no existe una sentencia. Igual que podria Vd. demandarle a ella el incumplimiento de las visitas, pero estariamos en las mismas. A los efectos legales ante el Juzgado o la policia, no existe resolución que se esté incumpliendo de forma que tienen la misma potestad uno que otro en relación a la niña. Si está decidido a poner una demanda en otroas condiciones que las que firmó, pongase en marcha ya, solicitando incluso medidas provisionales previas urgentes, a fin de que en cuestions de 3-4 semanas tenga una resolución judicial que diga de entrada cual va a ser la relacion de cada uno con la menor y solucione tema alimentos. Tenga en cuenta que si pide algo muy distinto a lo firmado ella aportará su copia del convenio y al juez le servirá de pauta para tomar una decisión. Pero mientras no tenga una resolución judicial, aunque Vd. tenga los mismos derechos sobre la niña que ella, las fuerzas de seguridad no le daran cobertura, de forma que mi recomendación es activar la via judicial cuanto antes.
      En la resolución judicial se puede resolver sobre la manutención, incluso de forma retroactiva. Si ha efectuado ya aportaciones, tengalas presentes al hacer la demanda, para que no se lo dupliquen, y sobre todo, siempre, efectuelas via banco y detallando que es para pension alimentos. Si desea una pensión más baja, puede optar por satisfacer el importe que vaya a proponer al Juzgado.

      Si me facilita algunos datos por correo electrónico, podriamos remitirle un presupuesto para llevar su procedimiento. martinez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/11/2012 @ 7:58 pm | Responder

  54. No casados, estamos separados desde hace 10 anos y tenemos una hija de 11 anos en común. Somos de nacionalidad francés. Se ha separado de mi en España Barcelona y se fue a vivir con la pequeña en un pequeño pueblo: Verdú (Lérida) a 120 Km. de Barcelona con nuestra hija. Voy a verla, desde el principio, cada dos fin de semanas (vivo ahora en Suiza desde hace 2,5 anos y sigo viéndola cada dos fin de semanas). La madre me impide cada vez mas de verla y desafortunadamente no va muy bien psicológicamente (habla de su muerte, tiene depresión, cambia de novio a menudo, no le gusta la sociedad…). Yo tengo nueva familia aquí en Suiza (dos niños) y a mi hija (en España) le gustaría mucho venir a vivir con nosotros (habla francés). Nos gustaría a nosotros también que venga aquí y creo que ya es tiempo de consultar un abogado para saber lo que tengo que hacer y si es posible tenerla.
    Muchas gracias para un consejo.
    J. MBB

    Comentarios por James — 27/11/2012 @ 11:43 am | Responder

    • Al no estar casados, la competencia judicial para presentar la demanda es la de juzgado del domicilio de residencia de la menor. Al ser todos franceses, la ley aplicable es la francesa, que debe acreditarse al juzgado, ya que no tiene obligación de conocerla.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/11/2012 @ 12:20 am | Responder

  55. la ex mujer de mi marido coje taxis para llevar al hijo de ambos de aqui para alli..quedria saber si mi marido debe pagar ese gasto q ella no consulta a nadie…gracias espero q entienda mi pregunta

    Comentarios por sandra — 17/01/2013 @ 12:05 pm | Responder

    • Ese no es un gasto extraordinario que des satisfacerse a partes iguales, así que no hay que preocuparse. La madre es la encargada de administrar la pensión de alimentos como crea conveniente siempre que e menor no quede desatendido de necesidades propias debido a ese gasto.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/02/2013 @ 3:35 pm | Responder

  56. la ex mujer de mi pareja toma decisiones unilateralmente..como cojer taxis para trasladarse…y demas solo preguntarte si eso es a sin…si eso son gastos extras gracias

    Comentarios por sandra — 17/01/2013 @ 12:09 pm | Responder

    • Cada uno se desplaza como crea conveniente. Eso no son decisiones unilaterales que tenga que ver ni con el menor ni con la patria potestad. Y no son gastos extraordinarios.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/02/2013 @ 3:36 pm | Responder

  57. Hola!

    Necesito por favor que me aclares una duda.
    Soy madre soltera con hijo reconocido por su progenitor,simplemente reconocido porque no tenemos convenio o acuerdo con lo cual no hay manutencion ni visitas, el niño tiene 14 años y la ultima vez que vio a su progenitor tenia 5 años, el dijo queapareceria de nuevo cuando el niño cumpliera 18 años. Tengo miedo que aparezca y quiera llevarse al niño, tiene derecho a llevarselo un fin de semana, tiene derecho a algo si lleva tantos años desaparecido?

    Comentarios por Sonia — 17/01/2013 @ 3:51 pm | Responder

    • tengo 2 hijastros de 27 y 22 años que un no trabaja pero tiene vida laboral y otra que no sabemos nada la sentencia es de mediadores familiar mi pareja no ha pasado la manutencion esperando que fuesen a por el dinero en mano pueden ejecutar un embargo de una tierra si ni siquiera ha ido ella a solucinarlo por las buenas a mediacion el abogado no nos esta ayudando ,no nos llama ,ayudenme.
      .

      Comentarios por ARA — 01/04/2013 @ 10:13 pm | Responder

  58. hola soy divorciada y tengo 2 hijos el niño tiene 13 y la niña 8, pero ahora tengo una pareja nueva y no he logrado en un año de vivir juntos que ellos se lleven bien, como puedo hacer que se entiendan y se integren, porque con el niño no es tanto problema pero la niña y mi pareja los 2 son de caracter fuerte y especial. Ya estoy desesperada, pues he estado a punto de terminar mi relación … dame un consejo

    Comentarios por Z — 20/05/2013 @ 6:54 pm | Responder

  59. En primer lugar darte las gracias por compatir mediante tu blog experiencias y conocimientos.
    Espero que aparezca publicado o al menos que directamente te llegue.
    He intentado contactar contigo pero debido a que son casi las 8 ha sido imposible.
    Te cuento mi caso, estoy divorciada desde 2008, tengo dos hijos que en la actualidad tienen 26 y 22 años respectivamente y que se han negado a tener contacto alguno conmigo, la sentencia de divorcio me obliga a pasarle a su padre una pensión de 900 euros , además tengo que satisfacer la mitad de una hipoteca siendo la cantidad a ingresar de 472 euros, acabo de recibir un procedimiento de ejecución en el cual se me reclama por una parte el aumento del IPC y por otra parte se me reclaman por via judicial una serie de gastos, de los cuales nunca he tenido conocimiento incluyendo el carnet de conducir y un curso de ingles para mi hijo pequeño.
    La verdad es que todo desde que me separe ha sido dantesco.
    Necesito un nuevo enfoque al caso. No tengo apenas días de maniobra, hoy me encontrado la documentación en el buzon de la casa de mi madre.
    Gracias por todo

    Comentarios por Pilar — 22/05/2013 @ 6:58 pm | Responder

    • Con la edad de los hijos es factible conseguir la extincion de los alimentos o, como poco, una reduccion del importe. Los gastos como el carnet o el curso de ingles no son gastos que le correspondan ya que no son necesarios. Si los ha decidido exclusivamente el otro progenitor, este es el que debe cargar con el pago integro. Existe base suficiente, por lo que me indica, para oponerse a la reclamacion que le han efectuado.

      Si no me localiza en el despacho, puede hacerlo por correo electronico y yo me pongo en contacto enseguida.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/05/2013 @ 7:09 am | Responder

  60. hola… doctora mi caso es insolito por asi decirlo. ojala me pueda asesorar q es loq puedo hacer. me case a la edad de 16 años de esa relacion nacieron tres hijos 2 niñas y un niño,luna de las niñas y el niño son especiales algo q su padre nunca acepto 8 años despues de tanto maltrato psicologico y fisico a mis hijos y ami mi marido decidio abandonarme, dejandome al amparo de su padre, q por cierto tambiem empezo a maltratarme psicologicamente, yo vivo en una de sus propiedades en un rinconcito si se podria decir, su padre nos da solo como para no morirnos de hambre, y con lo poco q yo gano logro el sustento diario, jamas se preocupo por los tratamientos q deberian llevar mis hijos ni tampoco por los estudios, ni por alimentos ni servicios basicos ni nada de nada y ahora resulta q su padre quiere vender toda la propiedad incluido el cuartito donde vivimos, no se adonde recurrir por q mi suegro me amenazo con q si hacia algo en contra de su hijo me botara sin derecho a nada, lo unico q quiero es q no me bote del lugar donde viven mis hijos y almenos se preocupen en algo por ellos ya q estoy totalmente desamparada, me gustaria saber q es loq puedo hacer para revertir esta situacion ate.. rosa luz

    Comentarios por rosa luz niagara — 30/05/2013 @ 2:39 am | Responder

  61. Hola!
    Le explico, mi situación es la siguiente: tengo 18 años y soy hija de padres divorciados. Mi padre dejó de pasarme la pensión hace 3 meses sin aviso, por el hecho de haber cumplido los 18. ¿Podemos, mi madre y yo, reclamar ese dinero?
    Por otra parte, quiero estudiar el la escuela de hostelería oficial de las Islas Baleares. La matrícula de cada año asciende a 3750€, ya que es un curso privado (hay que decir que es la única escuela de cocina de Mallorca y por eso tendría que elegir esa). ¿Puedo pedirle que me abone la mitad de la matrícula como hace mi madre o por el hecho de ser una escuela privada o estudios superiores no está obligado?

    Comentarios por Irene — 28/06/2013 @ 12:49 am | Responder

    • La obligacion de satisfacer los alimentos establecidos en sentencia de divorcio no finalizan a la mayoria de edad sino que se extienden mas alla de esa edad si el hijo sigue estudiando , sigue residiendo, en este caso, con la madre, y no tienen medios para ser autosuficiente. Por lo tanto, esos tres meses, y todos los siguientes hasta que una sentencia siga que se han extinguido, son reclamables en una ejecucion de titulo judicial.

      Para que se extinga la obligacion de alimentos tu pasre deberia poner una demanda de modificacion de medidas y, por lo que cuentas, poco exito tendria.

      En cuanto a los estudios, entiendo que si no hay otra opcion para los mismos que esa escuela, seria factible que se le obligara a contribuir a los mismoa.

      Desde este despacho podemos asumir la defensa de vuestros intereses en ambos procedimeintos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/06/2013 @ 8:16 am | Responder

  62. Hola voy a ser papá dentro de pocos dias,y mi ex vive con su padre con el cual hemos tenido unas cuantas discusiones y el no me dejara entrar a su casa haber a mi hija.La cuestion es que dias atras antes de la ultima discusion fuimos con la madre a hablar con una abogada de su parte y nos pusimos de acuerdo sin firmar ningun papel que yo podia ir martes,jueves,sabados y domingos haber a mi hija.Si alguien me puede ayudar o aconsejar de buena fe es bienvenido.Muchas gracias.Diego
    pd:Yo por ahora no quiero recurrir por la parte legal quiero solucionar las cosas sin tener que recurrir a abogados,jueces y todo ese rollo que no creo.

    Comentarios por Diego — 02/07/2013 @ 7:30 am | Responder

    • Pues regular las cosas de palabra es lo menos recomendable. Lo que no esta escrito no existe, y por lo tanto, no hay compromiso de cumplirlo. Se puede regularizar la situacion, las visitas y demas de mutuo acuerdo, a traves de un convenio, redactado por abogados especialistas. Luego se ratifica ante el Juez, que lo convierte en sentencia y pr lo tanto, en algo de obligado cumplimiento.

      Las palabras se las lleva el viento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/07/2013 @ 2:41 pm | Responder

  63. Estoy divorciada de mutuo acuerdo, mis hijas son mayores de edad… Puedo irme a vivir fuera de la provincia sin tener problemas legales con el padre de mis hijas ?
    Muchas gracias.

    Comentarios por Ana — 06/07/2013 @ 12:02 am | Responder

    • Por supuesto. Al ser mayores de edad ya no existe ni guarda y custodia ni mucho menos patria potestad que es la que limita los cambios de domicilio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/07/2013 @ 3:37 pm | Responder

  64. Hola buenas noches!mi pregunta es :
    necesito saber a donde tengo que ir a buscar documento que acredite que mi hermana y yo somos unicas las dos,que no tenemos mas hermanos,ya que mis padres murieron hace años y mi 3ª. hermana la mayor murio hace muy poco.para poder cobrar la herencia de esta hermana,necesitamos el documento que acredite que solo estamos las dos hermanas solas.
    Muchisimas gracias!!
    Si puede ser me gustaria que me contestarais con la mayor brevedad posible,gracias!

    Comentarios por antonio — 07/07/2013 @ 10:50 pm | Responder

    • Con el libro de familia donde constan las tres y un certificado de defuncion de la hermana fallecida que obtendran en el registro civil.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/07/2013 @ 3:29 pm | Responder

  65. Hola mi caso es muy diferente tengo dos hijas una con 20 años y la menor tiene 15 años, soy madre soltera aunque su padre las tiene reconocidas, nunca ejercio como tal, la custodia la tengo yo, pero la patria potestad es compartida.
    El caso es que yo tengo una nueva pareja y mis hijas quieren que este las reconozca como padre y ponerse sus apellidos, hace ya 10 años de la sentencia por custodia y jamas paso una manutención, ni solicito regimen de visitas, mis hijas no tienen relación con su padre biológico y quieren saber como renunciar a el como padre y poder poner a mi pareja actual como tal ya que el si se encarga de ellas en todos los aspectos

    Comentarios por raquel — 29/07/2013 @ 6:23 pm | Responder

    • La menor podria ser adoptada por su nueva pareja, pero para ello necesita el consentimiento del padre. La de 20 años, siendo mayor de edad, ya no tiene esa posibilidad. No se puede renunciar al padre pero si que podriam cambiar el orden de sus apellidos de forma que el patno quede en segudo lugar y sea de menos uso.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/07/2013 @ 10:15 pm | Responder

      • Ante todo gracias por la ayuda que realizas informando de las posibles soluciones legales que se pueden realizar, pues en ocasiones por falta de informacion podemos ir algo perdidos en el camino a seguir.
        Me pregunta mi hija que si fuese el padre quien renunciase a ellas si seria posible hacerlo pues su intención no es cambiar el orden de los apellidos sino hacer desaparecer el apellido de un hombre al cual no quiere reconocer como padre ya que jamas ejercio como tal y tiene antecedentes por maltrato de genero, alcoholismo y consumo de drogas.
        Para ella PADRE es mi actual pareja y quiere que asi conste mirando en un futuro pues desea ser madre y que sus hijos tengan el apellido de mi pareja.
        También me pregunta si podría añadirse un tercer apellido en caso de alterar el orden de los apellidos para poder hacer constar el de mi pareja actual.
        La verdad es que le preocupa mucho este tema y la angustia, pues le provoca ansiedad pensar que el padre que le cuida no sea reconocido como tal y sin embargo un hombre que jamas se preocupo por el bien de sus hijas conste en su vida cotidiana aunque solo sea por un simple apellido.

        Comentarios por raquel — 30/07/2013 @ 11:52 am

      • La adopción de la de menor edad como requiere el consentimiento del padre biologico, seria precisamente ese consentimiento una especie de renuncia, pero siempre dentro de un procedimiento de adopción. Ello llevara irremediablemente al cambio de apellidos.

        No es posible añadir un tercer apellido.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/08/2013 @ 9:22 am

  66. Hola e teñido una relación hace 3 anos y tengo una hija que ahora tiene 5 años no heamos sido pareja de echó I tampoco casados solo lleva el apellido de su padre no tenemos ningun convenio y se niega quiero marchar a mi país de origen que soy rumana y ay tengo un techo y a mi familia que me apoyo.,Puedo llevar a mi hija conmigo y darle un futuro mejor y sin que no tenga problemas de que el me denuncie ya que el no se hase cargó de nada.

    Comentarios por Madalina Bordeianu — 01/09/2013 @ 4:05 pm | Responder

    • La mejor solución seria regularizar judicialmente la guarda de la menor en favor de Vd, solicitando poder trasladarse a su pais.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/10/2013 @ 1:02 pm | Responder

  67. Hola buenas tardes, mi caso es que hace un año que me divorcie, mi exmujer, se marcho de casa y se fue a vivir a un piso de alquiler, yo me quede en casa con mi hija de 19 años, pagando lo que quedaba de piso, y manteniendo a mi hija, he terminado de pagar el piso y tenemos que escriturar, una vez escriturado el piso, tengo que pagar la mitad del alquiler a mi ex?, ella me tiene que pasar pension por mi hija mientras este estudiando??, por favor me puedes ayudar.

    Comentarios por Xavi — 23/09/2013 @ 2:34 pm | Responder

  68. hola soy natalia y hace tres años me separe de mi ex nunca nos casamos,vivimos juntos en pareja 12 años,y tenemos dos hijos hermosos de 6 y 9 años,pero como el no se queria ir de la casa y yo no tenia donde irme isimos un acuerdo de convivir en el mismo techo por los nenes pero nosotros hace tres años que no somos mas pareja,hace un par de mese que estoy buscando alquiler para irme con los nenes,porque ya es imposible la convivencia,pero el no me quiere ayudar con dinero y me hace la vida imposible maltrato sicologico porque yo no quiero volver con el hacer su mujer,y cada ves que se enoja me hecha de la casa,no puedo tener vida social, ni amigas ni amigos porque me dice que soy una cualquiera,yo no aguanto mas y me quiero ir a vivir con mis hijos,pero no se que tengo que hacer para no hacer abandono de hogar y tengo miedo a la reacion de el,yo trabajo de limpieza en dos casa los lunes,y tengo una pagina de chocolateria artesanal esos son mis ingresos y alguna otro trabajo que salga lo hago,pero no me alcanza para pagar un alquiler y el no quiere ayudarme,es mas en estos momentos me declaro la guerra mañana voy a ir al juzgado de familia haber que me dicen,pero necesito que me acesoren por favor gracias

    Comentarios por natalia — 18/10/2013 @ 2:11 am | Responder

    • Debe regularizar su situación a través de un procedimiento de familia, de guarda y custodia. Entre otros pronunciamientos se determinará quien debe quedarse en el uso de la vivienda. El abandono del hogar no existe como tal, es decir, irse de casa no es abandono del hogar en la actualidad. Pero si se va Vd sin los hijos, luego le puede perjudicar al solicitar la guarda de los mismos y también puede demostrar que tiene otra vivienda y por ello que no se le atribuya la actual familiar.

      Para asesorarle mejor necesitariamos tener mas información. Si está cerca de Barcelona podemos concertar una cita personal en el despacho. Si eso no fuera posible, podriamos hacer la cosnsulta a través de Skype por ejemplo, o igualmente via mail.

      Quedo a su disposicion,

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/10/2013 @ 12:59 pm | Responder

  69. Estimada Letrada: ante todo pido disculpa por mi mala redacción ,después quiero que me asesore porque estoy tan mal que no sé lo que voy hacer,en estos momentos vivo sola a 200 km de mi familia,en una casa de campo que el pueblo mas cerca está a 1´50 km,usted dirá que que hago aquí sola,vivo en Madrid normalmente hasta que un verano me vine a pasar una temporada en verano,en ese tiempo quedé con una hija mía en que se fuera a mi piso ( porque estaba de alquiler muy caro )y luego en invierno me iba yo al piso aunque estuviese ella porque está separada,mi sorpresa ha sido que he ido a mi casa y mi hija no me da las llaves ni quiere que me quede en mi propia casa todo porque ha conocido a otro chico y está viviendo allí con él,yo no quiero echarla porque es la más pequeña ,tiene muchas cosas allí metidas y es mi hija estaría feo que la echara .Luego tengo otro problema que casi se une al primero,soy separada por violencia de género ,mis hijas fueron las primeras en decirme que me separara ,me dieron a elegir entre su padre y ellas,yo lo estaba pasando muy mal y decidí separarme,ahora después de 14 años separada , su padre se ha puesto muy mal y al no poder ellas faltar de su trabajo para cuidarle me vienen llorando para que yo lo haga ,y porque me he negado se han enfadado conmigo,no me hablan,no me dejan entrar a mi casa no vienen a verme,mi hija no me da nada por estar en el piso solo paga los gastos que ella origina,agua,luz,gas y comunidad hace 2 meses la dije que si no me dejaba ir que me diese algo por lo menos para que coman un gatÍto y un perro que tengo,porque yo cobro 364 euros y pago 200 de hipoteca. Quisiera que al menos me diese un consejo de lo que debo hacer ,estoy sola a 200 km no me vienen a ver,ni a saber si necesito algo porque tengo una rodilla mal y no puedo ie a 1´50 km a comprar tampoco tengo mucho dinero ,lo estoy pasando muy mal,por las noches tengo que dormir con Lexatín. ,le doy las gracias y necesito una contestación .MARÍA P.

    Comentarios por pilar — 21/10/2013 @ 9:23 am | Responder

    • Como entiendo que su hija es mayor de edad, la solución a su problemática no está en el derecho de familia sino en el derecho civil. Aún sin ser mi especialidad, le avanzo que si no hay entendimiento la única solución está en pasar por los Juzgados civiles en una acción que se denomina desahucio por precario. Es parecido al desahucio de un arrendamiento pero se refiere a aquella persona que está ocupando una vivienda y no tiene título alguno que se lo permita. Si sus ingresos son tan bajos, debería acudir al Colegio de Abogados de la localidad donde esté la vivienda en cuestión y solicitar abogado del truno de oficio y tramitar la solicitud de justicia gratuita.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/10/2013 @ 12:55 pm | Responder

  70. UNA COSULTA;
    Mi ex marido quiere una copia del dni de mi hijo de 16 años, el cual lleva 3 años sin ver y año y medio sin pasar manuntencion, desde que me separe hace mas de 10 años lo ha visto en ocasiones y llamado por teléfono solo cada 8-9 meses incluso 1 año, el chiquillo hace tiempo q no quiere saber nada de el.
    Estoy obligada a dar la copia??? no se para que la quiere y no me lo quiere decir, solo dice que le hace falta

    Comentarios por gloria — 23/10/2013 @ 10:39 am | Responder

  71. Estimada letrada,mi consulta es que yo llevo divorciada 10 años y tengo una hija en común con mi ex pareja.Yo tengo la custodia de mi hija y el padre tenia un régimen de visitas de dos horas semanales(una el viernes y otra el sábado) de cada semana.También le tenia que pasar a mi hija una manuntención de 300 euros mensuales.La cuestión es que el jamás hizo uso de su derecho a visitas ni tampoco le paso la pensión correspondiente.De echo ni el ni nadie de su familia( abuelos y tíos paternos de mi hija) han querido saber nada de ella en 10 años.Mi hija tiene ahora 13 años y no conoce a su padre ni a la familia paterna(ella era muy pequeña cuando yo me divorcié tenia 3 años).Hace 2 días me he enterado que el padre de mi hija falleció hace 3 días,y la verdad es que no se que pasos tengo que seguir ahora……creo que mi hija tiene derecho a algún tipo de prestación,y la verdad es que si le pertenece quiero que la tenga(ya que su padre no le pasó ni un duro durante 10 años)¿cómo tendría que realizar el proceso(con la seguridad social,que papeles tendría que aportar…)?.Mi hija dice que no quiere absolutamente nada de lo que su padre tenga(bienes,deudas…),y yo voy a respetar su opinión,lo que no quiero es que cuando mi hija cumpla 18 años le lleguen todas las deudas que el tenga por ahí¿debería hacer legalmente algo al respecto o lo dejo correr y pasar el tiempo sin hacer nada?¿afectaría en un futuro a mi hija(en cuestión de deudas) si no hago nada?.Otro problema es que no se que derechos tiene la familia paterna respecto a mi hija(en caso de reclamármela),y la niña ni se plantea tener contacto con ellos,¿podrían reclamarla legalmente?¿y mi hija tendría derecho de elección con 13 años?.Como ya ve estoy muy perdida……pero claro no querría ir a un abogado y provocar ningún acontecimiento(porque igual la familia paterna no quiere nada con mi hija),por eso le pregunto a usted,Muchísimas gracias,espero su respuesta.

    Comentarios por ESTHER — 03/11/2013 @ 11:23 pm | Responder

    • La hija tiene derecho como minimo a la legitima. Puede solicitar certificado de defuncion y con el mismo, certificado de u,timas voluntades y saber si hay algun testamento.
      Puede aceptar la herencia que le correspondiera a beneficio de inventario, es decir, que solo en lo que resulte de beneficioso. Pero mientras no acepte, no tiene ni beneficios ni perjuicios.

      Si que le correspondera una orfandad, que debe tramitar ante la seguridad social, con ceritficado de defuncion. Eso no afecta a otras cuestiones.

      Si el le debia alimentos, podria reclamarlos vd a los legitimos herederos, para cobrar la deuda de los bienes que existan.

      La familia podria pedir algun tipo de regimen de relaciones con la menor, pero si no se ha hecho en este tiempo, no creo que vayan por ahi.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/11/2013 @ 3:52 pm | Responder

    • Sin aceptar una herencia no le van a llegar ninguna deuda ni ahora ni a los 18. Le corresponde la legitima y la orfandad de la seguridad social. Necesita certificado de defuncion por un lago y el de ultimas voluntades. Con ello podra pedir la orfandad de seguridad social, aue no tiene nada que ver con herencias ni con la familia, y con las ultimas voluntades vera si tiene testamento. En tal caso, el Notario que lo otorgo le podra indicar si su hija esta mencionada en algun modo en testamento. Si no hay testamento, puede solicitar la herencia que el corresponda «a beneficio de inventario», es decir, una vez liquidadas las deudas, lo que quede, si queda.
      No soy especialista en herencias y sucesiones de forma que, para mayor informacion deberia dirigirse a letrado especialista que le asesore.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/11/2013 @ 9:21 am | Responder

  72. hola!!mi situacion es un poco rara.acabo de iniciar los tramites de divorcio ,sigo viviendo en la vivienda familiar con mi mujer y mis hijos a la esperera de un sentencia.el caso es que mis suegros se han venido a vivir a nuestra casa sin mi consentimiento.no nos dirigimos la palabra ya que ya no teniamos buenas relacion.la casa es pequeña,ellos no tienen problemas economicos mas bien todo lo contrario.tienen varias casas.han venido a quedarse a peticion de su hija.yo no me atrevo a decir nada por no provocar una discusion delante de mis hijos que son pequeños..hay alguna forma de que se vayan?la situacion es muy tensa..agradeciendo de antemano su atencion..un saludo.

    Comentarios por luis — 19/11/2013 @ 10:26 am | Responder

    • Ante todo compruebe y evite que se inscriban en el padron en su domicilio, lo que complicaria las cosas. Si la relacion es tensa con su esposa, quizas sea mejor que esten alli a fin de evitar denuncias falsas de violencia de genero.
      Sacarles, sin disputar, no lo veo facil, tendria que poner una denuncia quizas por ocupación, pero no tengo muy claro que prosperase, y siempre seria fuente de mal rollo. Cualquier discusion, sobre todo, cuando los menores no esten delante!!!

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/11/2013 @ 8:24 am | Responder

    • Luis, solicite medidas provisionales previas , para que se decida quien debe seguir en la vivienda cuanto antes, y asi esta situacion se acabe.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/11/2013 @ 8:25 am | Responder

  73. Hola querria saber si hay forma de saber mas o menos el tiempo de espera para que salga fecha para un juicio de familia de modificación de medidas en la ciudad de Gerona.
    Gracias y un saludo

    Comentarios por ruben — 10/12/2013 @ 2:03 pm | Responder

    • Los plazos que se vienen dando para los señalamientos de vistas los controlan los procuradores. Consulte a su procurador porque cada Juzgado lleva su ritmo segun la carga de trabajo. Si lo que desea es poner la demanda y aun no lo ha hecho, si nos dice que juzgado le corresponde ( el que vio la demanda incial) podemos consultarlo a nuestro procuradores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/01/2014 @ 7:09 pm | Responder

  74. hola soy valeria de argentina,tengo un marido tenemos 2 hijas. el tiene un hijo de un matrimonio anterior. el problema es q mis hijas no pueden ver a su hermano. puedo hacer algo para q las niñas puedan verlo? muchas gracias

    Comentarios por valeria — 13/12/2013 @ 5:24 pm | Responder

  75. hola quisiera dejarte una pregunta, empezaré del principio soy menor de edad y el año pasado quede embarazada de un chico mucho mas grande que yo, la cuestión es que cuando le dije que estaba embrazada se hizo el tonto hasta que por miedo a mi familia me escape mi familia me encontró y me apoyo pero la familia de el no es mas dijeron que el bebe no era de el, cuestión que yo me mude a otra ciudad con mi mama pero ahora voy a volver con la bebe para que mi abuela la conozca pero yo no quiero que el ni su familia la vean puede tener problemas por esto aclaro que la bebe tiene mi apellido

    Comentarios por Noelia — 14/12/2013 @ 12:57 am | Responder

  76. Hola,quería hacerle una pregunta.porque a mi marido y a mi nos preocupa.mi cuñada se a separado hace 5 años de su pareja,tienen dos hijas una de seis y la otra de diez.el padre no le a pagado varias veces la pensión alimentaria,y ella por un abogado le a demandado reclamando el dinero.como no recibía el las carta,la policía se la tuvo que entregar en mano.y es cuando entonces,el llama a las niñas y por SMS de wasap por audio les dice cosas malas de su madre.y ya empieza a asustarlas con:Ya HABLAREMOS!!!! Y estaban las niñas nerviosas y no se quieren ir con el.la hija grande hace todo lo que quiere el padre para que no se discuta con la madre.dicho por la hija mayor.y mi cuñada dice que el abogado le dice que hay que esperar.¿tiene que denunciar esos echos de mensajes a sus hijas,por el bien del menor? ¿o esperar lo que pasa con la pensión? Yo personalmente,son 2 menores y creo k van asustadas y y cómodas,y creo que es el derecho del menor.y creo hay que denunciar ¿no? Espero que me aclare rápido porfavor

    Comentarios por mayte — 16/12/2013 @ 10:41 am | Responder

    • Cualquier amenaza o coacción puede y deberia ser denunciada por la madre en nombre de los hijos que son las victimas y menores. No tiene nada que ver con la ejecución en reclamación economica de la pension.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 12:04 pm | Responder

  77. Buenos días Asunción.
    Mi esposo esta divorciado de común acuerdo con sentencia desde hace un año. Tiene dos hijos, uno de 11 y una niña de 17
    Nos acabamos de casar pero ellos no saben que yo existo pues vivo en otro país.
    Su ex- esposa sabe de mí y se empeña en hablarle a sus hijos mal de su papa y le dice indirectas acerca de una posible relacion. En estas navidades mi esposo le contará a sus hijos acerca de mí pues me voy a vivir con el proximamente.
    Los niños ven a su padre un fin de semana de por medio según dice la sentencia, pero tenemos temor que su ex- esposa le niegue las visitas en cuanto sepa que yo estoy viviendo con el.
    Mis preguntas son las siguientes:
    1. Ella puede negarle las visitas?
    2. Existe alguna entidad que certifique de alguna manera que soy una persona idonea y que no represento ningún peligro para los niños?
    Muchas gracias por su colaboración

    Comentarios por Ximena — 18/12/2013 @ 6:08 am | Responder

    • Si existe una sentencia, la misma es de obligado cumplimiento. No puede negar las visitas. Otra cosa será que la de 17 decida no seguir con las visitas, pero a los 18 ya no se la puede obligar.

      No hay entidades que certifiquen lo que solicita.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:56 am | Responder

  78. Tengo una hija d 1 año,su padre asumió la responsabilidad desde el nacimiento, m ingresa manutención, pero ahora nos hemos enfadado y me dice que pedirá custodia compartida, que significa? Dejara de passe manutencion? Yo vivo en otra isla diferente a la d el, tendria k mudatme ?

    Comentarios por Ana — 22/12/2013 @ 11:37 am | Responder

    • La custodia compartida no supone dejar de pasar alimentos, lo que si es, evidentemente, un cambio en los importes,según el tiempo que pase con cada uno y las posibilidades economicas de ambos.
      Si están residiendo en una localidad desde antes de la demanda, quien deberá modificar su residencia de cara a una compartida será el padre,en terminos generales. Al menor hay que modificarle lo minimo los habitos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:36 am | Responder

  79. Hola tengo una duda, me denegaron la residencia permanente por antecedentes de violencia de género, estoy con un juicio por la residencia, por lo tanto no me dan trabajo con contrato ni puedo coger paro ni ayudas, mi ex me puede denunciar por no pagar la manutención del acuerdo ( 200€) o puedo congelar y dejar de pagar hasta q se resuelva todo y encuanto tenga residencia y trabajo volver a pagar la manutención ? Esto es posible ? Un saludo y de ante manó muchas gracias

    Comentarios por Andrés — 27/12/2013 @ 4:17 pm | Responder

    • Si los alimentos están recogidos en sentencia Vd. está obligado tenga o no ingresos o trabajo. No es posible congelar y puede ser demandado en ejecución de sentencia. otra cuestión es que llegue a algun acuerdo …

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:15 am | Responder

  80. hola una pregunta yo hace mas de un mes me separe de ex exposo lo cual tenemos una beba en comun el se la quiere llevar alo mi ex suegra toma pecho la beba… se la quire dejar todo el fin de semana y yo me opuse me dice que me va ahacer una denuncia por ese motivo. para mi es muy bebe como seria las reglas

    Comentarios por joana — 11/01/2014 @ 6:39 pm | Responder

    • Lo mejor seria inciar un procedimiento para regular la situación. Según la edad, es posible que se limiten las pernoctas pero algun regimen de estancias si que tendrá.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:03 am | Responder

  81. Hola muy buenas tardes, yo quería saber sobre un caso que me esta pasando y no puedo más, estoy embarazada de 8 meses y tengo un niño de 1 año, mi ex pareja que es el padre de los dos niños decidió llevarse al niño mientras estaba en la autoescuela, y siempre lo hace cada vez k le da la gana yo tengo miedo en ir a buscarlo pork es muy agresivo ya en ocasiones me ha agredido y quería saber que puedo hacer con esta situación que no aguanto más, no quiero que el se lleve a mí niño cada vez k le de la gana y me lo devuelva cuando se aburre. Yo no quiero que mi hijo crezca en esta situación y que esté solo conmigo. Que puedo hacer?

    Comentarios por Melissa Ochoa — 14/01/2014 @ 3:21 pm | Responder

    • Pues tiene que instar una demanda para la regulación de las relaciones de cada uno de vdes con los menores, y, ante la situación, a la vez de la demanda una petición de medidas provisionales, para que de forma relativamente rápida se establezca ya uns guarda y un regimen de visitas.

      Nos encantará poder defender sus intereses.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 10:43 am | Responder

      • Hola

        Firme un convenio regulador con el padre de mis hijos que son aun pequeños.
        He rehecho mi vida y querria casarme..puedo hacerlo o me prejudica en algo de la pension de los niños o custodia? Gracias y un saludo

        Comentarios por vanessa — 15/01/2014 @ 10:48 am

      • No tiene por que motivo afectar el matrimonio. Entiendo además que el convenio ha sido ratificado judicialmente.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:18 am

  82. Tengo una consulta …..necesito el divórcio a traves de un abogado de ofício … No tengo ingresos ninguno, mi todavia conyugue se lo há quedado todo, el tambien se queda la custódia de mi hijo menor que vive en Barcelona en el último domicílio conyugal, me he tenido que ir a vivir a casa de un amigo en castellon que es el que me está manteniendo y no puedo costearme los viajes para poder ver a mis hijos…que derechos tengo? Tendria derecho a pension compensatória? De que manera puedo solicitar un abogado de ofício ya que ahora vivo en castellon y el domicílio conyugal está en Barcelona y como he dicho antes no me puedo costear los viajes a Barcelona…. Habria manera de solicitar un abogado de ofício en Barcelona desde castellon y si asi fuera como podria hacerlo?

    Comentarios por maria del mar — 14/01/2014 @ 8:47 pm | Responder

    • Debe ponerse en comunicación con el colegio de Abogados correspondiente a la localidad de residencia, en este caso sería Barcelona, para solicitar abogado de oficio y beneficio de justicia gratuita. Si se le reconoce este beneficio, los honorarios del abogado iran a cargo de la Generalitat. Si no se le reconoce, aunque sea designado de oficio, Vd. deberá pagar los honorarios del abogado.

      Para saber si tiene derecho a pensión compensatoria es necesario tener más datos, como si Vd. ha trabajado durante el matrimonio, ingresos de ambos durante la convivencia, dedicación de cada uno a la familia, edad de ambos, tiempo de matrimonio, nivel formativo de ambos… No es un criterio automatico.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 10:30 am | Responder

  83. Esta pendiente de ratificar pero nos casariamos en 2015 despues de que acabara todo. Entiendo pues que puedo casarme. Conel padre de mis hijos no estuve casada solo conviviendo.

    Comentarios por vanessa — 15/01/2014 @ 11:20 am | Responder

  84. Està un abogado obligado a darme la venia si no liquido el importe pdte con ella?
    Me está ocasionando graves daños y perjuicios pk no se puede hacer un juicio de medidas cautelares sobre mi hija…què puedo hacer?

    Comentarios por Ana Vanesa Jiménez Barragàn — 23/01/2014 @ 8:32 pm | Responder

    • La venia no se puede negar NUNCA, pero no se da la venia al cliente, sino que se solicita por el nuevo letrado , previo a cualquier intervención, por escrito. El abogado tiene la obligación sin demora de otorgar la venia por la misma via y entregar al nuevo letrado toda la documentacion del expediente, para que pueda hacerse cargo del mismo. El abogado que recibe el expediente debe advertir al cliente si existe minuta pendiente, el deber de este de abonarla, sin perjuicio que exista un conflicto por los importes, y «facilitar» al compañero el cobro de la misma.
      Si su nuevo abogado ha solicitado la venia y no la ha obtenido, pueden ponerlo en conocimiento del colegio de abogados correspondiente para que tomen las medidas oportunas. El Letrado conoce como debe proceder ante la negativa.

      La venia no se da al cliente porque al abogado que cesa le resulta necesario pasar la responsabilidad del asunto a un compañero, sobre todo en temas procesales, en que existen unos plazos judiciales que cumplir y que no pueden quedar en el aire.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/01/2014 @ 8:23 am | Responder

  85. tengo una sobrina casada con dos niños de 3 y 6 años, actualmente esta sin trabajo le han hecho una entrevista y esta a la espera de que la llamen.Pero tiene un problema a la dueña del piso le debe 5 meses y la ha denunciado. Ella ha ido a la asistenta y le ha comentado su situacion y le ha dicho que le pueden quitar la tutela delos niños , eso puede suceder por favor y si es asi que podemos hacer para que esto no suceda gracias

    Comentarios por nieves marchante venegas — 27/01/2014 @ 5:01 pm | Responder

    • Si la administración tiene constancia de situaciones en que los menores no tienen los minimos necesarios,abre expediente de seguimiento y puede acordar que los niños están desamparados. Con esta declaración, puede otorgar la custodia temporalmente a familiares o bien hacerse cargo la propia administración. Si la familia tiene posibilidades, la forma de evitarlo es ayudando a esta chica a mantener este piso u otro y a que los menores tengan cubiertas todas sus necesidades basicas, tanto materiales como afectivas

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/02/2014 @ 8:25 pm | Responder

  86. Estoy separado desde hace 3 años y tengo visitas martes y jueves y fines alternos. Me toca pagar 1500€/mes y no puedo. Pago unos 1100€/mes. Los.martes y los jueves a la entrega de mis hijas a las 20.30h, mi exmujer nunca se encuentra en el domicilio, llega a las 21.15h y yo les entrego las niñas a su «nueva pareja» sin autorización ninguna por parte de ella hacia el ni identificación ninguna por parte de el. Hace dos semanas que estoy haciéndo un acta policial, cada martes y cada jueves. Ella los lunes, y miercoles tanto a la entrega de las ninas en el colegio, como a la recogida, envia a una canguro ppr que tampoco lo.hace ella misma. Creo.. que no puede estar por las niñas por que trabaja, pero en e juzgado presenta documentos como que pide comida a caritas y cobra la ayuda o el paro. Quiero la custodia compartida de mis hijas y emcargarme de ellas mas de lo que me dejan hasta ahora. Es posible?

    Comentarios por José — 28/01/2014 @ 10:22 pm | Responder

    • Para valorar las posibilidades de una custodia compartida resulta necesario conocer de un lado su vecindad civil y de otro, el juzgado que resolvió su situación anteriormente. La custodia compartida sin acuerdo de ambos de momento solo se establece en la legislación catalana, aragones y valenciana.

      Las actas policiales servirán en su momento para demostrar que no se encuentra en el domicilio y por tanto, para tirar por tierra en la medida de lo posible, las afirmaciones de ella de no trabajar y demás. Si no trabaja, las estaria desatendiendo injustificadamente, lo que podria dar pie a valorar un cambio de custodia, y si trabaja, también serviria para quizás valorar de nuevo las aportaciones economicas de ambos al sustento de las menores.

      Para un cambio de custodia, ya sea a su favor en exclusiva, o compartida si procede, será importante demostrar que Vd tiene mayor disponibilidad personal para atender a las menores, e incluso mejores medios materiales.

      Estaremos encantados de poder asumir la defensa de sus intereses si lo cree conveniente. Para ello de confeccionariamos un presupuesto con calendario de pagos, para su estudio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/01/2014 @ 12:50 pm | Responder

  87. Estimada Assumpcio,
    Estoy separado desde hace 4 años y tengo régimen de visitas martes y jueves y fines alternos una semana y lunes , miércoles y viernes otra semana. Una locura de organización de visitas total. He dejado mi piso a mi ex mujer y estoy pagando 5000 euros para dos niñas. Mi ex mujer vive con su nueva pareja en mi piso. El tienes dos niñas y régimen de visitas y sus hijas vienen a mi piso cada fin de semana. La niña mayor que va cumplir 12 años no se lleva bien ni con nueva pareja de mi ex ,ni con sus hijas . Este Señor la insulta, la amenaza levantando la mano. Puede pedir mi hija que este Sr. vaya de la casa? Puedo pedir alejamiento de este Sr por acoso moral de mi hija? A propósito este Señor estaba denunciado por maltrato moral de su pareja anterior.
    Puedo medir modificación de custodia y pedir custodia compartida? Puedo pedir custodia total si mi hija esta desciendo que no quiere vivir en este “ infierno” y por caso que situación de la vivienda de mis hijas esta combiada? .Yo no quiero que mi hija crezca en esta situación. Por favor, que puedo hacer en este caso.

    Comentarios por Dani — 04/02/2014 @ 9:56 am | Responder

    • Existen sentencias que consideran que la entrada de una nueva pareja modifica la necesidad de vivienda y permite que se modifique la atribución del uso de la que fue vivienda familiar.
      En cuanto a los malos tratos sobre la menor, Vd. puede prefectamente denunciarlos, pero es importante que pueda probarlos, de otro modo, como es uina materia penal, la presuncion de inocencia hará que acabe en nada. Quizás una edxploración psicologica de la menor pueda ser una buena prueba. además de servir de ayuda a la niña para llevar esta situación. También seria util en el procedimiento para modificar la guarda, tanto para pasar a compartida como para un cambio total. Debe tener en cuenta que la edad de la menor hacer que tenga derecho a ser oida, de forma que su intervención en el procedimiento de modificación puede hacer decantar la balanza.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/02/2014 @ 8:17 pm | Responder

  88. Me olvido decir que vivo en Barcelona. gracias.

    Comentarios por Dani — 04/02/2014 @ 9:58 am | Responder

  89. Hola Assumpció. He dado con esta página buscando a la desesperada ya que mi marido me ha planteado hoy mismo la separación. Tengo muchas dudas respecto a lo que hemos hablado, pero hay una que quisiera tener clara antes de formalizarlo. Antes que nada decir que tenemos dos hijos, una chica de 22 que de momento no vive en casa y un menor de 16. Mi marido me dice que nos quedemos nosotros en casa, que él se va y que nos pasará dinero para gastos,pero según me han dicho, cuando el niño cumpla 18 años él puede volver y quedarse con la casa aduciendo que yo he disfrutado de ella. Podría por favor ayudarme ? Gracias

    Comentarios por Amparo — 07/02/2014 @ 9:08 pm | Responder

    • Si se atribuye a Vd el uso de la vivienda, ese uso se mantiene mientras se den las condiciones por las que se atribuye, y si el hijo, alcanzada la mayor edad, sigue siendo dependiente economicamente y sigue residiendo en el domicilio, el uso se mantiene. ^Por lo tanto, el fin del uso no es una cosa automática, y no puede el volver tal cual, necesitará una resolucion judicial que establezca el fin de la atribución. Tras ello, debería verse como se resuelve si ambos propietarios interesan el uso.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/02/2014 @ 7:28 pm | Responder

  90. hola quería consultar, tengo un amigo que esta muy emproblemado con su esposa e hijos, que tienen 25 años, 24 años y 11 años, el esta separado de su esposa ya más de dos años pero la señora no le quiere dar el divorcio porque esta esperando una herencia del papá de él, el tuvo un hijo fuera del matrimonio, ahora los hijos mayores amenazan a la mamá de ese niño con matarla y para evitar algo de eso el vive con ella pues no encuentra una salida, no haya que hacer ya que el hijo mayor lo ha amenazado con matarlo a él y la mamá del otro niño. que consejo podría darle en esta situación

    Comentarios por Elizabeth Alférez — 13/02/2014 @ 11:53 pm | Responder

    • Si existen amenazas firmes debe denunciarlo, ya que son un delito. En cuanto al divorcio, no se puede negar el divorcio, solo que uno no quiera seguir casado, el vinculo queda disuelto, y la herencia no tiene ninguna importancia ahi, ya que la herencia va a las personas en concreto, esten casadas o no. Y no son bienes gananciales. Pero por su forma de expresarse me parece que no estamos ante una situacion que deba ser regida por la legislacion española

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/02/2014 @ 8:27 am | Responder

      • Si es correcto somos de Nacionalidad Salvadoreña, gracias por su consejo lastimosamente este caso paso a ser más poblemático, pues le comento el hijo mayor que tiene 23 años con la mamá procedieron a enviar y a golpear ellos mismos a mi amigo y lo amenazaron de muerte hoy el esta viviendo de nuevo con ellos por miedo a que lo maten a él o a la otra persona con la que él estaba, perdió su trabajo y por miedo no ha ido a las autoridades correspondientes, ruego a Dios que pueda salir él de esta situación ya que él dice que no tiene valor de salir de la casa sin que él abogado que el a contratado logre que la señora le firme el divorcio, la verdad no lo entiendo pero como de este tipo de cosas yo puedo aconsejarle algo y el abogado le ha dicho que lo más correcto es que salga de alli ya con el divorcio y luego se vaya para que ellos ya no lo handen buscando.

        Comentarios por Elizabeth Alférez — 24/03/2014 @ 8:32 pm

  91. Mi nieto vive conmigo tiene siete años .mi hija no puede hacerse cargo de el y quiere darme la guarda y custodia q trámites hay q seguir y a donde hay q acudir. Le ruego x favor me orienten gracias un saludo

    Comentarios por flor coello — 21/02/2014 @ 2:22 pm | Responder

    • Debería solicitar la guarda del menor judicialmente con el acuerdo de la madre, pero…. y el padre del menor?? antes que la guarda a un abuelo, hay que ver que opina de ello el otro progenitor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/03/2014 @ 11:12 am | Responder

  92. Buenas tardes,
    Mi consulta es la siguiente , espero que me puedas ayudar. Resulta que no tengo posibilidad de alquilar nada para llevarme a mis hijas los fines de semana que me tocan, vivo con mis padres pero alli no caben, le propuse de quedarme en nuestra casa (porque sigue siendo de los dos) el sabado por la noche, para que ella saliera cuando quisiera, pero no atiende a razones, mi madre esta muy mayor, no puede con mis hijas, pero eso a ella le da igual………..no me niego a quedarme con mis hijas, pero no me ha dejado posibilidad de alquilar nada, que puedo hacer!!!………..me ha dicho que me va a denunciar por no cumplir con los fines de semana que me tocan………espero que me puedas ayudar y muchas gracias.

    un saludo
    Jesus Vazquez

    Comentarios por Jesus Vazquez Zayas — 25/02/2014 @ 6:42 pm | Responder

    • Es una cuestión de dificil resolución. Quizas deberia haberse planteado la situación en el juzgado cuando se celebro la vista o en el convenio. Para ques e modifique, ahora necesitaria una modificacion de medidas, que no garantiza que resulte, y que ademas es un procedimiento que puede ser muy largo. No se si seria viable un hotel para esa noche…

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/02/2014 @ 8:02 am | Responder

      • Gracias, es lo que mas o menos esperaba……..un saludo

        Comentarios por Jesus Vazquez Zayas — 28/02/2014 @ 10:11 am

  93. Mi ex paga siempre varios dias tarde y algún mes no paga, desde la firma hace 5 años no me sube la pensión. En la sentencia dice quel subirá el ipc………como pido abogado oficio en castellon ya que estoy conel subsidio y no tengo medios.. tengo dos niñas con él, gracias

    Comentarios por Inma Lorenzo — 16/03/2014 @ 1:59 pm | Responder

    • Para pedir abogado de oficio debe dirigirse al colegio de abogados que le corresponda. Habitualmente tienen una sede en el mismo edificio judicial.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/03/2014 @ 10:12 am | Responder

  94. Buenas tardes, mi consulta es porque mi ex marido y yo vivimos en ciudades diferentes. En la sentencia se estipula que él puede disfrutar de 2 fines de semana al mes de los que tiene que avisar 15 días antes y que puede elegir todos los puentes, que le corresponde el día del padre, el de su cumpleaños…hasta ahí bien. El problema es que hoy se ha presentado en el colegio sin avisar (vive a 600km), por ser día del padre dice que le corresponde, que es cierto, y se lo ha llevado pero no me ha avisado. En navidad hizo lo mismo, se presentó un día sin avisar en el colegio, al igual que otro fin de semana con festivos. El me dice «elijo el fin de semana del xx-menciono un día-«, nunca especifica el día que va a recogerle (o directamente no me informa, como hoy), pese a que se lo solicite (sólo nos comunicamos por escrito). ¿qué puedo hacer? según me comentan se amparará en la ambigüedad de la sentencia para hacérmelo una y otra vez. Nunca le he puesto impedimentos para ver al niño, pero la relación entre ambos es inexistente y busca cualquier manera para hacerme sufrir (no dejarme hablar por teléfono con el niño, devolverlo más tarde y quitarme días de vacaciones…). El colegio no quiere líos y aunque tienen la sentencia, directamente le dan el niño. ¿se le puede obligar de alguna manera a informar de cuándo va a recoger al niño?

    Comentarios por Ana — 19/03/2014 @ 6:28 pm | Responder

    • Estaria bien poder leer la sentencia para ver por donde actuar. Quizas seria materia para una ejecución. Si puede comunicarse con nosotros por correo electronico, revisariamos la sentencia y podriamos asesorarle mas adecuadamente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/03/2014 @ 9:24 pm | Responder

  95. Por cierto, gracias y un saludo

    Comentarios por Ana — 19/03/2014 @ 6:29 pm | Responder

  96. Buenas tardes!
    mi consulta es la siguiente, llevo divorciada desde el año 2008 y tengo la guarda y custodia de mi hija de 12 años.El problema es q por razones de trabajo de mi pareja actual tenemos q irnos a otro pais una temporada, mi hija no quiere venir , al menos de momento, yo tampoco hasta q veamos como nos va todo. Mi pregunta es q con su padre la relacion solo es cordial …
    Me gustaria saber q tengo q hacer para q mi hija se quedara con su padre una temporada y no peder los derechos, ya q yo intentaria estar con ella todo lo que me sea posible

    Comentarios por Isabel — 20/03/2014 @ 4:56 pm | Responder

    • Lo mejor seria firmar una modificación de convenio de mutuo acuerdo detallando como se regulara la nueva situación mientras la menor este con el padre ya que, po ejemplo, si no lo hacen así, el padre seguiria obligado a ingresarle a Vd los alimentos de la menor aun teniendola a su cargo. Asimismo, si Vd esta en otro pais, no podra disfrutar de los fines de semana alternos, plr ejemplo.
      Estariamos encantados de redactarle este convenio. Si lo desea podemos facilitarle un presupuesto de nuestra intervencion. Para ello le rogariamos nos contacte por correo electronico facilitandonos algunos datos mas, como por ejemplo, que juzgado regulo su divorcio, localidad de residencia y localidad a la que van a desplazarse.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/03/2014 @ 9:18 pm | Responder

  97. Buenas tardes. Quería realizar una consulta. Me divorcie de mutuo acuerdo hace dos años. En este tiempo he mantenido contacto diario con mi ex marido vía WhatsApp ya que mi hijo solo tiene dos años. Estoy obligada a informar de lo que hace mi hijo a diario? Es decir, me pregunta a diario, por la mañana, tarde y noche como esta el niño. Le he dicho que le informaré en caso de algo urgente pero que mientras que esto no ocurre, no tengo por que estar contestando al WhatsApp a diario.
    Gracias

    Comentarios por Carolina — 20/03/2014 @ 6:38 pm | Responder

    • El progenitor custodio tiene la obligación o deber de informar al otro progenitor de ls cuestiones que afecten al menor, pero de ahi a pasar informe tres veces al dia hay un abismo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/03/2014 @ 9:14 pm | Responder

  98. Buenas noches,
    Tengo la custodia de mi hija de 14 años que vuelve sola del colegio (a dos calles de la vivienda) y tiene que esperarme todos los dias en casa sola desde las 3 de la tarde hasta las 6 y media que llego yo de trabajar. Podría su padre intentar un cambio de custodia por este motivo?

    gracias

    Comentarios por Sonia — 20/03/2014 @ 10:50 pm | Responder

  99. Buenas tardes,mi pareja tiene que recoger a su hija un fin de semana cada dos,a 200 kilómetros de casa(vive con su madre a 400 km)ahora su ex esta embarazada de unn mes y dice que a partir de ahora no va a bajarla al punto de encuentro por ese motivo,¿puede incumplir el régimen de visitas por estar embarazada?¿puede un juez dictar que su padre se quede sin las visitas?

    Comentarios por felix — 23/03/2014 @ 8:30 pm | Responder

    • Si en la sentencia se establece que la recogida y entrega es en un lugar determinado, eso es lo que se ha de cumplir y si la madre no puede acercarla, puede delegar en otra persona.
      Si no la lleva estando así determinado, es un incumplimiento que denunciado dara lugar a faltas, lo que no la beneficia en absoluto.

      Pero antes de denunciarse, lo mejor seria que vieran de llegar a algun acuerdo temporal.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/04/2014 @ 10:57 am | Responder

  100. hola disculpa quisiera saber si incurro en un delito al llevarme a vivir a mi hijo conmigo y no entregarselo de vuelta a su mamaya q ella es la q decidio irse de la casa pero el bebe lleva una vida no muy digna ya que en varias ocasiones me lo a entregado con excesivas picaduras de insectos y sin bañarse varios dias

    Comentarios por leonardo manuel — 27/06/2014 @ 3:29 pm | Responder

    • pues todo depende se si tienen Vdes una sentencia que regule la guarda o no, y cuanto tiempo llevan separados y viviendo el menor con la madre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/07/2014 @ 5:22 pm | Responder

  101. Buenas noches, mi problema es con la familiade mi marido, hace unos meses tuve una discusion con mis cuñadas, en la discusión me cerraron con llave la puerta para que no pudiera salir, me amenazaron con quitarme a mi niño,con destrozarme la vida… Yo no denuncie porque son familia y no pensaba que pasasen de ahí pero al poco unade ellas empezo a hacerme preguntas muy raras sobre si llevaba con cinturón a mi niño, como se duerme, cuantas veces cambio las sabanas de su cama… Y creo que estaba grabando la conversación con su movil,¿ es legal? También creo que le han echo fotos al niño como algún día que se había ensuciandolas uñas jugando o ccosas así… También dijeron que me iban a poner de loca diciendo que todo era mentira que estoy mal y tal y lo están haciendo, yo ahora no las dejó que lo vean pero un día que si lo vieron en casa de mi suegra lo metieron adentro y yo quede en la terraza pues cuando entre el niño estaba casi llorando me decía buba, buba, y quería salir fuera corriendo, temo que le hayan echo algo para de alguna manera incriminarme a mi ya que el niño al poco se mareaba, aunque no lo lleve al médico porque pensé que estaba malito del estómago ya que había vomitado la comida… Tengo miedo, de que le puedan hacer algo a El o que al final con las cosas que están haciendo consigan quitarmelo. ¿Que puedo hacer?. Mi.marido me apoya pero su familia está toda en mi contra ya se han encargado de ello…

    Comentarios por anónima — 11/07/2014 @ 2:50 am | Responder

  102. Hola buenas noches queria consultarles sobre mi caso:despues que corte con mi ex novia(2meses) me entere esta embarzada esta alrededor 4 meses..me entere de esa noticia por terceros ella no me da comunicacion ni nada,necesito saber del bebe porque me quiero hacer cargo..su actual pareja me mintio oculto en estos meses esa noticia..no tengo alcance a ella..yo quierp sabrr del bebe que es lo que le hace falta..

    Comentarios por elias — 16/07/2014 @ 7:04 am | Responder

    • cuando nazca el bebe puede Vd interponer una demanda de reconocimiento de paternidad, y con ello, que se establezca un regimen de relaciones con el menor, como cualquier situación de padres separados. Pero primero deberá reconocersele la paternidad.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/07/2014 @ 10:55 am | Responder

  103. Hola Assumpció que tal.
    Mi duda es a fututo. Tengo una relación con una madre soltera la cual tiene tres preciosos niños y los cuales estan registrados con los apellidos de ella y como madre soltera. La relación esta marchando sobre ruedas que ha llegado a mi mente el casarme con ella y se lo he planteado y acepta (los dos somos solteros y yo no tengo hijos), pero siempre pienso a futuro para saber a que me atengo.
    MI DUDA!!! Si una vez casados no nos entendemos o cualquier excusa no queremos seguir y buscamos el divorcio. Ella me puede pedir (demandar) una pensión alimentaria por sus hijos?
    Sin mas por el momento me despido con un cordial saludo y su pronta respuesta. Ah por cierto. Soy de México

    Comentarios por anónimo — 19/07/2014 @ 7:26 pm | Responder

  104. Hola Assumpció, quan un fill de pares separats fa els 18 anys , i el pare decideix per voluntat pròpia d’ingressar una quota menor a l’acordada, si es decideix de denunciar-lo qui ha de fer la denúncia mare o fill? i el pare pot decidir d’ingressar els diners directament al nen?,

    Comentarios por Mei Boneta — 19/10/2014 @ 8:00 am | Responder

    • Si ja hi ha sentencia anterior, és la mare qui posa la reclamació d execució civil. Per fer denúncia penal, en principi valdria la mare, però hi ha alguns jutjats que darrerament consideren que per a activar la via penal, cal que el fill també subscrigui la denuncia.
      Si el que voleu es cobrar, la millor via es la demanda d execució civil.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 30/10/2014 @ 11:55 pm | Responder

  105. Buenas noches. . Mi hija menor de edad fue atacada por un perro y el padre contrato a un abogado. . Mi pregunta es la siguiente.. si llamo al abogado ese y le pregunto como va las cosas de mi hija ¿Hasta que punto me tiene que informar? Porque hoy me ha contestado que el a quien se debe es al padre que es quien le paga no a mi..

    Comentarios por Beatriz — 27/10/2014 @ 9:47 pm | Responder

    • En efecto, el cliente del abogado es el padre, por lo tanto, no puede informar de un procedimiento en que el padre es el cliente. Otra cuestión es que Vd comparezca en el procedimiento como parte interesada por ser madre de la victima

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 30/10/2014 @ 11:30 pm | Responder

  106. Buenos días, me gustaría saber, que debo de hacer. Me acabo de divorciar y estas navidades quiero viajar con mis hijos, de 8 y 5 años a Disney.El problema es que me hacen falta los dni de los niños y mi ex no me los quiere dejar. Ella tiene la custodia y yo finés de semanas alternos, todos los miércoles y mita de vacaciones escolares. Una opción seria pedir un duplicado por extravío, pero no sería cierto. Que opción tendría y que me diera tiempo antes del 2 de enero que tendríamos el vuelo. Muchas gracias.

    Comentarios por Miguel García — 05/11/2014 @ 8:11 am | Responder

  107. Mi madre me quiere desahuciar por precario porque mis hermanos me quieren hacer la puñeta al no querer firmarle una hipoteca sobre los bienes comunes por haberle quebrado la empresa y me dijo que me iba a complicar la vida mientras viva.Me encuentro mal por que me veo en la calle y sin dinero por los gastos que puede ocasionar todo este proceso.Soy nudo propietario por una compra de padres a hijos de unas propiedades y otras estan para heradar.Le mando un saludo

    Comentarios por mario pla — 09/11/2014 @ 10:34 am | Responder

  108. Hola me gustarìa saber Que puedo hacer para recuperar la casa donde vivìa con mi ex pareja.Llevo un año separada y yo se la cedì porque tenìa miedo de sus amenazas,yo Sigo pagando las facturas d esa casa y él no me paga nada..Ahora vivo d alquiler pero me cuesta llegar a fin de mes.Mi ex pareja tiene la casa de sus Padres k ya no viven y no le da la gana de irse para allì.¿Podría recuperate yo mi casa aún habiendole firmado en su dìa Que se la cedìa?.Yo tengo la custodia de nuestra hija

    Comentarios por MARIA — 27/01/2015 @ 4:06 pm | Responder

    • la formula es la de modificación de medidas, acreditando que el no la necesita, y que en cambio vd si,motivado sobre todo por el impago de los alimentos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 11/11/2015 @ 9:13 pm | Responder

  109. Hola hace poco cumplí 18 años y quisiera saber si mi padre podría denunciarme por irme de casa ya que por ese motivo no me deja abandonar la casa ?

    Comentarios por katherine — 17/02/2015 @ 5:32 pm | Responder

    • A partir de los 18 años nadie puede obligarla a vivir donde no quiera. No tiene sentido ninguna denuncia por irse de casa ya que es mayor de edad y tiene total libertad de toma de decisiones.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/10/2015 @ 10:49 pm | Responder

  110. Hola disculpe la molestia soy de mexico df tengo dos bebes un niño de 1 año 9 meses y una nena de 8 mese el papa de ambos no los registro apesar de que se lo pedí de buena manera se q puedo demandarlo por reconocimiento de paternidad la duda es si con esto el adquiere el beneficio de convivir con ellos ya que desd que nacieron el no me ayuda con nada, le adradesco su tiempo y espero me pueda resolver mi duda gracias

    Comentarios por Veronica lopez — 05/03/2015 @ 8:48 am | Responder

  111. Hola,

    Permíteme una duda, no sin antes agradecerte tu ayuda.
    Ayer acudí al colegio de mi hija, con mi actual pareja. La tutora se negó a que mi pareja entrase en el aula, argumentando que la ley no lo permitía. Durante la reunión me reconoció estar siguiendo las instrucciones de la directora.
    Al terminar, fuimos a hablar con ella y, su respuesta fue que no permitió la entrada de mi pareja en el aula, porque ambos progenitores tenían que estar de acuerdo, y mi ex no lo estaba. Me dejo caer que, en la reunión de la tutora con la madre de mi hija, esta le ordenó a la tutora que no dejase entrar en el aula a la Persona que me acompañase.

    Partiendo de la base de que yo juego en desventaja, puesto que yo no sabia que mi ex ya había tenido esa reunión y, por lo tanto, no tuve opción de solicitarle lo mismo a la tutora, ¿hay alguna ley que ampare esa decisión?

    Gracias,

    Comentarios por David — 05/03/2015 @ 10:56 pm | Responder

    • pues la verdad es que no, pero en efecto, las cuestiones de los menores atañen a los progenitores y los profesores no tiene por que dar información alguna a terceros (en este caso pareja) si no hay acuerdo de ambos progenitores para ello.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/06/2015 @ 11:18 am | Responder

  112. Hola!! Mi situacion es la siguiente:

    Mi paraja y yo ( no estamos casados) tenemos un niño de un año de edad. Vivimos de alquiler en cuyo contrato figura mi nombre. Ella ha decidido irse porque considera que no ha de pagar mi parte de alquiler, yo no trabajo. Tambien se ha llevado al niño y esta con su madre. Que debo hacer

    Comentarios por Rafael — 11/03/2015 @ 8:46 pm | Responder

    • Pues poner de entrada una demanda de guarda y custodia para que se decida judicialmente con quien debe vivir el menor habitualmente, regimen de estancias con cada progenitor y participación de cada uno en los gastos del menor. Desde este despacho podriamos dirigir su asunto.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/05/2015 @ 11:03 am | Responder

  113. la novia de mi hijo cobra la orfandad y quiere venirse a mi casa. puede perder la orfandad por empadronarse en mi casa?

    Comentarios por dolores — 13/03/2015 @ 12:07 pm | Responder

  114. Hola, tengo una consulta, verás, mi ex-pareja y yo hace cuatro años que nos separamos, la custodia la tiene él puesto que me hizo la jugarreta de cambiar la cerradura de casa y en el juicio lo vieron como si yo me hubiera ido a vivir a Barcelona (desde S
    anta Coloma de Gramanet). Bien, su padre se volvió a casar con otra mujer, desde ese momento mi hija ha ido a «peor», ha tenido que ir a psicólogos, no solo por la mala relación entre su padre y yo misma sino porque el trato que tiene la mujer de su padre con ella roza, sino sobre pasa el maltrato psicólogico. Hace un mes en su colegio me apremiaron de que hiciera todo lo posible para sacar a mi hija de esa casa puesto que la definición que me dieron es que mi hija es como la Cenicienta. Yo sé de muchas cosas que me ha explicado ella o que yo misma he visto, desde hacerla dormir con el padre de su «madrastra» en la misma habitación, hasta cogerla de los pelos para castigarla y arrastrarla hasta su habitación, continuas amenazas, etc…etc…. De esa forma quiero pedir una revisión de medidas y un cambio de custodia, pero sé que necesitaría un informe del Sataf para con mi hija pero según he leído solo el Juez puede pedirlo. ¿No hay forma de pedirlo yo? ¿Cómo tendría que hacerlo? obviamente contaría también con el testimonio de su tutora i directora del colegio como referentes testimoniales de muchas cosas, de las cuales no han podido explicarme todas, sobre el trato que ha recibido mi hija por parte de la mujer de su padre.

    Comentarios por mistzhaie — 20/03/2015 @ 8:17 pm | Responder

    • El Sataf sólo interviene en casos en que una de las partes es de oficio ( por tema de colapso y recortes) y es siempre dentro de un procedimiento abierto. Si puede costear una pericial psicologica, seria una buena herramienta en que basar la solicitud de modificación. Si la menor tiene mas de 12 años, además, el juzgado tiene obligación de escucharla.

      Desde este despacho podríamos asumir la defensa de sus intereses en este asunto. Si lo desea, podriamos concertar entrevista y remitirle un presupuesto.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 12:21 pm | Responder

  115. Hola, tengo un convenio regulador con el padre de mi hija, ratificado ante el juzgado, en el se establece una pensión de alimentos a favor de mi hija de 120 euros al mes, y desde el mes de noviembre de 2.014 no la paga. Yo no le he negado sus visitas, ni le he denunciado ante el juzgado por el incumplimiento de sus obligaciones. Próximamente mi hija va a cumplir la edad en la que se estipulo que empezaría a pernoctar con el progenitor no custodio, y si bien no he tenido problema en dejar que el padre siga visitando a mi hija, quisiera saber si se puede evitar la pernocta, apoyándome en que si no tiene posibilidad de abonar 120 euros mensuales de pensión de alimentos difícilmente podrá alimentar a mi hija durante las quincenas que le toquen o si le manda un médico un medicamento estando con el, quizás no pueda hacer frente a ese pago.

    Mi intención no es denunciarlo por vía penal, ni es restringir las visitas, e incluso durante las quincenas de verano que la pueda visitar a diario, pero me asusta que mi hija pueda pasar necesidades en casa de su padre, cuando en mi casa no tiene carencia alguna.

    Comentarios por Natalia — 21/03/2015 @ 12:25 pm | Responder

    • si no paga los alimentos deberia poner demanda de ejecución de sentencia reclamando lo impagado. En cuanto a eliminar las pernoctas,para ello seria necesario una modificación, y, por lo que refiere, no veo demasiadas posibilidades a fecha de hoy.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 12:15 pm | Responder

      • Gracias por su respuesta

        Comentarios por Natalia — 15/05/2015 @ 5:19 pm

  116. Hola mi ex me hace a que le entregue a mi hijo a una niña de 14 años los días que lo tengo por las tardes, puesto que ella trabaja, de 16h a las 1 de la mañana es camarera, quiero saber si es legal que mi hijo este todos los días durante esas horas al cuidado de una niña menor de edad, mi hijo tiene 20 meses, muchas gracias y un
    saludo

    Comentarios por ruben rodríguez — 05/04/2015 @ 10:32 pm | Responder

    • Pues la verdad, yo creo que no es adecuado,y podria ser una irresponsabilidad de Vd hacer esta entrega, como lo es de ella por confiar el cuidado de un bebe a una menor de forma habitual. Por tal motivo, si la madre no le puede atender, y mucho mas a esa edad, podria interesar del juzgado un cambio de guarda o una ampliación de sus estancias con el menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 11:45 am | Responder

  117. Hola,

    Me estoy iniciado en el mundo de la abogacía, y quería saber si puedes ayudarme en una duda.

    Tras un proceso de mediación, donde hay dos abogados, uno para cada parte, finaliza después de un tiempo, sin ninguno tipo de éxito. La parte contraria me interpone demanda, y quisiera saber si estamos facultades para actuar en el proceso, porque esta el deber de confidencialidad sobre lo conocido en la mediación. Quisiera saberlo a efectos de saber si debo o no contestar la demanda, o debo acudir a otro proceso

    Comentarios por Elena Concha Garcia — 09/04/2015 @ 4:58 pm | Responder

    • yo entiendo que los mediadores no pueden actuar como letrados de las partes, pero lo mejor seria que lo confirmaras con el colegio profesional

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 11:30 am | Responder

  118. Hola, buenos días. Me llamo José Martínez y esto es lo que digo. Divorciado por mutuo acuerdo en el año 2008 después de 13 años casados, dos hijos que en la actualidad tienen 14 y 11 años. Firmamos un modelo de convenio por mutuo acuerdo acorde a las circunstancias de entonces. La custodia para la madre pues mi trabajo (instalaciones de redes de ventilación y climatización en hospitales, centros comerciales, aeropuertos y obras de gran envergadura, sin horarios fijos y desplazamientos continuos) me impedía atender a los niños de una manera compartida, Ella con un trabajo de jornada intensiva en una asesoría jurídica, laboral y contable a pocos minutos de casa. Obviamente ella dedicaba más tiempo a nuestros hijos. Fines de semanas alternos, un miércoles sí y otro no, y las vacaciones y festivos por partes iguales. Hubo un acuerdo verbal en el cual si yo un mes no podía pagar los 1400, pues no pasaría nada, si había voluntad de pagar. Ella me dijo que si un mes no puedes y puedes 1000 pues que no pasaría nada, pero que tuviera la voluntad de ir pagando. Firmamos el convenio en la misma asesoría donde ella trabajaba, redactado por el abogado común de ambos, dicho abogado era el jefe de ella, responsable de la asesoría y conocedor de todo nuestro negocio desde que se fundó, pues todos los papeles de mi empresa se llevaban en esa misma asesoría, en la cual, mi ex mujer servía todos los papeles y demás documentación empresarial en bandeja. Yo siempre he confiado en ella (mi ex mujer), contable desde que terminó los estudios de FP y ejerciendo desde entonces. El abogado, o la asesoría me invitó a retirar toda la documentación de mi empresa y a buscarme otra asesoría pues ya no había razón para continuar al estar mi ex mujer trabajando con ellos y que lo mejor para todos era que me fuera a otra asesoría, para una desvinculación total con mi ex mujer. Mi ex mujer (entonces mujer) era, evidentemente, conocedora de todos los movimientos de mi empresa, tanto laborables como contables, ella se ocupó siempre de todo el papeleo (cosa que negó ante el juez, ella dijo que nunca tubo nada que ver con la empresa, que lo único que hacía de vez en cuando era echar alguna carta que otra al buzón cuando yo se lo pedía). En mayo del 2009 me vi obligado a dejar el negocio, y al poco tiempo ella me demandó por impago de manutención. Me reclamó todas las diferencias (27400 euros) hasta mi solicitud de modificación de medidas en la cual se redujo la manutención a 400 euros (200 por cada hijo). Fui trabajando por cuenta ajena en mi misma profesión hasta el año 2010, año que me planteé seriamente dejar mi oficio de toda la vida, y plantearme otro modo de vida, un cambio radical y sin relación alguna con mi oficio de toda la vida. Quise dedicarme a las personas, a ayudar a los necesitados, solicité información y desde el año 2010 me dedico a las personas mayores. Tuve que realizar cursos de geriatría, y posteriormente pude acceder a una plaza pública en un instituto y tras dos años de estudio obtuve la titulación y formación de técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TECAE) lo que viene siendo «Auxiliar de Enfermería». En mi vida laboral el cambio fue radical, desde entonces he trabajado en dos centros, los dos muy cercanos a mi casa, muy cercanos a la casa donde viven mis hijos (mi casa antes de la separación, y casa que dejé a mi ex mujer, junto con dos plazas de garaje y el coche). No tengo trabajo fijo pero no paro, un año en un centro y otro año en el otro, todo dependiendo de las necesidades de los centros. Tengo embargada la nómina por el impago de los 1400, condenado a 4 meses de prisión y obligado a pagar las diferencias (27400 euros) y me es imposible pagar la manutención actual de los 400 euros por hijo, mi sueldo es de 900 euros, tengo embargado el 30 por ciento de mi sueldo (anteriormente el 50). Gracias a las personas que están cerca de mi he podido ir tirando para atender a mis hijos, para pagar un alquiler, para llevarlos a sus actividades, a los profesionales, a toda su desarrollo y educación. Nunca he faltado a mis estancias con mis hijos y nunca me han llamado la atención por desatenderlos de las obligaciones que, como padres nos corresponde. Solicité en el año 2012 modificación de medidas para la custodia compartida con informe pericial de los menores requerido por el juez y según el informe, que de momento continúan con la madre y no se descarta la custodia compartida en un futuro. También sentenció el juez (en juicio realizado en año pasado) una reducción de la manutención a 250 euros (125 por hijo) y un aumento de pernoctas. Mi ex mujer ha recurrido la sentencia, está de acuerdo en el aumento de pernoctas, pero no en una reducción de la manutención. Por mi parte, mis hijos están informados de la situación de los padres, de mi situación en concreto. Tengo 45 años, tengo ganas de vivir, tengo una profesión que amo, tengo una mujer (con un niño de 7 años de su anterior relación) que me quiere y a quien yo quiero mucho, mis hijos (de 14,11 y 7) están felizes, los estudios los llevan de maravilla, pero yo me voy agotando, pues creo que los niños tienen todo el derecho del mundo a estar con sus padres por igual.

    Comentarios por Jose — 10/04/2015 @ 8:49 am | Responder

  119. Hola,
    Mi caso es el siguiente. Divorciada con custodia compartida de dos hijos. Mi ex es pareja de hecho con otra mujer que tiene una hija anterior, y ahora han tenido una niña.
    Firmé consentimiento para que el formase familia numerosa con mis dos hijos y su nueva hija. Pero hoy me llega una carta en la que se ha modificado el título, ya que ha incluido a su pareja y la hija anterior de esta.
    Es legal hacer esto? Yo no he consentido ni el me ha comunicado nada. Tampoco entiendo por qué incluirlas ahora y hace 5 meses no.

    Muchas gracias

    Comentarios por celia — 08/05/2015 @ 2:47 pm | Responder

  120. Hola,llevo 5 años divorciado tengo un niño con 17años le paso todos los meses su manutención y vive en mi casa en el cual me la compro mi padre con muxo sacrificio vive con mi ex y otra hija mia que tiene 26años ,la primera pregunta es cuando tenga mi hijo 18 años mi ex puede abandonar la casa y irme ha vivir yo con mis hijos, si es así como lo debo de hacer presentándole un escrito x algún abogado ,y la segunda pregunta cuando tenga 18 años ya no se le pasa la manutención ?el no estudia ni quiere trabajar ni pensamiento.

    Comentarios por helem — 27/05/2015 @ 10:38 am | Responder

    • Todo depende de lo que diga su sentencia. Para resolver mejor sus dudas deberíamos poder leer la sentencia. Puede remitirnosla por correo electrónico y le presupuestariamos importe de la consulta ya que es necesario examen de documentos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/05/2015 @ 11:23 am | Responder

      • Muchas gracias.un saludo.

        Comentarios por helem — 27/05/2015 @ 5:01 pm

  121. hola Assumpció. como estas?.
    Llevo ocho años divorciado. Pasó la pensión a la madre de mis hijas puntualmente. Ella tiene la custodia. Mis hijas han cumplido las dos la mayoría de edad y la convivencia con su madre no pasa por su mejor momento, Son caracteres muy fuertes y chocan. El caso es que ha echado a mis hijas de su casa y yo lo que quiero que se queden definitavamente a vivir en mi casa. Yo he rehecho mi vida y mi mujer se lleva a las mil maravillas con mis hijas.

    Quiereo saber que pasos puedo seguir y si es denuciable el haber sacado a mis hijas de su casa sin avisarme. Yo me he encontrado a mis hijas al llegar a casa con sus maletas.

    Comentarios por aingeru — 08/06/2015 @ 10:03 am | Responder

    • Proceda a instar una modificación de medidas para que se refleje que las hijas quedan residiendo con Vd, se esxtinga la pensión que tiene vd ahora y se establezca una contribución de la madre al soporte de las hijas.

      Denunciable no es, son mayores de edad. Cuando menos deberian ser ellas quien denunicasen a la madre, y no lo recomiendo. Una cosa es que no se lleven muy bien, y la otra entrar en denuncias penales interfamiliares.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/10/2015 @ 11:41 am | Responder

  122. Hola.
    Mi ex y yo tenemos un hijo de 18 años que ahora comenzará la universidad, y mi ex dice que como no tiene dinero, no pagará la mitad de los gastos de la universidad, que esos gastos ya entran en la pensión alimenticia, yo he mirado la sentencia y en ningun sitio pone nada de que la pensión sea para gastos de estudio, pero si que pone que gastos extraordinarios se han de pagar al 50%. Se puede negar a pagar? El le dice a su hijo que se tiene que espabilar para trabajar y pagarse sus estudios, si hiciera eso mi hijo perderia la pensión alimenticia?

    Gracias.

    Comentarios por Marta Subira Maseras — 14/06/2015 @ 8:34 am | Responder

    • Los gastos de educación y formación están incluidos en la pensión de alimentos. Si los gastos de los estudios son muy superiores ahora que los que tenia en la educación obligatoria, podria optar por una modificación de medidas para que se aumente la prestación. La jurisprudencia no es unánime en cuanto al concepto de gasto extraordinario o no de los estudios universitarios. Yo soy de la opinión que si el importe es muy alto, se interese del Juzgado la declaración del gasto como extraordinario para obtener el pago de ese 50%. En efecto, según los ingresos que obtuviera el hijo, podria perder la pensión de alimentos o verse reducida.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/09/2015 @ 5:38 pm | Responder

  123. Hola,quería saber porque estoy perdido,tengo tres hijos,el mas peq tiene 13 hace nueve año que estoy divorciado,el juez me ya puesto en la sentencia pagarle a mi ex el alquiler hasta que el niño tenga mayoria de edad,o siga estudiando,y quería saber una duda,mi ex vive con su pareja y tiene un a un bebe ,mi pregunta es,yo tendría que seguir pasando ese alquiler?????y encima pagarle a ella su manutención ademas usted seria tan amable de darme una respuesta o consejo gracias

    Comentarios por Ricardo mendoza — 15/06/2015 @ 10:52 pm | Responder

    • Tendria que poner en marcha una modificacion de medidas para que se le extinga esa obligacion. En efecto es injusto que se mantenga ese alquiler del que se aprovecha un tercero. Nos encantaria poder asesorarle y llegado el caso, defender su postura en juicio. Si nos contacta por e mail podriamos darle mas detalles y un presupuesto.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/06/2015 @ 11:17 pm | Responder

  124. Hola, mi pareja tiene un hijo de 12 años, la madre tiene la guarda y custodia y ambos la patria potestad. No tienen buena relación.
    Vivían en la misma ciudad hasta hace dos años que nos mudamos a otra a 30 minutos de distancia. Esos dos años cuando nos tocaba al niño lo llevavamos al colegio y lo recogiamos, pero ahora tiene que pasarse a un instituto y nos gustaria que fuera a uno que esta a mitad de distancia de ambos, con buen nives academico y buena comunicación de autobus.
    Le mandamos 2 burofax a la madre comentándola el tema, para ver que instituto elegian, para ir a informarse a varios, pero ni los recogió. Al no tener contestación optamos por matricularle en el instituto que nos queda a mitad de camino, y ahora nos llega una carta de consejeria paralizando todo porque la ex ha mandado un escrito comuninandoles que no esta de acuerdo.
    ¿Que pasos tendriamos que seguir a partir de ahora? muchas gracias de antemano

    Comentarios por Julia — 05/07/2015 @ 2:16 pm | Responder

    • Deben iniciar un procedimiento de divergencias de patria potestad en el que expresen su decisión al tema del colegio, motivos, razones de la elección, lo beneficioso que es para el hijo, y que sea el Juez quien decida a que centro debe acudir.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/07/2015 @ 4:28 pm | Responder

  125. Hola,mi caso es algo raro.Comparto con mi exmarido la custodia de nuestro hijo.La residencia la tiene conmigo .
    El caso es que mi hijo no se centra en los estudios y mi ex marido y yo hemos concluido en que se vaya con él el curso entrante.A lo que vengo es que nosotros vivimos en Murcia y mi ex marido se fue a vivir a Palma de Mallorca. Necesito saber que pasos tengo que dar para que mi hijo se pueda trasladar con su padre y sigamos compartiendo la custodia..Gracias

    Comentarios por marina carmen perez mateos — 22/07/2015 @ 10:50 pm | Responder

  126. Hola, mi hijo se ha casado el año pasado con una chica Georgiana que tiene 2 hijos en su pais, matrimonio que han legalizado en Ankara y es a todas luces legal, ella viene de vez en cuando a España y se queda en mi casa en la habitación de mi hijo, suele estar 1 mes y medio y luego se marcha para cuidar a sus hijos otros 3 meses y luego regresa y así. Ahora está embarazada y dará a luz en Diciembre de 2015 y mi pregunta es, si consiento que siga viniendo y que se quede con el niño aqui y por lo tanto lo empadrone con ellos en mi casa, en caso de divorcio el juez podria darle el usufructo de la casa de mi propiedad a ella y al niño? y yo tendria que marcharme? y mi hijo?. Estoy preocupada ya que es un caso especial y no encuentro información sobre el tema. Gracias

    Comentarios por Maria — 31/07/2015 @ 8:50 pm | Responder

    • Un juez no va a dar ningun usufructo de vivienda, sea de quien sea. en todo caso se otorga el uso, que es muy distinto. Si la vivienda no es de ninguno de ellos, y además, es la vivienda habitual de Vd previo a la llegada de ella, tampoco le daran el uso de la misma. De todos modos, el padron tampoco es un elemento que vaya a ser determinante de nada, mas que de la competencia judicial territorial en caso de divorcio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/08/2015 @ 1:10 pm | Responder

  127. Hola, me separe del padre de mi hija hace 9 meses. mi duda es: pactamos que el recogeria a la niña en el domicilio materno y yo la recogeria en el domicilio paterno. Si yo por ejemplo el fin de semana estoy en el domicilio de mis padres, debo llevarla a mi docimilio cada vez para que el la recoja? Hasta ahora AMBOS no hemos tenido problema en recogerla donde estuviese en ese momento, pero ahora se niega a recogerla en el domicilio de mis padres. Muchas gracias

    Comentarios por estela — 01/08/2015 @ 5:32 pm | Responder

    • si está asi establecido en su convenio o sentencia, deberá estar en el domicilio determinado en ella para que recoja a la menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/08/2015 @ 1:03 pm | Responder

  128. Es fantástico su blog.
    Tengo una pregunta, tengo una niña 2 y medio y ahora esta con su padre la quincena de las vacaciones y no me deja hablar con mi hija y se q la cuida su madre xq el trabaja hasta 12 noche y mas y l madre me tiene easap y llamadas bloqueadas y el las llamadas,mi abogado ha presentado modificaciones de medidas , pero debo presentar también una denuncia en comisaria a los dos , en mi sentencia dice q debe existir una comunicación.
    Gracias

    Comentarios por Carmen — 11/08/2015 @ 10:08 am | Responder

    • No existe delito ni falta denunciable en comisaría. Si no es posible la comunicación telefonica y la misma está prevista en su sentencia, deberá instar una demanda de ejecución en la via civil.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/08/2015 @ 5:57 pm | Responder

  129. Hola!
    Me gustaría si fuera posible hacerle una pregunta,me caso el próximo mes y mi sobrina de seis años me lleva los anillos.Ella es hija de padres separados y ese fin de semana no le corresponde con mi hermano,su madre (mi ex-cuñada) que en principio no puso problemas con el cambio de fin de semana ahora amenaza con no dejarla asistir a la boda.
    Mi pregunta es: Puede legalmente negarse a que su hija asista a la boda de su tía?? O siendo familiar directo se puede alegar algo??
    Estamos un poco consternados con el tema,si usted nos pudiera orientar un poco sería de gran ayuda y tranquilidad.
    Muchas gracias por adelantado!
    Un saludo,Mar

    Comentarios por Mar Moreno — 15/08/2015 @ 2:18 pm | Responder

    • Pues ante la duda de si autorizará o no lo mejor es que el padre de la menor lo solicite del Juzgado. Para actos de este tipo, aunque no está establecido legalmente en ninguna norma, la doctrina y jurisprudencia ampara que los menores puedan asistir a los eventos familiares de este tipo, sea quien sea el progenitor al que le toque aquel fin de semana.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/08/2015 @ 6:10 pm | Responder

      • Buenos días!
        Pues en el juzgado nos dicen que ellos no tienen constancia de que se pueda solicitar nada de ese tipo y que lo mejor es ponerse de acuerdo con la madre.
        Muchas gracias x responder al mensaje.
        Un saludo

        Comentarios por Mar Moreno — 30/08/2015 @ 10:35 am

      • Procede una Jurisdicción voluntària por divergèncias de pàtria potestad.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 30/08/2015 @ 9:46 pm

  130. Hola mi duda es …mi marido es guardia ..vivimos en un piso dl cuartel ..el kiere k me vaya d aki ..tenemos un bebe d 9meses ..yo sin trabajo y ademas tengo otro hijo d 14años …no es de el ..mi pregunta es ..puede hecharnos de aki ?el tiene antecedentes spiquiatricos x drogas alcohol dejar a los crios solos y expediente en el trabajo s parte d algun k otro altercado x su temperamentro …gracias

    Comentarios por neus — 19/08/2015 @ 3:41 pm | Responder

    • no se como se regula el uso de las viviendas de este tipo, pero en todo caso, si la situación es insostenible, debería proceder a solicitar una regulación judicial. Si nos facilita mas detalles por correo electrónico veriamos que opciones tenemos para defender sus derechos. martinez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/08/2015 @ 11:06 am | Responder

  131. Mi hija de 25 años es independiente y su padre va quitarle la paga de alimentación. Lo han hablado y estande acuerdo. Es normal que su abogado me difa que tengo que ir yo a firmar al juzgao, cuando considero que es algo entre padre e hija y yo no interfiero para nada?? Espero pronta respuesta puesto que me piden que vaya mañana. Muchas gracias. Saludos

    Comentarios por Pilar — 10/09/2015 @ 11:52 pm | Responder

    • Totalmente correcto, ya que la pension se estableció siendo menor de edad y debe Vd aceptar la exitinción, ya que, aunque fuera para la hija, el padre esta obligado a pagarsela a vd.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 11/09/2015 @ 12:21 am | Responder

      • Muchas gracias por la rapida respuesta. Eternamente agradecida. Un saludo

        Comentarios por Pilar — 11/09/2015 @ 12:32 am

  132. Muchas gracias por la rapida respuesta. Eternamente agradecida. Un saludo

    Comentarios por Pilar — 11/09/2015 @ 12:28 am | Responder

  133. hola llevo divorciado de mutuo acuerdo 1 año la sentencia ha llegado en agosto mi pegunta es no casemos por lo civil en regimen de separacion de bienes, tengo 2 hijos el piso esta pagado pero esta a nombre de los dos, que tengo que hacer para que se lo quede ella, por que yo me he tenido que venir a barcelona a casa de mi hermana y no quiero saber mas de ella , viven en badajoz, resumiendo puedo renunciar a mi parte del piso no quiero dinero

    Comentarios por elias verde gomez — 18/09/2015 @ 2:39 pm | Responder

  134. Hola soy una mujer dependiente de 63 años de edad, convivo con mi hija de 34 años casada y con un niño, a veces se enfada y me amenaza con internarme en una residencia, yo no deseo que se asi y quiero permanecer en mi domicio por el momento ya que no creo que necesite dicho ingreso, que puedo hacer?

    Comentarios por Celia — 04/10/2015 @ 4:46 pm | Responder

    • Aunque vd sea dependiente, si no esta incapacitada legalmente, nadie la puede obligar a ir a una residència. La cuestion radica en quien es el titular del
      Domicilio, es decir, si vd vive en casa de ella o si son ellos los que estan viviendo en casa de vd. Si vive en casa de ella, podria obligar la a salir de la misma. Si vd no tiene medios para pagarse su vivienda pròpia y sustento, podria demandarla por alimentos entre parientes.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 05/10/2015 @ 6:44 am | Responder

  135. Hola buenas me gustaria saber cuanto tiempo tiene el padre para pagarme los libros del curso escolar.me paga la pension todos los meses bien.pero ahora se a retrasado y me dice que me los pagara.gracias un saludo

    Comentarios por Alva — 07/10/2015 @ 7:05 pm | Responder

  136. Buenos días

    mi consulta es que mi pareja tiene un convenio regulador donde se le adjudica el uso de ls vivienda pero pone que la pueden vender previo acuerdo de importe o tasador judicial. Nos hemos casado y nos queremos ir a otra población la pregunta es q paso podemos seguir para que se pueda vender?ya que tenemos una abogada a la cuál llevamod más de un mes detrás y no nos hace caso. la segunda cuestión es que la trasladarnos a otra población cuando viene su hijo el fin de semana tiene q venir allí a buscarlo?en el convenio pone q vendrá la madre el domingo al domicilio del padre,mi marido en este caso.
    Gracias y un saludo

    Comentarios por vanessa — 13/10/2015 @ 12:23 pm | Responder

    • Para la venta lo mejor seria inicialmente proponerle a la otra parte si le interesa adquirir la mitad, de forma que los impuestos serian mñas bajos, y si no acepta, plantear la venta a terceros. determinandose precio de venta.

      En cuanto al regimen de visitas, si ella debe recogerlo del domicilio paterno, pues deberá acudir al nuevo domicilio, salvo que en la sentencia se determinase exactamente cual era el domicilio concreto de recogida.

      Si no se han iniciado todavía actuaciones, pueden perfectamente cambiar de profesional. Si ya está empezado, pueden cambiar también, pero se requerirá un tramite denominado venia.

      Desde este despacho podriamos asumir perfectamente la defensa de sus intereses. Contáctenos por correo electronico si estuviera interesada en propuesta de actuaciones y presupuesto de honorarios. martinez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/10/2015 @ 1:16 pm | Responder

  137. Hace tiempo termine una relacion con una chica a las pocas semanas me dijo que estaba embarazada discutimos y le dije que me haría cargo del niño pero no volveria con ella pasaron unos meses y me dijo que había abortado desde entonces corte toda relación con ella y no supe nada de ella hasta hace unos dias que me he enterado que no hubo aborto y hace un año que nacio mi hijo. Mi pregunta es puedo denunciarla y exigir la custodia conpartida y que ese niño lleve mis apellidos??

    Comentarios por Ignacio — 15/10/2015 @ 5:31 pm | Responder

    • Puede perfectamente solicitar un reconocimiento de paternidad, y con el mismo, solicitar todos los derechos que como padre le corresponden, así como deberes hacia el menor. La custodia compartida dependerá basicamente del juzgado que lo tramite, de su vecindad civil, de la edad del menor… pero si no obtiene compartida de entrada, no creo que sea muy dificil obtenerla mas adelante ya que los tribunales están cambiando mucho sus criterios y tendencias tras determinadas sentencias del Tribunal Supremo.

      Podriamos proporcionarle un programa de actuaciones y presupuesto de honorarios si nos contacta por e mail ya que necesitariamos algunos datos personales para ello, como localidad de residencia del menor, edad… nuestro correo martinez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/10/2015 @ 8:47 pm | Responder

  138. Hola ..quisiera saber si mi ex pareja se puede llevar a nuestro hijo su fin de semana que le corresponde …..
    al menor fuera de la provincia a 500kilometros sin yo saber nada????

    Comentarios por nago — 19/10/2015 @ 8:23 pm | Responder

    • En el tiempo que le corresponde, cada progenitor puede decidir donde, como y con quien lo pasa. No puede limitarse su movilidad salvo que una resolución judicial establezca otra cosa.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/10/2015 @ 8:31 pm | Responder

  139. Buenas noches, mi pregunta es:

    Sí mi pareja que tiene una hija de otro matrimonio y que actualmente estamos separados y no casados y tenemos un hijo en común, puede obligarme a que tengan que coincidir obligatoriamente su hija y nuestro hijo los fines de semana que le tocaría a el??

    Y una cosa más el me obliga a que El Niño tenga que dormir en su casa cuando a el le toque, El Niño tiene dos años yo me puedo negar?

    Muchísimas gracias de antemano me sirve de mucha ayuda sus respuestas.

    Gracias de nuevo.

    Comentarios por Raquel Páez — 29/10/2015 @ 11:53 pm | Responder

    • Cuanto antes el menor se acostumbre ala nueva situacion mejor para el niño. No existe una norma que diga nada al respecto de si el menor puede pernoctar o no con el padre, y si no hay ningun motivo concreto por que no sea adecuado, el padre tiene el mis o derecho que la madre a pernoctar con el menor. En cuanto a las coincidenciass de fin de semana, cuanto mas coincidan los hermanos es mejor para ellos. Si vdes no llegan a un acuerdo en beneficio de los menores, sera el Juez quien decida lo que crea mas conveniente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 30/10/2015 @ 8:27 pm | Responder

  140. Hola, mi padre me pase la manutención pero este mes voy a trabajar, solo este mes ¿Puede dejar de pasarme la manutención independientemente de lo que cobre?

    Comentarios por Jazmina — 19/11/2015 @ 12:03 pm | Responder

    • Entiendo que pasa unos alimentos derivados de una sentencia judicial de familia. Para poder dejar de pasarlos, deberá solicitar la extinción y por un unico mes de trabajo no van a extinguirla.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/11/2015 @ 7:22 pm | Responder

  141. Hola mi problema es el siguiente si yo he comprado mi casa con mi pareja al 50% y de repente aparece una antigua chica con un hijo que es mio pidiendo al juez el uso d la vivienda. Le darán tal uso y hecharan a mi pareja de dicha vivienda aunque sea propietaria un 50%?

    Comentarios por Curio — 19/11/2015 @ 7:39 pm | Responder

  142. Hola mi problema es el siguiente yo he comprado una casa con mi pareja al 50% cada uno y hora después de algunos años a aparecido en mi vida una antiguo ligue con un hijo q dice ser mio.ha pedido ante el juez el uso d la vivienda pero mi pregunta es le pueden dar tal uso y hechar a mi pareja de su casa aunque sea propietaria un 50%?

    Comentarios por curioso03 — 19/11/2015 @ 7:58 pm | Responder

    • Cómo van a darle el uso de una vivienda en la que no ha vivido nunca?? No van a echar a la propietaria, tengalo por seguro, ni a Vd. Se otorga uso de vivienda que ha sido vivienda conyugal, pero no el uso de una vivienda que nada tiene que ver con la relación. Y por de pronto, asegurese de que el hijo es suyo, no lo de por vàlido sin pruebas de paternidad. No sería el primer caso en que se admite una paternidad sin pruebas , te imponen unas obligaciones, sobre todo económicas, y después resulta que no era el padre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/11/2015 @ 9:01 pm | Responder

      • Lo preguntaba porque en teoría siempre prevalece el interés del menor siempre q yo fuera el padre pero si usted me lo dice con esa claridad es q sera así muchas gracias

        Comentarios por curioso03 — 19/11/2015 @ 9:07 pm

      • Prevalece el interés del menor, pero no hasta el punto de darle una vivienda que no es de su propiedad. Si Vdes hubieran estado conviviendo en un domicilio y rompen la relación, es sobre ese domicilio sobre el que se decide el uso. Si es en alquiler, ese uso vendrá limitado por el tiempo del contrato. Si es propiedad de quien no obtiene el uso, la tendencia es la de limitar temporalmente ese uso, y si es de ambos, también se está limitando, aunque en menor medida. Pero en ningún caso puede darsele el uso de una vivienda que es propiedad de un tercero. Y mucho menos, ya digo, cuando no estamos refiriendonos a la vivienda familiar. Piense que incluso, si la familia vivia en piso cedido por los padres de uno, el uso que se pueda dar al miembro de la pareja que no es hijo de los propietarios va a quedar limitado absolutamente, ya que los propietarios, que no son parte en el procedimiento, no quedan atados por aquel uso, y pueden perfectamente recuperar la vivienda con una acción de desahucio por precario.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/11/2015 @ 9:25 pm

  143. Esta claro pero como el 50% de la vivienda esta a mi nombre?

    Comentarios por curioso03 — 19/11/2015 @ 9:31 pm | Responder

    • pero como nunca ha sido vivienda familiar, no tiene ningun derecho a «ocuparla». Y menos aun si descubre vd ahora que es su hijo….

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 20/11/2015 @ 12:46 am | Responder

  144. Buenas tardes. Tengo un par de dudas,….a ver si puede ayudarme. Si el padre no puede acudir a su visita a la hora acordada en el convenio, y pide ver a la niña 2 horas mas tarde… tiene derecho? o la visita queda anulada? muchas gracias

    Comentarios por estela — 21/11/2015 @ 6:59 pm | Responder

  145. buenos días,

    si el padre tiene problemas psicológicos. ¿lo hago constar en el convenio regulador d mutuo acuerdo?diciendo que por ello no puede hacerse cargo de los menores hasta que su problema mejore.

    Comentarios por carlota — 15/12/2015 @ 1:02 pm | Responder

    • En convenio se puede establecer casi todo tipo de pactos siempre que no sean perjudiciales para los menores. Si el Fiscal considera que algo no es adecuado, lo advertirá para moidificarlo o eliminarlo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/12/2015 @ 10:53 am | Responder

  146. Tengo una duda.Si una mujer decide tener un hijo ella sola y desentenderse del padre de su hijo,sin haber llegado a tener convivencia con él y solo conocerlo de un día (concretamente del día que tuvo relación con él) puede pasados por ejemplo 20 años pedirle dinero al padre por desentenderse de ese hijo?.

    Comentarios por Ana — 17/12/2015 @ 10:58 pm | Responder

    • Si el padre nunca ha tenido conocimiento de la,existencia del hijo, no se ha desentendido. Si durante la menor edad no se le ha reclamado nada, tampoco tras la mayoria.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/12/2015 @ 11:47 pm | Responder

      • Pero sí puedo pedirle un reconocimiento de paternidad y que tenga que meter a mi hijo en la herencia no? Es que a mí me estorba cuidarlo a medias con ningún hombre pero me iría muy bien tener parte de su herencia para mi hijo : )

        Comentarios por Ana — 25/12/2015 @ 8:26 pm

      • Si se reconoce la paternidad, tambien tendra derecho a relacionarse con el hijo y a ser parte de su vida, tomando decisiones. Ventajas e inconvenientes. Derechos y deberes. O todo o nada. Y en cuanto a herencia, piense ademas que no es obligacion, que le podria corresponder únicamente una parte llamada legitima y que esta puede ser incluso que no la llegara a tener porque la no relacion con el padre puede ser motivo valido para quedar fuera de los derechos hereditarios

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/12/2015 @ 7:01 pm

  147. Y puedo pedirle reconocimiento de paternidad igualmente? Lo digo porque yo quiero criar a mi hijo yo sola sin nadie y además me iría muy bien que me diera dinero él.Si fuese antes de la mayoría de edad me tiene que pasar una pensión,y sino almenos puedo hacer que mi hijo tenga parte de la herencia de él no? : )

    Comentarios por Ana — 25/12/2015 @ 9:19 pm | Responder

    • Como he dicho anteriormente, paternidad es derechos y deberes. Podria tenen una contribucion econòmica pero en ese cado tambien tendria derechos a con vivir y relacionarse con el hijo y a ser parte en la toma de decisiones sobre la vida del
      Menor. O todo o nada.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/12/2015 @ 7:03 pm | Responder

  148. Hola yo queria hacer una consulta y es que mi marido fue denunciado por su ex por no pagar la totalidad de la pension durante 3 años que ellos acordaron de mutuo acuerdo pero no firmado ante abogado. Ella le retiro la demanda y cuando el le pide de revisar la pension ya que paga lo mismo de hace 12 años ella le amenaza que volvera a activar la demanda y asi sin poder hacer nada. Que via habria para poder hacer una revision de pension? En el momento de la separacion solo estaba esta niña y ahora ella tiene 2 hijos mas de dos hombres diferentes y mi marido dos hijos conmigo, con eso quiero decir que la situacion de ambos ha cambiado mucho. Tambien querria saber ya que ella recibe pensiones de dos de sus hijos si se podrian asemejar porque nos consta que percibe mucho menos por el otro hijo teniendo una situacion mucho mas desahogada.
    Gracias de antemano

    Comentarios por Ana — 03/01/2016 @ 12:15 pm | Responder

    • Si no se está cumpliendo lo establecido, y no hay ninguna documentación del pacto al que llegaron, la demanda de ejecución reclamando todo el importe pende como espada de Damocles… Lo mejor es proceder a una modificación de medidas para que se proceda, si es los adecuado, al cambio en el importe. para ello deberiamos tener unas ciertas condiciones, unos cambios de situación demostrables, como serian los sucesivos nacimientos en ambos lados.

      Lo que se establece como alimentos para uno de los hijos no tiene influencia para el otro ya que las condiciones y situaciones son diferentes, siendo hijos de distintos progenitores.

      Si se comunica con nosotros por e mail, con algunos datos más que se requieren, podriamos hacerle una propuesta de actuaciones y un presupuesto para ello.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/01/2016 @ 7:08 pm | Responder

  149. Se puede pedir entonces el reconocimiento de paternidad cuando mi hijo sea mayor de edad aunque solo haya visto a ese hombre una vez en mi vida si tengo conversaciones de whatsapp que demuestran que me acosté con él esa noche?.

    Aunque no haya mantenido ninguna relación emocional con él ni de pareja ni convivencia,sino solo verlo un día (nunca más) y acostarme con él?.

    Comentarios por Ana — 04/01/2016 @ 7:21 pm | Responder

    • Con pruebas biologicas al ser mayor de edad seria el
      Hijo quien podria pedirlo, pero si no ha habido relacion personal ninguna , o muy escasa, perfectamente puede quedar fuera de cualquier herència, y tampoco
      Podrà reclamarle nada economicanente de todos los años anteriores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/01/2016 @ 7:24 pm | Responder

      • Pero de verdad que esto funciona así? Se puede pedir reconocimiento de paternidad pase el tiempo que pase? No caduca ese derecho de incumbirse en la vida de ese hombre? Aunque él ya tenga la vida hecha y ni sepa que hace años tuvo un hijo de alguien porque esa persona no se lo dijo

        Es muy macabra que la ley no ponga unos plazos para tener ese derecho de solicitarlo si no se lo han comunicado al padre no?

        Comentarios por Jordi — 04/01/2016 @ 7:33 pm

      • Pues si, recuerde lo que le pasó a Don Juan Carlos… pero atención, una cosa es que se reclame o reconozca una filiación biologica, y otra que de eso se deriven derechos o deberes.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/01/2016 @ 7:42 pm

  150. Buenas tardes, mi amiga, nacionalidad britanica, tiene un bebe de menos de 1 año de edad, britanica tambien. Se separó del hombre que probablemente es el padre antes del nacimiento de su hija despues de una relacion corta. El hombre, un alemán, y mi amiga vivian en Granada (el hombre creemos sigue viviendo alli) pero mi amiga se mudó a Londres, la cuidad de su origin, para vivir allí con su madre ya mayor de edad. Algunas semanas despues de su mudanza recibio en su direccion en España la demanda de paternidad por su ex pareja (un vecino firmó el recibo) registrado con el juzgado en Granada. Mi amiga tiene un abogado del estado en España (porque no tiene ingresos) que ha contestado a la demanda de que mi amiga no sepa quien fuera el padre (aunque no sabe por cierto lo que dijo porque su abogado se niega a enviarle una copia de la contestacion a la demanda – es otra historia). La pregunta es: ¿sería posible pedir que el caso se transfiere a Londres? Es el juzgado en Granada competente aunque la niña tiene residencia en Londres?.El abogado informó a mi amiga hace dos dias que el dia 8 de Febrero haya juzgado en Granada y que probablemente tuviese que asitir en persona. A parte de los gastos, viajar a Granada con su bebe para asistir a un juzgado sería muy complicado para ella. Agradezco muchu su contestacion y le pueda enviar más información si lo requiera. ¡
    Muchas gracias en adelante!

    Comentarios por Elke Wilson — 14/01/2016 @ 10:43 pm | Responder

    • Al haber contestado a la demanda ha admitido la competencia de los juzgados españoles, si bien creo realmente que debería haber sido competencia de los Juzgados britanicos, ya que es donde reside el menor.

      Si el abogado no le informa debidamente, puede presentar su queja ante el Colegio de Abogados correspondiente, ya que el cliente tiene derecho a saber que es lo que se está tramitando en su nombre.

      Si su amiga tiene problemas legales en España, como es el caso, puede comunicarse con nuestro despacho en Leeds, Spanish Law Services Ltd. precisamente especializado en resolver las cuestiones legales en España de residentes británicos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/01/2016 @ 7:29 pm | Responder

  151. Mi marido se ha ofrecido a aportar a un hermano su nómina para ayudar a éste a conseguir la custodia de sus hijos. El abuelo materno que es quien sustenta ahora mismo a los nietos ha aportado la suya junto con la de la hija para el mismo fin. Mi pregunta es; si mi marido hace edto que obligaciones tiene al respecto si el hermano no tiene trabajo.? Tendrían entonces ellos que residir en nuestra casa?

    Comentarios por Cristina — 19/01/2016 @ 8:44 pm | Responder

    • Las nominas de los familiares no tienen ninguna utilidad, ya que no son parte en el proceso y no tiene obligación de aliementos por razón de divorcio. No veo el sentido y , la verdad, en mas de 20 años de ejercicio, nunca me he encontrado con esta situación que plantea

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/01/2016 @ 7:09 pm | Responder

  152. Buenas tardes,

    A mi marido se le termina el contrato el próximo mes de marzo y queremos plantear un cambio de condiciones en el convenio de divorcio, por el tema economico ( sus ingresos se verán reducidos a la mitad ) y por que en abril esperamos un bebé.

    Mi pregunta es: el dinero que cobre de la indemnización se tendrá en cuenta para el cálculo de la nueva pensión ?

    Muchas gracias,

    Un saludo

    Comentarios por Carmen Vazquez — 22/01/2016 @ 7:00 pm | Responder

  153. Estoy separado ganó 1100euros.pago una pensión a mi mujer de 400 por mis dos hijos.puedo pedir un abogado de oficio???

    Comentarios por Roberto — 26/01/2016 @ 9:35 pm | Responder

    • Debería consultarlo con el colegio de abogados que le corresponda por la localidad del procedimiento,pero en principio, actualmente, creo que no le aprobarian el beneficio de justicia gratuita.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/01/2016 @ 1:33 pm | Responder

  154. Buenos días.
    Estoy divorciada y mi hija cuando cumplió los 18 años se fue con su padre. No tengo ningún contacto con ella porque así lo ha decidido, pero me dice que le pague a su padre la pensión que él me pagaba por ella hasta el mes anterior a marcharse de casa.
    Yo le manifesté mi oposición a que se fuera pero no me hizo caso.
    Le he pagado la universidad y el seguro privado de salud pero sigue queriendo que le pague una pensión.
    Mi pregunta es si hay alguna posibilidad de que aún marchándose de casa sin mi consentimiento y con mi oposición (yo tenía su custodia), tengo que pagar una pensión, y por otra parte, habíendole pagado yo sola la Universidad (pública) y el seguro privado de salud, y no teniendo contacto con ella (porque no quiere), también tengo que pagarle? Su padre dejó de pagar la pensión el mes anterior a marcharse y no ha dado un euro par la universidad que ya está pagado para todo el curso escolar 2015-2016 sólo por mi.
    Gracias

    Comentarios por Estibalitz — 02/02/2016 @ 12:10 pm | Responder

    • El padre sigue obligado a abonar la pensión establecida aunque la hija viva con él ya que le obliga una resolución judicial y hasta que la misma no se modifique, está obligado y seria exigible.
      Para obligarla a Vd a pasar pensión, deberia procederse precisamente a una modificación de medidas y en este caso, se valoraria de nuevo la cuantía, ya que no es la misma situación y la hija es mayor de edad. Las obligaciones alimenticias de los padres tras la mayoria de edad son distintas, mucho más reducidas y limitadas al sustento y techo, sobre todo si se establecen de nuevo, estando obligados en la misma medida los dos progenitores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/02/2016 @ 12:34 pm | Responder

      • Y en cuanto a la pensión yh teniendo en cuenta que la universidad la he pagado yosola, ¿podría deducir el importe de lo abonado de la pensión que podría tocarme pagarle?

        Comentarios por Estibalitz — 03/02/2016 @ 3:34 pm

      • Los importes de alimentos no son compensables con otros pagos. No se podria descontar, pero si quizás podria exigir al otro progenitor que le reintegrase la mitad de lo pagado.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/02/2016 @ 2:26 pm

  155. Hola, me he leído todos los casos expuestos aquí pero no coinciden con el mío , te explico, mi pareja y yo tenemos un hijo de 13 meses, a los dos meses de nacer me marché de casa con el niño por conflictos entre nosotros, estuve un mes en casa de mi madre , a los 20 días nos reconciliamos y yo volví a casa con nuestro bebé , pero a los dos meses siguientes la cosa se torció más aún de tal manera que incluso sufrí acoso por parte de toda su familia lo denuncie por insultos por llamarme mala madre, por acoso( la noche anterior su madre se metió en la cama donde yo dormía) el caso es que pedí un contencioso pq ellos amenazaban con quitarme al niño por tener ansiedad , en otra ocasión lo denuncie por amenaza de muerte de la cual cumplió 4 días de arresto domiciliario, aún así en noviembre volvimos a darnos una oportunidad hemos estado tres meses viviendo juntos pero hace unos diez días tuvimos un altercado que llegó a las manos Yo le pedí que se fuese de casa y no quiso le avisé que iría a la Policía para que lo invitara a salir de casa pero llego su madre con ese tono irónico de maltratadora psicológica y ya colmó el vaso , por lo que fui a la Policía y se lo llevaron detenido por darme una hostia, paso una noche en el calabozo y al día siguiente al salir vino a sacar sus cosas de casa y desde entonces no se nada de el, he pagado yo el alquiler los recibos y todo, y el se ha ido dejando a mi cargo absolutamente todo, que puedo hacer? Le darán custodia compartida? Tiene que pagar los gastos a medias ya que ahí vive también su hijo? Y el alquiler? El cobra alrededor de 1100 euros cuanto puedo exigirle para nuestro hijo?
    Gracias de antemano

    Comentarios por Thamara — 05/02/2016 @ 1:09 am | Responder

    • Veamos: la custodia compartida depende de la zona en la que residan y de lo que considere el juez que vaya a ser mejor para el menor. Los gastos de vivienda no van a medias ya que es de alquiler y tambien reside Vd en el domicilio. Si nos indica su localidad de residencia y los ingresos que tiene Vd. podriamos darle una valoración del importe de los alimentos del menor, si bien esta es una tarea que tiene coste de honorarios. Si lo desea, comuniquese por correo electrónico, le informaremos del coste de la gestión y de los datos necesarios para ello.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/02/2016 @ 2:22 pm | Responder

  156. Hola, debido a la crisis en España me tuve que venir a Peru y para poder trabajar y acabar mis estudios, pero mi esposa y mi hija se quedaron en España, ya que ella estudia y mis suegros se hacen cargo de ambas, debido a eso mi suegro me acaba de pedir una carta poder, dandole la potestad de mi hija de 3 años para que el pueda realizar la matricula y hacerse cargo de ella, porque dice que se lo piden necesariamente ella pasa de la guarde al colegio publico y pedir una subvencion para mi esposa ya que ella no trabaja y desgraciadamente mi suegro se quedo parado tambien, el problema radica en que ahora mi esposa decidio terminar la relacion conmigo, mas no el divorcio, que me imagino me lo pedira en algun tiempo, yo obviamente como padre preocupado, veo por el bienestar de mi hija y quisiera saber si esa carta poder que le enviare a mi suegro en un futuro pueda afectarme, si es que acaso quiera reunirme con mi hija y poder viajar a otros paises de paseo etc. Se le agradece de antemano cualquier ayuda.

    Comentarios por Johanz — 12/02/2016 @ 5:22 am | Responder

    • No remita ningun poder sin una revisión del mismo por un abogado. Podria ser un arma de doble filo. Si debe Vd autorizar o dar consentimiento a alguien para matricular a la menor en un centro u otro, debería hacerlo a la madre, y con mención clara de que es lo que exactamente le autoriza a hacer. A NADIE MAS, y lo reflejo en mayúsculas porque es muy importante.

      Nuestro despacho puede realizarle el redactado de la carta adecuado, si nos comunica por correo electrónico los datos necesarios. Por la misma via le indicaríamos los honorarios de dicha redacción.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/02/2016 @ 11:13 am | Responder

  157. Mi suegra tiene 3 hijos, uno de ellos esta en su cuenta bancaria, hace unos dias dos de sus hijos se pusieron de acuerdo para abrir una cuenta a nombre de ellos dos (uno de ellos,es el que esta con mi suegra en la cuenta) y traspaso el saldo de la cuenta de mi suegra a la de ellos para dejar a la otra hermana sin nada. Esto se puede hacer?

    Comentarios por Victor — 26/02/2016 @ 5:02 pm | Responder

    • Si es cotitular, puede actuar validamente. Otra cosa es que se acredite que el dinero de la cuenta era sólo de la madre, por proceder de su pensión, por ejemplo, y en tal caso, actuar penalmente por apropiación indebida.De otro modo, se considera que la mitad del saldo es de cada uno de los cotitulares.
      Creo que su suegra debería abrir nueva cuenta siendo ella sola la titular, para prevenir en un futuro que le sigan retirando el dinero.
      Y planteense la posibilidad de formular denuncia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/03/2016 @ 12:34 pm | Responder

  158. Mi situación es la actual: me he divorciado y en dicho matrimonio hay un niño, al momento del divorcio de mutuo acuerdo el juez me concedió la custodia de mi hijo, y a su vez el derecho a quedarme en el piso con el. Por motivos económicos nos mudamos los tres a otro piso de protección oficial, cuyo contrato esta a nombre de mi ex, a raíz de esto la convivencia ha ido desmejorando, pidiendo mi ex que me marche del piso. Ahora bien mi pregunta es: si en el otro piso debía quedarme yo por tener la custodia, en este nuevo también se cumple esto, o debo irme con mi hijo a otro piso?
    si puede responder a mi correo vigmegrys1405@gmail.com, muchas gracias.

    Comentarios por vigmegrys torres — 15/03/2016 @ 6:52 pm | Responder

    • Lamento no poder responder en privado ya que precisamente la gratuidad de las respuestas viene por el hecho de que puedan ser utiles a otras personas, y sólo son una orientación genérica.
      Es necesario examinar su sentencia para determinar exactamente de que vivienda se le otorgó el uso. Es posible que el derecho de uso se limite al piso en el que residian al momento de dictarse la sentencia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/03/2016 @ 8:50 pm | Responder

  159. Tengo un bebé de 14 meses, k tiempo legalmente tendría el a la niňo?

    Comentarios por olga — 02/04/2016 @ 1:35 am | Responder

    • Pues todo dependederá de la situación en conjunto, de las distancias entre domicilios, de los horarios de guarderia y de trabajo. No existe una norma que diga tantos meses son tantas horas. Cada familia es un mundo distinto.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/04/2016 @ 1:06 pm | Responder

  160. Hola buenas tardes me puede llegar a casa una citación de la policía nacional pk mis suegros se han divorciado y se están denunciando entre ellos por diferentes motivos. Y me están citando para k yo cuente lo k yo tengo en conocimiento??? Pfavor pido respuesta pronto no estoy acostumbrada a esto.

    Comentarios por Maria — 22/04/2016 @ 5:50 pm | Responder

  161. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: tras el fallecimiento de mi exmarido con el cual tenia dos hijas, quisiera saber si mi hija de 18 años y estudiando tiene derecho a la pensión de orfandad, m
    i duda es porque su padre estaba desempleado.

    Comentarios por C. — 05/05/2016 @ 9:35 pm | Responder

    • Esta es una cuestión que se determina por la Seguridad Social, que es la entidad pagadora, y por tanto, deberá acudir a dicha administración.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2016 @ 1:08 pm | Responder

  162. Hola Assumpció, te planteo mi caso. Mi ex-mujer es una persona que padece un trastorno antisocial de la personalidad (esto no ha sido diagnosticado, no hay peor enfermo que el que no se quiere tratar) lo que le lleva a vulnerar constantemente mis derechos y de nuestra hija en común, ahora de 8 años de edad.
    Me divorcié en octubre de 2013 y aunque fue alcanzando un mutuo acuerdo «in extremis» (yo le cedí la custodia a cambio de un régimen de visitas muy amplio, de prácticamente la mitad del tiempo) siempre hubo muy mala relación. Durante dos años y medio yo venía permitiéndole cambios en el régimen de visitas a su favor (aunque la niña debía dormir conmigo 7 días de 14 sólo dormía 3) para evitar conflictos, ya que suele ponerse violenta y agresiva.
    Pero claro, cuando vas cediendo y cediendo siempre quieren más, hasta que llega un momento que ves tus derechos pisoteados y dices basta. Y es entonces cuando ella se rebota, y no me deja ver más a la niña, no la envía a la escuela los días que he de recogerla yo, (la niña lleva desde enero faltando regularmente, ya está puesto en conocimiento de los Servicios Sociales), no me contesta llamadas, e-mails, sms, tampoco me abre la puerta cuando voy a su casa… Llevo ya más de tres meses sin ver a mi hija, ni siquiera puedo comunicarme con ella, y la justicia es desesperantemente lenta.
    La buena noticia (y aquí es donde viene mi consulta) es que ayer lunes 9/5 le comunicaron a mi abogada que el Juez emitió un Auto de ejecución de sentencia (se solicitó el 22 de marzo, es decir un mes y medio para una simple ejecución), me imagino que mi ex para dilatar al máximo el proceso presentará algún recurso de oposición… aunque no sé que puede alegar. Tengo todo muy bien documentado y con pruebas y testigos, ¿Qué puede alegar ella para oponerse? Y otra pregunta, ¿Ella puede solicitar abogado de oficio para dilatar aún más todo?, ¿Interrumpe los plazos mientras se lo conceden, o se lo conceden inmediatamente al ser ella la demandada? ¿Y si se le deniega -lo más probable- podemos alegar que lo hizo de mala fe?

    Comentarios por FC — 10/05/2016 @ 7:20 pm | Responder

    • La ejecución se ejecuta, nunca mejor dicho, desde el momento en que se dicta el Auto y Decreto de ejecución. Luego ella tiene dies dias para oponerse, pero eso no paraliza el tramite ni mucho menos. Es la ventaja de las ejecuciones. Si no cumple con aquello a lo que se la ha requerido, puede incurrir en desobediencia, que seria delito. Es muy complejo oponerse a una ejecución, ya que las razones son muy determinadas y numerus clausus, así que, no le quedará mucho margen de juego.

      Confia en tu letrada, seguro que sabe como manejar la situación. Y espero que funcione, porque a veces, ni con requerimientos no quieren cumplir.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/05/2016 @ 7:47 pm | Responder

      • Hola Assumpció, hoy he recibido una notificación por parte de mi letrada que -tal como me lo imaginaba- mi ex ha presentado un escrito alegando que se suspendan los plazos mientras tanto no disponga de abogado de oficio para presentar recurso de oposición. Es evidente que lo hace como táctica dilatoria, pero ¿Cómo demostrarlo?
        Para peor, su actual pareja es el que trabaja de administrativo en los Juzgados que conceden los abogados de oficio, por tanto podría «extraviar» papeles o «poner mal la dirección», ya sabes, con lo cual nunca le llegará la notificación conforme le han concedido o no el abogado de oficio. Y mientras tanto, si el Juzgado acuerda suspender los plazos, la ejecución se queda suspendida quien sabe hasta cuando…
        ¿Qué se puede hacer en estos casos?

        Comentarios por FC — 13/05/2016 @ 1:30 pm

      • No, la ejecución no depende de que tenga abogado o no. El plazo que queda en suspenso es el que tiene la contraria de 10 dias para oponerse a la ejecución, pero la validez y efectividad de la ejecución acordada no peligra ni se paraliza. No se si me explico.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/05/2016 @ 4:15 pm

  163. Muy buenas tardes, mi pregunta también es algo complicada tal vez…
    Tengo 27 años. Mi madre nos abandonó a mi y a mi hermana cuando yo tenía 4 años y mi hermana 2. No se presentó ni al juicio por la custodia, por lo tanto se la quedó mi padre.
    Mi abuela, con la que vivimos siempre, la buscó y buscó y solo conseguimos que nos viera una vez y volvió a desaparecer. Cuando yo tenía 11 o 12 años, apareció de nuevo. Solo para las vacaciones, porque podía estar meses sin llamar. Tenía trabajo, nueva familia… Yo la llamaba para decirle que me llevara con ella, pues en casa mi padre me maltrataba, y su novia igual. Nunca tenía nada en la nevera, etc y ella lo sabía. Dijo que lo arreglaría con abogados y nunca hizo nada. Le dió igual. Pese a ese, nunca nos pasó nada de dinero a nosotras. Nunca desde que se fue. Fuimos creciendo y siguió igual. Solo cuando nació mi hijo me hizo algo de caso. Hace un año su pareja ganó 270.000 euros, y parece que le dió un lapsus y me regaló 4000 euros para la casa y me ayudó con un coche de segunda mano, casi le cuesta la vida… Y se piensa que con eso lo ha hecho todo. Ya que me lo hecha en cara cada vez que hablo con ella.
    Yo harta de buscarla y llamarla todos los días sin que me conteste y encima decirme que soy una pesada.. Ella se dedica a su negocio, a su otro hijo y al padre de mi hermano. El negocio está todo a nombre de ella, aunque su excusa para no comprar ni una camiseta a sus nietos, es que lo montó con el dinero de él. Y su casa igual, no quiso ponerla a su nombre también para que mi hermana y yo no nos llevaramos nada después.
    Y yo harta de que me hable como le da gana y pase de su hija y nietos, decidí romper relación con ella hará unos días, y le dió absolutamente igual. Ahora solo me reclama 700 euros que pagué con su tarjeta con su consentimiento… Aunque le dije que se lo devolvería. Pero lo demás le da igual.
    Puedo denunciarla por todo lo que no me ha dado nunca? Todo el daño psicológico que me ha causado? Gracias de antemano.

    Comentarios por Sheila M — 15/05/2016 @ 3:39 pm | Responder

    • Entiendo su situación de desilusión, pero no es posible ninguna denuncia porque no hay ningun delito en la actitud de su madre, lo que no quiere decir que no sea moralmente reprobable. Lo que no les dio en su momento debía haberlo reclamado su padre entonces, ya que además, los alimentos sólo pueden ser reclamados de 5 años atras ( 3 en determinadas comunidades).

      En cuanto al daño psicologico, debería ser valorado por un profesional y en base a ello, ver si puede plantearse alguna actuación, aunque no lo veo muy factible.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/05/2016 @ 4:09 pm | Responder

  164. Hola…Mi ex pareja (no estamos casados) quiere q me vaya de La casa o me corta los suministros , tenemos una hija de 21 meses en común , la casa esta a su nombre , no hai hipoteca esta comprada, dice q también le van a dar la custodia porque yo no tengo trabajo , el se declaró insolvente dado q paga pensión alimenticia por su hijo de anterior matrimonio , mi pregunta es….Es posible q le den la custodia total o compartida y si me puede cortar la luz y el agua, q puedo hacer .gracias

    Comentarios por Marilena — 19/07/2016 @ 2:17 pm | Responder

    • cortar la luz o agua es un posible delito de coacciones, denunciable en la policia. Aunque la casa esté a su nombre, habiendo convivido y con hijo en común, las cosas no son tan simples. En cuanto a la custodia, va a depender mucho del Juzgado que les corresponda, pero estar en paro no es motivo para no dar custodia. A veces puede ser precisamente un motivo a favor, ya que se supone que tiene mas tiempo para cuidar del menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/08/2016 @ 10:42 am | Responder

  165. Tengo dos hija de diferente compromiso cuanto debo pasarle gano el basico 366 ayudeme en ka pensiones

    Comentarios por jonathan — 27/07/2016 @ 1:41 am | Responder

  166. Buenas tardes , me gustaría conocer si puedo negarme a que mi ex marido tenga una persona ilegal , es decir , sin papeles recogiendo a mis hijos del colé y teniéndoles en casa con ella. Esta persona la considero no apta para el cuidado de mis hijos . Como puedo hacer para protegerles .?

    Comentarios por Nat — 01/08/2016 @ 6:13 pm | Responder

  167. Buenas tardes! La hija del primer matrimonio de mi marido que ya tiene 18 años se ha ido a vivir con el novio y la madre de este, el trabaja y su madre también y mi marido se sigue pasando la manutención a su exmujer, ahora la hija le ha dicho que quiere que le de a ella la manutención y no a su madre la cual pienso ya no tiene derecho, lo hemos consultado con un abogado y nos ha dicho que pedir la extinción de la manutención en juzgado será caro y puede tardar unos seis meses como muy poco, pero que podemos firmar un documento notarial tanto mi marido como su hija en el cual se expone la situación y que el pasará a dar la manutención a la hija ya que esta no reside con la madre y que dicho documento sería suficiente. Es esto legal o nos podemos meter en problemas con la madre a nivel judicial? Y hasta cuándo hay que pasar a la hija dicha manutención? Y sobre todo tiene derecho a ella ahora que vive de forma independiente y el novio la mantiene? Muchas gracias por aclarar mis dudas.

    Comentarios por Consuelo — 07/09/2016 @ 12:10 pm | Responder

    • Es un error enorme hacer esta declaración o acuerdo, y dejar de pagar, porque no tiene validez frente a la madre que es, de momento, la perceptora de la pensión. Debe proceder a una modificación de medidas para que se declare la extinción de la pensión. El documento en que la hija reconoce que ya no vive con la madre si que podria ser util para el procedimiento, pero hasta que no lo resuleva un juez, la obligación existe. Este despacho podria prefectamente asumir la defensa de sus intereses.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/09/2016 @ 5:18 pm | Responder

  168. Hola tengo un problema de vivienda tengo 4hijos estoy sola mi padre esta viviendo solo en la vivienda que era herencia de mi madre y tiene espacio suficiente para que yo pueda ir a quedarme aunque sea hasta que pueda juntar dinero para un lugar puedo obligarlo legalmente ?

    Comentarios por drbora — 20/10/2016 @ 2:33 am | Responder

    • No se puede obligar a un propietario, sea por el titulo que sea, a acoger en su domicilio a nadie. Otra cuestión sería, en caso muy extremo, solicitar mediante demanda judicial que se le reconozca un derecho de alimentos (estrictos del codigo civil, alimentos entre parientes) a su favor y a acargo de ese familiar, y que éste decida acogerle en su casa en lugar de prestar los alimentos en dinero. Pero no va a ser una via ni rápida ni segura. Lamento no poder ser más esperanzadora.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 20/10/2016 @ 9:37 am | Responder

  169. Hola buenas queria hacer una pregunta mi novia se fue de casa con muestra hija de 4 años aun no hemos ido a juicio ya que tarda el aboga de oficio papeleo etc… ella se fue a casa de su madre y yo quiero la custodia compartida ya que tenia un gran vinculo con mi hija ella no quiere ella quiere custodia completa vivo en alicante comunidad valenciana aqui estan dando gracias a dios la custodia compartida espero que ese sea mi caso ya que soy buena persona no tengo nada con la justicia ni por robo ni maltrato ni nada por el estilo ella quiere quitar el padron de la casa donde resiamos los 3 que no es nuestra es de mis abuelos difuntos no se si devo firmarme el patron o si ella dice que es por tema de medicos pero no se lo que devo acer ella esta en casa de susu padres a 2 kilometor de mi me gustaria que alguien me echara una mano y saber que devo acer le firmo o no ? sin mi consentimiento no la puede cambiar no se si me perjudicara no firmarle o perjuca firmarle por la tema de la custodia compartida gracias espero vuestra RESPUESTA

    Comentarios por Jose Luis Hornero — 09/11/2016 @ 1:43 pm | Responder

  170. Buenas tardes, acabo de descubrir su pagina y estoy muy agradecido ayude a tanta gente de forma desinteresada.
    Mi consulta es la siguiente, mi ex mujer tiene la custodia de mi hijo de 22 años y yo le paso cada mes una pensión alimenticia de 300€ , la cosa es que nuestro hijo hace ya 1 año termino el modulo que estaba estudiando para trabajar. En espera de que le salga trabajo de lo suyo lleva dos años trabajando con contratos de 6 meses en varios sitios y yo sigo pasando pension.
    Si decidiera poner demanda para dejar de pasarla, tendria que seguir pagando la pension 2 años más hasta que salga sentencia pues ya sabemos que en Barcelona la justicia va muy lenta. O se podria pedir algo urgente o algo asi que.lo agilizen.
    GRACIAS

    Comentarios por Anonimo — 13/01/2017 @ 6:21 pm | Responder

    • En efecto hasta que no salga la sentencia, la pensión se mantiene y hay que seguir pagando,pero…. es posible conseguir una reducción o hasta la extinción provisional ( esto segundo mucho más dificil) si en el momento de solicitar la modificación se solicitan tambien medidas provisionales coetaneas. Justificando bien que tiene trabajo, seria bastante posible la reducción provisional.

      Si lo desea, podriamos mirarnos con detalle toda la documentación que tenga y proponerle las acciones emprender y presupuesto de nuestra intervención. Remitanos un correo a martinez-roges@icab.es y lo comentamos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/01/2017 @ 6:27 pm | Responder

      • Y sino es mucho preguntar cuanto tiempo suelen tardar estas modificaciones aqui en Barcelona porque por lo que lei por ahi estan tardando cerca de 2 años en algunas cosas de familia.
        GRACIAS de nuevo

        Comentarios por Anonimo — 14/01/2017 @ 6:23 am

      • Una modificación en Barcelona ciudad puede tener solución en unos 8 meses. Lo que tarda muchisismo, entre 15 meses y dos años, son las apelaciones, sobre todo si proceden de partidos judiciales distintos a los de Barcelona ciudad, ya que el trámite del Juzgado hasta la Audiencia, ignoro `por que motivo, se demora bastante.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/01/2017 @ 6:06 pm

  171. Tenemos la custodia compartida con un día intersemanal desde la salida hasta la entrada al colegio el día siguiente. Si el día siguiente el menor no va al colegio porque el otro progenitor que no tiene la custodia esa semana considera que está enfermo, ¿desde qué hora tiene la custodia el progenitor que la tiene esa semana? ¿Desde la mañana o desde la hora en que hubiera salido del colegio por la tarde?

    Gracias

    Comentarios por Alberto — 19/01/2017 @ 9:39 am | Responder

    • Buena pregunta. Atendido que se trata de un régimen de guarda compartida, entiendo que el custodio de la semana es el responsable del menor de forma generica, por tanto, desde que debió ser reintegrado al centro educativo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/01/2017 @ 11:21 am | Responder

  172. Y en el caso de los lunes. La sentencia establece que la custodia compartida lo es por semanas alternas, de lunes a lunes, desde la salida del centro escolar. Si un lunes el menor no va al colegio, ¿a quién corresponde su guarda y custodia durante ese día?

    Comentarios por Alberto — 24/01/2017 @ 10:03 pm | Responder

  173. Tengo una pregunta, Mi hija ha nacido es USA. Los padres somos espanoles pero cada uno de una ciudad, mi marido es de Madrid y yo soy de Valencia. El plan es volver a vivir a Espana, seguramente a Madrid. Las cosas no estan bien entre nosotros. Si una vez alli nos divorciamos y tenemos la custodia compartida pero yo (la madre) se quiere ir a otra ciudad…mi hija podra venir conmigo? necesito saber los tramiites y que hacer por si ocurre un divorcio y no nos podemos ir de Madrid. Muchas gracias

    Comentarios por amalia — 25/03/2017 @ 5:21 pm | Responder

    • La custodia compartida conlleva que ambos progenitores deben residir relativamente cerca, de forma que las estancias en uno u otro domicilio no perjudiquen la asistencia al colegio del menor y se le modifiquen los horarios lo menos posible. Para poder cambiar de lugar de residencia la menor debería primero estar bajo custodia monoparental y en segundo lugar, solicitar autorización judicial para el cambio, ya que, en el caso que nos plantea, seria necesario cambio de centro educativo, cambio de pediatra de referencia, etc, cuestiones todas ellas que forman parte de los derechos y deberes de patria potestad, que es siempre conjunta. Además, con el cambio de residencia se debería establecer un regimen de relaciones con el padre adecuado a la nueva situación. Y ver si el cambio es beneficioso para la menor o no, según el arraigo en la localidad de residencia, edad, nivel de estudios en que se encuentra, adaptación al centro, …

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/03/2017 @ 5:00 pm | Responder

  174. Buenos días
    Soy una mujer de 43 años con dos hijas a cargo de 9 y 14 años respectivamente, estoy divorciada desde hace 7 años, la vivienda familiar propiedad de los padres de mi exmarido fue por acuerdo de las partes y por sentencia judicial de divorcio designada para el uso y disfrute hasta que las niñas fueran independientes económicamente a favor de mis hijas y mío. Durante años fui sometida a todo tipo de insultos y malos tratos psicológicos y en alguna ocasión físico por parte de mi exmarido, malos tratos que jamás denuncié. A lo largo de éstos años me ha amenazado tanto él como su familia de dejarnos en la calle, y ante el intento de rehacer mi vida, con mas énfasis. Hace unos meses me he vuelto a casar y como consecuencia de ésta nueva situación me ha llegado un burofax por parte de un gabinete de abogados reclamando un alquiler de 400 euros o si no nos desahucian a mis hijas y a mí en un periodo de tres meses .
    Es posible que nos deshaucien?
    Muchas gracias.

    Comentarios por FELISA — 25/05/2018 @ 11:20 am | Responder

    • Al haber cambiado la situación personal por la boda/convivencia con tercero, la situación de necesidad que existía para que tuviera vd el uso del domicilio familiar ha quebrado, y ya existen numerosas sentencias que extinguen el uso por estas razones. Además como los propetarios no son parte en el juicio, pueden proceder en qualquier momento al desahucio porque vd y las hijas están ocupando el piso en precario, aunque tenga el derecho de uso. la sentencia de divorcio no puede tener efectos para terceros que no son parte, en este caso los abuelos propietarios del piso. Podrian haberlas desahuciado al dia siguiente mismo de la sentencia. Y estas demandas de desahucio suelen fructificar en beneficio del propietario. Si desea seguir viviendo en este domicilio, mi consejo es acceder al alquiler, eso si, mediante firma de un contrato debidamente validado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/06/2018 @ 11:39 am | Responder

  175. Hola . Te comento mi esposo que es rumano tiene un hijo mayor de edad 18 años ya casi 19 desde hace 6 meses nos dejo de hablar por no hacerder a sus caprichos. Iba perdiendo el año q al final lo ha perdido. Ahora su ex nos amenaza con denunciar por q quieren mas dinero . El les da 100e y en mano le daba a su hijo dinero, cuando era mas pequeño se lo daba a ella en mano por q tenia disque las cuentas embargadas. Mi pregunta es pidrian denunciarnos y exiger pagar mas? El joven no quiere trabajar y dicen q asi repita el año muchas veces lo tenemos q dar hasta los 25 años. Aclaro los 3 son rumanos y el divorcio y la sentencia es de alli . Donde pone q elfebe mantenerlo hasta los 18 con el 25 porciento del sueldo minimo rumano. Gracias
    Que podemos hacer? Se podria dejar de dar ya la manuntencion? Su ex o su hijo mayor podrian denunciar?

    Comentarios por Milena — 24/07/2018 @ 10:21 pm | Responder

  176. Mira te cuento mi historia, llevo luchando unos 10 años para conseguir la costodia de mis hijos, soy mujer maltratada por su padre..todavia me trata mal, habla muy mal de mi a mis hijos me insulta y la nunca me ha dejado vivir tranquila, me llama constante y me manda wessaps para molestqrme. Tambien hizo que gracies por el servicio del STAF explico que tenia trastorno limite de la personalidad y que no me hacia cargo de mis hijos y que estaban mal atendidos y que corrian peligro con migo. Presento esos informes de cuando yo tenia 16/18 años entonces y no cuando tenia a mis hijos y nunca mis hijos les falto nada porque vivian con mi padre y con migo.
    Y a mi no me hicieron pasarar ningun medico forence para comprobar si era verdad todo eso que el decia, y nunca fueron a mi casa a dinde yo vivia con mis hijos .
    Que todo fue un fraude con informes auntiguos para quitarme a mis hijos y hasta ahora sigo con sus malos tratos que no me deja ver mis hijos costantemente y ya no se que hacer mas porque mis hijos tambien subren todas sus mentiras y su dominaccion.
    Por favor que puedo hacer contra este personage dominante que nos tiene atados y que me lleva años controlandome la vida y a mis hijos?
    Ayuda por favor….

    Comentarios por Flor Maria Soriano Gamundi — 30/12/2018 @ 3:21 pm | Responder

    • Tiene Vd alguna regulación judicial de la guarda de los hijos? Algun régimen de relaciones con ellos? En caso afirmativo, deberá respetarse y si procede, exigir su cumplimiento. Si no tiene regulación, después de 10 años, quizás debería haber hecho algo…

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2019 @ 10:28 am | Responder


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