El Blog del Derecho de Familia

21/05/2011

La maleta de fin de semana… fuente de conflictos.

Archivado en: Uncategorized — Assumpció Martinez Rogés @ 9:48 pm


¿Hay que proporcionar toda la ropa necesaria para los 15-20-30-45 días de vacaciones?, “No le lavan ni los calzonzillos”, “Me envia ropa para el fin de semana de dos tallas más pequeñas (o más grandes) de la que le corresponde” “Me devuelve la ropa sucia, o rota, o cortada” “Me lo envia sin anorak, le compro uno y como se lo lleva , no vuelvo a ver el anorak nunca más, y a los dos fines de semana, vuelta a lo mismo” “Viene el niño para dos días con cinco juegos completos de ropa: todo a conjunto, desde calzoncillos hasta la gorra o las zapatillas” …. Así podría relatar miles de conflictos con la maleta de fin de semana (o de vacaciones).

Dentro de los alimentos que el no custodio entrega al custodio se incluyen los gastos relativos a ropa, calzado y similares. Por lo tanto, el no custodio debe recibir ropa suficiente y adecuada para el menor durante el tiempo en que éste está con el progenitor. Pero no es necesario que esta obligación se articule por la via de una maleta que acompaña cada fin de semana al menor. Para el niño, ir al cole el viernes con la maleta extra y el lunes de nuevo, pues no es de lo más beneficioso. Puede afectarle el sentirse diferente a sus compañeros, sobre todo al principio de la ruptura de sus padres.

El custodio puede proporcionar de una sola vez esa ropa necesaria para el fin de semana, de forma que el no custodio tenga la ropa en su domicilio, esperando al menor. El niño llega el viernes con una ropa y vuelve el lunes al cole con otra. La ropa del viernes queda en casa del nocustodio y la volverá a llevar la próxima vez que esté con él, de forma que la ropa del menor tiene una rotación entre ambos domicilios. no hay ropa mia o tuya, sino ropa del menor.

Cuando los periodos son más largos, si que es oportuno hacer una maleta, pero no es necesario poner 15 mudas completas para que tenga ropa los 15 días de vacaciones. El no custodio tiene los mismos deberes de lavar y planchar que tiene el custodio.

Poniendo algo de sentido común, y no considerando la ropa del menor como “mía” o “tuya” sino como ropa del menor que és, dándole una rotación natural, podemos evitar los conflictos habituales de la maleta.

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8 comentarios »

  1. ¡Totalmente de acuerdo contigo Assumpció!
    Los progenitores o tutores deben dejar de lado el pensamiento de “esta ropa se la he comprado yo y no me la devuelve”, “le dejo una maleta llena de ropa y nunca vuelve con la misma”. ¡Cuidado! Que la ropa se la tiene que poner un niño/a! Hay que pensar en él/ella. Si le vestimos mal, con ropa usada, como símbolo de pataleta en contra del otro progenitor, aquí hay un grave problema de atención al menor. !No olvidemos, que por muy pequeños que sean los niños, se dan cuenta de todo!
    La solución es mirar más por el menor y dejar las discrepancias entre progenitores al margen.

    Elisabet

    Comentario por Elisabet — 23/05/2011 @ 10:45 am | Responder

    • Totalmente de acuerdo, pero cuando el padre custodio tiene el deber de comprar la ropa, y cuando va para allá, vuelve de otro color, cuando los niños crecen por semanas y lo que le envias no vuelve hasta el año que viene, obviamente se generan conflictos porque el padre custodio no hace mas que comprar para nada, para verse después en su casa sin ropa apra los hijos, bien por olvido, por descuido al lavarla/plancharla etc…
      Este articulo esta muy bien cuando ambos padres tiene una clara responsabilidad sobre la ropa.

      Comentario por Maria — 08/06/2011 @ 10:08 pm | Responder

  2. Yo tambien estoy deacuerdo con lo que has esrito, yo me ecnontrado en esta situacion durante 4 años, añadiendole los champus y colonias contra los piojos cada 15 dias, cortar uñas y pelo y lo de la ropa ya es lo de menos, pq mira que le hemos comprado ropa pero vista y no vista, una vez llamo a su madre y m dice q no la va a devolver q esa ropa es suya y que si kiero que el niño vaya bien vestido que ya se lo que tengo que hacer, toda una verguenza, pq yo ya a lo ultimo estaba tan indignada que no kise volver a comprarle nada asi que saliamos de casa, con riopa de 3 tallas menos, con pelos a lo loko y unas uñas q daban miedo, y la ropa q traia se lo metia en una bvolsa sucia, a ver que tal le sienta a ella estar en mi situacion.

    cuando se entero que estaba embarazada, pillo un rebote q pa k, mira si le jdio q toma ella tb se ha kedado embarazada, la verdad es que eso nos da lo mismo, lo que mas nos fastidia es que hace 1 año que no vemos al niño, su mdre se niega pq mi marido no le puede pasar lo q marca la sentencia debido a que esta en el paro, pero ella estubo de acuerdo en que viniera cada fin de semana , ahora ya 1 año sin eso, no le deja q hablen padre e hijo y imaginaros la situacion hace 4 meses fue el juicio por lo del regimen de visitas y a dia de hoy no nos ha llegado la sentencia y seguimos sin ver al niño, es una injusticia

    Comentario por soni — 24/05/2011 @ 10:12 am | Responder

    • Si no veis al niño hay que ponerlo en conocimiento del Juzgado, ya sea por demanda de ejecución de sentencia o por una solicitud de medidas cautelares urgentes, y, a malas, acudir a la via penal de los delitosm contra las relaciones familiares.

      Comentario por Assumpció Martinez Rogés — 08/08/2011 @ 8:00 pm | Responder

  3. Soy
    padre separado, y creo y debo ser responsable , respecto a los
    comentarios de mis opiniones referentes a las actuaciones de la madre,
    delante de mi hija. Es cierto y posible, y que a todos nos haya
    pasado, que las opiniones personales lo escuchen los menores y a veces,
    con menosprecios, pero hay que evitarlo a toda costa. Se formarian unas
    opiniones, no adecuadas, e influenciadas, que no les conviene en
    absoluto. Dicho esto, vayamos a las maletas, con ropa para intercambio.
    La teoria, con la realidad, difiere mucho, a veces, kilometros. Se me
    llevan a mi hija. Tan lejos, que en el recorrido, para mis visitas,
    puedo cenar, dormir mis 8 horas y desayunar. Cansado y no conveniente
    delante de mi hija,”mi ropa”, “tu ropa”, preparo yo, padre no custodio y
    con ayuda y agradecimiento familiar, una maleta para mis visitas a mi
    hija, pues la madre, no quiere desplazarse, como seria lo adecuado, no
    solo para compartir gastos, sino por evitar, la situación
    incomprensible, de que la hija siempre vea al padre, de arriba a bajo,
    de abajo a arriba, y más cuando asido la madre quien a marchado, en
    celo, detras de otro macho (lo siento, suena despectivo). Bien, doy un
    paso, y entrego la maleta, para que cuando me desplaze, no cargue, nada
    más que con mi ropa para el fin de semana. No la volví a ver, ni ropa,
    ni maleta. Llevo 4 años de visitas, y nunca se me a proporcionado nada,
    absolutamente nada, y lo que es peor, tampoco aunque he insistido, no
    exigido, se me a proporcionado la medicación para las enfermedades
    cronicas de mi hija. Maletón, botequin paciencia y pá lante.
    ¿Legalmente, hay alguna responsabilidad de la madre custodia?
    Agradecido

    Comentario por papixulo38 — 05/01/2012 @ 4:50 am | Responder

    • La madre debe proporcionar lo necesario para que el regimen de visitas se desarrolle con normalidad, ya que Vd. debe tener establecida una contribución de alimentos.

      Si la madre marchó sin autorización, en aquel momento debió actuar para impedirlo. Ahora la opción estaría en iniciar una modificación de medidas para que las visitas se realicen en un mejor equilibrio.

      Me encantaría poder ver su convenio y conocer más detalles , y asesorarle o dirigir su procedimiento si lo estima oportuno

      Comentario por Assumpció Martinez Rogés — 12/01/2012 @ 11:47 am | Responder

  4. si aparte de la manutencion el no custodio tiene que gastar 1200 euros al año en ropa, informatica, ……y la custodia no ve nada de nada.¿Tiene la custodia OBLIGACION de darle ropa al no custodio

    Comentario por beatriz Aurora — 27/01/2012 @ 12:54 pm | Responder

    • Dentro de los alimentos (manutención) se incluye la ropa y calzado del menor, de forma que es el custodio quien se encarga de comprarlo y quien debe proporcionar al no custodio esos elementos cuando el menor esta con el otro progenitor. Pero si se estableció que la ropa iba a cargo de cada uno,pues cada uno lo suyo. De todos modos, el incumplimiento de uno no es motivo para que sea valido el incumplimiento del otro.

      Comentario por Assumpció Martinez Rogés — 04/02/2012 @ 6:59 pm | Responder


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