El Blog del Derecho de Familia

25/01/2010

El cambio de residencia del menor: decisión conjunta de patria potestad.

 

Previo a la crisis familiar, son ambos progenitores los que eligen el domicilio familiar, y con ello, la residencia del menor. Con la crisis, ya sea por la vía del convenio o por la decisión en la sentencia, se establece cual será en adelante el domicilio (o domicilios si la custodia es compartida) del menor.

CUALQUIER CAMBIO DE DOMICILIO AFECTARÁ A ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA VIDA DEL MENOR, ya que puede comportar un cambio de escuela, de entorno social, a sus relaciones con uno de los progenitores o incluso de idioma y costumbres.  Estos cambios entran dentro de la esfera del ejercicio de la patria potestad y por ello deben ser consensuados.

Una decisión de cambio de domicilio del progenitor custodio no puede ser NUNCA unilateral ya que afecta de forma manifiesta al ejercicio de la patria potestad de ambos y normalmente supondrá una quiebra del status que se ha fijado por un convenio o por una resolución judicial en la que se han fijados unas medidas  de régimen de custodia y visitas afectantes a los menores.

Un cambio unilateral de domicilio vulnera los derechos del otro progenitor y del propio menor en orden al mantenimiento de una relación fluida y frecuente con aquel otro progenitor, y tales contactos son un factor de decisiva importancia para el desarrollo emocional del menor. Un cambio de domicilio afecta a la vida del menor y a sus relaciones con el  progenitor que no pretende el cambio.

Un cambio de residencia, además, puede necesitar un cambio de escuela, y como ya he referido más arriba, la elección de centro escolar es también una decisión CONJUNTA

Erróneamente se cree que el “progenitor custodio”  tiene una potestad sobre el menor de mayor grado que el no custodio, cuando AMBOS tienen el mismo valor para el menor, están al mismo nivel y tienen los mismos derecho y deberes y facultades en relación al menor.  Permitir un cambio de residencia unilateral supondría privar de facto a uno de los progenitores del derecho a decidir sobre el menor y se impondría una situación de hecho que alteraría su sistema de visitas y la forma de relación con los hijos menores. Además, como el régimen de visitas y el domicilio del menor vienen determinados por una resolución judicial o convenio, un cambio unilateral supondría poner al otro progenitor en una situación de imposibilitarle relacionarse con sus hijos y, con ello, un incumplimiento de las medidas acordadas.

 Se nos puede plantear aquí el derecho a la libre circulación y establecimiento de domicilio que tiene cada uno de los progenitores, que no se niega, pero el traslado de menores bajo custodia no es algo que admita decisiones unilaterales o automáticas, y en caso de discrepancia deberá acudirse al Juez , puesto que además, puede ser necesario establecer un nuevo sistema de visitas  y en general unas nuevas medidas en relación a los hijos.

Por ello, la intención o traslado del menor puede suponer el cambio de custodia si en el procedimiento correspondiente se acreditara que dicho traslado puede ser perjudicial para el menor.

 Finalmente, como ya referí, el Codi de Familia de Catalunya es claro y tajante al respecto: se necesita el consentimiento expreso o tácito del otro progenitor para decidir el tipo de enseñanza y para variar el domicilio del menor de forma que lo aparte de su entorno habitual.

578 comentarios »

  1. […] This post was mentioned on Twitter by Manage Law, Assumpció Martinez. Assumpció Martinez said: El cambio de residencia del menor: decisión conjunta de patria potestad.: http://wp.me/pLax9-H […]

    Pingback por Tweets that mention El cambio de residencia del menor: decisión conjunta de patria potestad. « El Blog del Derecho de Familia -- Topsy.com — 26/01/2010 @ 12:02 am | Responder

    • que se entiende por cambio domicilio? 4d con familia en semana Santa o unos días casa abuelo porque te cortan agua por ser ex el titular.

      Comentarios por lamisma — 05/03/2012 @ 10:45 pm | Responder

      • El cambio de domicilio es con voluntad de permanencia.Es el que comporta una mudanza.Un par de días no son cambio de domicilio.Ni tan solo pasar todo el mes de vacaciones de verano es cambio de domicilio.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 05/03/2012 @ 11:04 pm

  2. Hola, gracias por las explicaciones, son muy clarificadoras para mi.

    La duda que aun tengo es si por ejemplo la madre es extranjera, ¿en funcion de que el juez decide si la madre tiene derecho a irse a vivir a su pais con el niño? si por ejemplo aqui no puede rehacer su vida, no tiene familia, etc. ¿Es facil o improbable que se lo conceda? en el momento del divorcio, o bien despues.
    No concederselo tambien supone forzarla a quedarse en un lugar contra su voluntad. Supongo que el bien del niño deberia primar, pero como esta el vinculo con la madre…

    Comentarios por gromit — 26/01/2010 @ 10:25 pm | Responder

    • Debemos partir de que el mismo vínculo tiene el niño con la madre que con el padre. Separarle de uno o de otro le afectará de la misma manera. La libertad de domicilio que tiene la madre se refiere únicamente a ella, y no al menor. Ella puede residir donde crea conveniente, pero no el niño. No se trata de forzar a madie a vivir donde no desea, se trata de que, en este caso, se puede encontrar en la necesidad de escoger entre su pais o el hijo. El menor tiene también un padre que puede encargarse de él, y por el hecho de la gestación y alumbramiento, la madre no tiene mayores derechos sobre el menor, y el menor necesita en la misma medida a ambos.
      El niño es español y por lo tanto, su lugar de residencia «natural» será en España, que es además donde entiendo que ha nacido y donde se ha venido desarrollando su vida. Sacarle de su entorno puede resultar contraproducente para el. Si la madre no desea quedarse en España y el menor puede ser atendido por el padre, el beneficio del menor en un principio, será mantenerle en su entorno.

      Entiendo que no será fácil que permita un Juez de Familia que el menor salga del pais cuando su crecimiento y desarrollo ha sido aquí, si el padre es apto para atenderle y aquí tiene su entorno, familia, escuela, amigos….

      Otra cuestión será lo que haga la madre por la via de los hechos consumados… Para evitar que pueda llevarse al menor sin autorización, al inicio de cualquier procedimiento ya debería solicitarse que se depositara el pasaporte del menor en el Juzgado. Aqui entraría hacer un examen de la ley del pais a donde vaya el menor y las implicaciones que ello pueda tener.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/01/2010 @ 10:49 am | Responder

      • Por supuesto estoy de acuerdo, pero espero que el juez tambien piense igual. Ante la incertidumbre me preocupo, habia oido que a veces se considera el vinculo con la madre mas fuerte y se le permite irse. Ademas aun no va al colegio ni guarderia.

        El tema de los hechos consumados tambien me preocupa. De momento el pasaporte esta en el juzgado, pero es posible que se lo devuelvan algun dia con la excusa de visitar a la familia por vacaciones, y no volver. Aunque supongo que en ese caso perderia pensiones, derecho al piso, etc. Supongo que seria como secuestrar al niño.

        Gracias de nuevo!

        Comentarios por gromit — 27/01/2010 @ 7:14 pm

      • no soy de vuestro pais…PERO EN ESTO NO SE PUEDE OPINAR ASI POR Q SI..ALGUIEN SE PREGUNTO Q CLASE DE PADRE ES EL Q TIENE EL NIÑO?..PADRE COMO LE DE MI HIJA Q TUVE QUE INTIMAR ANTE LA JUSTICIA PARA QUE PAGUE LA MANUTENCION..Y SENTIRME MILLONARIA POR HABER TENIDO Q AFLOJAR Y ACEPTAR UNOS PESOS MISEREBLAS Q NO CUBRE NI EL 50% DE LAS NECESIDADES..O SEA..LA JUSTICIA NO TE DEJA AVANZAR PORQ SE NECESITA DE SU AUTORIZACION..AHORA LA JUSTICIA NO EXIGE A ESA PERSONA A CUMPLIR CON SU OBLIGACION!!..donde queda la justicia..me diran q el niño tal cosa, q el niño no entiende quien aporta q?!..pero no seamos necios, el niño necesita, y el niño tiene el derecho de resibir de ambos padres lo q la ley obliga, ..es mas extensa esta opinion..a quien le intere seguir dialogando, y a aquella madre..o padre por q no..porq tambien hay injusticias para padres, q se hacen cargo en su totalidad de sus hijos, y esas madres «animales», q con el simpe hecho de ser la mama, la justicia le da lugar..q tampoco esta bien.. quien quiera luchar por un derecho con razon, un derecho ganado, y un derecho q nos lleva a la felicidad de nuestros hijos..pueden escribirme..saludos

        Comentarios por lau — 25/10/2011 @ 3:46 pm

    • Hola. Estoy de acuerdo con lo que dices. Pero en mi caso, hay matices (necesito orientación con esto): el padre de mi hijo no se ha hecho cargo ni un solo mes de la manutención. me interpuso él la demanda de convenio regulador cuando supo que yo tengo pareja estable. una vez firmado el convenio regulador (de mutuo acuerdo) lo usa para perjudicarme: falta cuando quiere a las visitas y no lo justifica (se le estropea el coche o está enfermo, cosa que dudo), me pone trabas con los días de vacaciones, y últimamente está manipulando a nuestro hijo, hablándole en mi contra y diciéndole que yo quiero más a mi actual pareja que a él. Con todo esto, y visto el interés que tiene en nuestro hijo… aún así un juez puede decidir que yo no puedo irme a vivir a otra comunidad autónoma, con mi hijo y mi actual pareja? Desde luego compartimos potestad, pero ya digo, con matices. Él ha empezado a «ser padre» desde hace 2 años (nuestro hijo tiene 7) justo el tiempo que yo llevo con mi actual pareja. Los 5 primeros años no se hizo ningún cargo de nuestro hijo. Muchas gracias. ¿Qué puedo hacer, para hacerlo de la mejor manera y poder irme a vivir fuera con mi hijo, que, por otro lado, estoy segura de que tendrá mejores oportunidades y mejor calidad de vida que en la actual donde vivimos? Desde luego que quiero que mi hijo tenga relación con su padre, siempre que sea una relación sana, y no con manipulaciones ni chantajes como hace ahora mismo. Gracias. Un saludo

      Comentarios por Marta C. — 16/01/2016 @ 11:26 pm | Responder

      • Pues para eso precisamente está el procedimiento, para hacer ver al Juez la situacion real, y todas las ventajas que el menor tendrá en el nuevo lugar de residencia.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/01/2016 @ 7:19 pm

  3. Gracias por los comentarios. Pero me surgen dudas.
    Primero, cuando la convivencia para la madre, en mi caso, es dificil por tener cerca la familia politica, la cual te odia, ¿como no querer salir de aqui? Sentirte más fuerte, o intentar recuperar las fuerzas que has dejado en un divorcio contencioso, teniendo el padre el hijo de 14, que lo decidio el mismo(?), y por otra parte con la madre, osea yo, la niña de 7? Ademas mis hijos tienen la doble nacionalidad, tengo hasta posibilidad de trabajar, lo que aqui no, en otro pais. ¿porque se nos limita tanto? y ¿que razones son las que no pueden imputarse por cambiar de domicilio, por ejemplo a otra comunidad, o pais? trabajo, familiares…Gracias

    Comentarios por Nathalie — 27/04/2010 @ 1:15 pm | Responder

    • Entiendo sus dudas y sensaciones, pero no es que se limite a unos u otros. El hecho es que los progenitores pueden hacer su voluntad libremente en cuanto se refiere a su persona, pero no en cuanto a los hijos comunes, convivan con quien convivan. Si uno de los progenitores se marcha con el hijo, está privando al hijo de relacionarse con el otro y al otro progenitor de relacionarse con el hijo. Por este motivo, es necesario un acuerdo de ambos y , si el acuerdo no es posible, la acción de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad es la via que tiene aquel que quiere hacer el cambio para solicitar al Juzgado que «medie» en el asunto. El Juez, ante la demanda motivada, y oyendo a la otra parte y a los menores si fuese el caso, decidirá para ese asunto concreto, quien de los dos progenitores toma la decisión.
      Espero haber clarificado algo más, agradeciendo su intervención.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/04/2010 @ 2:41 pm | Responder

      • Yo soy peruana y estoy embarazada de un suizo, él primero no quería al bb pero ya lo aceptó, me propuso ir a Suiza y vivir los 3 porque allá todo es mejor, pero ni quiere casarse, quiere convivir y que yo este con residencia temporal y ver como van las cosas, le dije que podíamos probar 6 meses y que si no funcionaba yo me regresaba a Perú con mi bb, me da temor q él cambie allá y no me deje regresar con mi bb. Para esto mi bb nacerá en Perú, luego viajaré allá, qué me recomienda por favor ya que aun no estoy segura de mi decisión. Mil gracias por su respuesta.

        Comentarios por elizabeth — 08/04/2015 @ 12:03 am

      • Pues lamentandolo mucho, su situación no tiene vinculación alguna con el derecho español, por lo que no puedo asesorarla.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 11:39 am

  4. Hola, buenos días, Assumpció.

    Aquí un colega que quiere manifestar mi total adhesión a tus argumentos sobre el cambio de domicilio del menor.

    Precisamente, se me presenta a mí un caso en el que la madre quiere trasladarse a otra ciudad y el padre se opone.

    La única duda que tengo y que quiero compartir contigo es: ¿espero a que el cambio de domicilio se produzca y entonces, antes la acreditada variación de circunstancias, solicito modificación de medidas? ¿o planteo desde ya una demanda por parte del progenitor no custodio -entendiendo que el custodio no la va a presentar- con arreglo al artículo 156 C.c.? ¿Y esta última es una demanda independiente o es mejor que la presente como incidente en el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo que se tramitó en su día?

    A mí me parece más correcta la tercera opción: es decir, antes de que se produzca el cambio y por el Juez que aprobó en su día el convenio regulador, que decida si autoriza el cambio o no, tras escuchar al Fiscal y a los padres y examinar, en su caso, al menor, e incluso, recabando el informe del Equipo Psicosocial.

    Si lo autoriza, nos ahorramos un procedimiento de modificación de medidas y si no, pues en caso de que la madre no acepte un cambio consensuado en la custodia, y ejecute su decisión de irse con el menor, entiendo que tendría vía libra para pedir el cambio de custodia.

    Es decir, en ningún caso creo que mediante este procedimiento «incidental» pudiera cambiarse la custodia, lo que representa el punto débil de esta opción.

    ¿Cómo lo ves?

    Gracias

    Comentarios por Ramon — 06/05/2010 @ 10:33 am | Responder

  5. Hola Señora Martinez

    Aquí le explico un poco mi caso:

    Tengo dos hijas, la grande de 5 años y la pequeña de 1 año i medio. Cada una, tiene un padre diferente.

    Con el padre de mi niña grande, me separe muy mal. Por agresión de su parte, tenia muchos juicios. Con la niña quería arreglarlo bien, i su abocado me propuso un convenio normal. (el tiene: visitas cada 14 días, mitad de vacaciones, etc.) yo no quería, que la niña sufre por nosotros, y yo misma quiero, que tenga el contacto con su papa. Me duele mucho ahora, porque el no se preocupa por la niña, mas su madre. (La Abuela)

    Del Padre de mi segunda hija me separe un poco antes del Parto. Por mi bien y por lo de las niñas, Porque este hombre estaba muchos años en el mundo de la Drogas. Estaba ni un año con el, y empecé por primera vez en mi vida cocer drogas. Me fue de el, porque yo nunca era una persona tan débil, el contrario soy muy luchadora. me separe con toda mi fuerza, sabiendo que no tengo futuro con este hombre. Salio muy rápida de la Drogas (sin problemas) y empecé a vivir con mis nenas una vida nueva. Me fue bastante lejos de ellos (unos 150 Km.)

    El padre de mi niña pequeña dice qué, después que estaba mucho tiempo en un centro, esta bien. (Sin Drogas)

    También con el tengo un convenio regular, el mismo como el Padre de la grande.

    Yo misma tengo Doble nacionalidad. Soy Suiza/Española. Hace 6 años que estoy en España, y baje expresamente por el padre de mi primer hija.

    Ahora me estoy pensando de volver, porque yo no tengo futuro aquí en España. Y estar aquí sola con mis dos niñas, lo veo mal. i también pienso que el futuro de mis niñas seria mejor en Suiza (Esuelas, Estudios, etc.)

    El Problema mío es, que no se como hacerlo. Tengo un poco miedo de irme al juicio, porque para hacerme mal a mi, mis Ex-Pareja me harían todo, para que no me vaya con mis nenas. Miente rían, y mucho mas, para que la gente vea, que buen padres que son.

    O visto, que en esta Pagina de Web, ahi personas serias, i espero que me puede ayudar en cualquier manera.

    Muchas Gracias

    y Saludos

    Jenny (Tarragona

    Comentarios por JennyH — 06/07/2010 @ 4:18 pm | Responder

  6. Hola! Mi caso es el siguiente: estoy separado desde septiembre, tengo tres hijos, una niña de 12 años, un niño de 10 años, de los cuales no soy el padre biologico, y otra niña de 7 años que si soy su padre biologico, soy el papá de los tres la mayor tenia 3 años y medio y el niño 1 año y medio cuando los conocí, o sea que soy el papá de los tres, mi ex mujer me ha comunicado su intención de irse a vivir fuera de nuestro pueblo,a 1 hora y 50 minutos de nuestro pueblo a una casa en la montaña que se quedo ella tras el divorcio, como no podia mantener dos viviendas… en vez de vender aquella dejó el piso de alquiler que tenia en nuestro pueblo para irse a vivir allí, yo no estoy de acuerdo, por que mi regimen de visitas se ve adulterado, yo los veia los lunes por la tarde y los miercoles por la tarde y un fin de semana cada quince dias, bueno… la verdad es que venian a mi casa cada dia, ahora tendré que hacer 3 horas y media para ir a buscarlos y 3 horas y media para devolverlos, perdiendo el regimen de visitas entre semana, es esto justo..? por un capricho de la señora..?He pedido el cambio de medidas y una suspension cautelar para que mi hija no pueda irse, y hablo de mi hija por que legalmente no puedo pedir nada por los otros dos, el dia 3 de septiembre tenemos cita con el juez, y no se que decidirà, estoy muy nervioso, por que no se que hacer. Empadronó a mi hija en ese pueblo sin mi permiso, la ha matriculado en el colegio sin mi permiso, para que existen las leyes…? No quiero que me priven de mis hijos, del seguimiento educacional y de poder verlos amenudo, su entorno esta aqui, sus primos, sus tios, sus abuelos, sus amigos, su colegio, son niños que participan en muchas actividades culturales del pueblo,al pueblo que van no hay niños viviendo, hay 135 habitantes censados, que mas de la mitad son gente que no vbive, si no que se censó para desgravar la vivienda, mi situación economica es muy buena, tengo una casa grandiosa, mis hijos quieren vivir conmigo, tengo un perro que les adora, mis padres viven a 100 metros de mi y mis suegros que me llevo muy bien con ellos los tengo en el pueblo de al lado, lo digo por que si me tienen que hechar una mano los tengo aqui mismo, ella allí no tiene a nadie, no tiene trabajo y si lo encuentra… no se si serà compatible con el hortario de los niños, en ese pueblo no hay colegio ni transporte escolar, alguien tendrá que llevarlos, la mayor empieza la ESO este año y tendrá que hacer 40 minutos para ir a la escuela, los pequeños 20 minutos, tendran que quedarse a comer en el colegio, en mi pueblo podran comer cada dia en mi casa si quieren, el dia que estan enfermos yo tengo mi negocio en mi casa, que los puedo tener mientras trabajo, termino mi jornada a las 4 de la tarde, puedo dedicarles toda la tarde, bueno… un sinfin de cosas que podria decir para que el juez decida a favor de mi, y lo mas importante… los niños no quieren irse de aqui, quieren quedarse conmigo, pero a su edad no se si el juez les va a preguntar que quieren hacer, no se.. lo tengo todo en manos de mi abogado,el 3 de septiembre sabremos alguna cosa, puede ser que el juez diga que de momento esta señora no se vaya hasta que llegue el juicio de modificación de medidas, por que se ve que va para largo, espero su contestación, gracias de antemano!

    Comentarios por jordi — 05/08/2010 @ 8:34 pm | Responder

    • Si no hay entendimiento, la vía es acudir al Juzgado para que sea éste, conociendo todos los hechos, quien decida si puede trasladarse a ese pueblo con los niños o no. Procura tener mucha documentación informando de todos los puntos que comenta, de situación del pueblo, servicios del mismo… y por otra parte, lo que Vd. puede ofrecer en su actual domicilio. Podría darse el caso que la modificación acabara en un cambio de custodia. En todo caso ella legalmente no puede cambiar de domicilio CON LOS NIÑOS sin su autorización o la del Juez. Si lo hiciera, acuda sin dudarlo, al Juzgado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 06/08/2010 @ 12:09 pm | Responder

      • Gracias por su contestación!
        Mi abogado dispone de toda la información posible, distancias al colegio, distancias al CAP de salut, distancias al hospital mas cercano, estadisticas de personas viviendo por edad y sexo, no dispone de ningun familiar allí, yo los tengo todos aqui, pero me gustaria que me aclararas si yo tengo algun derecho moral o de algun tipo sobre los hijos que no son biologicos, podrian darme la custodia a mi de los tres..? O eso es imposible, solo de mi hija biologica..?

        Comentarios por jordi — 06/08/2010 @ 4:32 pm

      • Hoy dia 3 de septiembre el juez tenia que decidir si mi ex podia irse a vivir fuera con mi hija biologica o no, y aque colegio deberia ir, se han suspendido todos los juicios del viernes en mi población, y hasta al menos 15 dias no tenemos hora de juicio. Mi pregunta es: Que va hacer la madre ahora..? La respuesta del inspector de educacion de la catalunya central fue de que si no hay acuerdo entre los padres, y mientras no haya sentencia judicial sobre el tema, la niña debe continuar con la situacion actual, o sea, no cambiarla de colegio, la madre hará 107 km cada mañana para llevarla al colegio..? me la dejará a mi..? la dejará viviendo con la abuela que vive a 4 km del colegio..? no la llevará al colegio fingiendo que está enferma..? Bueno.. i despues recogerla para volverla a llevar a su casa, no creo que haga esto. Me gustaria saber a que atenerme y si puedo sacar partido de esta situación de cara a la modificacion de medidas, gracias!

        Comentarios por jordi — 03/09/2010 @ 4:44 pm

      • Hola! Pues si! Ella ya ha cambiado de domicilio, la ha matriculado en otro colegio y todo sin mi consentimiento, y sin esperar a una resolución judicial que lo aprobara, la niña está matriculada en la escuela de mi pueblo y la han aceptado en la escuela donde vive ahora mi ex, bueno… en el pueblo mas cercano. La señora se presentó en el colegio el dia 7 y no la aceptaron y se plantó en la puerta hasta que la directora llamó a los inspectores de educación y por terminar con la situación bochornosa y denigrante la aceptaron, o sea que la niña sigue estando matriculada en los dos sitios y aqui en la escuela de mi pueblo le ponen faltas de asistencia injustificadas, irregular, irregular del todo. Hasta los inspectores de educación se saltan la ley, es vergonzoso, mi patria potestad se la pasan por el forro de la torera! Y lo mas fuerte que esto de los hechos consumados… al final daran continuidad a que la niña siga en ese colegio y pueda vivir en ese pueblo donde yo no he dado el permiso, yo he seguido paso por paso la ley, y mi ex ha hecho lo que ha querido y no le va a pasar nada y se saldrá con la suya.

        Comentarios por jordi — 13/09/2010 @ 4:11 pm

      • Creo que lo más urgente sería presentar una queja en el depatamento educación de donde llegaron los inspectores, y comunicar urgentemente al Juzgado que lleva el procedimeitno de familia lo sucedido. Además, yo remitiría un burofax o presentaria un escrito del que sellen copia, al colegio que ha admitido a la niña, informándoles que lo han hecho sin consultartelo y por tanto, qe se han saltado todas las normas. Al colegio anterior, yo les explicaría lo sucedido para que le mantengan la plaza unos días a la niña, porque si la pierde, luego no podrá voler o será muy dificultoso, ya sabes, los hechos consumados…

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/09/2010 @ 6:17 pm

      • Gracias por tu interés! Ya he enviado un burofax a los servicios territoriales de educación de la catalunya central y otro a la madre indicandoles mi desaprobación, y ahora mismo he enviado un e-mail al departament de educació al Hble Sr. Ernest Maragall para que conozca el tema, mañana lo haré por burofax. Con respecto a la escuela de mi pueblo, estan al tanto del tema y ellos guardan la matricula el tiempo que sea necesario, es más desaprueban lo sucedido con los inspectores y siguen poniendo faltas de asistencia injustificadas a la niña. La escuela donde està estudiando la niña ya les envié un burofax antes de que la aceptaran diciendoles que yo no daba mi permiso, supongo que con eso habrá suficiente.

        Comentarios por jordi — 13/09/2010 @ 8:23 pm

    • Mi mujer ha intentado hacer algo parecido, no por motivos economicos sino directamente para fastidiar y alejarme del niño, ademas de otras cosas peores. Con lo cual finalmente me han dado la custodia a mi y un regimen de visitas muy amplio para ella, aunque se que esto no es muy habitual. He podido volver a matricular al niño en mi ciudad y empadronarlo conmigo.

      En tu caso si alega motivos economicos y como no es muy lejos… la cosa no esta muy clara creo. Igual aparte de alegar todos los temas de que vivir en tu pueblo es lo mejor para la niña, arraigo, relaciones, etc. intentar desmontar el motivo economico de ella, que se vea que se va porque quiere y no porque esta obligada por trabajo o por lo que sea.
      Aparte el hecho de cambiar a la niña de domicilio y colegio sin tu acuerdo es grave, no lo dejes pasar para poder usarlo en un posible juicio. Igualmente si la lleva al medico sin informarte y temas asi. Pide todos los hitoriales medicos de la niña, te los daran si les llevas las medidas de divorcio. Que se vea que son maniobras para limitar la relacion de la niña con su padre, es la niña quien tiene el derecho a su padre para todo, como cualquier otro niño.

      Comentarios por gromit — 06/08/2010 @ 4:52 pm | Responder

  7. Gracias gromit! Está muy claro que ella no puede mantener dos casas, un alquiler en nuestro pueblo y una casa en la montaña, la solución mas practica era vender la casa de pueblo y mantener el alquiler con opcion a compra de nuestro pueblo, era así de facil, lo hace para fastidiar, por que mi regimen de visitas era tener a los niños los lunes y miercoles tarde y fines de semana alternos, pero a mi casa venian solos cada dia, y los veia siempre, no lo puede soportar, y por eso hace esto. Otra cosa que tambien podria utilizar es que los niños siempre se quedan solos en casa, para cualquier gestión ella tiene que dejar a los niños solos, ellos siempre se me quejan de que estan solos, y yo lo he comprobado cuando llamo por telefono y la mama..? está en… la ciudad mas cercana, está en… el pueblo de al lado, ya se que nunca pasa nada… pero… y si pasa..? no solo a los niños, y si le pasa algo a ella..? quien se entera que los niños estan solos..?

    Comentarios por jordi — 06/08/2010 @ 7:01 pm | Responder

  8. mi consulta se basa en saber,dentro de la misma ciudad la madre que tiene la guarda y custodia,se ha mudado de casa de un barrio de sevilla a otro dentro de sevilla,pero en las afueras,tiene que notificarselo al padre del niño a traves de un abogado para que a la hora de las visitas o recogidas del menor vayan al otro domicilo,el colegio del niño sigue siendo el mismo y todo,o solamente se lo comunica verbalmente ,y digo a efectos de la ley,gracias

    Comentarios por norma — 15/08/2010 @ 11:12 am | Responder

    • No. No es que tenga que comunicar nada verbalmente o a traves del abogado, es que NO PUEDE MUDARSE CON EL NIÑO SIN ANTES CONSENSUARLO CON EL PADRE, aunque tenga la guardia custodia.
      El padre tiene el mismo derecho que la madre a decidir cualquier aspecto de la vida del niño, como donde vive.
      A ‘efectos de la ley’ es ilegal, si no lo ha acordado antes con el padre.

      En caso de que no haya acuerdo el juez decidira si la madre puede cambiar al niño a otro barrio o no.
      A no ser, claro, que el padre haya renunciado a la patria potestad.

      Comentarios por gromit — 16/08/2010 @ 8:10 pm | Responder

      • Si el cambio es dentro del mismo municipio y no se modifica nada más, no habrá problema y el Juez lo autorizará. En puridad de ley, hay que consensuar el cambio con el otro progenitor, y si no hay acuerdo, pedir la autorización al Juez. Si sólo se da este cambio de un barrio a otro y ello no perjudica al menor ni se dan más cambios, a pesar de que no haya sido consensuado, yo no aconsejaría al progenitor no custodio iniciar acción legal alguna, porque seguramente el Juez autorizará el cambio. Eso siempre en el bien entendido que no se ha cambiado al menor de una casa normal a vivir en una chabola sin medios… Siempre hay que examinarlo todo, ya que cada caso es diferente.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/08/2010 @ 9:05 pm

      • Sin conocer al padre ni las circumstancias, lo que digo es que no creo que le guste enterarse un dia de que han cambiado a su hijo de vivienda ignorando su condicion de padre completamente, como si no existiera para el hijo. Da igual si solo se mudan a la vuelta de la esquina.

        Hablando se entiende la gente, aunque supongo que la relacion debe ser complicada.

        Comentarios por gromit — 24/08/2010 @ 9:49 pm

  9. Mi caso es el siguiente:

    Tuve un proceso de divorcio contencioso que se resolvió en el correspondiente juicio y después de que el Juez nos propusiera llegar a un acuerdo, que ambos aceptamos. Vivimos en Madrid y tenemos un hijo de 5 años, el cual nació en esta localidad. En la sentencia ya decía que el progenitor custodio no puede cambiar de domicilio al menor si no es con el consentimiento del padre, o en su defecto, autorización judicial. El progenitor no custodio tiene un régimen de visitas normal (fines de semana alternos, tarde de los miércoles, mitad de las vacaciones,…) Dos meses después de la sentencia el progenitor custodio solicita al Juez cambiarse de domicilio con el menor, a la provincia de Cádiz, situada a 650 kms. de Madrid. Hay que aclarar que el progenitor custodio trabaja en Madrid con un contrato indefinido y que, previa a la demanda para irse de Madrid con el menor, solicitó el cambio de trabajo a la otra localidad y se lo han concedido. El juicio lo tenemos a finales de éste mes de septiembre. Entre las alegaciones para irse dice:

    – Que es beneficio para el menor cambiar de domicilio porque el progenitor no custodio ha interpuesto infinidad de denuncias, motivando que se personaran agentes de la Policía en el domicilio, con el consiguiente desgaste psicológico del progenitor custodio y del menor.
    – Que es beneficioso para el menor para mantener la guardia y custodia ya que el no custodio, por su trabajo, viaja con frecuencia fuera de Madrid.
    – Que como el menor tiene problemas de salud (asma), es mejor el clima de Cádiz.
    – Que el cambio no es perjudicial para el menor, ya que por su corta edad no supone ningún trauma.
    – Que el cambio de domicilio implica para el custodio una mejora en sus condiciones laborales, así como mejora en su estabiliad emocional por el apoyo familiar por ser en Cádiz donde reside su familia de orígen.
    – Que Cádiz se encuentra muy bien comunicada con Madrid (via terrestre y aérea) y que la distancia no supone ningún obstáculo insalvable que impida el régimen de visitas del no custodio con su hijo.

    Antes este atropello… ¿que puedo hacer? ¿es que hay algo peor que arrancar al menor de los brazos de su progenitor?

    Ya os contaré como me ha ido. Muchas gracias por las respuestas que me puedan llegar, pero este mundo es de locos.

    Comentarios por Blancanieves — 12/09/2010 @ 10:41 am | Responder

    • estimada blancanieves .A mi primo de granada le paso igual ,por lo que cuentas lo tienes muy cxomplicado ya que creo que segun la ley cumple todos los requisitos.Lo mejor para superarlo es aceptarlo y resignarte para llevarlo lo mejor posible .un saludo y superalo lo antes posible.

      Comentarios por caperucita roja — 18/09/2010 @ 11:23 pm | Responder

      • Buenos días Caperucita Roja:

        Disculpas por no haber contestado antes. Una vez dicho esto comentaré que tuvimos el juicio por el que ella quería irse con el niño a Cádiz y el Juez estimó que el niño no se movía de su domicilio habitual; es más, propuso un régimen de visitas más amplio para el progenitor no custodio con día de pernocta incluído entre semana, pero siempre en el domicilio de Madrid. Como al progenitor custodio le pareció absolutamente injusto, decidió que se quedaran las cosas tal cual. Desde aquí animo a todas las personas que estan en mi situación, que luchen y que peleen por sus hijos porque… ¿hay algo más grande ésta vida? En la actualidad llevo un régimen de visitas normal en el que puedo disfrutar de mi hijo de formal absolutamente satisfactoria.

        Gracias.

        Comentarios por Blancanieves — 18/02/2012 @ 12:14 pm

  10. Mi caso es el siguiente , en Diciembre del 2008, nos separamos mi pareja y yo , con la cual tenemos una hija que ahora tiene 7 años, nuestra separacion fue por motivos economicos, y me dieron un regimen de visitas normal, fines de semana alternos etc . . . viviamos en la ciudad de Lugo y tambien ella tenia un piso en la ciudad de La coruña, nuestra residencia la teniamos en Lugo, pero con la separacion se fue con la niña a La Coruña, a mi no me llego a molestar porque enrealidad veia a mihija todos los fines de semana, pero ahora de golpe y sin venir a cuento decide a irse a Barcelona , y se fue a finales de Agosto,no me dejaba hablar con la niña , cosa que hacia todos los dias, pues la niña no se duerme hasta que habla conmigo y le cuento un cuento, esta viviendo con nuestra hija en Barcelona y la ha escolarizado en Barcelona , cosa a lo que me opongo , pues no veo a la niña ni me deja verla. No se que hacer , estoy hecho polvo y me siento totalmente indefenso. Muchas gracias

    Comentarios por Albert. — 14/09/2010 @ 5:50 pm | Responder

    • A modo «urgente» debería remitirle un burofax o similar a ella manifestando su oposición al cambio de domicilio de la menor y al cambio de colegio ya que si en un plazo de un mes no manifiesta Vd su desacuerdo, se entenderá que lo acepta y será tarde para llevar a cabo cualquier actuación judicial. Sin demorarlo tampoco, debería iniciar una demanda de ejercicio de patria potestad ya que el domicilio y la elección del centro educativo son puntos fundamentales de la patria potestad.

      Este tipo de actuaciones unilaterales de un progenitor son habituales, y como en general se ha venido teniendo el concepto de que el progenitor custodio era como un ente superior cargado de superpoderes sobre los menores, en la mayoría de ocasiones se han dejado pasar estos cambios , como por ejemplo en el cambio a La Coruña. Y en su caso, como estaban empadronadas sin Vd. en La Coruña, el Ayuntamiento de Barcelona no le ha pedido autorización para el cambio de padrón (y que es necesario para acceder a una plaza educativa en Barcelona).

      Además , este cambio de domicilio supondrá una modificación de las medidas de guarda y custodia vigentes.
      Mi consejo es que no espere ni un minuto en dejar clara su oposición puesto que de lo contrario se da una presunción de aceptación tácita y ponga en marcha el procedimiento de patria potestad para que la menor sea reintegrada a su anterior domicilio y escuela.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/09/2010 @ 7:18 pm | Responder

      • Loque he hecho hasta ahora , por consejo de una amiga que es abogada ir a buscar a la niña al domicilio de la Coruña el pasado dia 3/09/2010 por ser el fin de semana que me tocaba y que si no me la entregaban . fuera a una comisaria a denunciarlo asi como que no me permite hablar con ella por telefono. actuaciones que ya he hecho.
        Ahora me toca este proximo fin de semana, que debo de hacer??
        Por cierto mi amiga me ha dicho que ponga una demanda de CUSTODIA
        Vd. me dice que ponga en marcha el procedimiento de patria potestad para que la niña sea reintegrada a su anterior domicilio y escuela. Que me aconsejas es mejor??
        La madre dira que se ha cambiado de domicilio para tener trabajo.
        Espero tu consejo.
        Lo anterior de mandar un burofax lo hare inmediatamente.
        Y dime tengo alguna posibilidad de poder tener a mi hija conmigo o que pueda verla lo mas a menudo posible? Tengo 56 años y no me quiero perder ver crecer a mi hija con la cual tengo un cordon umbilical y de mucha union y cariño.
        Muchas gracias por tu ayuda y tu tiempo

        Comentarios por Albert. — 15/09/2010 @ 5:21 pm

    • Yo no soy abogado pero estoy en un caso parecido, peor que el tuyo. Lo que te diria es que luches por tu hija y no te rindas, por ella. Si pudieras reconducir la situacion a buenas seria lo mejor, pero supongo que no sera posible.

      Sin ser abogado, a mi me parece que tienes que seguir todos los pasos legales con paciencia y perseverancia, y con un buen abogado o estas perdido. Ella es la que se ha saltado lo dispuesto por el juez, pero en fin, lo tenemos mal a corto plazo. La escolarizacion es facil que lo consiga teniendo la custidia, pero no significa que lo deba hacer, tienes ir por el juzgado y no dejarlo pasar.

      Por un lado no dejar de ver a tu hija cuando te toque y demostrarlo , que no pueda decir que no tienes interes. Y por otro ir al juzgado, como te comentan. Al final supongo que el tema es intentar demostrar que tu ex esta poniendo trabas para que tu hija se pueda relacionar con su padre, y eso es grave. Seria motivo para cambio de custodia si se pasa mucho y lo puedes demostrar, con todas estas maniobras. Aunque es dificil. Intenta tener algun tipo de prueba de todo lo que comentas.
      No solo eres tu, es la niña quien tiene derecho a estar con su padre. Y jueces y fiscales lo que miran por encima de todo es el bien de la niña.

      Buscate un buen abogado especialista y no hagas nada ni dejes de hacerlo sin consultarselo. Tambien podrias pedir al juez que solicite un informe de los psicologos de familia de ti y tu ex, son muy buenos.

      Comentarios por gromit — 15/09/2010 @ 6:59 pm | Responder

  11. Hola quisiera que me informaran sobre un problema que tengo con mi hija de 12 años,estoy divorciada desde el 2008 y tengo la custodia de mis 2 hijos menores una niña de 12 años u un niño de 17 años,en julio se fueron de vacaciones con su padre un mes que le correspondia,el padre a solicitado la custodia de mi hija y el dia 1 de agosto tenia que haberme traido a los niños,pero solo me trajo al niño,la custodia la sigo teniendo yo,he puesto ya 3 denuncias en el cuartel de la guardia civil de mi localidad por consejo de una amigaabogada que tengo y que fue la que me llevo lo del divorcio,pero en el cuartel me dicen que poner mas denuncias es una perdida de tiempo y que no sirve para nada,sin embargo mi amiga me dice que vuelva a denunciar,la ñiña esta matriculada en el instituto de mi localidad y ya han empezado las clases,la niña si gue con el padre y dice que no quiere venir a casa per yo no se si lo dice por elle misma o es el padre el que lo dice y no quier traerla,por lo cual la niña esta perdiendo clases y ya no se que hacer,tambien les dire que la niña cuando vino de las vacaciones de semana santa vino diciendo que se queria ir con el padre y con una actitud muy revelde de hecho me llamaron la atencion en el colegio varias veces por su mal comportamiento y actitud,yo por recomendacion de su tutora me puse en contacto con la asistente social y la educadora social de mi localidad,pero la niña sigue con el padre ¿QUE HAGO?

    Comentarios por ANTONIA — 18/09/2010 @ 12:47 pm | Responder

    • La Guardia Civil, con la sentencia, debería inciar investigación, o, cuando menos, transmitir las denuncias al Juzgado de Guardia que corresponda. Si esto no está resultando efectivo (aunque debería) ponga la denuncia directamente en el Juzgado de guardia y, a su vez, pongalo en conocimiento del Juzgado que le dictó la sentencia. Si Vd tiene la custodia y es evidente que no estamos en periodo vacacional, la niña NO PUEDE ESTARCON EL PADRE AUNQUE ELLA LO QUIERA, si no hay un acuerdo entre Vdes (padre y madre) o una orden judicial.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 20/09/2010 @ 8:10 pm | Responder

  12. Mi caso es que acabo de recibir sentencia sobre una demanda de jurisdicción voluntaria porque la madre de mis hijos tomó la decisión de forma unilateral e informándome con un mes de antelación sobre su intención de irse a EEUU con ellos.

    A todo esto la madre la única documentación que aportó a la vista fue un escrito de un supuesto novio con el que ha estado en EEUU los 40 días que ha pasado este verano (al parecer antes de comunicaban a través del Skype) dónde este señor dice hacerse cargo de las necesidades de ella y de mis hijos durante la estancia allí. Ella no tiene permiso de residencia, trabajo, evidentemente mis hijos no tienen escuela (presentó unos folletos en blanco en la vista), la única cobertura sanitaria que tienen mis hijos es de un seguro de viajes y, como colofón mi hijo tiene diagnosticado con tratamiento farmacológico un TDAH que probablemente allí no tendrá seguimiento ni tratamiento posible. A todo esto, la resolución de la juez es que tiene permiso para irse con los niños durante un periodo de 3 meses con una mínima documentación aportada y sólo con la creencia de que la madre es responsable y que todo lo que dice, aún sin documentar, es verdadero.

    Por mi parte, tengo un regimen de visitas amplio en el que veo a mis hijos y viven conmigo 7 de cada 14 dias, vacaciones la mitad (es decir 1 mes y medio en verano), tengo pareja estable y domicilio que comparto con mi pareja desde hace más de un años de los 4 de relación que llevamos, trabajo estable, toda mi familia aqui (ella no tiene más que a su madre en Asturias y una hermana con la que no se habla y ha prohibido cualquier contacto con sus hijos) abuelos, tios, primos… Busqué un colegio al lado de mi casa (me dijeron que me guardaban la plaza para los dos) y podría seguir con el tratamiento médico y el soporte escolar especial que el chico merece…

    Aún no me creo la resolución de la Juez que ya sólo empezar la vista dijo: «¿No entiende usted que la madre es la madre y que tiene el derecho de irse y si lo quiere hacer, lo hará?…

    A mi como padre se me priva el derecho (y a mis hijos) de ejercer como tal, el régimen de visitas, compartir e involucrarme en su educación, bienestar, salud, de ejercer mi patria potestad, aún teniendo todos los recursos posibles para favorecer el bienestar de mis hijos en contra de un hipotético futuro no demostrado que les ofrece la madre, en el que sólo se basa que un señor les va a mantener a todos.

    Estamos pensando en recurrir ante la audiencia provincial esta sentencia porque a nuestro parecer es abominable el trato de favor que se le ha dado a la madre sólo por el hecho de serlo y tener la custodia. ¿me pòdría dar su opinión al respecto?

    Muchas gracias.

    Comentarios por Alfons — 22/09/2010 @ 5:36 pm | Responder

    • La madre tiene libertad para ir donde quiera, pero no para llevarse a los hijos con ella libremente. Ahora el Juez le ha autorizado para hacerlo pero fíjese que sólo por tres meses, de forma que los niños deben regresar en este plazo. No se si la autorización era por los tres meses de vacaciones escolares, pero, la verdad, por los datos que me da, no veo como el Juez lo ha permitido, y más en edad escolar, y con el régimen de visitas que Vd. tiene. De todos modos, no se hasta que punto tiene utilidad alguna recurrir si los niños ya se han ido, ya que se daría una resolución imposible de cumplir. Debe estar muy atento a que se cumpla el regreso de los menores, y si no es así, iniciar las actuaciones judiciales para ello. Si no se ha establecido nada al respecto, le recomiendo que Vd. siga ingresando los alimentos en la forma habitual, si es que los tiene etablecidos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 22/09/2010 @ 6:50 pm | Responder

      • Gracias por su comentario. Sólo aclararle que aún no se han ido, está todo muy reciente y aún está la madre intentando conseguir la documentación sobre las cautelas que le han impuesto para devolverle los pasaportes. Sobre la escolarización de los niños precisamente uno de los puntos era que la madre no habia querido escolarizar a los niños en su escuela habitual y se va a ir esta semana próxima y volverá en navidades, con lo que, si no tienen escuela en EEUU, hasta que consiga los permisos oportunos van a pasar tres meses sin asistir.
        Gracias de nuevo por su consejo.

        Comentarios por Alfons — 22/09/2010 @ 7:01 pm

    • Igual puedes intentar recurrir, si te da tiempo, con el tema de que hay peligro de que la madre no vuelva con los niños nunca, que siempre intenta alejarlos de ti (no se si es el caso y lo puedes demostrar ), etc. No se como esta el tema de la devolucion de niños sustraidos por uno de los padres con EEUU, miralo. Si esta dificil (no se si han firmado el convenio de haya o si hay extradicion), es motivo para que no la dejen irse por el peligro de secuestro.
      Espero que no sea tu caso, no es facil hacerlo y puede acabar en la carcel, pero a mi ex-mujer y mi hijo ya los esta buscando la interpol. Los jueces saben que a veces pasa y suelen tener miedo de que se arme por su culpa. Y lo que han de proteger sobretodo es a los menores.

      Ademas con el regimen de visitas y el tema del colegio no lo entiendo. Otra cosa es que la madre quiera trasladarse a otra ciudad para trabajar o lo que sea, pero esto es un poco heavy. Buscate un buen abogado.

      Comentarios por Jo_mateix — 23/09/2010 @ 8:09 am | Responder

      • Gracias Jo_mateix. La cuestión es que ya se habian producido acciones respecto al riesgo de fuga y les requirieron pasaportes y avisaron a las autoridades aeroportuarias. A posteriori se ha producido la vista y ya hay sentencia, que es la que comento. Recurrir podemos aún porque es muy reciente y estamos valorando las opciones.
        Lamento mucho tu caso, yo al menos he podido tener una oportunidad de frenarlo y si se van, que al menos sea con la supervisión de los servicios jurídicos que, auque la resolución no me parezca la apropiada, le piden unas cautelas que tiene que cumplir. Si se hubiese ido antes ahora lo tendría más complicado.
        El tema de la repatriación de unos niños sustraídos es muy complejo, y aunque existen convenios entre EEUU y España y por el tribunal de la Haya, la verdad es que es muy muy difícil recuperarlos y además se pueden tardar años, con el consecuente desgaste que ocasiona en muchos sentidos.
        Espero que tengas suerte con la búsqueda de tu hijo y que se resuelva lo antes posible tu situación, para tu bién y para el del niño.

        Comentarios por Alfons — 23/09/2010 @ 10:20 am

    • Gracias. En mi caso el juez tambien habia retirado el pasaporte al niño y decretado el cierre de fronteras, y sin embargo se ha largado igualmente, por carretera y supongo que con un pasaporte falso o haciendolo pasar por el hijo de algun conocido. No es fail pero tampoco imposible. Ademas tengo yo la custodia del niño. En tu caso creo que puedes estar mas tranquilo, aunque no te confies, lucha a todas y si puedes ir a buenas con ella, mejor. Pero no te fies ni aceptes nada que luego se pueda volver en tu contra.

      Comentarios por Jo_mateix — 23/09/2010 @ 10:33 am | Responder

  13. Hola. estoy divorciada,soy mama de 3 hijos menores y nos queremos mudar a la ciudad d esquel. Actualmente vivo en capital federal. No tengo la autorización del padre, y estamos en juicio de cambio de radicación. He presentado contratos de trabajo y mis hijos desean veniir conmigo. Que posibilidades tengo en que la justicia me autotize, ya que toda la responsabilidad de mis hijos esta a mi cargo. Gracias

    Comentarios por monica — 01/10/2010 @ 12:08 am | Responder

  14. hoy dia 6 de octubre me han comunicado la fecha del juicio de medidas cautelares urgentes que solicité cuando la madre me dijo que queria irse a vivir con mi hija fuera de mi pueblo, nos dierron dia para el dia 3 de seotiembre pero se canceló el juicio, hoy se que nos han dado hora para el 17 de diciembre. Vaya medidas cautelares urgentes son estas, ahora si que el juez dejará que la niña continue en el mismo colegio que esta ahora sin mi permiso, por lo de los hechos consumados, al final ella se ha salido con la suya, y yo por seguir la ley paso por paso y esperar… no me ha servido de nada! Tiro la toalla, esto no es ley ni es nada, me da vergüenza vivir en este pais, la suerte que tengo es que solo la tengo a 107 km. y tengo que dar gracias que no se haya ido mas lejos, podria estar en el extranjero y no poder verla en absoluto. Gracias por escucharme!

    Comentarios por jordi — 06/10/2010 @ 4:55 pm | Responder

    • Tirar la toalla no es la solución. Hay que actuar como lo ha hecho hasta ahora. Imagino que el procedimiento está en un Juzgado mixto y por eso las demoras y la poca efectividad. Personalmente yo me quejaría de la demora en el señalamiento, ya que es muy perjudicial. Debería valorarlo con su letrado y procurador.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2010 @ 1:09 pm | Responder

      • Hola! Pues el juicio el dia 17 de diciembre ya se celebró, mi abogado y yo nos dimos por vencidos y estrategicamente le dijimos al juez que por no perjudicar a la niña deseabamos que continuara en el mismo colegio, pero que no aceptabamos de ninguna manera el cambio de residencia, el juez valoró muy positivamente nuestra postura, ayer… dia 21 de enero se celebró el juicio principal de cambio de custodia, yo estaba muy nervioso, con la boca seca… nunca habia estado en un juicio, le tocó a mi abogado preguntar a mi ex, y ella la cagó en todo, muy nerviosa… decia cosas incoherentes y sin sentido, pude ver como el juez ponia cara de circunstancias, o sea que quedó en evidencia de que mentia y se contradecia, luego le preguntó su letrada y lo que tenia que ser algo preparado y para ayudarla… la volvió a cagar mas, o sea.. peor no lo pudo hacer. Y yo… viendo el panorama.. me tranquilicé, y cuando me tocó el turno de que me hiciera preguntas su letrada estuve, seguro, contundente y sin vacilar en ninguna de mis respuestas, puedo decir que me comí con patatas a la abogada, luego me preguntó mi agogado y claro… mejor, pues ya estaba mas o menos preparado y la cosa quedó sublime, creo que la clave fué en que no tenia que mentir para nada, solo decir la verdad, el fiscal… le hizo un par de preguntas a ella y a mi ninguna, no se si esto es importante, que por cierto tambien las contestó sin contestar nada, por que no sabia que decir. El juez pidió hablar con mi hija biologica, que es de la unica que puedo pedir la custodia, pero quiero que sepas que en todo el juicio se habló de los tres niños, pues yo soy su papá. Como la niña no estaba… nos daran dia para quedar y el juez entrevistar a la niña. Mi abogado me dice que no me haga ilusiones, que el juez no separará a los niños, pero yo hoy me siento mas ilusionado que ayer, si antes tenia un 10% de posibilidades… hoy me siento con un 20%. Me gustaria saber que opinas, es importante el hecho de que el juez haya pedido hablar con una niña de 7 años..? El juez es una persona joven de unos 33 años, creo que menos tradicionalista, es posible que la cordura haya llegado a la justicia..?
        Estoy contento de no haber tirado la toalla y de haber llegado hasta aqui teniendo opciones, mis hijos sabran que hice lo que pude por ellos y nunca me podran decir que no hice nada por que se quedaran. Si mi hija no hubiera tenido hermanos que no son hijos mios… se seguro que me darian la custodia a mi, lo unico que está en contra mio es que sus hermanos no son hijos biologicos mios, aunque sea su papá, que tengas un buen fin de semana!

        Comentarios por jordi — 22/01/2011 @ 2:41 pm

      • me alegra mucho leer un comentario con una sensación de fondo extremadamente positiva, irradia esperanza y el convencimiento de haber hecho lo correcto. Ahora sólo queda esperar a que llegue la ansiada «respuesta» judicial.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/01/2011 @ 2:48 pm

  15. HOlaa!! Un cordial saludo antetodo…

    Mi caso es el siguiente: Tengo un hijo de 5 años y medio de edad., el cual al nacer fue reconocido por el progenitor, pero este nunca a visto por el., y con eso me refiero a NUNCA., hablamos que al cabo de los 3 meses de nacido solo lo llego a ver 3 veces., del resto a la fecha, nada., y en esos 3 meses solo le llego a comprar una lata de leche., y no miento!! Fue solo UNA … El punto es que me he esforzado por salir adelante, continue con mis estudios universitarios., mi familia me ha apoyado full., y hoy dia… Quiero formar una familia con mi pareja., pareja a la cual mi hijo conoce desde los 2 añitos de vida y hoy por hoy es su Padre!! PERO nosotros somos Venezolanos y mi pareja Chileno., y queremos irnos a vivir a Chile!! No se que debo hacer., Ahora recien para venir a Chile tuve que contactar entre cielo y tierra al Progenitor de mi niño y di con el, en el Penal Judicial del Estado., es decir., esta preso!! La verdad fue horrible y mas encima humillante tener que enterarme de eso., pero hice las deligencias necesarias y saque un Permiso de viaje al Exterior por 2 meses.,obviamnte tuve que dirigirme a tal lugar con un alguacil de la Notaria para dar con su firma., Ahora planeo casarme y venirme a vivir a Chile con mi pareja.,No se bien que debo hacer., he leido y me parece que debo pedir una Autorizacion para cambio de Domilicio pero no se bien… Me podrias ayudarte al respecto?…

    Comentarios por Ma. Salina — 20/10/2010 @ 12:01 am | Responder

    • lamentablemente desconozco la legislación venezolana, de forma que no me aventuro a aconsejarle, puesto que, aunque pueda ser parecida, también puede ser muy distinta.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/10/2010 @ 11:16 am | Responder

  16. este año le toca a el escoger las vacaciones, le he pedido que me deje al niño del 31 al 6. Por motivos personales, yo estoy sola con mi hijo y no tengo hayuda de nadie y la primera parte de las navidades tengo cosas que hacer. Me ha dicho que me denunciara porque le toca a el escoger, que puede pasarme?

    Comentarios por ana — 20/10/2010 @ 9:24 pm | Responder

    • Si no hay acuerdo y le corresponde escoger, pues no existe demasiada posibilidad de juego. Si no tiene otra opción y no puede solucionar de ninguna forma este periodo vacacional, quizás podria solicitar al Juzgado, de forma motivada y documentada, que le autorice el cambio de periodo, pero no hay garantías en absoluto para ello. Si no se cumple, además de las acciones propias de ejecución de derecho de familia, podría darse incluso un juicio de faltas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/10/2010 @ 11:05 am | Responder

  17. Este año le toca a el escoger vacaciones pero por motivos personales le he pedido que se lleve al niño del 31 de diciembre al 6 de enero, me ha dicho que no que me denunciara, que puede pasarme?

    Comentarios por ana — 20/10/2010 @ 9:25 pm | Responder

    • Si no hay acuerdo y le corresponde escoger, pues no existe demasiada posibilidad de juego. Si no tiene otra opción y no puede solucionar de ninguna forma este periodo vacacional, quizás podria solicitar al Juzgado, de forma motivada y documentada, que le autorice el cambio de periodo, pero no hay garantías en absoluto para ello. Si no se cumple, además de las acciones propias de ejecución de derecho de familia, podría darse incluso un juicio de faltas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/10/2010 @ 11:04 am | Responder

  18. Hola!Mi problema es el siguiente: tengo una nena de 6 años y estoy separa desde que tenia 2 prcticamente. Ahora ha dado un vuelco enorme mi vida y por cuestiones existenciales me tengo que trasladar a santa cruz de tenerife. Mi exmarido, el cual segun el esta tramitando el divorcio¿unque aun no se para que?…me ha dicho que me ha mandado una notificacion notarial, en referencia a no se que articulo en el que el no esta deacuerdo con que me lleve a la nena.Yo por mi parte le he mandado 3 burofax explicandoles todos los detalles, mas el ultimo que proponia un nuevo convenio regulador con acumulacion de visitas, y posibilidades de ver a la nena ademas de todos los festivos , todos los mese, pero su contestacion a sido en un burofax dando negativas a todas las propuestas que yo hacia, sin n inguna explicacion. Creo que legalmente yo ya no puedo hacer mas( o al menos eso creo). La notificacion notarial aun esta de camino, y el pretende que esto lo decida un juez. Por otro lado he recibido consejos de que el no puede prohibirme irme con la nena ni coaccionarme en nada. Pero otros me han dicho que me puede demandar!!! No se que hacer!! estoy hecha un lio y el traslado ya esta todo hecho incluso mis estudios alli de oposiciones….me podrias aclarar un poco por donde empiezo!! el dia 15 firmo el piso yel dia 27 me traslado alli definitivamente.—-muchas gracias

    Comentarios por alicia — 28/10/2010 @ 1:48 pm | Responder

    • Hola Alicia, y gracias por colaborar con tu duda en este blog. El cambio de domicilio de un menor es una cuestión que debe decidirse en común entre ambos progenitores porque es una cuestión de patria potestad, y, salvo en los casos en que la misma haya sido retirada, la patria potestad se mantiene de forma compartida. Si además resulta que aun no existe ninguna sentencia ni convenio regulador de la separación o divorcio, el padre tiene todos sus derechos de patria potestad intactos y completos, como la madre. Es evidente que existe una custodia de hecho desarrollada por la madre, y que en un divorcio tendrá su peso, pero el cambio de domicilio de la menor,que además entiendo que es un cambio importante (aunque no refleje en que localidad se encuentra actualmente), debe ser acordado por ambos y, si no hay acuerdo, debería Vd. instar un procedimiento especial de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad a fin de que el Juez correspondiente determine quien de Vdes. puede decidir en esta ocasión, cual es el domicilio de la menor. Un primer burofax era una buena opción, pero, ante la negativa, debió Vd. haber iniciado el trámite ante el juez que es el único que puede decidir en caso de desacuerdo entre Vdes. Lamento decirle que quien le ha dicho que Vd. puede irse y el no puede prohibirlo le ha hecho un flaco favor, puesto que no es en absoluto cierto. En efecto Vd. tiene toda la libertad para estsablecer su domicilio pero no el de la menor, excepto que de esta forma se haya pactado en un convenio o por sentencia. Si Vd. traslada a la menor, sabiendo que el no está de acuerdo, se puede facilmente encontrar que sea el quien interponga una demanda por el cambio, y que deba Vd. deshacer su traslado o en el más extremo de los casos, que le haga perder la custodia exclusiva que Vd. está ejerciendo de hecho.

      Su exmarido precisamente estará tramitando el divorcio porque no lo hicieron antes y para tener unas medidas judiciales que reflejen todos los puntos necesarios sobre todo en cuanto al régimen por el que la menor se deba relacionar con cada uno de sus progenitores.

      Mi recomendación sería acudir de inmediato al Juez correspondiente para obtener la autorización del cambio de domicilio. Es un procedimiento relativamente sencillo en el que se solicita al Juez que determine quien debe tomar la decisión correspondiente al cambio de domicilio. En este caso, pero, como creo entender que no existe convenio ni sentencia alguna que regule las relaciones paternofiliales, la cuestión se complica un poco ya que deben establecerse estas medidas y ello comporta la necesidad de un procedimiento de divorcio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/10/2010 @ 5:15 pm | Responder

    • Independientemente de decisiones judiciales y desavenencias diversas, se deberia primar lo que es mejor para la niña, que tambien necesita un padre todos los dias/semanas y tiene derecho a el. Supongo que la situacion no es tan sencilla por los motivos que sean, pero el derecho de la niña deberia estar por encima de todo lo demas y ambos ponerse de acuerdo a buenas, sera mucho mejor.

      Comentarios por gromit — 28/10/2010 @ 6:06 pm | Responder

  19. Muchas gracias por vuestras ayudas, me han aclarado mucho, he de añadir que en la separacion ya hubo un convenio regulador, en el que el padre visitaba dos dias intersemnales a la niña los fines de semana que le partenecian y cuando no le pertenecia el finde, tres dias intersemanales,…..la separacion fue «amistosa» y hemos llevado las visitas totalmente a su conveniencia, y como mejor le fuese, incluso estando en mi CASA durante el periodo de horario intersemanal que era de 19h a 21h, pues el trabaja lejos, asi que de comodidades para verla,absolutamente todas!!Esto se ha alargado en un periodo casi de cinco años.Ahora cuando me voy de barcelona a santa cruz de tenerife es cuando empieza el problema del cual ya he hablado.
    No entiendo muy bien lo de presentarme en un juez para pedir permiso, la guardia custodia es mia, y la patria potestad es de ambos. A que juez me tengo que dirigir??…desde luego la mejoria para la niña en el traslado es segura ya que siempre esta constipada, tiene genetica alergico-asmatica y alli la respiracion es inmejorable, ademas de las horas de sol, y la temperatura. Yo yo como madre tengo la posibilidad de una mejora al 100 por 100 laboral. todo esto y algunas cosas mas desde luego ya son mejoria para su nivel de vida!!Asi que agradeceria que ya que parece ser que despues de pasar todos los sufrimienos que pase cuando la separacion y pensando en el bien de mi exmarido en relacion con la niña se me han vuelto en contra, agradeceria que concretamente pudieras decirme que pasos e de seguir con el juez y si eso me ha de hacer enfrentarme a mi exmarido, ( el cual no brinda de muy buen caracter), y si puedo evitarlo, mejor!! muchas gracias, y a la espera de contestacion agradezco todos los consejos….

    Atentamente:

    Alicia

    Comentarios por alicia — 29/10/2010 @ 9:47 am | Responder

  20. hola mi caso es el siguiente tengo un hijo de 7 años hace dos años el padre me demando para pedir las visitas durante los años anteriores no se ha preocupado de el pero bueno,hace un año salio el juicio y la jueza me concedio la costodia aparte que el no la pedia a el le dio 2 horas sabados y domingos cada 15 dias sin vacaciones ni nada,el pidio la pecnocta y se la denegaron porque pedia que se quedase mi hijo con su madre cosa que hace mas de 3 años que no le ve porque no quiere aun asi lo pidio y se lo denegaron me pusieron un punto de encuentro el cual no pueden salir y estan con ellos en las visitas.el esta en proyecto hombre con problemas de drogadiccion aunque alega que ya esta en un grado avanzado.no tiene casa creo que vive en un piso compartido y no trabaja esta cobrando un subsidio por carga familiar le da al niño 150euros que es lo que puso la jueza.ahora bien yo me he quedado sin trabajo y me ha surgido irme a torrevieja ahora vivo en madrid ally estan familiares y tengo mas posibilidades de salir adelante con mi hijo y mi marido tengo toda la documentacion que acredita que me cambio por trabajo y ally hay punto de encuentro que tengo que hacer?que posibilidades tengo de que me tenga que desplazar yo en vez de el?que hago?

    Comentarios por rosa — 29/10/2010 @ 7:50 pm | Responder

    • Pues lo primero que debe hacer es iniciar un procedimiento de patria potestad ante el juzgado explicando los motivos por los que solicita poder cambiar el domicilio junto con su hijo. El Juez decidirá quien debe tomar la decisión acerca del domicilio del menor y en caso de que se lo conceda a Vd. y se traslade de ciudad, deberá entonces proceder a un cambio en el régimen de visitas, y, por tanto, una modificación de medidas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/11/2010 @ 1:16 pm | Responder

      • hola gracias por contestar.pero sigo con dudas.puedo cambiarme de domicilio mientras hago la peticion al juez o tengo que esperar? yo traeria a mi hijo al punto de encuentro sin problema que hago?aqui estoy sin trabajo y no quiero ni puedo que se me acumulen las deudas.puedo empadronarme en el otro domicilio mientras que contesta el juez para que mi hijo no pierda clases?

        Comentarios por rosa — 03/11/2010 @ 2:04 pm

      • Si no va a afectar al régimen de visitas, entiendo que el padre no vaya a ponerle problemas, pero como deberá cambiar al menor de colegio, ahí el padre si tiene que prestar su consentimiento. Si se traslada y cambia al niño de colegio puede encontrarse que el Jdo. le haga deshacer los cambios, y para el menor sería peor.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/11/2010 @ 1:48 pm

  21. Hola otra vez, solo deciros que asi como me aconsejasteis me he puesto en manos de una abogada la cual ya tiene toda la documentacion, para poner eso que se llama una peticion o demanda para modificar el convenio regulador o lo que senesite para que tenga la autorizacion del juez. De todos modos mi abogada piensa que tendria que haber sido mi exmarido quien pusiera esas medidas y con los gastos que esto me va ha suponer , añadiendolo a mi situacion de parada y el traslado que tengo, cree que mi exmarido con la presion del acta notarial , y condicionamientos varios, a provocado que por ansiedad e inquietud ante mi desconocimiento, me adelante a lo que tendria que ser un proceso que el hiciera. Pensando que esto fuera asi,…como puedo yo hacer que el page esto, o comparta estos gastos??? a mi entender a pasado de ser una necesidad de el, a hacerme participe y responsable de algo que no me pertenecia, es asi? o estoy equivocada. De todos modos agradezco vuestra atencion y espero noticias, gracias!

    Atentamente

    Alicia

    Comentarios por alicia — 31/10/2010 @ 12:03 pm | Responder

    • No puedo estar de acuerdo con lo que le ha dicho su letrada. Lo primero que debe hacer es instar un cuestión de divergencias en el ejercicio de la patria potestad para que el Juez decida quien de los dos tomará la decisión sobrfe el domicilio de la menor. Tras dicha decisión según sea el resultado, es posible que tenga que iniciarse un procedimiento de modificación de medidas, pero en este momento, y por la información que tengo del asunto, el padre no tiene necesidad alguna de iniciar ningún porcedimiento judicial porque el no ha cambiado ni pretende cambiar la situación actual. No es una necesidad de él, sino de Vd. ya que es Vd. quien ha optado (por los motivos que sean, no entramos en ello) por un cambio de residencia y desea llevarse a la menor con Vd.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/11/2010 @ 1:12 pm | Responder

  22. Hola, me gustaría que me pudieran ayudar, estoy separada del padre de mi hija, vivia en Navarra y actualmente estoy viviendo en Valencia, por motivos de trabajo y de situación económica me estoy planteando regresarme a Navarra, mi preocupación surge aqui: Me podrían quitar a mi hija, por cambiarla de lugar de residencia y de colegio dos veces en este año?, espero me puedan resolver mi duda, espero me ayuden y desde ya muchas gracias.

    Comentarios por PATRICIA — 02/11/2010 @ 11:55 am | Responder

  23. vaya! parece que entonces deben haver varios caminos, me parece tambien muy coerente tu comentario. Pro lo que me ezplicaron a mi es que en todo caso era el quien incumplia el regimen de visitas, fuese quien fuese el que cambiase de dimcilio, y que or eso era el interesado. pero bueno, teniendo presente todo esta informacion, de todos modos no he hecho mal haciendo lo de la peticion al juez no?, y otra pregunta, yo lo que menos queria era tener mas problemas con mi ex que ya de por si es algo conflictivo de caracter, pero nunca pense que un juez pudiera determinar que por cambiarme domicilio, quitarme la custodia!!! es asi, o lo he entendido mal? yo solo quiero mejorar la calidad de vida de mi hija y mia que es para mi lo principal.Esto podria ser, me puedes dar un poco de luz en este embroyo??? te agradezco toda tus consejos y comunicacion! Muchas gracias

    Comentarios por alicia — 03/11/2010 @ 10:44 am | Responder

  24. Hola, ALGUIEN QUE ME SAQUE DE DUDAS POR FAVOR…!!! Me gustaría que me pudieran ayudar, estoy separada del padre de mi hija, vivia en Navarra y actualmente estoy viviendo en Valencia, por motivos de trabajo y de situación económica me estoy planteando regresarme a Navarra, mi preocupación surge aqui: Me podrían quitar a mi hija, por cambiarla de lugar de residencia y de colegio dos veces en este año?, espero me puedan resolver mi duda, espero me ayuden y desde ya muchas gracias.

    Comentarios por PATRICIA — 03/11/2010 @ 11:54 am | Responder

  25. Querida abogada…
    MI hijo nacio y el padre nos abandono ..y en 5 años vino a visitarlo 14 vezes …el hico su vida como y donde y cuando quiso,y encima alfinal nos meten un divorcio contencioso queriendome quitar la custodia porque me volvi a dar la oportunidad de amar y de ahi le daos una hermana a mi hijo.
    Yo naci en suiza y ahora quiero volver ( estube ahi 22 años) tengo una buena oferta de trabajo y mi actual pareja tambien.
    No entiendo osea que yo le pido permiso de cambiarme de residencia al juez, osea con el sentido comun que me diga si o no.si es no nos fastidiamos y nos quedamos..PORQUE UN CAMBIO DE CUSTODIA, seria posible que hicieran?despues de que mi ex fue tan egoista y lo ultimo siempre fue su hijo.
    Osea el padre cuenta igual que yo cuando nunca se hico cargo de el y para colmo vino 14 contadas a verlo?
    ES INJUSTO..yo no pido cambiarme y punto…pido cambiarme si me dejan..

    Comentarios por Ana — 10/11/2010 @ 12:18 am | Responder

    • En la demanda al Juez para que le autorice al cambio de residencia puede y debe Vd. argumentar todos los aspectos por los que considera que el cambio sera de interés para el menor. Es evidente que si el padre se ha desentendido del menor, a pesar de tenerle en cosnideración, esto se va a tener en cuenta. Un cambio de custodia sólo es posible mediante un procedimiento de modificación de medidas, y la modificación deberá obedecer a variaciones importantes (vea los posts relativos a la modificación de medidas aparecidos hace unas semanas en este Blog), de forma que, no se dará por simple capricho, sino que se debe motivar, argumentar y demostrar que es necesaria para el bienestar del menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/11/2010 @ 10:23 am | Responder

  26. soy un padre que tiene la custodia de un hijo de 11 años. Como funcionan los festivos en relación con la empresa,porque me ponen problemas para trabajar 1 domingo alterno,es decir,1 si,1 no.Muchas gracias. BARCELONA

    Comentarios por JUAN LUIS OLLER — 13/11/2010 @ 2:27 pm | Responder

    • Si tienes que trabajar todos los domingos por tratarse de un sector que así lo requiere, quizás puedas organizar un règimen de estancias diferente. Si no es posible, la única opción está en tener a alguien que se ocupe del menor durante las horas que no puedas atenderle directamente. El mundo laboral lamentablemente no mantiene relación alguna con el mundo familiar en muchísimos aspectos, y no existe regulación alguna que pueda ayudarte. Si la empresa no está por la labor de conciliar la vida laboral con la familiar, poco hay por hacer.

      Gracias por tu aportación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/11/2010 @ 12:46 pm | Responder

  27. hola soy madre soltera resido en españa desde hace ya 10 años soy de nacionalidas ecuatoriana pero desde hace unos meses tengo dni español pero ahora e decido volver a vivir en mi pais con mi hijo cuyo padre de el es español como hago para poder llevarme a mi hijo conmigo fuera del pais para decir en mi tierra natal

    Comentarios por veronica — 06/12/2010 @ 5:26 pm | Responder

    • Veronica, para poder trasladar al niño a otro pais es necesario que tenga la autorización del padre o bien, del Juez. Es una cuestión de patria potestad y por tanto, no puede decidirlo de forma unilateral uno de los progenitores. Si el padre del menor no está conforme con el traslado, inicie un procedimiento de divergencias en la patria potestad, razonando al Juez los motivos del traslado y como ello será de beneficioso para el menor, y con ello, el Juez decidirá si es posible el cambio. No le recomiendo que lo haga a escondidas del padre, ya que las consecuencias pueden ser muy perjudiciales.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/12/2010 @ 1:12 pm | Responder

  28. Buenas noches Assumpció:

    Soy un padre divorciado con un hijo de 5 años cuya custodia la tiene su madre, aunque la patria potestad es compartida. La sentencia de divorcio pone que «la fijación de la residencia del menor y los posteriores traslados de éste no deberán adoptarse de forma unilateral por el progenitor custodio». Más adelante y en párrafo aparte dice que: «La madre no podrá cambiar de domicilio al menor, trasladándole fuera de la ciudad de Madrid, sin previo consentimiento paterno o, en su defecto, autorización judicial.»

    Mi pregunta es: ¿Es lo mismo en este caso la «residencia del menor» que el «domicilio del menor»? Yo entiendo que la residencia es donde vive habitualmente el menor y el «cambiar de domicilio» se trata de trasladarlo a otra vivienda de forma temporal (fines de semana, puentes escolares, vacaciones,…). Digo esto porque cuando el niño sale de la provincia la madre nunca me comunica que va a salir de la provincia ni dónde va a estar, es decir, que para mí el menor está en paradero desconocido (no se cuando se va y cuando regresa) e incluso los viajes del menor los hace con los abuelos maternos, quedándose la madre en Madrid.

    ¿Qué puedo hacer en este caso cuando no sé si quiera donde para mi hijo y con quién está?

    Muchas gracias.

    Comentarios por Alberto — 08/12/2010 @ 9:55 pm | Responder

    • Residencia y domicilio son equivalentes. Cuando el menor está en el tiempo de estancias correspondientes a uno u otro progenitor, dicho progenitor puede decidir dónde y con quien está. Si en vacaciones o fines de semana se traslada fuera de Madrid cuando le corresponde a la madre, ella decide , igual que Vd. decide lo que hace cuando el menor está con Vd. No sé si del procedimiento o de la propia sentencia se puede desprender algo que nos indique que no puede salir de la provincia en ningún caso, de forma que, genéricamente , se aplicaría lo que refiero más arriba.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/12/2010 @ 10:27 am | Responder

  29. Hola mi situacion es parecida, me he separado hace ya casi un año tengo la custodia del niño de 3 años y el padre cumple la mitad de lo que ha dictado el juez en la previas, vivo en Madrid y mi empresa esta fatal, he conseguido un trabajo muy bueno en mi pais de origen y en la demanda de diviorcio lo he planteado, he presentado el contrato laboral y las condiciones en las que vivira mi hijo en mi pais, aqui en españa no tengo a nadie que me apoye ni hermanos ni padres ni nada.. si me quedara en españa me quedaria sin trabajo y entonces como mantendria a mi hijo??? que posibilidades tengo de que el juez en el juicio definitivo me deje irme a mi pais donde esta toda mi familia y donde puedo oferecrle una mejor vida a mi hijo?? otra pregunta porque tarda tanto el juicio??? Gracias.

    Comentarios por eva — 15/12/2010 @ 3:19 pm | Responder

    • Si el menor es español, es posible que no le permitan que salga del pais, aunque todo depende de los argumentos y pruebas que Vd. pueda aportar. Si el menor tiene la otra mitad de la familia española, el Juez podría otorgar la custodia al padre. Por otro lado, si el padre no está cumpliendo con las medidas, es un punto que no le favorece. Vd. puede pedir ejecución de esas medidas. Tenga en cuenta que mantener a los hijos es deber de ambos.

      En cuanto a la demora, piense que el juicio definitivo tienes unos trámites, en que la otra parte tiene que constestar a la demanda (20 días hábiles) y puede ser que le interponga una demanda reconvencional, de forma que Vd. tendría también un plazo para contestar a esa reconvención. Tras ello, si se estima necesaria la intervención de los servicios técnicos, también pasa un plazo… Por eso se celebran con anterioridad y de forma bastante ágil las medidas provisionales, para que, mientras dure el procedimiento principal, exista un orden de funcionamiento en la familia.

      Un saludo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/12/2010 @ 4:55 pm | Responder

      • Hola, gracias por contestar, economicamente el padre cumple desde que le envie un burofax exigiendolo, logicamente en el burofax tambien tuve que decir que tampoco cumplia con el regimen de visitas.. desde entonces cumple la mitad.. solo se lleva al niño un fin de semana al mes y las vacaciones segun le vengan a el. su familia entera vive en Sevilla, y el niño apenas conoce a sus dos primas los abuelos a veces vienen a cuidarle pero no siempre. Mis padres han estado aqui casi un año ayudandome, ahora han vuelto a mi pais por razones de salud, el niño tiene doble nacionalidad y puedo comprobar que el vinculo con la familia de mi ex es casi inexistente, tambien puedo comprobar que el no cumple con el regimen de visitas de las medidas previas. Cree usted que tengo posibilidades?? Estoy desesperada me siento esclava de mi ex, el me exige que no pouedo ni salir de la comunidad de madrid.. y yo estoy asustada cada vez que salgo de vacaciones.Llevo casiun año esperando el jucio definitivo y entiendo que tarde tanto pero es normal mas de un año?? Gracias por todo.

        Comentarios por eva — 16/12/2010 @ 1:19 pm

  30. me ex se quiere trasladar a otra ciudad con mi hijo de 6 años, y no estoy de acuerdo. está casada con su parja actual, no tiene familia en la nueva ciudad a 400km de distancia de donde vivimos, pidio traslado de forma voluntaria en el trabajo y pidio modificacion de medidas de convenio regulador antes de trasladarse. contrate a uno de los abogados de familia mas prestigiosos de toda españa, miembro de la asociacion española de abogados de familia, y sus palabras fueron claras: si se quiere ir se irá!podemos pelear pero no tienes practicamente nada que hacer.
    asi que no se de donde sacais vosotros todas las sentencias de cambio de custodia, porque yo no se lo que hacer…..

    Comentarios por juan — 16/12/2010 @ 10:25 pm | Responder

    • Si pidió modificación de medidas antes de hacer el cambio, está haciendo las cosas podriamos decir que, «correctamente», y demuestra que tiene claro que so se puede ir a las bravas. Hay que contestar a esa demanda y oponerse al cambio de residencia argumentado todas las cuestiones y con ello, el Juez tomarà una decisión. En la mayoría de casos se produce el traslado por hechos consumados y luego es más complejo volver atrás, pero también he de decir que en muchas ocasiones estos hechos consumados se perciben como negativos para quien lo ha llevado a cabo.
      Los cambios en custodia por este motivo se dan con más facilidad quizás cuando se quiere cambiar al menor de pais.

      Mi consejo es luchar lo que sea necesario para que su hijo no se traslade, utilizando las vias jurídicas correspondientes. Si directamente Vd. cede o no dice nada, se le tendrá por estar conforme y entonces si que ya no podrá hacer nada.

      Cordialmente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/12/2010 @ 11:16 am | Responder

  31. perdona pero no entiendo a que te refieres con esta frase

    «En la mayoría de casos se produce el traslado por hechos consumados y luego es más complejo volver atrás, pero también he de decir que en muchas ocasiones estos hechos consumados se perciben como negativos para quien lo ha llevado a cabo»

    muchas gracias por tu pronta contestación.

    Comentarios por juan — 17/12/2010 @ 5:25 pm | Responder

    • Pues que muchas veces un progenitor se lleva al menor, lo cambia de residencia o de escuela y ya está. Si al otro no le parece bien, ya se quejará. Y muchos «otro progenitor» lo dejan pasar poque no saben muy bien que pueden hacer o que derechos tienen. Cuando el «otro progenitor» incia una acción por divergencias en el ejercicio de la patria potestad (que es la que procede para estas cuestiones), o incluso una modificación de medidas por este motivo, el haber realizado estos cambios sin ponerlo ni tan solo en conocimiento del «otro» no suele ser nada beneficioso para el que se ha tomado al menor como de su única «propiedad».

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/12/2010 @ 8:27 pm | Responder

  32. Hola, mi situacion es la siguiente;desde verano mi marido y yo vivimos separados, yo he rehecho mi vida y quiero que me conceda el divorcio, tenemos dos niños, uno de 6 y otro de 4, el pide que en el comvenio regulador conste que no puedo cambiar de domicilio con los niños ya que mi actual pareja vive a 800 km, dice que si eso no esta claro solicitara la custodia compartida, yo no se que hacer, he sido autonoma durante los ultimos 6 años (la empresa se la ha quedado el) por lo que no tengo derecho ni a paro ni nada, estoy sin trabajo y mi actual pareja pagando gastos de dos casas, por eso barajo la idea de cambiar de domicilio con ellos, mi marido se niega, me dice que le deje los niños a el, por supuesto eso ni tan siquiera me lo planteo!! no se como lo puedo hacer, si el se niega no podre cambiar de ciudad?? y en el caso de que no haya acuerdo por las dos partes cuanto tiempo y que probabilidad tengo de que un juez me lo conceda ??
    muchas gracias !!

    Comentarios por ana — 22/12/2010 @ 8:57 pm | Responder

    • Pues la realidad es que, sin el consentimiento del padre, no puede Vd. cambiar el domicilio de los menores. El hecho de que lo ponga específicamente en el convenio no es más importante o menos, ya que el cambio de domicilio es una cuestión que afecta a ambos, sobre todo cuando el cambio supone una distancia tan grande, porque el progenitor no custodio, con dicho cambio, ve afectada de forma importante su relación con los menores. No se en que comunidad se encuentra Vd. y ello es importante por la distinta ley aplicable a las relaciones paternofiliales (custodia compartida, custodia exclusiva y regimen de visitas…) entre comunidades con régimen común o con legislación civil propia.
      En cualquier caso, si no hay acuerdo entre Vdes. deberá decidirlo el Juez. El tiempo en que tarde la resolución dependerá de los Juzgados en los que se debe tramitar, que son los del domicilio familiar. Y las probabilidades… Pues depende de todo cuanto se pueda alegar, del soporte familiar que tenga cada uno de Vdes en cada lugar, trabajo, etc…

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/12/2010 @ 8:47 pm | Responder

  33. Hola bueno mi consulta es porque mi actual pareja se ha marchado a 260 km de donde residimos con mi hijo de 4 meses, en estos momentos se encuentra de baja por maternidad se incorporará al trabajo el mes que viene y me dice que en marzo pide destino para la ciudad donde se encuentra actualmente, yo no estoy de acuerdo con el cambio porque tengo otra hija de 4 años y medio con custodia compartida, de una pareja anterior, que ya llora por la ausenciua de su hermanito, mi actual pareja dice que se va a su ciudad porque quiere y no va a pensar en mi hija ni en mi y que solo debe de pensar en ella y su bienestar.
    ¿Puede marcharse voluntariamente con mi hijo, sin mi consentimiento, dejando aqui al padre y hermana del mismo?.
    Un saludo

    Comentarios por David — 23/01/2011 @ 7:12 am | Responder

    • Mi consejo es que, de inmediato le remita un burofax a la madre comunicándole su desacuerdo en el cambio de domicilio del menor y acto seguido y sin demora, inicie Vd. las acciones legales procedentes , una de desacuerdo en la patria potestad por el cambio de domicilio del menor y asimismo un procedimiento de guarda y custodia sobre el menor.
      En que comunidad está empadronado el bebé?.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/01/2011 @ 3:00 pm | Responder

  34. Hola muchas gracias por la pronta respuesta. Bien pues mi hijo está empadronado en Andalucia concretamente en Cadiz y su madre se lo ha llevado a Cordoba.
    Un saludo y gracias.

    Comentarios por David — 24/01/2011 @ 4:21 pm | Responder

  35. Tengo un amigo que esta tramitando el divorcio ,ellos son chilenos y tienen una hija disminuida psiquica ,como hay tanto paro ella se quiere ir a su pais porque no tiene para vivir aqui y hasta ahora el le ayudaba pero ahora no tiene trabajo y no cobra el paro ,asi que ha decidido marcharse urgente,el piensa que cuando le venga la cita para firmar si ella no esta aqui no lo podra hacer, o existe alguna manera de hacerlo tienen abogado de oficio y se divorciaban de mutuo acuerdo

    Comentarios por cristina — 01/02/2011 @ 4:34 pm | Responder

    • Si se diuvorcian de mutuo acuerdo, pueden tener sentencia en muy pocos días. Lo menor sería esperar esos días, activando el procedimiento al máximo. En otro caso, podría ratificar el convenio por via consular, pero sería mucho más dificultoso.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 06/02/2011 @ 3:53 pm | Responder

  36. Hola, tengo un par de dudas

    ¿Qué distancia se considera suficientemente lejos como para impedir una custodia compartida de un niño de 3 años?

    Si la madre reside en Barcelona centro, el hijo va al colegio en la zona de Sarrià y el padre se traslada a vivir a Sant Cugat, puede considerar el juez que este último está demasiado lejos del niño, teniendo en cuenta que la distancia entre ambos domicilios es de 25 minutos y la distancia al colegio equidistante?

    El hecho de que el padre de un menor tenga un hijo con una nueva pareja es considerado por los jueces positivo para otorgar custodia compartida de dicho menor, en aras de favorecer el contacto del menor con sus nuevos hermanos? ¿hay jurisprudencia al respecto?

    muchas gracias

    Comentarios por blanca — 06/02/2011 @ 1:49 am | Responder

    • No existen numeros concretos para valorar la distancia a los efectos de una custodia compartida, ya que muchas veces, distancias en Km no equivale a lo que se puede tardar en un trayecto. Lo más importante será la equivalencia entre elos desplazamientos entre los domicilios y el centro educativo.

      No tenemos demasiada jurisprudencia sobre custodias compartidas acordadas por el Juez, ya que es una situación muy nueva que no ha dado todavía lugar a demasiadas sentencias. Recordemos que en derecho común, la custodia compartida no se da si no es por acuerdo de las partes y que la normativa en Catalunya no lleva casi ni un mes desde su vigencia, y no ha dado lugar todavía a sentencias contenciosas en instancia, por tanto, mucho menos en las Audiencias Provinciales, que son las que servirían para ir sentando criterio jurisprudencial.
      En todo caso, y siguiendo cuanto establece el Llibre Segon, en efecto, las relaciones entre hermanos van a tener un peso importante a la hora de regular las estancias de los menores con cada uno de sus progenitores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 06/02/2011 @ 3:31 pm | Responder

  37. necesito ayuda es urgente tengo unaniña de 6 años que tengo custodia compartida y llevo 1 año sin trabajo y quiero llevarme a la niña conmigo a mi marido le ofrecieron trabajo con contrato indefinido primero hable conel padre y le dije que no me pagara la manutencion ni los gastos solo que le pagara el villete de avion pero no quiere en la sentencia no pone nada de que la niña tenga residencia la sentencia fue de mutuo acuerdo

    Comentarios por ana — 06/02/2011 @ 10:56 pm | Responder

    • Si en su convenio os entencia no se estableció que Vd. pudiera cambiar libremente de domicilio con la menor, como cualquier cambio afecta al régimen de relaciones con el otro progenitor, debe tener su autorización y si esto no es posible, iniciar una incidente de divergencias en el ejercicio de la patria potestad para que sea el Juez quien determine quien puede decidir el domicilio del menor, pero además, deberá activar una modificación de medidas porque, si se va tan lejos que es necesario billete de avión, es evidente que no se puede mantener el régimen actual.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/02/2011 @ 2:02 pm | Responder

  38. Muy bueno

    Comentarios por Jo — 07/02/2011 @ 3:28 pm | Responder

  39. hola! mi caso es el siguiente
    tengo 12 años y me quiero ir a vivir con mis abuelos ya que tengo unos padres bastantes desordenados y cochinos Y MI MADRE ES UNA GROSERA DE PRIMERA…no la quiero de verdad … tambien tengo una hermana con la cual tengo que dormir en una litera … pero es demaciada desordenada YO ARREGLO MI CUARTO Y CUANDO LLEGA ES UN DESASTRE TOTAL!…y bueno mi hermano me hagarra siempre mi telefono y eso me colma la paciencia…PERO MI HERMANA ES UN CASO AISLADO … HUY NO …QUIERO TENER MI CUARTO SOLA! Y QUIERO IRME A VIVIR CON MIS ABUELOS!…NECESITO QUE ME AYUDEN…POR FAVOR

    Comentarios por GABRIELA — 20/02/2011 @ 4:34 pm | Responder

  40. Si no se niega el derecho a la libre circulación y establecimiento de domicilio que tiene cada uno de los progenitores, cómo se explique que la Audiencia Provincial de Valencia consideró un pacto entre los conyuges que requiere el consentimiento del otro en caso de cambio de residencia del hijo como «acuerdo limitador del derecho fundamental contenido en el articulo 19 de la constitucion». Es el famoso caso de María José Carrascosa http://www.caso-carrascosa.com/pdfs/17_01_06.pdf
    Muchas gracias por su ayuda!

    Comentarios por antonio — 18/03/2011 @ 10:44 pm | Responder

    • Hay una cuestión de terminología importante a tener en cuenta y que he comentado en algún otro post, y es que cuando las normas internacionales hablan de «custody» no están hablando de custodia, sino que la «custody» equivale a nuestra «patria potestad». Por eso se refleja que el cambio de domicilio será de mutuo acuerdo entre ambos. Entiendo que la consideración de la AP Valencia era una vía para mantener a la menor , supongo que con nacionalidad española, en España. Y una sentencia no crea jurisprudencia ni doctrina, y la doctrina y jurisprudencia nos dice que el cambio de domicilio del menor será decisión conjunta de patria potestad ya que no se puede modificar el regimen de relaciones del menor con un progenitor por la mera voluntad del otro.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/03/2011 @ 8:17 pm | Responder

      • Muchas gracias! Eso que dice me parece justo y muy convincente.

        Comentarios por antonio — 20/03/2011 @ 9:37 pm

  41. Buenos Dias: Llevo cinco años separada y lo hicimos de mutuo acuerdo, tengo un hijo de 12 años y yo tengo la custidia, pero es compartida. Ahora el crio se quiere ir a vivir con su padre. ¿ Hay que cambiar el convenio que hicimos en su dia?

    Comentarios por mamen — 28/03/2011 @ 11:30 am | Responder

    • Si ambos estan de acuerdo en el cambio, lo mejor para la seguridad jurídica de todos es redactar un anexo al convenio, firmarlo y llevarlo a ratificar al Juzgado, o como mínimo, llevarlo a una notaría para que quede constancia, sobre todo porque el padre querrá quedar liberado de satisfacer alimentos, Vd. tendrá de pagarlos, y debe establecerse un régimen de visitas. Deberá tener también presente que si se le atribuyó a Vd. el uso de la vivienda familiar por el hecho de la custodia, ese derecho dejaría de ser efectivo. Es otro punbto a tener en cuenta en el acuerdo, ya que, de otro modo, el padre podría «echarla» de la vivienda, al cesar la causa que motivó que se se otorgara el uso.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/03/2011 @ 6:05 pm | Responder

  42. ¿que puedo alegar o simplemente denunciar si son ya tres años los que se me lleva negando el hecho de poder visitar y estar con mis hijos de 10 y 5 años? Voy cada 15 dias a por ells tal y como se dicta en sentencia judicial, su madre les trae , pero… INFLUENCIADOS por ella dicen que no se quieren venir, ¿Tienen capacidad de decidir? ¿Me pueden estar haciendo esto? ¿que puedo hacer?

    Comentarios por jesus manuel — 28/03/2011 @ 11:47 pm | Responder

    • No tienen capacidad alguna de decidir y deben acatar la sentencia al igual que deben hacerlo los adultos. Si la sentencia tienenun régimen de visitas, les guste o no deben cumplirlo. Creo que sería interesante ponerlo en conocimiento del Juzgado que dictó la sentencia, por ejemplo, para cambiar el lugar de recogida y que la madre no intervenga en este momento.

      O una demanda de ejecución por incumplimiento del régimen, para que la requieran a cumplir.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/03/2011 @ 6:12 pm | Responder

  43. Mi hermano se separó de la madre de su hija que ahora tiene 6 años, se mudó a Granada (antes vivían en Madrid) y mi hermano solicitó la custodia de la niña, a pesar de que en la sentencia se reconoce que la madre es una politoxicómana con problemas psicológicos, intentos de suicidio incluidos, la jueza le ha concedido la custodia, ha concedido a mi hermano unos derechos de visita que consisten en que ella tiene que traer a la niña a Madrid el último fin de semana de cada mes y las fiestas de andalucia, Semana Santa y Navidad.
    Este fin de semana ha sido el primero que ha traido a la niña y al volver en autobús a Granada sufrio un «episodio nervioso» el conductor las dejó (a ella y ami sobrina) en el primer cuartel de la Guardia Civil, en un pùeblo de Toledo y de ahi la ingresaron en psiquiatría de un hospital. A la mañana siguiente ha cogido a la niña y se la ha llevado. Ahora su familia dice que no se puede hacer cargo de la niña y que la van a enviar a vivir con sus abuelos al pueblo. De ninguna manera quieren que viva con mi hermano. ¿Qué podemos hacer?

    Comentarios por Rosa Domingo — 29/03/2011 @ 2:28 pm | Responder

    • La familia no son nadie para decidir sobre la menor. Si la madre no puede hacerse cargo, y con esos antecedentes, yo instaria unas medidas cautelares urgentes del art. 158 para que se dicte de modo urgente un cambio de custodia por la situación de imposibilidad de la madre. Debo entender que la separación y sentencia son recientes? ¿Dónde se ha seguido el procedimiento, en Madrid?

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/03/2011 @ 6:19 pm | Responder

      • Gracias por contestar tan rápido. El procedimiento se siguió en Madrid, hace un més. ¿Cómo se instan las medidas cautelares? El problema es que nos hemos quedado sin dinero para abogados.
        La Guardia Civil de Ocaña ha abierto diligencias contra ella. ¿Se puede hacer a través de Servicios Sociales?
        Gracias

        Comentarios por Rosa Domingo — 29/03/2011 @ 9:23 pm

  44. Hola, necesito ayuda urgente!..Mi hermano tiene un niño de 3 años. La madre del niño es de El Salvador y ahora, a mitad del curso se quiere marchar unos meses a su país…En principio se quería llevar al niño, pero no ha podido: existen medidas cautelares para que el menor no pueda abandonar el país sin el consentimiento del padre. El caso es que todavía no hay una resolución judicial sobre la guardia y custodia del niño, aunque es ella la que la ostenta ..Ahora surge el problema: ella se va del país y deja al niño al cuidado de mi hermano. El problema es que el niño está escolarizado y el colegio al que va está muy lejos del sitio donde reside el padre. Nos hemos dirigido a la Comisión de Escolarización de Móstoles donde reside mi hermano y nos exigen un poder notarial de la madre autorizando el cambio de colegio, pero la sorpresa es que la madre se niega, porque alega que volverá en unos meses y que no quiere quedarse sin plaza en su anterior colegio…El caso es que es ella la que abandona sin causa justificada al menor durante varios meses y nosotros nos vemos con las manos atadas..Qué se puede hacer?

    Comentarios por Minerva — 30/03/2011 @ 11:29 pm | Responder

    • Yo lo pondría en conocimiento del Juzgado que dictó las medidas. Dejen que ella se marche y justificando su marcha, activar unas medidas cautelares urgentes del art. 158 Cc para que se otorgue la custodia al padre y con ella, las facultades derivadas de la patria potestad de forma individual, atendido que la madre, tan lejos, no puede tomar las decisiones sobre el menor. Con ello se aseguran ya de entrada que a su regreso, si regresa, el niño siga con el padre y esté escolarizado donde el padre pueda ocuparse mejor de él.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 31/03/2011 @ 8:51 pm | Responder

      • Muchísimas gracias por tu solución. Intentaremos hacer lo que nos dices, pero nos tememos que para lo que queda del curso, nos toque tragar con la situación…ya que nos han dicho que el pequeño al no ser obligatoria la escolarización hasta los 6 años, se habría cerrado el plazo para intentar cambiarle de colegio el día 4 de Marzo…Ahora, ya no decidiría la Comisión de Escolarización de la zona en cuestión…sino, a título individual y subjetivo el Jefe del Área Territorial de Educación que nos corresponde…y nos tememos mucho, que para lo que queda del curso y siendo un niño de sólo 3 años….pues que nos lo denieguen….Por cierto, una última cuestión….Si no hacemos nada de lo que nos has recomendado y esperamos a que se celebre el juicio sobre la guardia y custodia del menor…se podría utilizar como agravante para la madre el hecho de que se haya marchado del país sin causa justificada dejando a su hijo con el padre?…Porque entendemos que muy normal no es y, a pesar de que mi hermano asume el cuidado del niño si ella se marcha, desde luego, no estamos para nada de acuerdo con que ella lo haga, sobre todo, por el bien del menor…Es decir, esto se puede utilizar en su contra para conseguir la guardia y custodia definitiva?…Y si es así, qué nos recomiendas que hagamos para que quede constancia de lo que la madre hace, pensando únicamente en ella. Muchas gracias de antemano!!!

        Comentarios por Minerva — 01/04/2011 @ 9:57 am

  45. Hola!
    Soy rusa y mi marido es español. Hace unos años no vivimos juntos y no tenemos ni hijos ni bienes. Me presento la demanda de divorcio contencioso que celebrará en Talavera de la Reina. Mi pregunta es:¿ tengo que ir obligatoriamente si estoy de acuerdo con el divorcio ? ¿Me van a multar si no me presento ? ¿Será obligatoria la presencia de mi abogado ? ( artículo 770 regla 3). Yo no tengo dinero para el abogado . Muchas gracias.

    Comentarios por Tatiana — 18/04/2011 @ 11:32 am | Responder

    • Si está de acuerdo con el divorcio, lo mejor y más económico para todos sería un divorcio de mutuo acuerdo , donde simplemente se estabelzca el divorcio, que no hay bienes ni hijos, y que ninguno pide pensión al otro, se firma el convenio, se lleva al juzgado, se ratifica en el juzgado y en pocos días se dicta sentencia. Esto se puede hacer con unb único abogado y procurador, de forma que resulta mucho más económico.

      Si está en contencioso, le llegará la demanda. Con la demanda acuda de inmediato al colegio de Abogados correspondiente para que le designen abogado de oficio y le tramiten la Justicia gratuita. Es mejor presentarse, no sea que le aparezca algo de sorpresa en la demanda y la acaben condenando a pagar alguna pensión o a las costas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/04/2011 @ 8:33 pm | Responder

  46. Hola, me gustaría consejo xq no se que hacer..mi marido tiene un hijo de 6 años de un matrimonio anterior y desde q se divorcio le ha pasado regularmente la pensión del niño y la pensión compensatoria de la madre (es la hipoteca de la casa donde reside la madre con el niño)ademas de cumplir el convenio de divorcio al pie de la letra en todo. Ahora bien, a la madre le ha salido un empleo en otro país bien remunerado y mi marido no le da autorización para el translado puesto q cambia el idioma,no tiene ningún familiar para que le eche una mano,cambio de religión y nosotros tendríamos q hacer un gasto mayor para la recogida del niño, la madre quiere llevarse ya al niño porque aunque su contrato de trabajo empieza en 4 meses quiere q el niño empiece el curso ya en el nuevo país.ella en su nuevo contrato aun tiene un periodo de prueba y nunca ha desempeñado un trabajo en un puesto similar.Mi marido cree que el niño estaría mas atendido por nosotros xq por su profesión tiene muchas horas libres para dedicarle a su hijo al contrario que su madre que necesitaría estar en su nuevo empleo y el niño pasaría a estar en manos de una asistenta.Crees que mi marido podría pedir un cambio de custodia? tendríamos alguna posibilidad?o sin embargo le darías autorización para no hacer pasar al menor por juicios etc xq al final los que sufren son los pequeños.
    Muchísimas gracias

    Comentarios por SALMA — 08/08/2011 @ 4:59 pm | Responder

    • Por lo que cuenta, el cambio es muy drástico para el menor, de forma que creo que existe base suficiente para solicitar un cambio en la custodia y seguramente sea lo mejor para el menor, que se mantendría en su entorno. En todo caso, es necesario iniciar una modificación de medidas, porque es evidente que no se va a poder cumplir el régimen de relaciones paternofiliales, de forma que, yo no me lo pensaría demasiado y pondria en marcha el procedimiento. Como verá en mis artículos, mi primera preocupación es el bienestar de los menores, y en este caso, aunque si demasiados detalles del pais de desfino y demás, entiendo que el interés del menor pasa por mantener el máximo arraigo . Y para la madre, para establecerse y habituarse, irse sola con un niño de esta edad, no creo que sea lo más practico ni recomendable. El niño no va a pasar por ningún juicio, y es un tipo de desavenencia o desacuerdo entre progenitores que no hace necesaria una guerra, sacando trapos sucios, sino que hay que dejar patente la situación y que se busca lo mejor para el menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/08/2011 @ 7:17 pm | Responder

  47. hola a todos.
    les cuento mi historia…y pido el consejo a la abogada que responde aqui.
    llevo casada 10 años con mi marido español. soy rusa. tenemos un hijo en comun de 6 años de nacionalidad española.
    yo llevo mantego a 100% la familia hace ya 6 años, ya que al marido no le va bien el negocio. vivimos en casa de un familiar suyo.
    me estoy planteando divorciarme y irme con el niño a otro pais de la comunidad europea. me han ofrecido un trabajo muy bien remunerado, los colegios de alla son mucho mejores que los de aqui…bueno. el nivel de vida va ser superior con creces.
    no se por donde empezar ni nada.
    esta claro que no voy a secuestrar mi hijo ni irme yo sola. me planteamiento es que mi marido lo tenga todas las vacaciones (si es que el quiere) y los puentes que haya en españa.
    si me puede dar un consejo legal – lo agradezco, si me quereis tirar piedras – mejor obsteneros

    Comentarios por elena — 30/08/2011 @ 1:13 pm | Responder

    • En el divorcio debería plantear el cambio de pais razonando claramente los motivos del cambio y los beneficios que el menor pueda tener con ello. A cambio, es una buena opción que pase con el padre los periodos de vacaciones más largos que no por mitades, pero siempre en relación a festivos, puentes y vacaciones escolares del menor, no de España, ya que si no coinciden, el niño perdería clases.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 8:29 pm | Responder

  48. yo tengo 2 niños de diferentes padres,ell problema lo tengo con el padre de mi hijo de 4 años,no estamos casados y llevamos la custodia del niño entre nosotros sin metodos judiciales el no me pasa manutencion,y cuando va con el padre kien cuida del niño son los abuelos y los tios pero el no.vera yo kiero irme a vivir y trabajar en suiza pero kiero llevarme ami niño conmigo y el no kiere firmarme la autorizacion y keria saber si tengo alguna forma de irme. mi niña tiene 5 meses y no kiero llevarmela sin su ermano porfavor si puede informarme

    Comentarios por mari — 05/09/2011 @ 9:07 pm | Responder

    • Para poder irse copn el menor necesita la autorización del padre, de forma que, si el no acepta, deberá solicitar la intervención del juez .debería tener una sentencia de guarda y custodia como principio de todo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 8:24 pm | Responder

    • Hola Mari, estoy en la misma situacion como tu… Dos Hijas de dos Padres, y tambien quiero volver a Suiza (Soy Suiza-Española).

      Y no se, como hacerlo…

      Me gustaria comunicarme contigo, Y hablar del Caso…

      Saludos Ursula

      Comentarios por Ursula — 29/09/2011 @ 9:33 am | Responder

  49. Buenos dias, mi situación es la siguiente.
    Llevo divorciada desde el Enero 2010, pero separada no oficialmente desde antes de sos años. Fué de mutuo acuerdo, el convenio regulador se hacía en base a que mi residencia se establecía en el extrangero y la custodia de nuestro hijo de ahora 9 años sin oposición del padre fué para mi (parecia un hecho natural por su parte), al cabo de tres meses volvimos mi hijo y yo solo porque la relación con su padre cambió bastante, parece que la distancia hizo efecto entre los tres.
    Tengo que decir que la relación hijo-padre era terrible un día llegué del trabajo y me encontré a los dos peleando como si fueran dos adultos y mi pequeño tenía un cuchillo en la mano (entonces tenia 7 años)a lo cual el padre le gritaba «eso es lo que te enseña tu madre» y más situaciones dantescas del genero.
    Aún y así intentamos pero fué un gran fracaso, tuve que dejar el domicilio conyugal pues él siempre se negó, y manteniendo mi trabajo, el rendimiento de mi peque en el cole y demás(en esa ciudad yo no tenía familiares ni personas que me ayudaran todo era pagando)busqué un apartamento en alquiler, mientras él siguió en la casa familiar.
    El convenio nunca se quiso cambiar, para él era imposible visitar al niño más de lo que estaba escrito en el convenio, osea lo visitaba un fin de semana al mes, a pesar de vivir a 30 km de distancia en. En diferentes ocasiones quise convocarle para hacerlo pues necesitaba su ayuda, aumentar el regimen de visitas a dos al mes y que se vieran entre semana una tarde. Nunca quiso, le era imposible. Debido a todo ello, el niño empezó a tener problemas en el colegio, dicho por él era culpa mia..»de quien es la custodia??» me decia…en el trabajo tambien tenía problemas y prescindieron de mi..volvia a decirme que era yo la responsable, que yo tenía la custodia, que si era incapaz y demás. Yo no siendo de esa ciudad en catno el niño se fué a pasar el verano con su padre, yo hice mis maletas y me fuí al lado de mi famili a valorar el qué debia hacer??? el acoso telefónico que sufro por su parte es inaguantable…ahora hablando con él hemos decidido que me quedo cerca de mi familia para seguir adelante con mi familia…y ahora él comienza a ejercer de padre, después de dos años no sólo quiere ambiar el régimen de visitas sino que además quiere la custodia, el niño es feliz, soy consciente y me pesa mucho el hacerle pasar por todo esto a mi peque, ciudad nueva, colegio nuevo y mucho de lo que mencionas en todos los casos, he llorado mucho por todo ello….yo no quiero perder la custodia de mi hijo, mi hijo no qiere separarse de mi, efectivamente debemos presentarnos en una semana ante el juesz para hacer todo lo que mencionas arriba, tanto mi hijo como yo….pasar por recordar momentos duros ya olvidados…qué piensas que podrá sucederme?
    Gracias

    Comentarios por mimi — 07/09/2011 @ 2:22 pm | Responder

    • Si el niño está ahora viviendo con el padre, es lógico que quiera cambiar la custodia, porque por ahora sigue obligado a pasar alimentos y a la vez, los está dando directametne al menor. Lo mejor es explicar al Juez los motivos del cambio de residencia y que sea este quien valore lo más adecuado para el menor, o, plantearse entre Vdes la posibilidad de una custodia compartida, ya que si es de acuerdo entre ambos, no deberían haber problema para que se acuerde en sentencia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 8:18 pm | Responder

  50. Hola, me gustaría recibir un consejo por su parte. Le pongo en situción: Tengo una hija de dos años, la madre y yo nunca estuvimos casados ni tenemos bienes materiales conjuntos. La niña nació en Ciudad Real, toda la familia vive allí (paterna y materna). Ella tiene la custodia de la niña.
    El domingo pasado yo entregué a mi hija a las 8 de la tarde como está estipulado en el convenio sin ningún problema, el martes por la mañana me llegó un burofax diciendome que ella y la niña se iban a vivir a las Palmas de Gran Canaria por motivos laborales (ella tenía trabajo aqui y lo ha dejado), cuando ese mismo día fui a recoger a mi hija según me tocaba en el regimen de visitas la niña ya no estaba, el lunes por la mañana se habían ido, no me ha dejado ni una dirección, solo que vivirán en las Palmas, la he llamado un montón de veces y hoy por fin me ha cogido el teléfono, al preguntarle donde vive mi hija solo me ha contestado que la dirección la tiene la guardia civil ¿Qué puedo hacer? Estoy desesperado… Mi abogado me recomienda que hagamos un nuevo convenio regulador de visitas pero no podré ver a mi hija con asiduidad, nos separan 1800 kilómetros.
    ¿Pensais que este caso podría luchar por la custodia de la niña? Allí solo tiene a los bisabuelos y aqui a toda su familia. Gracias de antemano por ayudar a la gente desesperada.

    Comentarios por Antonio Garcia — 09/09/2011 @ 3:59 am | Responder

    • Debe ponerse en marcha enseguida!!! Pongalo en conocimiento del Juzgado que llevó la guarda y custodia. De entrada una ejecución de sentencia porque no ha podido llevar a cabo el régimen de visitas por un lado, por otro, ejecución por incumplimiento de la patria potestad al no haber contado con su opinión para hacer el cambio y finalmente, modificación de medidas para una nueva regulación de las visitas, pero, a su vez, solicitando la guarda y custodia para Vd. MUY IMPORTANTE: Utilizar la via de las medidas urgentísimas del art. 158 Cc, para un resolución rápida, aunque sea provisíonal, de la residencia de la menor.
      Si lo desea, podría hacerme cargo del asunto.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 8:13 pm | Responder

  51. Buenos dìas, tengo una consulta. El caso es de mi sobrino de 9 años, mi hermano es el padre. Ellos vivieron bien durando 2 años y luego se separaron ya que mi hermano era muy violento con ella y no se llevaban bien. Durante el embarazo y hasta el dìa de hoy los abuelos paternos siempre han ayudado psicologica emocional y economicamente al menor. Hace 1 año y 11 meses la madre del menor consiguio un visado a España, con un permiso de trabajo y ella actualmente ya se casò y tiene un hijo de 3 meses. El punto es que ella llega hoy a Perù y quiere ver a su menor hijo sin que se entere el padre porque no tienen una buena comunicacion y nunca llegan a un acuerdo porque el siempre la amenaza con atacar con su vida y ella no quiere exponerse. Yo (tia paterna) y mi mama (abuela paterna) las cuales vivimos con el padre del menor y con el menor, estamos en una encrucijada porque no sabemos si ella puede visitar al menor y llevarselo ya que tube acceso a emails donde ella pretende llevarselo. Acabo de hablar con un abogado y quedè mas confundida de lo que ya estaba. Yo quiero saber que podria hacer para evitar que ella se lo lleve de manera ilegal. Y que haria si ella viene con policias a mi casa a llevarse al menor. Tambien que podrìa hacer mi hermano, es bueno que el se entere que ella este aqui? porque si el se entera que ella esta aqui, èl haera de todo para que el menor no la vea. A mi en particular y comparando a mi hermano con mi ex cuñada prefiero que el menor este con su mama. El abogado nos dijo que ella tiene que hacer una demanda de «cambio de residencia» que dura 1 año y medio, pero que debo de hacer yo y mi mama ahora que ella esta aqui en Peru. Ah! y ella sòlo se quedara menos de 1 mes aqui. Muchas gracias por su pronta respuesta.

    Comentarios por Diana — 12/09/2011 @ 6:34 pm | Responder

  52. hola mi caso es algo raro, llevo 3 años para poder divorciarme, y entre que se suspenden los juicios, y que mi ex siempre plantea algo nuevo, todavia sigo esperando el divorcio.
    Mi pregunta es que yo tengo medidas previas y el juez me ha dado la custodia de mis dos hijos,despues de que lo echara la juez de la casa yo me tuve que ir de alquiler, ahora estamos viviendo aqui mis hijos y yo,pero el problema viene en que me han trasladado de trabajo al norte de madrid y yo me hago unos 120 km diarios.
    Lo que quiero saber es si me puedo cambiar de casa o voy a tener otra denuncia? ademas el trabaja a 5 minutos de mi trabajo y del sitio donde tengo pensado ir a vivir.
    me puedo cambiar o no?

    Comentarios por alexandra almeida — 13/09/2011 @ 12:29 am | Responder

    • para cambiarse de domicilio, si ello va a afectar el régimen de visitas del otro progenitor, o conlleva un cambio de colegio, necesita el acuerdo con el otro progenitor o bien una autorización judicial. Lo que considero exagerado es llevar 3 años con el procedimiento abierto…

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/09/2011 @ 1:58 pm | Responder

  53. Hace dos años mi ex pareja nos abandonó a nuestra hija de 2 años el ultimo dia del año del 2009. A los meses de no interesarse por ella, me demandó alegando que yo no le dejaba verla. Él me da la custodia de la niña y me pide la casa familiar ( que es de su propiedad ) en la que convivo con la niña. El juicio se resolvió de la siguiente manera….me otorgan la casa solo año y medio, con pensión de 160 euros y regimen de visitas para el de fin de semana alterno pero durante los 4 primeros meses no pernocta. Comenzará el mes que viene a pernoctar. En la sentencia pone que la patria potestad es conjunta y dice asi:»El articulo 2 del Reglamento Comunitario 2201/2003 define la responsabilidad parental, figura no idéntica pero si muy similar a la patria potestad, como los derechos y obligaciones conferidos a una persona física o jurídica en virtud de una resolución judicial, por ministerio de la ley o por un acuerdo con efectos jurídicos, en relación con la persona o los bienes de un menor. Dentro de este concepto se inclusyen los derechos de custodia y visita.
    Derechos de custodia son aquellos derechos y obligaciones relativas al cuidado de la persona de un menor, y en especial el derecho a decidir sobre su lugar de residencia.
    Derecho de visitas es el derecho de trasladar a un menor a un lugar distinto al de su residencia habitacul durante un perioso de tiempo limitado.»
    Ahora que vivo en las Islas canarias, he pensado que lo mejor que puedo hacer es mudarme a la peninsula junto a mi familia, ya que yo aqui no tengo a nadie al contrario que él. Me estan haciendo la vida imposible en todos los sentidos hasta el punto de amenazarme con cortar la luz y esas cosas. Eso está en manos de mi abogada pero mi duda es si tengo algun problema para pedir el translado y si eso puede producir que me quiten la custodia o que se convierta en compartida. El todavia no sabe nada porque estamos en tramite de apelacion por la sentencia y estamos esperando su respuesta para comunicarle mi intencion de transladarme para la peninsula pero se que no me lo va a poner facil.

    Comentarios por Dama — 23/09/2011 @ 3:29 pm | Responder

    • Para cambiar la residencia del menor, debe contar con el acuerdo del otro progenitor y, en su defecto, con autorización judicial para ello. En tal caso, deberá presentar una demanda al mismo juzgado que resolvió sobre la custodia, planteando los motivos por los que solicita la autorización de cambio de residencia, pero, como ese cambio de las Islas a la Penñinsula comportará una dificultad para el otro progenitor para desarrollar su régimen de visitas, a su vez deberá solicitar modificación de medidas para que se establezca un nuevo régimen de visitas para el padre teniendo en cuenta cual será la residencia de la menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 7:48 pm | Responder

  54. Hola, buenas noches.

    Mi caso es el siguiente. Mi hijo cumple en un par de meses 15 años. Yo tengo su custodia y su madre vive en otra provincia, Va una vez al mes a visitarla durante 48 hs. Tanto mi hijo, su madre y yo somos argentinos. Ahora estamos planeando retornar a Argentina mi hijo y yo, por cuestiones de trabajo. Alli mi hijo además de ser su país de origen, tiene a toda su familia, tanto paterna como materna. El está desesperado por irse. La madre en un primer momento dijo que firmaría. A la semana le mandé un escrito con las nuevas medidas, incluyendo una quita en la manutención para facilitarle poder pagar el pasaje a Argentina, pero no lo ha firmado y no responde llamados, ni correos. Tengo 3 preguntas
    ¿puede estar ella haciendo algo para evitar que el chico se vaya, aún contra su voluntad?
    Yo debería irme en diciembre, el lunes que viene presentaré contencioso ¿puedo solicitar cautelares y que me las den, teniendo en cuenta la edad de mi hijo, su voluntad, que vuelve a su país de origen y que tiene que escolarizarse allí?
    En caso de un hipotético juicio ¿Cree que es factible que un juez falle a nuestro favor dada la edad del menor y su voluntad y origen?

    Cuanto puede durar un contencioso de este estilo.

    Gracias por su contestación

    Comentarios por Juan — 24/09/2011 @ 12:50 am | Responder

    • Siendo Vdes. argentinos, se aplicará la ley de su nacionalidad, y, por el momento, no puedo contestarle a su pregunta ya que desconozco como se resuelve en Argentina esta situación. Como residen en España, resolverá el juzgado español, pero deberá aplicar la ley civil argentina. Lamento no poder ser de mayor ayuda.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 7:42 pm | Responder

      • Aunque nos hayamos divorciado en España y exista un convenio regulador dictado por un juzgado español?

        Gracias por su respuesta Assumpta.

        Comentarios por Juan — 28/09/2011 @ 8:02 pm

  55. El convenio regulador debió dictarse teniendo en cuenta su derecho personal, que es el Argentino, ya que es su nacionalidad común. El procedimiento, al residir en España, era el español. Es decir, los Juzgados españoles siguen las normas de procedimiento españolas PERO aplicando , en este caso, el derecho personal, que puede ser español, pero también marroquí, japonés, francés…en su caso, argentino.

    Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/09/2011 @ 9:03 pm | Responder

  56. Hola…voy a ser breve: soy un padre que estoy pidiendo la custodia de mi hijo hace 4 años, ya me la denegaron una vez, ella se mudó de ciudad sin consultarlo conmigo y desde entonces veo menos a mi hijo ya que tengo bastantes horas y km, en marzo tengo otro juicio por la custodia, la psicóloga y asistenta social del juzgado creen conveniente que siga con la madre, aunque yo tengo más tiempo de poder cuidarlo por mi trabajo…mi hijo tendrá 11 años cuando sea el juicio y quiere venirse conmigo, ya que no está agusto con su madre…él también va a testificar…mi abogado dice que es dificil pero no imposible que me den la custodia…aún así en segundo lugar pido la compartida, ya sea todo el curso o vacaciones totales…ella nunca accede a dejar cambiar fines de semana ni dejarme verlo más a menudo, incluso me denuncia por ello…mi pregunta es : tengo alguna posibilidad de que me den la custodia total o en su caso la compartida ( vivo en Aragón y ella en Valencia )? tendrá en cuenta el juez la opinión de mi hijo al querer vivir conmigo?…un saludo y gracias…Javier

    Comentarios por javier — 05/10/2011 @ 8:58 am | Responder

    • Dos comunidades con custodia compartida ya que se ha desbloqueado la Ley Valenciana. El problema está en que el Juez quizás no quiera explorar al niño, porque es menor de 12. Ahí la habilidad (y algo de suerte) de su abogado para conseguir que escuchen al menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 9:26 pm | Responder

  57. mi consulta es la siguiente,mi ex pareja tiene una orden de alejamiento durante 3 años, tenemos una hija en comun de 7 meses,tenemos patria posted compartida por ambos progenitores, el piso donde resido es del padre de mi hija, vivimos en madrid, Bien yo ahora quiero hacer un traslado de domicilio para que el tenga su casa, la casa esta solo a nombre de el, yo seguiria residicendo en la comunidad de madrid, ya que el no quiere que me traslade a barcelona de donde soy origen, pero si me quedo en madrid no me denunciaria, la cuestion es la siguiente, debo ir al juzgado a entregar las llaves del piso de el y comunicar mi nuevo domicilio? piden el empadronamiento? a la niña por temas medicos no la quitare del padron, no pasaria nada no? Sobretodo el juzgado me pedira el empadronamiento?
    Gracias

    Comentarios por Eva — 09/10/2011 @ 1:17 pm | Responder

    • con una menor de 7 meses, yo solicitaría al Juzgado la autorización para residir en Barcelona, si es lo que desea, y una nueva regulación de las relaciones con el padre. Por que motivo la tiene que denunciar??
      El Juzgado no le va a pedir empadronamiento, pero tampoco le cogerán las llaves.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 9:18 pm | Responder

  58. Hola, tengo un niño de 2 años de padre español, yo soy mexicana y aquí no he encontrado la manera de poder mantener a mi hijo y quiero separarme de mi pareja, por motivos de maltrato psicológico, y regresar con mi hijo a México. Aquí, mi marido no tiene trabajo y siempre tenemos deudas para poder llegar a fin de mes, cuando llegamos, hemos recurrido durante mucho tiempo a Cáritas, y la verdad es q en México estaríamos mucho mejor, ahí tengo una propiedad inmobiliaria, un puesto de trabajo que me permitiría mantener a mi hijo e incluso a mi marido, el problema es que el no quiere venirse conmigo y estamos en una situación límite económicamente hablando en este caso que puedo hacer, estoy desesperada, no encuentro trabajo y el tampoco, a veces se va durante meses para trabajar fuera para cubrir los gastos mas básicos, y no quiero esperar mas tiempo porque se que si lo escolarizo sera mas difícil conseguir su custodia, mi hijo aun no tiene pasaporte pero la verdad es q estoy desesperada a veces yo he tenido q dejar de comer para poder darle de comer a mi hijo o recurrir a mi madre para poder comprar lo que me falta en la despensa.

    Comentarios por Victoria — 15/10/2011 @ 3:09 pm | Responder

  59. Hola, mi situación es complicada. tengo un niño de 2 años vivo en un piso de protección oficial, mi marido no tiene trabajo y yo tampoco, no tenemos actualmente como seguir pagando los recibos tanto de alquiler como de servicios, de hecho llevamos 2 meses de alquiler. Yo soy mexicana, y en México tengo un trabajo que me permitiría sacar a mi niño adelante incluso a mi marido si el quisiera, pero el se niega a salir de España, estamos a tope de deudas, el aun debe un crédito a un banco y no ha podido pagar ni un 5%, se hizo autónomo y acumulo una deuda de casi 3 años de cotización con la seguridad social, además de que me encuentro en una situación de maltrato psicológico bastante grave, y el solo me dice q exagero. siempre estamos pidiendo dinero, mi pregunta esta dada esta situación no sería posible llevarme a mi hijo a México si el no quiere venir? Sin contar con que dejo un tratamiento psiquiátrico porque «no le gusta tomar pastillas» y es frecuente que compre hachís para consumir dentro de casa o marihuana. Aún así la ley me obligaría a permanecer en España para no separa a mi hijo de su padre?

    Comentarios por Victoria Fernandez (@victoriaquiet) — 17/10/2011 @ 10:47 am | Responder

    • Cada situación es diferente y si se argumenta y demuestra suficientemente que el cambio es bueno, o no es perjudicial para el menor, se permitirá. Todo depende de las razones y de la situación en concreto. Al ser un niño tan pequeño practicametne no tiene entorno o ambiente de amigos, así que entiendo que sería más fácil.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 9:11 pm | Responder

  60. ayer me dio la noticia q se lo queria llevar y me crei todas sus amenazas…….hoy podre volver a dormir……..gracias por la informacion

    Comentarios por jesus — 26/10/2011 @ 10:29 am | Responder

  61. Buenos dias, ojala alguien me pueda dar una respuesta…
    Tengo una niña de tres años nacida en cataluña, soy cubana residente y el padre es de aqui, nosotros no nos casamos y no hay papeles de ningun tipo, todo palabras de mutuo acuerdo, el por su lado y yo por el mio con la niña, el caso es que llevo dos años sin trabajo y estoy sola, me estoy planteando de irme a canarias con posiblidad de trabajo y gente cercana que conozco de mi tierra. El padre o alguna ley me lo puede impedir??

    Comentarios por lys — 28/10/2011 @ 2:39 pm | Responder

    • No puede cambiar el domicilio de la menor sin autorización del padre si este ha reconocido a la menor. Lo mejor sería que regularizaran su situación judicialmente

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 8:48 pm | Responder

  62. Hola Assumpció.

    Tengo dos hijos de 7 y 5 años y estoy divorciado desde hace 2 años y medio. Mi ex mujer y yo cumplimos el convenio regulador establecido por mutuo acuerdo, por el cual los niños viven conmigo de jueves a lunes (el fin de semana que están conmigo) y de jueves a viernes (los que no), ademas de las mitad de las vacaciones y días festivos con cada uno. Sin embargo, hace un mes mi ex me «dejó caer» que ha iniciado una relación con una persona que vive en París, y que si encontrara empleo allí, se plantearía irse con los niños, por cuanto ella tiene la custodia. Me preguntó a ver qué me parecería. Mi respuesta fue tajante: claro que yo no estaría de acuerdo, que eso perjudicaría muy seriamente mi relación con ellos, mis derechos como padre se vulnerarían (que yo sepa la patria potestad es de los dos), y que, por ende, la ley estaría de mi lado, en caso de tener que recurrir a un contencioso. Asimismo, este tema se lo ha comentado a los niños, con el nerviosismo e inseguridad que eso les pueda causar. He consultado con un par de abogados y me dicen que en principio ella no podría hacer algo así, pero que, en caso de desaveniencia, sería el juez quien tomaría la decisión. Esta última cuestión me deja un tanto sorprendido, por lo que le agradecería saber su opinión. Moltes gràcies.

    Comentarios por Pello — 02/11/2011 @ 1:40 am | Responder

    • Le han orientado correctamente. El problema está en que «no puede legalmente» cambiarles de domicilio, escuela, etc, pero físicamente si que puede (hechos consumados) y si lo hace, el problema llega para hacerlos regresar. Si tiene temores fundados en que pueda llevarselos sin más preámbulos, resulta necesaria la intervención judicial, para que sea el juez, a la vista de todo lo que aleguen ambos, quien decida que es lo mejor para los menores y, en general, suelen «barrer hacia casa» para no permitir salidas ya que lo que se pretende es que los menores tengan los menos cambios, que se mantengan en lo máximo posible en su ambiente habitual.

      Espero haberle ayudado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 8:44 pm | Responder

  63. PD: Nuestro lugar de residencia es Donostia-San Sebastían.

    Comentarios por Pello — 02/11/2011 @ 1:44 am | Responder

  64. Buenas tardes!

    Me gustaría que me aconsejarais en el siguinte caso: tengo un hijo de diez años y ya llevo siete años separado de su madre. Tenemos un convenio regulador que establece la guardia y custodia para la madre, así como el régimen de visitas, la cuantía de la pensión alimenticia y el domicilio tanto del niño como el mio. En estos siete años he cumplido con mis obligaciones y he disfrutado de mi hijo todo lo que he podido. El problema se plantea cuando me comunican hace unos dias que por motivos laborales de la actual pareja de la madre del niño se tienen que desplazar a Valencia. El niño vive y tiene el colegio en Corbera de Llobregat, Barcelona, y yo resido en Sant Adrià de Besós, tambien provincia de Barcelona.El no vivir en la misma población nunca ha sido problema para yo llevar a cabo mis obligaciones como padre, ya que me he desplazado a la hora de ir a recojerlo y de llevarlo al colegio.Hay que decir también, que el niño en su etapa escolar ya lleva tres centros escolares, pero no por motivos achacables a él, sino más bién por los caprichos de la madre a la hora de escoger un centro escolar privado y luego no poder pagarlo…
    Me gustaría que me aconsejarais que camino tengo que tomar y cual es la mejor solución para el niño, ya que parece que se va a tener que cambiar de colegio una cuarta vez, ya sea en Valencia o en Sant Adrià de Besós,que es donde resido yo. Y si es posible, que si no nos ponemos de acuerdo, que un juez dictamine que el niño se quede en su actual colegio.
    Gracias.

    Comentarios por Manuel Llanos — 21/11/2011 @ 4:07 pm | Responder

    • A los jueces no les suele gustar demasiado los cambios de colegio, pero menos un cambio de comunidad. Si la familia extensda del menor está en Barcelona, eso sería una base para presionar que no se traslade a Valencia ya que para el niño no es ninguna ventaja, sino simple conveniencia de la madre. Si la madre está firme en marcharse, ella debería solicitar la autorización judicial para ello, pero, si temes que vaya a tirar por la via de los hechos consumados, lo mejor sería com unicarle primero, de forma fehaciente (burofax por ejemplo) que te opones a que el menor cambie de residencia y con ello, acudir a Modificación de medidas para que se produzca uin cambio en la custodia. Espero poder ayudarte.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 7:27 pm | Responder

  65. Hola. Necesito asesoramiento: mi novio con el cual me voy a casar dentro de 6 meses,tiene una hija de 6 años de una relación anterior. La madre de la nena es dominicana y ahora quiere irse a vivir a su país pq no encuentra trabajo y quiere llevarse a su hija. Mi pareja se opone rotundamente. Además la niña está muy apegada a su familia paterna. Hace unos años firmaron un acuerdo regulador q ratificó un juez, en el cual, la patria potestad es de ambos.Todo ste asunto acabará en el juzgado. Mi pregunta es: ¿existen muchas posibilidades de que el juez decida q la menor puede irse a vivir a República, aun en contra de la voluntad del padre??

    Comentarios por claudia — 22/11/2011 @ 3:29 am | Responder

  66. Tengo una duda: mi novio con el cual me voy a casar dentro de 6 meses, tiene una hija de seis años con una pareja anterior con la cual nunca estuvo casado. La madre de la niña es dominicana y ahora quiere regresar a su país pq en España no encuentra trabajo y quiere llevarse a su hija consigo. Allí en su país, su hermana le ofrece un trabajo. Ellos firmaron a principios del 2010 un convenio regulador en el cual figura que la patria potestad es de ambos. Este convenio fue ratificado por un juez. En el caso de que la madre quisiera un cambio en el ejercicio de la patria potestad y fueran a juicio ¿qué posibilidades habría de que el juez concediera a la madre el derecho a elegir el domicilio de la menor?? Comentar que la menos está muy apegada a la familia paterna, su padre tiene un trabajo estable, paga sin demora todos los meses la manutención de la nena e incluso le paga el colegio privado en el que está la menor. Por otro lado la madre de la niña, lleva dos años sin trabajar, ha tenido multitud de parejas en los últimos 3 años y ha cambiado de domicilio 6 veces en 3 años. La menor no quiere ir a República Dominicana ni de vacaciones pues ya ha estado y no le gusta ir allí ¿tendría el juez en cuanta la opinión de una menor de 6 años? Gracias!!

    Comentarios por Esther — 22/11/2011 @ 1:34 pm | Responder

    • En principio a los menores de esas edades no se les pide opinión alguna, aunque, en determinados casos se podría solicitar una intervención de los servicios técnicos judiciales para que valoraran la relacion de la menor con cada uno de los progenitores y ahí se podría ver un poco lo que la menor considera acerca de ese cambio. La madre (o el padre) es decir, ninguno de los progenitores puede cambiar unilateralmente el domicilio del menor. Si el padre teme que se la vaya a llevar sin su autorización, lo mejor sería iniciar procedimiento judicial a fin de que se «cerraran fronteras» para esa menor, es decir, se le retira el pasaporte para que no pueda salir del pais si no es con autorización judicial.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 7:23 pm | Responder

  67. habiendo hablado con mi ex y estando de acuerdo los dos, a final de mes tengo previsto cambiar de residencia con mi hijo. Ya he pagado el alquiler de la casa, ya he empadronado a mi hijo alli y ya tiene asignado colegio, todo ello habiendo tenido informado a mi ex y como repito, estando de acuerdo, incluso fuimos al colegio de abogados para cambiar, de mutuo acuerdo, las medidas. A una semana de irme y tener que dejar el piso, el señor dice que cambia de opinion y que me hijo no se va. Alli tengo toda mi familia, he alquilado una casa preciosa a muy buen precio y tengo mas posibilidades de trabajar, es un sitio tranquilo, con gente amable y el colegio es muy bueno. Nunca llevaria a mi hijo a un sitio que no fuera lo mejor para el, pero aqui no tengo trabajo y es muy caro vivir. Despues de estar de acuerdo en que haga todos estos tramties, ahora puede prohibirrmelo? yo ya tengo mi casa desmontada y el contrato rescindido, la otra casa pagada etc. Me puedo ir y seguir alli la lucha?

    Comentarios por Ana — 22/11/2011 @ 10:25 pm | Responder

    • Si se hizo la modificación y está aprobada, ya no puede dar marcha atrás si no es iniciando un procedimiento judicial. Si no se hizo la modificación judicialmente, pero tiene documentos que acrediten que estaba al correinte de todo y que daba su conformidad, creo que serían suficientes en caso de que el le pusuera demanda por haberse marchado. O, para prevenir, podria iniciar Vd. el procedimiento para que, con todoa la documentación que justifica la mejora para el menor y que el estaba de acuerdo, sea el Juez quien le autorice a marcharse.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 7:19 pm | Responder

  68. Buenas, le cuento mi caso paso a paso. Estoy en situacion de casado «de momento», ya que mi mujer me ha pedido la separación, pero todavía no hemos arreglado papeles ni hemos acudido a abogado alguno. Hasta ahora, por motivos de la crisis, vivimos juntos pero separados, es decir, yo duermo en una habitación aparte pero convivimos juntos bajo el mismo techo. Tenemos 2 hijas de 14 y 15 años que van al instituto de la población, todos sus familiares también vivien en Barcelona, tienen vida social aquí y participan en entidades deportivas.
    En agosto de éste año se fueron a veranear a Castellón porque, ella no trabaja y allí vive su madre y yo por motivos laborales no disponía de vacaciones, cuando volvieron en Septiembre es cuando me pidió la separación, ya que al parecer conoció a otro hombre allí, me dió tiempo hasta Junio del 2012, més en que las niñas acabarán el instituto en Barcelona y que su intención sería llevárselas a vivir a Castellón buscarse un piso de alquiler con el «otro», y claro está, matricularlas el año que viene en un instituto nuevo para ellas, cosa que yo me opongo, ya que sería un cambio radical para mis hijas, con cambio de vivienda, de amigas, de su familia paterna y hasta convivir con otra persona que no conocen de nada, porque si és ella la que quiere «re-hacer» su vida que se vaya sóla, pero dice que no, que donde vaya ella van sus hijas. En el «pacto» hablado, al que yo todavía no he dado respuesta porque no tengo las facultades emocionales para hablar de nada de momento, me dice que ya las veré cada 15 días y periodos de puentes y vacaciones, pero tendría que hacer 1000 km cada més.
    Tengo que añadir, que desde agosto hasta hoy, se ha ido seis veces a Castellón (con sus gastos de transporte) para que puedan verse y estar juntos los dos y entre otras cosas, a mirar piso, institutos y demás, tengo facturas de teléfono en que cada més llama al otro unas 140 veces y el poco tiempo que está en casa se pega todo el día en la red social hablando con él. Yo ahora mismo, soy el que está día y noche con mis hijas, aunque es cierto que todos los días hablan con su madre. Por último, la mayor dice que si llega el caso le daría igual cambiarse de población y de instituto (por eso de no encontrarse entre la espada y la pared), pero la pequeña dice que no se quiere ir y dejar todo aquí.
    Nosé que es lo que tengo que hacer, si esperarme a Junio del 2012, si el día que vayamos a arreglar papeles para la separación indicar mi oposición ó conformarme, porque no sé exactamente qué és lo que dice la ley ó si ella puede salirse con la suya.

    Comentarios por Ramón — 24/11/2011 @ 5:07 pm | Responder

    • Yo no esperaría a junio ya que si ella se marcha con las niñas, ante los hechos consumados, la situación se complica. Si se empieza a regularizar la situación ahora, el domicilio habitual es Barcelona, y para cambiarlo sería más costoso. Debemos pensar siempre en lo que es mejor para los menores, y la tendencia es mantener al máximo su estabilidad, es decir, cambiarles lo mínimo posible su rutina, entorno, hábitos…
      Mi consejo sería plantear ya un pla de parentalitat de mutuo acuerdo y tener un tiempo para negociarlo, pero, sin llegar a la época de preinscripciones escolares, ya que entonces empezaría el problema.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 7:16 pm | Responder

  69. Buenas tardes, Estoy en proceso de divorcio desde hace 3 meses. Yo soy de Cádiz y él de Madrid, nuestro domicilio está en Madrid, pero es una cesión de sus padres. Tenemos un hijo de 17 meses y el divorcio va por lo contencioso. He tenido que denunciar a su madres por amenazas e insultos, tuve que llamar a la polícia el día que él se fue de casa porque estaba colocado de marihuana, conducta que había tenido de manera continua sin mi conocimiento, pero no puse denuncia. La semana pasada descubrí que estoy embarazada de 3 meses, por supuesto y por desgracia el padre es él. Tengo trabajo fijo en Madrid, pero más aún, ante esta nueva situación, quiero cambiar mi residencia a Cádiz y estudiar allí una oposición, ya que aquí no sólo no tengo ayuda, sino que estoy acosada y aún nose cuánto tendré de pensión, pero desde luego no para la guardería de 2 niños, pagar una casa, etc…su familia si tiene muchos medios económicos, pero claro, siempre y cuando se encarguen ellos de los niños. Mi idea es irme a Cádiz y contar con la ayuda de mis padres hasta conseguir plaza y en la manera de lo posible, pactar con la empresa mi salida. ¿qué opciones tengo de conseguir marcharme? La vista es en marzo y él de momento y que sepamos, no ha respondido a la demanda.

    Comentarios por beatriz — 28/11/2011 @ 5:10 pm | Responder

    • Para marchar de forma correcta, deberías plantearlo al Juzgado, manifestando y acreditando los beneficios de la marcha, PARA LOS NIÑOS. Lo importante en familia es que las cosas sean de interés y beneficio de los menores. Si la vista está ya señalada para marzo, la demanda ya tendría que estar contestada. Sabes cuando se presentó??

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2011 @ 7:06 pm | Responder

  70. buenas tardes mi consulta es la siguiente.estoy divorciado y con un regimen de visitas de fines de semanas alternos y dos horas los miercoles.pero por motivos economicos desde hace 8 meses me tuve que trasladar a vivir a asturias y mi hijo vive en tarragona.como es logico no puedo ir cada fin de semana que me toca por mi situacion economica. y bajo a verlo una vez al mes. y ahora al ser las fiestas le pedi a mi ex mujer que si me lo podia quedar 6 dias seguidos ,y me lo ha denegado ¿a no poder verlo cuando me toma puedo quedarmelo esos 6 dias ?

    Comentarios por juan — 07/12/2011 @ 9:45 pm | Responder

    • Lo que se establece en la sentencia o convenio es lo mínimo a cumplir por ambas partes si no existe acuerdo entre Vdes. para hacer otra cosa, de forma que, si no está recogido en la sentencia ella puede negarse y no hay forma de obligarle. Si la situación de distancia entre sus domicilios tiene un caracter de previsible perduración en el tiempo, lo mejor es solicitar una modificación de medidas, de forma que por ejemplo, Vd. vea la menor solo un fin de semana al mes, pero luego pase con Vd. la mayor parte de los periodos vacacionales. Piense que, si Vd. no va a recogerlo cuando le corresponde, aunque sea por las razones que expone, estaría incumpliendo y ella podria iniciar demandas de ejecución, con los consiguientes costes que ello supone.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 11/12/2011 @ 3:08 pm | Responder

  71. Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente. Tengo dos hijas de 11 y 7 años, estoy separado desde hace 3 años, de mutuo acuerdo. A raiz de iniciar una relación con mi actual pareja mi vida con mi ex ha sido un calvario, incluso consiguió una orden de alejamiento por maltrato en el entorno familiar un año despues de separados. Incumple el convenio, no permite la comunicación, en vacaciones no entrega a las niñas, las ha intentando de cambiar de colegio en dos ocasiones (tengo en sentencia firme la patria potestad para elección de colegio para mi, sin posibilidad de recurso desde julio de este año.
    Hemos presentado una medidas coetaneas con divorcio (solicito custodia) por maltrato y abandono a las menores, y ahora me entero que ha pedido traslado en el trabajo y se va a vivir a 400 Kms. ¿Puede llevarse a mis hijas a mitad de curso? o ¿que posibilidades tengo de conseguir la custodia?.
    Otra posibilidad es que deje aquí a las niñas a cargo de sus abuelos maternos ¿lo puede hacer?. Gracias.

    Comentarios por javier sanchez nieto — 14/12/2011 @ 6:12 pm | Responder

    • Los incomplimentos e impedimentos de la madre al regimen de relaciones con los hijos deberia ser objecte de demanda o denuncia. Por cuanto al cambio de domicilio, si esta claro que va a trasladarse, le recomiendo que la remota un burofax o similar para manifestar su desacuerdo al cambio de les menores, y que acuda al Juzgado para solicitar cambio de custodia. Puede dejar a los hijos con los abuelos ocasionalmente, pero no de forma fina. Me encantaria poder ayudarle si sea iniciar alguna actuacions.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/01/2012 @ 9:17 am | Responder

      • Darte las gracias, he conseguido la custodia de mis hijas, y estoy feliz.

        Comentarios por javier sanchez nieto — 03/05/2012 @ 9:13 pm

  72. Buenos días.
    Estoy divorciada y tengo dos niños de 8 y 5 años de los cuales tengo la custodia, actualmente vivo en Sabadell y estoy en el paro.
    Tengo que abandonar el domicilio por convenio en febrero.
    Le envié por Burofax al padre de mis hijos,indicandole mi intención de irme a vivir a 60Km de Sabadell donde reside toda mi familia (padres, hermana, tios, primas, abuela etc) para poder tener apoyo familiar ya que en sabadell no tengo ningún familiar y el padre de los niños se fué a vivir a Barcelona cuando nos divorciamos.
    El se negó por burofax,alegando que el cambio de colegio sería perjudicial para los niños y él no podría ejercer su visita intersemanal que es de 4 horas los viernes tardes.
    El problema es que me ha salido un trabajo y tendría que empezar a trabajar a principios de enero y no me dá tiempo a pedir permiso al juez.
    ¿ Puedo irme y una vez allí solicitar el cambio de medidas? , necesito el trabajo y si renuncio no sé cuando encontraré otro.
    ¿ Podría perder la custodia?.
    También tengo que decir que mis hijos han pasado desde que nacieron, todos los fines de semana y vacaciones allí, incluso mi hija está siguiendo un tratamiento de ortodoncia en el pueblo ya que mi primo es el dentista.
    Tambien tengo que decir que el padre tiene familia residiendo en el pueblo.
    Muchas gracias

    Comentarios por María — 19/12/2011 @ 12:47 pm | Responder

    • Es necesaria la autorizacion para el cambio de residencia ya que va a afectar al regimen de relaciones del padre, y supone ademas cambios de colegio que también son cuestión de patria potestad, por lo tanto, el padre tiene poder de decision igual que Vd. Refiere que por convenio debe Vd dejar la vivienda. Se hizo alguna prevision en el convenio sobre el nuevo domicilio? Le recomiendo que no cambie a los niños sin autorizacion del padre ya que si ya le ha dicho que no esta de acuerdo, seguramente si lo hace le pondra demanda y podria perder la custodia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/01/2012 @ 9:12 am | Responder

  73. Buenas tardes. Soy padre de tres hijos (12,11,5) y soy divorciado.
    La guardia y custodia la tiene la madre, ya que en su momento me negó la compartida.
    Por temas de trabajo, quiere irse a vivir a Madrid con los niños, con lo que ello con lleva:
    nuevo domicilio, colegios, lengua, amistades…
    Dice que es lo mejor para ellos.
    La madre es extranjera, sin ningún familiar en España.
    La excusa que me da es que no encuentra trabajo en BCN,que puede ser cierto, también
    quiero aclarar que no se conforma según que trabajo.
    Le he propuesto soluciones alternativas, como por ejemplo que cada fin de semana venga a BCN, y disponga de los niños,
    y que tenga prioridad en tema de puentes y vacaciones.
    La solución que me da es que cada 15 días me los llevara a BCN, que creo que es un disparate
    para los niños, además, que con el tiempo, la relación se enfriara, y no querrán ir.
    No hay denuncias de por medio en todo el tiempo que llevamos divorciados.
    Muchas gracias

    Comentarios por Jaume — 19/12/2011 @ 9:16 pm | Responder

    • Mi consejo es que se oponga al traslado, y que solicite en su caso que se le otorgue a Vd. La custodia para mantener a los niños en su ambiente. Además, si toda la familia se encuentra en su entorno actual,el traslado de ciudad sin relaciones ni familiares ni arraigo de ningún tipo, no es beneficioso para ellos. Y además sola, con los tres niños, como va a encontrar trabajo en Madrid? La propuesta que Vd. Le hace creo que es totalmente acertada y equilibrada.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/02/2012 @ 1:30 am | Responder

      • Muchas gracias. Ya he pedido un cambio de custodia, y ahora a esperar el juicio, que espero que sea antes del verano.
        Si en el caso que el juicio fuera ya pasado el nuevo ciclo escolar, y los niños se los llevara empezando en la escuela de madrid, el juez podria permitirselo alegando echos consumados?
        Muchas gracias.

        Comentarios por Jaume — 05/04/2012 @ 7:37 pm

      • Ese suele ser el problema, de forma que le recomiendo que si se da algún cambio en este sentido, si tiene Vd. Conocimiento de que haya hecho inscripciones en otro centro, o algún indicio similar, póngaselo de manifiesto por cualquier vía de la que quede constancia, y inicie un procedimiento de divergencias lo antes posible, para que pueda frenarse o como mínimo, quede constancia al otro progenitor, y al juzgado, de aquella actuación unilateral.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/04/2012 @ 9:04 am

  74. hola, tengo soy madre de un niño de 4 años, y por razones de trabajo, me cambio de ciudad, de mucria a barcelona, ya que alli me ofrecieron trabajo, entonces tambien me llevo a mi hijo conmigo, y esto supone que su padre no podra ver a su padre, los fines de semanas alternos, y tambein el padr eno me pasa la pension desde hace 9 meses pero si se llevava los dias que le tocaba con su padre, pero ahora como no tengo trabajo me cambio. de domicilio, pero el niño podra venir en vacaciones y en festivos. tendre algun problema x este cambio.

    Comentarios por viamsa — 01/01/2012 @ 3:43 pm | Responder

    • Como ya he reflejado en otras consultas, Previamente aorganizar su viaje o cualquier gestion encaminada a cambiarse de domicilio deberia tener la autorizacion expresa y recomiendo que por escrito pasado por el juzgado, del padre, ya que el cambio afectara directamente al regimen de relaciones con los hijos, y por lo tanto, este cambio tambien deberia reflejarse. si el padre no autoriza el cambio, debe acudir al Juzgado a solicitar està autorizacion.No se traslade son autorizacion porque podria perder la custodia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/01/2012 @ 9:05 am | Responder

  75. Hola Assumpció. Feliz año. Le agradezco su pronta respuesta en torno a mi caso. Me recomendaba acudir al juzgado si me parecía que mi ex iba a llevarse a mis dos hijos a vivir al extranjero sin más preámbulos. Dado que es eso lo que temo (se lo ha manifestado a los niños, pero a mi no), cómo debería actuar a modo de prevención: ¿primero tengo que enviar un burofax a mi ex indicando mi total desacuerdo ante su intención de llevarse a los niños a vivir a Francia? ¿Y una vez enviado acudir a modificación de medidas?
    Me gustaría que usted se hiciera cargo del caso. ¿Me podría facilitar su teléfono de contacto? Moltes gràcies.

    A modo de recordatorio, esta fue mi anterior consulta:

    Tengo dos hijos de 7 y 5 años y estoy divorciado desde hace 2 años y medio. Mi ex mujer y yo cumplimos el convenio regulador establecido por mutuo acuerdo, por el cual los niños viven conmigo de jueves a lunes (el fin de semana que están conmigo) y de jueves a viernes (los que no), ademas de las mitad de las vacaciones y días festivos con cada uno. Sin embargo, hace un mes mi ex me “dejó caer” que ha iniciado una relación con una persona que vive en París, y que si encontrara empleo allí, se plantearía irse con los niños, por cuanto ella tiene la custodia. Me preguntó a ver qué me parecería. Mi respuesta fue tajante: claro que yo no estaría de acuerdo, que eso perjudicaría muy seriamente mi relación con ellos, mis derechos como padre se vulnerarían (que yo sepa la patria potestad es de los dos), y que, por ende, la ley estaría de mi lado, en caso de tener que recurrir a un contencioso. Asimismo, este tema se lo ha comentado a los niños, con el nerviosismo e inseguridad que eso les pueda causar. He consultado con un par de abogados y me dicen que en principio ella no podría hacer algo así, pero que, en caso de desaveniencia, sería el juez quien tomaría la decisión. Esta última cuestión me deja un tanto sorprendido, por lo que le agradecería saber su opinión. Moltes gràcies.

    Comentario por Pello — 02/11/2011 @ 1:40 am | Responder

    Le han orientado correctamente. El problema está en que “no puede legalmente” cambiarles de domicilio, escuela, etc, pero físicamente si que puede (hechos consumados) y si lo hace, el problema llega para hacerlos regresar. Si tiene temores fundados en que pueda llevarselos sin más preámbulos, resulta necesaria la intervención judicial, para que sea el juez, a la vista de todo lo que aleguen ambos, quien decida que es lo mejor para los menores y, en general, suelen “barrer hacia casa” para no permitir salidas ya que lo que se pretende es que los menores tengan los menos cambios, que se mantengan en lo máximo posible en su ambiente habitual.

    Comentarios por Pello — 06/01/2012 @ 11:12 pm | Responder

  76. Hola, estoy divorciada hace mas de dos años y el padre de mis hijos solo comparte conmigo la patria potestad, la custodia de los niños es unicamente mia, desde que nos separamos (lo denuncie por malos tratos y estuvo en prision mas de 5 meses y tiene 500 metros de orden de alejamiento durante 11 años) no me ha pasado ni un centimo en concepto de manutencion, aunque ya lo he denunciado en varias ocasiones esttoy a espera de juicio. Ahora tengo pareja y es de Peru y viendo la situacion que estamos pasando por la crisis he estado pensando en irnos a su pais porque alli si tendriamos trabajo, mi pregunta es, ¿habria alguna forma de irnos con los niños para alla? gracias de antemano.

    Comentarios por Dulmar — 11/01/2012 @ 9:44 pm | Responder

    • Antes de organizar su viaje o cualquier gestion encaminada a cambiarse de domicilio deberia tener la autorizacion expresa y recomiendo que por escrito pasado por el juzgado, del padre, ya que el cambio afectara directamente al regimen de relaciones con los hijos, y por lo tanto, este cambio tambien deberia reflejarse. si el padre no autoriza el cambio, debe acudir al Juzgado a solicitar està autorizacion.No se traslade son autorizacion porque podria perder la custodia de los menores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/01/2012 @ 9:02 am | Responder

  77. Hola tengo una hija de dos años, su padre y yo no estamos casados pero tampoco tenemos relacion, tengo la custodia de la niña y me quiero ir a Brasil con ella, alli me esta esperando mi pareja, si pido a un juez una modificacion de medidas para que me autorize ir a vivir a brasil, perdere la custodia de la niña? Me autorizara a irme? Por supuesto me iria primero teniendo residendcia, trabajo, y con todos los papeles en regla, estoy muy preocupada por este hecho y necesitaria una respuesta. La niña tiene pasaporte y una autorizacion del padre para viajar pero no para vivir por que no sabe todavia que nos vamos, por que no quiero irme sin que el juez me lo diga y si por algun motivo pudiera perder la custodia de la niña desistira de ir, 😦 viviendo aqui un infierno claro, el padre de la niña tiene un trastorno obsesivo compulsivo y viaja por 6 meses fuera de españa por motivos de trabajo.

    Comentarios por Maria — 13/01/2012 @ 9:30 pm | Responder

    • Lo mejor es solicitar al juzgado la autorización, modificando las medidas, y creo que debe dejar probado que el padre esta mucho tieo fuera por trabajo y que el estar en Brasil talco seria un problema, pero lo mejor es hacerlo con la autorización del juez, para evitar problemas posteriore

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/02/2012 @ 7:25 pm | Responder

  78. Estoy muy preocupado,tras un divorcio le han dado las custodia de mi hija a la madre,yo tengo un amplio regimen de visitas,pero sé de antemano que ella va a marcharse de localidad,puede hacerlo???
    Que tipo de medidas puedo tomar antes de que esto ocurra,muchas gracias.

    Comentarios por j.m — 15/01/2012 @ 2:33 am | Responder

    • El cambio de domicilio de los menores es materia de patria potestad. Uno de los progenitores no Puede variarlo sin el acuerdo del otro o autorizacion judicial. Pero aquí los hechos consumados muchas veces acaban convirtiendose en validos, de forma que, si teme este cambio, lo mejor seria manifestarle a ella de forma fehaciente que se opone a cambio, de forma que si lo hace, ya sea claramente contraviniendo su voluntad. Sera un placer poder asesorarle o dirigir la defensa de sus intereses si lo cree oportuna.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/01/2012 @ 12:17 am | Responder

  79. Hola Assumpció buenas,
    Mi caso es el siguiente:
    Me separé de mi marido (separacion contenciosa) hace 10 meses tengo la guardia y custodia de mis dos niños pero ejercemos los dos la patria protestad compartida,ahora quiero consultarle en una cosa es que no puedo seguir aguantado vivir aqui en españa por que me vine aqui desde el principio solo por mi ex ,ahora ya estoy al limite no puedo seguir con la vida que tengo,ni llego a encontrar trabajo ni nada tampoco con la poca pension que me da puedo pagar el piso y los gastos de los niños no son nada facile ,el sabe que asi me esta precionando es mas esta haciendo su vida como le da la gana a veces cumple con el horario de visitas y muchas no,el ahora tiene un orden de alejamiento de mi y yo como estoy viendo que nada me sale de trabajo ni puedo vivir comodamente me estoy planteandome el irme a mi pais que ahi por lo menos tendremos los 3( mis hijos y yo) una vida estable, el seguro que no va querer ponerse de acuerdo conmigo porque ya lo ha dicho a una amiga que me quiere ver suffriendo y pasandolo mal, solo por el hecho de haber pedido yo la separacion porque me maltrataba,ahora porfavor ayudame con decirme lo que tengo que hacer porque asi no se puede vivir
    Muchas gracias y un cordial saludo

    Comentarios por Asmae — 16/01/2012 @ 2:34 am | Responder

    • La via que deberia seguir es plantear su situacion al Juzgado para que le autoria en a cambiar la residencia de los hijos y, en consecuencia se modifiquen las medidas. Es necesario iniciar un procedimiento porque de otro modo, podria verse envuelta en procedimiento penal y llegar a perder la custodia.

      Si puedo dirigir su procedimiento, quedo a su disposicion.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/01/2012 @ 12:12 am | Responder

  80. Hola, mi hija tiene 4 años acude a un centro de mediaccion familiar por orden judicial, el padre biologico nunca ejercio de padre y yo estoy con mi marido desde que la niña nacio, tenemos pendiente el tema de la biparentalidad que el padre biologico no acepta, ahora a mi marido le ha salido un trabajo fuera, fuera de la Union Europea y yo stoy desempleada con busca de empleo activa y lleva ya en ese centro de visitas 2 años, primero en tutelada y ahora saliendo con un regimen mas extenso sin ser mi domicilio aun su domicilio de recogida. Irme con mi marido sería un sueño y una oportunidad de vida mejor para mi y para mi hija. Aun faltan unos meses.Tengo la custodia, pero la patria potestad es compartida. ¿como puedo argumentar llevarmela? Tengo miedo el quiera pedir custodia. Se hacen regimenes de visita online, ¿puedo compensarlo de alguna forma?¿Le podrian dar la custodia?

    Comentarios por Marta — 17/01/2012 @ 2:30 pm | Responder

    • Por lo que dice, no es fácil que le den la custodia al padre, pero en todo caso, si tiene n régimen de relaciones con la menor, y la patria potestad es compartida, para modificar s residencia debería solicitar que el juez la autorizase. A cambio, en casos de vivir lejos, suele compensarse con periodos de vacaciones mas amplios, por ejemplo las Navidades completas, toda la semana santa, o otras opciones similares.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/02/2012 @ 1:10 am | Responder

  81. Buenas noches Assumpció!
    Mi caso es lo siguiente:Mi ex pareja y yo tenemos la custodia compartida de nuestro hijo de 5 años.
    En verano la abuela paterna se encarga de cuidar a nuestro hijo para que yo pueda trabajar…
    Tengo una nueva pareja y estamos por ir a vivir juntos,pero la tutora del niño aconseja que el acabe lo que queda de curso donde estar,antes de hacer un cambio bruzco de pueblo y de colegio.
    Sus abuelos se ofrecieron quedarse con el niño estos 4 meses y medio.Y mi duda y temor es la siguiente:
    Pueden denunciarme y querer quitarme la custodia de mi hijo si yo les dejo el niño y ya voy a vivir con mi pareja?
    Muchas gracias

    Saludos

    Comentarios por Mar — 23/01/2012 @ 11:14 pm | Responder

    • Si dejas de cumplir con la custodia establecida, el otro progenitor puede alegarlo para una modificación en su favor. No es lo mismo el verano y las vacaciones que el periodo habitual del curso escolar. Además recuerda que para cambiar de domicilio o de colegio o de médicos al menor, debe existir el acuerdo de ambos progenitores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/02/2012 @ 7:20 pm | Responder

  82. hola, mi caso es que la madre se ha ido a vivir a Brasil por un período de 2 años, con mi consentimiento, pero ahora en la práctica, no esta respetando mi derecho a visitar al niño, puede afectar esta conculcación de mis derechos a la pension alimenticia que le paso al menor?
    Que soluciones tendria este caso?

    Comentarios por Miguel — 16/02/2012 @ 12:26 pm | Responder

    • En ningún caso el incumplimiento de las visitas puede comportar que no se paguen los alimentos. Un incumplimiento no se puede equilibrar con otro incumplimiento. Su opción es interponer las oportunas acciones (civiles y/o penales) relativas al cumplimiento del régimen de visitas. El tipo de acción a emprender dependerá de la valoración completa de su situación. Si desea comunicarme más detalles por correo electrónico, podré asesorarle sobre la mejor opción y orientarle sobre el coste de la actuación si se la llevara en nuestro despacho.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/02/2012 @ 12:33 pm | Responder

  83. Yo tengo una pregunta, yo soy extranjera y en los 2 años q tengo con permiso de trabajo no he conseguido trabajo, mi marido tampoco, tenemos un hijo de casi 3 años y me han ofrecido trabajo en mi pais, pero mi marido no quiere venir conmigo, sumado a esto, estamos en un juicio por impago del alquiler de nuestra vivienda y no creo que podamos pagar la deuda en su totalidad ya que ninguno recibe ninguna prestación ni hemos conseguido trabajo. Sería posible que por via juducial consiguiera la custodia de mi hijo ya que en España por desgracia no tenemos medios para mantenerlo ya que mi marido no piensa irse de españa aun viendo la situación en la que estamos?

    Comentarios por victoria — 16/02/2012 @ 5:43 pm | Responder

    • Necesitaría tener mas datos sobre las nacionalidades de todos, de los tres, para poder determinar que legislación se les aplica. Si bien residiendo en España corresponde a los juzgados españoles resolver, debemos tener claro si se aplicara el código español o el de su nacionalidad. También necesito saber si están casados y donde se registro el matrimonio, o si solo son pareja.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/02/2012 @ 6:00 pm | Responder

      • yo soy mexicana, el es español y el niño nacio en españa y es español. Trabajo para el en México no le faltaría y a mi tampoco, pero simplemente el no quiere irse de España y acaban de hacerme llegar una copia de la notificacion de desahucio de nuestro domicilio. estamos casados hace 2 años

        Comentarios por victoria — 16/02/2012 @ 6:12 pm

  84. Hola soy Natalia! Estoy desesperada ya que llevo 6 años separada, y tengo tres hijos de ese matrimonio. El mayor de 14 años lleva tres sin irse con su padre, ya que déspues de pasar por periciales, psiquiatras y el satav y escucharlo la jueza, decidierón que al niñoo me busque no le hacia vien hirse con su padre (ya que el niño lo pedia a gritos). Ahora déspues de tres años y toda la lucha que tuve con mi hijo mayor, han empezado los mellizos de 8 años a no quererse ir y el no para de denunciarme y me paso la vida en los juzgados hasta que un juez decida escuchar a los niños la culpable soy yo, así manifiesta el padre. Y mi problema viene ahora, bueno el más gordo, como esta vez ya no me veo con las fuerzas de vivir lo mismo de mi orto hijo, juicios, insultos, acusaciones, etc. Habia decidido poner tierra por medio y marcharme a vivir a Málaga con mis hijos ya que se estan enfermando de vivir esta situación, el mayor ya me padece de depresiones y le encanta la idea de dar un cambio. Les está cambiando el caracter, han bajado la nota en el colegio, me amenazan con que si le obligan a irse con su padre se escaparan de la torre para volver a casa, y vivimos a 60 km. Cuando biene el padre a buscalos al colegio se tiran al suelo se agarran a los profesores o lo que pillen y al final en centro opta por llamar a los Mosso des escuadra para mediar y el se da la vuelta y se va. Bueno voy al grano a pesar de todo esto me han dicho que no me puedo irme aunque tenga yo la custodia tenemos la patria protesta compartida y además hasta hace tres meses tenia una orden de alejamiento por agredirme delante de mis hijos, si no tengo un contrato de trabajo, algo que yo pensava hacer cuando ya estuvieramos allí asentados y tranquilos ya que el irnos es por encontrar la tranquilidad que nunca hemos conocido. Y de momento pasar con mis ahorros y las ayudas que me han ofrecido las asistentas de barcelona para poder irme. Por favor que tengo que hacer y que papeles tengo que arreglar para que irnos y encontrar la tranquilidad que nunca hemos conocido, agradeceria su consejo y asesoramiento para que no me busque más problemás de los que me van a venir. Muchas gracias y un saludo.

    Comentarios por Natalia — 22/02/2012 @ 1:31 am | Responder

    • En efecto, no puedes cambiar de domicilio libremente, ya que es una cuestión de patria potestad y el padre tiene voz y voto en este tema. Porque el cambio afecta además al régimen de visitas establecido. Para hacer bien las cosas, deberías primero comunicar al padre tu intención de marchar a Málaga. Si se opone, entonces plantear al Juzgado la situación para que te autorice al cambio de domicilio y, además, se modifique el régimen de visitas con los menores. Sería a través de una demanda judicial de divergencias en el ejercicio de la patria potestad seguida de una modificación de medidas. Una segunda fórmula que entiendo también viable seria acudir directamente a modificación de medidas con toda la documentación relativa a los episodios de incidentes con los menores, y en la que, además de modificar el régimen, se le autorice al cambio de domicilio.

      Espero haber sido de ayuda, poniendome a su disposición si desea iniciar alguna acción judicial.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 22/02/2012 @ 7:19 pm | Responder

  85. Hola!!me gustaria exponer mi caso. Mi pareja y yo tenemos un hijo de 8 meses, todavia seguimos juntos porque me da miedo separarme y no poder disfrutar de nuestro hijo a diario pero cada dia me cuesta mas seguir asi. Yo soy de otra ciudad y aqui me siento muy sola sin ningun apoyo. Si me separo mi intencion es volver a mi ciudad y queria saber si podria llevarse a cabo una custodia compartida al estar a 500km de distancia o cuales serian los requisitos para obtener la custodia. muchas gracias

    Comentarios por belen — 01/03/2012 @ 3:42 pm | Responder

    • La custodia compartida supone que el menor estará aproximadamente el mismo tiempo con cada progenitor, de forma que es necesario que los domicilios estén lo suficientemente cerca como para que ello no suponga un problema al menor.
      Otra cosa es la patria potestad, que será compartida, y ello supone que ambos progenitores tienen los mismos derechos y deberes en la toma de decisiones sobre las cuestiones importantes del menor: educación, salud, actividades, domicilio,…
      Vista la edad del menor, mi consejo es que procedan de mutuo acuerdo en su separación, ya que les quedan muchos años por delante en los que deberán relacionarse, y cuanto mejor lo lleven, beneficiara al menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/03/2012 @ 4:15 pm | Responder

  86. Sois lo mejor que he encontrado para informarse sobre estos temas. Tengo muchos problemas con la madre de mi hijo, pero os comento uno. A la hora de firmar el convenio «amistosamente» me fié de la palabra de la madre en el sentido de que aunque no constaban las modificaciones que yo había introducido -entre otras- en lo concerniente a las visitas, me encuentro que solo puedo ver a mi hijo los miércoles y rara vez algún rato algún día en que ella tiene algo que hacer. Por ello yo de forma escondidas he querido ver a mi hijo a la entrada del colegio desde la distancia, fundamentalmente para que él no me viera y no poder acercarme. Se enteró y ha utilizado todo tipo de amenazaas, muchas de las cuales las tengo en e-mails de ella. No sé si actué bién, pero ella sabe que lo primero y más importante en mi vida es mi hijo y me chantajea con ello, continuas amenazas e impedimentos para estar con mi hijo. Yo por el niño «me trago todo» y no quiero discutir para que el niño no sufra. Le encanta estar conmigo y en contra de lo que opinan muchas madres separadas que conozco, yo no tengo por que ver al niño salvo lo estipulado. Evidentemente ella dice lo contrario ante su amistades, familia, allegados, etc.. ¿He hecho mal en verle desde la distancia? Por cierto, le tengo apuntado a clases de fútbol y ella me impide que vaya a verle durante el desarrollo de las mismas, como hacen otros padres. ¿Puede hacerlo? Y lo último para no abusar: El fin de semana ella se marcha de viaje con su pareja actual y me dice que le lleve el niño a casa de su madre pués ella igual llega tarde. La he comentado que se queda a cenar conmigo, así estamos más tiempo juntos y después se lo llevo para que nada más tenga que acostarle. Me dice que no que así ella no viene «agobiada». Entiendo que por una razón mayor no me importaría, pero tratándose de que no es así, no me puede obligar. ¿Me podéis decir algo? Mucchas gracias.

    Comentarios por Jaime Castells — 02/03/2012 @ 5:13 pm | Responder

    • El ver al niño en la distancia, sin entrometerse en su camino, no veo que sea mayor problema, pero lo mas adecuado es respetar en lo posible las estancias con cada uno. No vale hacerse el encontradizo para aprovechar hacer comentarios a la madre o al niño cada dia, por ejemplo. Pero por lo demás, no le veo mayor problema.

      En cuanto al fútbol, son actividades que el niño hace «en publico» por lo tanto, puede Vd. Perfectamente acudir aunque no sea su dia. Eso si, si no le corresponde, no pretenda llevarselo o pasar por encima de la otra parte. Me explico. Si es dia que le toca a la madre, pues que sea la madre quien le ayude en el vestuario, le lleve la meriendA, etc… Esta claro que ambos pueden acudir a este tipo de actividades, como a los festivales, torneos, partidos…

      Finalmente, en cuanto a lo del fin de semana, la obligación esta en dejar al menor en su domicilio habitual a tal hora. Tanta razón tiene la madre pidiendo que se lo deje a la abuela, como Vd.. De quedarse con el niño hasta que la madre llegue. Tome la decisión que considere mejor para el menor.

      Espero haber sido de ayuda. Si queda alguna duda, estoy a su disposición. Gracias por contribuir al blog.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/03/2012 @ 7:13 pm | Responder

      • Muchas gracias por todo. Tengo un problema también con el tema de las comunicaciones telefónicas con mi hijo. Yo le llamo todos los días y hablo con él un par de minutos o tres, pués a lo mejor está jugando con su amigo (vecino de casa y compañero de colegio) y tampoco quiero quitarle demasiado tiempo. En muchas ocasiones la madre no contesta al teléfono, ni fijo ni móvil, y el lunes, es decir anteayer, la tuve que enviar un sms pidiendo que atendieran al teléfono pués quería hablar con mi hijo. Hablé con él pero muy poco pués estaba cenando. Después recibí un sms de ella, diciéndome que no llame todos los días al niño, pués está jugando con su amigo, o con sus hermanas a la wii, etc. y que le cuesta mucho convencerle para que se ponga. Me pide que no le llame todos los días, «que ledeje un poco de aire». Al niño le gusta que yo vaya a jugar con él pués estamos en el parque jugando al fútbol con otros amiguitos compañeros de colegio algunos y otros vecinos de la zona.
        Cuando le veo, siempre le digo que le pida a su madre el teléfono para llamarme si quiere que vaya un rato a etar con él. La criatura me dice que su madre siempre le dice «tenemos que ir a esto, o a lo otro, o hacer tal o cual cosa», es decir excusas, pués cuando hablo con él, y le pregunto «¿que has hecho hoy hijo?» en la mayoría de las ocasiones me dice «jugar a la wii o ver dibujos en la tele». Demasiada wii a mi entender. Además quiero hacerte una pregunta :¿es perjudicial para el niño que le diga que deje un par de minutos lo que esté haciendo par hablar con su padre? Yo creo que tengo preferencia y que además es bueno para él hablar con su padre con regularidad. ¿Me puedes decir algo?
        Estoy pensando a corto plazo, en cuanto yo esté viviendo otra vez en Alcobendas, pedir aumento en el regimen de visitas, incluso para que pernocte conmigo uno o dos días entre semana. ¿Como lo ves?.
        Muchas gracias Assumpció.

        Comentarios por Jaime Castells — 06/03/2012 @ 7:29 pm

      • El tema teléfono y los hijos es un problema recurrente y de difícil solución. Muchas veces para ellos es mas importante el juego o los dibujos que papa al teléfono, y otras veces, son los custodios quienes ponen poco de su parte. Quizás la forma mas adecuada de organizarlo es quedar que va a llamarle cada día a una hora determinada, de forma que sea por ejemplo, justo antes de la cena. Y así ya no estará ocupado con sus juegos.
        Por lo que se refiere a ampliar régimen con pernoctas, si su ubicación se lo permite y no supone un altibajo de horarios para el menor, l encuentro perfectamente adecuado, ya que los lazos se hacen mas fuertes.

        Quedo a su disposición para cualquier duda.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/03/2012 @ 10:33 am

      • No veo que esté publicada la respuesta, seguro porque no creo entender bién el funcionamiento del blog, pero por si acaso repito la misma. Llamo a mi hijo todos los días, hablo con el no más de 2-3 minutos para no cansarle ni quitarle tiempo a sus juegos, generalmente con su vecino y compañero de colegio. Ultimamente la madre no me contesta al teléfono y me ha enviado un mensaje diciéndome que no le llame todos los días, «que le deje un poco de aire». Dice que a veces cuando le llamo está jugando con su amiguito, o con sus hermanas a la wii. Al margen de que creo que le está haciendo un adicto a la wii por interés propio -mientras el niño juega ella puede atender a su pareja o chatear con sus amistades, etc.- Creo que no le hago ningún mal a mi hijo hablando con él todos los días, más bién al contrario, pero me gustaría que me dieras tu opinión. Pienso que es más importante para el niño dedicar dos-tres minutos al día a hablar con su padre que estar jugando a la wii con sus hermanas. Repito, hablo con él no más de tres minutos.
        Muchas gracias, Assumpció.

        Comentarios por Jaime Castells — 07/03/2012 @ 3:35 pm

      • Insertaste correctamente el comentario. La cuestión es que la publicación tanto de consultas como de respuestas, no es diaria, va algo en función de los tiempos libres del trabajo del despacho, y a veces pasan algunos días, o a veces son casi inmediatas. Por ejemplo hoy quedaran todos con su respuesta. Ya la tienes publicada. Y gracias por el interés!!!

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/03/2012 @ 10:45 am

    • Hola Assumpció, creo que no se utilizar debidamente este blog, pués he insertado dos comentarios y ahora no los veo. No sé si te lo he enviado bién o no. Si me puedes indicar a mi correo electrónico como acceder te lo agradeceré, pués de verdad, que encontrarte en este blog ha supuesto para mi un balón de oxígeno, pués me encuentro muy agobiado con el tema de mi hijo. Muchas gracias.

      Comentarios por Jaime Castells — 08/03/2012 @ 6:51 pm | Responder

    • Las cosas parece que empeoran. Esta tarde estaba viendo a mi hijo jugar al fútbol desde lejos sin que el me viera, era imposible, y de pronto me he cruzado con su madre. Bueno, me ha dicho que no iba a ver al niño y que si queria que la denunciase. ¿Puede hacerlo? Me puedes decir algo.

      Comentarios por Jaime Castells — 08/03/2012 @ 7:50 pm | Responder

      • Aunque no este en su periodo de visitas, puede Vd. Perfectamente acudir a las actividades deportivas o culturales en las que participe el menor. No veo motivo para fundamentar una denuncia. Pero ante todo, tenga cuidado de que ello no pueda suponerle a la madre un fundamento para alegar un acoso hacia ella, que ahí estaría el problema para Vd.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/03/2012 @ 10:50 am

      • Buenos días Assumpció,
        Como no manejo nada bién este tema del blog, de casualidad he visto tu respuesta al tema de llamadas. Corta el teléfono (fijo) de modo que yo no puedo contactar y al móvil no me contesta. Yo la dije -escribí- que llamaría al niño días alternos y siempre lo he hecho precisamente a las 20/20,30h aprox. ¿que puedo hacer?.
        A mí me parece algo horrible que una persona con la que en un momento de la vida has tenido una buena relación, que ha significado algo y que como consecuencia de ello tienes un hijo en común, denunciarla. No sé, yo jamas he puesto trabas a que el niño hable con ella cuando está conmigo, es más, en periodos vacacionales sin ella pedírmelo, le he llevado al niño a su trabajo para que le viera. Por tanto no entiendo esta situación.
        Muchas gracias por tu atención y consejos. Lo creas o no, suponen para mí un aliciente y una esperanza en que todo esto termine.
        Un saludo y otra vez, muchas gracias.

        Comentarios por Jaime Castells — 10/03/2012 @ 12:46 pm

      • Mencionada algo vuestros sentencia/convenio en relacion a comunicacions telefonicas??? Si es afirmativo, podemos ir directamente a ejecucion de sentencia. Si no menciona nada de nada, la opcional seria solicitar lo via judicial, pero movem una modificacions para ello lo Veo algo arrestada, ya que ella podria reconvenir la demanda y predir otros modificacions y ello quizas no seria obtenen lo que se pretende. Puedes passarem por correo electrònica o fax vuestra sentencia???

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/03/2012 @ 2:01 pm

      • Buenas tardes Assumpció, Por supuesto te pasaré el convenio así como una serie de e-mails que tengo de ella y los míos. En ellos podrás comprobar -a mi entender- que esta mujer piensa que ella está por encima de todo, incluyendo la ley. Te pido que veas con detenimiento sus amenazas. Para ello te ruego me facilites una dirección de correo donde enviártelo, pués es algo muy personal y no quiero que pueda ser visto por nadie más.
        Por cierto, hoy es mi día de verle y me ha puesto un sms diciendo que no fuera a buscar al niño pués iba a llevarle al dentista. La he respondido que de acuerdo, pero que cuando regresaran me avisara para ver al niño. Me ha respondido que no, que ya le he visto esta semana (¿?) y es más de lo que me corresponde. La he contestado que no me impida ver sl niño, pués bastante poco le veo ya. En fin, me ha contestado pero todo ello te lo pasaré.
        Esta es una persona que se aprovecha de los buenos modales y educación, en este caso de mi, pero que también lo hacía -yo fuí testigo- con su exmarido.
        Espero tus noticias y como siempre ¡muchas gracias!

        Comentarios por Jaime Castells — 14/03/2012 @ 2:37 pm

  87. Buenas tardes.

    Mi caso es que no estoy casada pero tengo un hijo de 5 años y la custodia la tengo yo. Durante los 3 primeros años el padre disfruto del régimen de visitas actual, sin convenio, dejandole al niño desde que este tenia 7 meses, por mi propia voluntad.

    Tengo una clausula que no podemos cambiar la residencia de la comunidad autónoma donde residimos sin consentimiento de ambos.

    Voy a casarme con mi actual pareja que es español pero trabaja y vive en el extranjero, en un país europeo a menos de 2 horas en avión.

    ¿Como puedo hacer para que este cambio no suponga perder la custodia?

    Las condiciones que mi hijo tendría en el otro país serian mucho mejores que en España, con educación en colegios privados, posibilidad de ser trilingue y no tengo ninguna intención de quitar al padre la posibilidad de ver al niño, pero cambiando un fin de semana cada 2 semanas por uno al mes, pagando yo los gastos de desplazamiento y a cambio mas vacaciones en Semana Santa, Navidad y Verano, de forma que el numero de días al año no varíe. También comunicación diaria por webcam, pagando yo los gastos de ambos domicilios, por ejemplo.

    El padre biológico trabaja a diario hasta las 8 de la noche y yo no trabajo, dedicándole las 24 horas del día a la educación y atención de mi hijo. Esta circunstancia no cambiara en el extranjero.

    Por favor, orientarme un poco.

    Muchas Gracias

    Comentarios por Eva — 03/03/2012 @ 4:20 pm | Responder

    • Lo mejor es plantearle esta opción al padre, y si no acepta un acuerdo, antes de marcharse deberá pedir la autorización al juez, mediante conflicto de patria potestad , por el que se plantea la situacion y se pide al juez que decida acerca del cambio de domicilio y con ello, modificación de medidas, para establecer la nueva forma de relacionarse de padre e hijo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 05/03/2012 @ 11:14 pm | Responder

  88. Me quedé en paro y una semana después me quedé en embarazada y así hasta hoy. Ya estando embarazada me dijo que me fuera y ahora me arrepiento de no haberlo hecho.Mi niño tiene ahora 7 meses y vivimos en zaragoza. Hemos decidido dejarlo ya que estamos mal y esto crea muy mal ambiente, pensé que cambiarian las cosas pero estan cada vez peor. Mi familia es de cordoba, asi que me gustaría irme para allá pq tendría la ayuda de mis padres. El es funcionario, lo gana bien y buenos horarios para estar con el niño, así que yo llevo las de perder y no se que hacer porque me gustaria irme a córdoba pero tampoco podría darle la mitad de la custodia ya que no soportaría no tener a mi hijo a mi lado ni un solo día. Que hago?

    Comentarios por paloma — 04/03/2012 @ 1:38 am | Responder

    • Con la separación, forzosamente estará algunos días sin el menor. Ya sea con custodia compartida o individual, algún tiempo estará sin el, de forma que lo mejor es que vaya haciéndose a la idea. Si se les aplica el derecho aragonés, la custodia será en principio compartida, y si además el tiene buenos horarios, con mas razón. Lo mejor seria plantear la padre la posibilidad de que se marchen a Córdoba, y si el padre no lo acepta, gestionen un buen reparto del tiempo con el niño de mutuo acuerdo. Comporta sacrificios para todos, pero es muy pequeño y vdes. Van a tener que relacionarse durante muchos años, y cuanto mejor sea su relación , mejor para el niño. Piense que el menor necesita relacionarse tanto con el padre como con la madre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 05/03/2012 @ 11:12 pm | Responder

  89. Hola buenas la pregunta es la siguiente, sin estar los padres separados, ella es de otro país y solicita irse un mes con los niños para ver a su familia pero todos pensamos que no volverá puesto que la situación económica de aquí no es buena, qué podemos haccer? Tiene que firmarle el si o si el papel para salir a sudamérica? Estamos muy preocupados pq no sabemos que hacer, ella dice que es de vacaciones pero los niños perderían u mes de colegio, que nos aconsejas? Gracias Gracias.

    Comentarios por espectre — 05/03/2012 @ 5:58 pm | Responder

    • Si tienen la sospecha de que no vaya a regresar, será que la situación de pareja no es demasiado buena. Si los niños tienen que perder colegio es un motivo suficiente para fundamentar una oposición a que se los lleve.y también es importante el país al que vayan y la nacionalidad de los menores. Si el país no forma parte del convenio de la haya el retorno de los menores puede ser imposible.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 05/03/2012 @ 11:07 pm | Responder

      • Muchas gracias x la respuesta, es del Perú, los niños son nacidos aquí lo que desconozco es si tienen doble nacionalidad, estamos que no sabemos que hacer, porque si te niegas a que se los lleve parece que estás haciendo el papel de malo puesto que los niños tienen ganas de hacer ese viaje, perú forma parte del tribunal de la haya? La mejor op´ción es ir con ellos en el viaje?? Hacerle firmar un papel ante notario tendría validez para reclamarlos después de ese periodo de tiempo «vacacional»??

        Comentarios por espectre — 06/03/2012 @ 8:35 am

      • Entiendo que quien consulta no es el padre de los menores, puesto que el padre debería saber si los niños tiene doble nacionalidad. La situación me hace sospechar que la relación de pareja esta rota y el viaje pueda der una excusa y que se vaya a poner una demanda estando ya allí así que, si no lo tiene claro, lo mejor seria que el padre lo hablara francamente con la madre y a partir de ahí tomara la decisión. En mi entender, según sea la edad de los menores, por mucha ilusión que les haga el viaje, no es muy adecuado que pierdan un mes de clase cuando pueden ir perfectamente en periodo de vacaciones estivales.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/03/2012 @ 11:10 am

  90. Buenas tardes:
    La consulta que quiero realizar es para mi marido. El está divorciado de su primera mujer, por motivos de infidelidad por parte de ella, y con la que tuvo un hijo que actualmente cuenta con seis años. Una vez divorciados ella, el niño y la nueva pareja se trasladaron a vivir a 40 km del lugar de residencia del
    niño sin comunicárselo a su padre y alegando motivos de trabajo. Se presentó la denuncia correspondiente y la jueza le dió la razón a la madre, pero con una cláusula en la sentencia que advertía de la necesidad del consentimiento expreso del padre para cualquier cambio. Mi marido tiene que ir desde bilbao (nuestra residencia) a vitoria (residencia actual del menor) 3 dias a la semana para poder disfrutar del peque y fines de semana alternos tal y como reza en la sentencia. Como este ir y venir nos estaba perjudicando un poquito, por que el cansancio acumulado hace mella, se optó por solicitar ante el juez un cambio de visitas pidiendo tres fines de seguidos y los miércoles para poder disfrutar del niño y poder ser una familia. La sentencia indudáblemente fue que no, que no le suponía tanto sacrificio, por lo que recurrimos a la AP. Estando la documentación en la AP la madre del menor a roto la relación con la pareja que tenía, volviendo a su pueblo a casa de los padres de ella. Mi marido se enteró del cambio del colegio y de empadronamiento por el director del colegio que está obligado, en estos casos, a comunicárselo al padre. Hemos tenido que presentar la sentencia a la Consejería de Educación para poder recurrir el cambio del centro de educación y el niño tiene que asistir a ese centro todos los días, para que el niño no tenga que recorrer 40 km todos los días para ir al colegio, mi marido a tenido que coger un apartamento en régimen de alquiler y pasar allí las noches de los días que le corresponden a él. La madre alega que el nuevo domicilio es el que tiene ahora el niño y sabemos por mediación de la mediadora familiar, que les a citado, que le ha presentado dos denuncias aportando el convenio regulador que es muy anterior a la sentencia firme existente.
    Hemos aportado toda la documentación a la AP ya que el expediente sigue abierto pero creo que no tenemos nada que hacer, existen mujeres que se creen con pleno derecho a todo.

    Comentarios por esther — 06/03/2012 @ 7:14 pm | Responder

    • Si la madre ha vuelto a cambiar de domicilio y además de colegio, sin advertir al padre ni pedir su consentimiento deben poner en marcha una demanda judicial, la de educación no tiene mayor fuerza, es un tema de patria potestad, y si la madre, en su inestabilidad, va a estar cambiando al hijo de casa y de colegio según sus intereses personales, quizás seria mejor un cambio de custodia.
      A pesar de que este en la AP, lo mejor seria iniciar nuevas acciones para que exista una decisión para el próximo curso escolar, que sea beneficiosa para el menor.

      Estaría encantada de poder dirigir profesionalmente este procedimiento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/03/2012 @ 10:28 am | Responder

  91. Hola,
    quiero realizarte una consulta muy concreta,
    explico los hechos:
    Mi pareja es de otro pais, nuestro hijo nació en otro pais latinoamericano pero tiene la nacionalidad española,
    la edad de mi hijo es de 8 meses y medio
    ahora se lo quiere llevar a vivir al pais de origen de la madre (mi hijo tiene las dos nacionalidades y pasaporte español ) estaoy esperando la carta del juzgado o de su abogado, su madre aqui en Barcelona-se que se está concediendo en Catalunya la custodia compartida-la madre no tiene trabajo aquí y dice que en su pais le hacen un contrato-desconozco lo que cobraría y el horario- es un pais donde prima la inseguridad.
    el hecho es que no sé si un juez decidirá que se puede llevar a mi hijo y yo verlo tan poco que ni se acordará de mí, o si tengo más posibilidades de que mi hijo se quede conmigo, puesto que sé que la madre quiere pedir la custodia para ella.
    Puedes decirme si tengo posibilidades de quedarme yo a mi hijo o que puede pasar?
    Muchas gracias

    Comentarios por Lo — 17/03/2012 @ 6:53 pm | Responder

    • Los juzgados no tienden a permitir que los niños españoles se marchen del país. Si se encuentran en Catalunya y les es de aplicacion el derecho civil catalán, tiene Vd. Una buena opción para solicitar una guarda compartida, que, aunque con la edad del menor no será facil que sea un 50% del tiempo, si que se establecerá un régimen de relaciones que asegure que Vd. y el menor se vean y relacionen a diario, y poco a poco se ira modificando para llegar a ese ideal del tiempo compartido de forma equivalente. Aunque la madre tenga mayor tiempo , o tenga la custodia, NO PUEDE cambiar el domicilio del menor de forma unilateral, por lo que lo que a Vd.mas le interesa para evitar que se lleve al niño al otro país es tener ya regulada la situación, incluyendose en su solicitud un cierre de fronteras para el menor o retirada de pasaporte.

      Si puedo ayudarle en la resolucion judicial de este tema, quedo a su disposición.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/03/2012 @ 12:09 pm | Responder

      • Muchas gracias,
        Lo que me preocupa es que un juex dictamine que lq custodia es para la madre y se lo pueda llevar… En el caso que la sentencia sea que mi hijp deba quedarse en catalunya, y la madre opte por quedarse, teno que solo pueda tenerko un dia a la semana sin pernocta….es posible que pueda ocurrir algo asi?

        Comentarios por lo — 18/03/2012 @ 2:30 pm

      • La custodia no permite llevarse al menor donde quiera. Si se sigue en Catalunya, el domicilio del menor es el que tiene en el tiempo de la demanda/sentencia y no se puede modificar si no hay acuerdo de AMBOS. Mi recomendación es no dudar, no dejar pasar los días. Cuanto antes tenga una resolución antes se acabaran los riesgos y antes empezara una situación regularizada, con derechos y deberes, con limites pRa todos, y ello, además de permitirle a Vd. Vivir con una cierta seguridad, asegurara un bienestar para el menor, derivado del hecho que cada uno sepa cual es su posición y a que debe atenerse.

        No dude en comunicarse conmigo si desea que asuma la dirección Letrada de su procedimiento.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/03/2012 @ 11:22 pm

  92. mi pareja es divorciado desde hace unos 6 años.ella tiene la custodia de los niños , mi marido los va a recijer dos fines de semana al mes y las vacaciones son la mitad para cada uno.¿¿podria solicitar ahora la custodia compartida?¿? mi nobre es geminis.gracias.

    Comentarios por geminis — 20/03/2012 @ 2:12 pm | Responder

    • Ante todo, depende de la comunidad en la que se encuentren. En Cataluña, Valenciana o Aragón sería argumentable el cambio, ampliando el regimen restrictivo. En otras comunidades lo que debería solicitarse es una ampliación de régimen de visitas. Quedo a su disposiciñon si desean iniciar alguna actuación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/03/2012 @ 3:38 pm | Responder

  93. Buenas noches Assumpció.
    Estoy tan desesperado y veo todo tan negro por lo que me dicen a mi alrededor, que leer este blog y experiencias de otros padres así como tus respuestas, me ofrecen algo de luz y esperanza.
    Te resumo mi situación inmediata:
    Resido en Galicia y tengo una niña de 5 años fruto de una relación anterior que se terminó hace ya 3 años.
    Desde entonces sigo un régimen de visitas impuesto por convenio, típico de una visita a la semana, fines de semana alternos, y mitad de vacaciones escolares.
    No he faltado nunca a ese régimen y pago religiosamente la pensión alimenticia pactada para que a mi hija no le falte de nada.
    Toda la familia materna de la niña reside también en Galicia, abuelos, tíos, primos, etc.
    Por mi parte y por suerte he podido volver a empezar mi vida y disfruto de total estabilidad con mi nueva pareja a la que mi niña quiere con locura.
    También ahora tiene una nueva familia por parte de mi pareja con más abuelos, tíos y primos que la quieren todos como una más de la familia.
    Decir que mi “ex” viaja a menudo por su trabajo y deja mi hija con sus padres o hermanos, negándose a dejármela a mi porque quiere evitar como sea el roce con mi nueva pareja.
    Por lo que yo sé, hace algo más de un año que conoció a su actual pareja, que reside en Cataluña.
    Desde entonces han sido idas y venidas y aprovechando los periodos vacacionales se ha llevado a la niña a Barcelona.
    Hasta aquí todo bien y no me importaría seguir así hasta que mi hija pudiera decidir por si misma con quién quiere estar.
    Pero hace exactamente 11 días al entregar a mi niña en el domicilio familiar, me anuncia en el portal de su casa, en cuestión de 5mns, que está embarazada
    y como su pareja no consigue trabajo en esta zona, ha decidido trasladarse a Barcelona.
    A lo cual le contesto rápidamente que me parece bien que ella se vaya a Barcelona pero que la niña se quede entonces conmigo y cambiemos el convenio para tener yo la custodia.
    Me contesta con una sonrisa que me asesore bien, que se trata de un asunto de fuerza mayor, que consulte lo que quiera porque ella se va con mi hija y que su abogada se pondrá en contacto conmigo.
    Me marché descompuesto y no dormí en toda la noche pensando en la posibilidad de perder a mi hija por tenerla nada menos que a ¡1100 kms!
    Desde entonces estoy buscando ayuda y tengo ya cita con un abogado la semana próxima. No sé que opinará él y estoy muy nervioso.
    Esta misma tarde me mandó un mail comunicándome que después de Semana Santa posiblemente ya se traslade y que espera que nos pongamos de acuerdo en cuanto al nuevo régimen de visitas.
    Con esto entiendo que ya da por hecho que se puede marchar y no cuenta para nada con mi aprobación, ni siquiera me consulta, simplemente actúa a su antojo.
    Ya le contesté que mi abogado se pondrá en contacto con el suyo y que ya sabe mi respuesta en cuanto a ese posible traslado.
    Le he reclamado también que me detalle por escrito los motivos de ese cambio así como que me explique exactamente lo que pretende.
    Una amiga procuradora me aconseja que reclame la guardia y custodia de la niña y creo que es lo que haré.
    ¿Cómo lo ves?
    ¿Crees que puedo conseguirlo?

    Muchas gracias por tu ayuda.

    Roberto

    PD: (que conste que me encanta Barcelona, pero entenderás que prefiero quedarme con mi hija)

    Comentarios por Roberto — 22/03/2012 @ 10:06 pm | Responder

    • Si ya tienes un correo donde te menciona la posibilidad de cambio de domicilio no puedes quedarte parado ni un momento!!!. Mi consejo es remitirle un sms certificado (por la inmediatez mayor que da sobre el burofax) manifestando claramente la oposicion a que se modifique el domicilio de la menor. Eso lo haría yo ya mismo. Tras ello, iniciar demanda de modificación de medidas con Medidas cautelares urgentísimas, dejando claro la urgencia por el anuncio de cambio de domicilio a tal distancia, y por supuesto, reclamando el cambio de guarda para mantener a la menor en su ambiente, en su entorno. Bien trabajado, bien argumentado, es una base ciertamente solida para el cambio.

      Si lo deseas, podria hacerme cargo del asunto.( una buena oportunidad para visitar de nuevo Galicia!!)

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/03/2012 @ 3:24 pm | Responder

      • Buenas tardes y muchas gracias por tu rápida respuesta Assumpció.
        Acabo de enviar ese SMS certificado a través de Lleida.net confirmando mi oposición absoluta al desplazamiento de mi hija.
        Como ya te dije tengo cita con un abogado de Vigo, el próximo Martes.
        Si quieres y por honradez esperamos a ver que me dice y si es tan positivo como tu.
        Sea lo que sea te lo comentaré y desde luego si no me ofrece garantías de éxito contaré contigo.
        Si pasas por Vigo no dudes en llamarme, al menos para poder agradecerte tus consejos.
        Un saludo.
        Roberto

        Comentarios por Roberto — 23/03/2012 @ 5:29 pm

      • Por supuesto!!!

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/03/2012 @ 5:54 pm

      • Buenas tardes Assumpció.
        Como sabes ya le envié el sms certificado pero me preocupa mucho su silencio.
        Ni una llamada, ni un comentario….. me deja cada vez más claro que su intención es marchar con la niña ¡ya!
        Cuando hablas de «iniciar medidas cautelares urgentísimas» supongo que tengo que hacerlo vía abogado.
        Este trámite es rápido? es decir una vez presentado se lo comunican de inmediato?
        Quiero decir… aunque lo haga ya mañana, será suficiente para que ella reciba la comunicación y le obligue a quedarse?
        Como ví que estabas conectada traté de llamar el tfno que aparece en tu perfil, pero no hay respuesta.
        Sé que es Domingo, pero mi preocupación va creciendo y necesito asegurarme cuanto antes de que mi hija no se mueva de Vigo.
        Como podemos hablar de esto?
        Puedes realizar esos trámites desde tu despacho o tienes que venir a Vigo?
        Gracias una vez más por tu ayuda.
        Roberto

        Comentarios por Roberto — 25/03/2012 @ 2:57 pm

      • En efecto es un tràmite judicial, y seria el mas ràpido aunque, como en todo, dependerá del juzgado.La demanda se puede preparar sin problemas, y solo seria necesario un desplazamiento al Juzgado, para la vista. Si el Juzgado lo estima procedente, puede acordar unas medidas provisionales sin necesidad de oír a la otra parte. Lo importante es hacer ver al juzgado la urgencia de la situación. Podemos comentar el tema a lo largo de mañana lunes.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/03/2012 @ 5:30 pm

      • Ok Assumpció,
        Te llamo mañana por la mañana al tfno que parece en tu perfil.
        Espero que los juzgados de aquí sean rápidos.
        Gracias.

        Comentarios por Roberto — 25/03/2012 @ 7:55 pm

      • Hola Assumpció.
        Estoy intentando llamarte pero no tengo respuesta.
        ¿Como contactamos? Es urgente…………
        Envíame un mail con un tfno donde pueda llamarte.
        Gracias.
        Roberto

        Comentarios por Roberto — 26/03/2012 @ 8:20 am

      • Has recibido el Mail?? Mañana miércoles tarde estaré fácilmente localizarle en el despacho, así como jueves, que aprovechare que no hay juicios para organizar expedientes.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/03/2012 @ 10:51 pm

  94. En el caso que el padre reside en el extranjero (en Colombia) desde el divorcio y nunca cumplió con sus visitas (o sea lleva 4 años sin ver a su hija y se desprendió completamente de ella) y yo (la guarda y custodia) por causas laborales y personales decida mudarme a otro país dentro de Europa con mi pareja y mi hija, ¿necesito algún consentimiento firmado por él? ¿cómo lo consigo si no mantenemos más contacto que cuando llama de tanto en tanto (cada 5 o 6 meses)?

    Comentarios por nuria — 23/03/2012 @ 8:26 pm | Responder

    • Si no existe contacto alguno, seria uno de los supuestos en los que no me preocuparía demasiado por pedir una autorizacion para el cambio de residencia, porque al padre no le afecta en absoluto en su régimen de visitas. También seria una opción, por el total incumplimiento, solicitar una suspensión de la patria potestad, pero esto podría dar lugar a que el apareciera y quisiera poner trabas a algo que nunca ha cumplido.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/03/2012 @ 11:54 pm | Responder

      • muchísimas gracias por el consejo, el único contacto es telefónico y sin ninguna frecuencia, la última vez que habló con su hija fue en enero… yo ya lo denuncié en una ocasión por incumplimiento de visitas y de pensión alimenticia, pero luego él llamó a decirle a su hija que su mamá lo quería ver en la cárcel y acabé retirando la denuncia, no quiero llegar a esos términos, sobre todo por el sufrimiento de mi hija. Sólo quiero asegurarme que no me vaya a causar problemas si finalmente mi hija y yo nos vemos obligadas a mudarnos de ciudad o de país, si la ley me obliga a que él me de su consentimiento expreso, veré de qué manera lo puedo conseguir. Gracias de nuevo.

        Comentarios por nuria — 24/03/2012 @ 11:16 am

  95. Buenas noches. Os comento mi caso.
    Actualmente mis hijos (13 y 7 años) viven en Murcia con mi exmujer que tiene la custodia. Yo vivo en Valencia y hago 300 km ida y 300 km vuelta fin de semana si fin de semana no para pasarlo con mis hijos cumpliendo con el regimen de visitas. Actualmente mi exmujer se quedo sin trabajo y a decidido marcharse a vivir con sus padres a su pueblo de origen en Albacete.ya que alli si tiene trabajo. ¿Podrian obligarme a mi a recoger a los niños en Albacete?. Con lo cual tendria que ir el viernes de Valencia a Albacete y despues a Murcia y vuelta al reves el domingo. ¿Independientemente de donde vaya a vivir la madre tengo que ir yo a por los niños?
    Gracias………………………………….

    Comentarios por Mario — 27/03/2012 @ 11:54 pm | Responder

    • Para modificar el domicilio de los hijos la madre necesita la autorización o consentimiento del padre y si eso no es posible, debe pedir una autorización judicial para ello, en un procedimiento en el que deberá plantear los motivos de la solicitud del cambio y en el que Vd. será parte para manifestarse sobre el mismo y además deberá procederse a un cambio de regimen de relaciones paternofiliales, es decir, a una modificación de medidas.

      Si los niños van a vivir en Albacete, no entiendo por que deberia ir de Albacete a Murcia. Debe plantearse por un lado, que cambio supone para Vd. ir a Albacete en lugar de ir a Murcia. Por otro, cuanto tiempo llevan residiendo los menores en Murcia, y como les influirá el cambio de residencia, sobre todo al mayor, por la edad.

      Y con eso, ver si el cambio es bueno o no, y tomar la decisión de oponerse o aceptarlo. Si decide oponerse, cuanto antes se lo ponga de manifiesto a ella, mejor, para evitar que se marche y entren en juego los dichosos hechos consumados y el paso del tiempo vaya a favor del cambio realizado.

      Quedo a su disposición si desea una mayor aclaración o si decide iniciar algun procedimiento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/03/2012 @ 12:38 pm | Responder

  96. Primero agradecete tu respuesta tan rapida y en segudo lugar puntualizar ciertas cosa que creo que no me h explicado.

    El tema de yo ir a albacete recogerlos y volver a murcia es porque en murcia tengo residencia, ya que alli es donde han vivido mis hijos siempre, y yo tambien, pero yo me vi desplazado a valencia por motivos laborales.
    Y la segunda parte si yo me opongo al cambio de domicilio, ¿ le pueden conceder el citado cambio de domicilio por motivos laborales?, y si a si fuese ¿me pueden obligar a mi a hacer todo ese viaje? Valecia- -Albacete-Murcia, recoger a los niños el viernes y vuelta el domingo, siendo la necesidad del cambio de domicilo de la madre.

    Gracias.

    Comentarios por Mario — 28/03/2012 @ 1:42 pm | Responder

    • El fin de semana, salvo que esté dispuesto explícitamente de otro modo, Vd. Lo puede pasar con los menores donde tenga por conveniente, de forma que, en principio, no tiene obligación de pasarlo en Murcia. Podría pasarlo en Murcia como en Albacete, o en Valencia o en otro lugar sin problema alguno.

      La autorización de cambio de residencia deberá ser bien razonada, con la primera premisa de ver que es lo mejor para los menores, porque el motivo laboral es importante, pero la estabilidad de los menores lo es mas importante, y pienso firmemente que un simple trabajo cualquiera, quizás incluso contrato temporal, no seria una razón suficiente para el cambio. También serian alegables motivos educativos y de formación, puesto que no seria lo mismo las facilidades educativas en un pequeño pueblo que en una capital, máxime con la edad del mayor quien, por cierto, tendría derecho a ser escuchado en el procedimiento.

      Que otras posibilidades podrían ser viables y adecuadas para los menores?

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/03/2012 @ 2:24 pm | Responder

  97. hola tengo una consulta
    me separe hace mas o menos un año y algo recien le segui el juicio de alimentos aun no me ah pagado porque esta en rehabilitacion las visitas no han sido asignadas porque el juez considero que no estaba apto para tratar con el niño todavia mihijo tiene dos años 5 meses no ah tenido contacto con el papa mas que alrededor de 10 meses cerca de un año tiempo en el que vivi con el el es drogadicto y alcoholico por esa razon esta en «rehabilitacin » quisiera saber como hacer actualmente me han propuesto irme alla y trabajar tambien tengo una preja la cual vive alla no eh tomado una decision todavia pero en caso de tomarla quisiera saber que hacer en estos casos la rehabilitacin dura un año tiempo en el cual el no respondera por mi hijo y aun despues hasta conseguir trabajo tampoco llegamos aun acuerdo q en abril salia y coneguia traajo pero quiere mas tiempo tampoco eh abierto la tarjeta kardex porfavor quisiera me ayude y me asesore acerca de que debo hacer ……muchas gracias

    Comentarios por jessica gonzalez — 09/04/2012 @ 10:45 am | Responder

    • Ante todo necesito saber cual es su nacionalidad y en que país se encuentra, ya que no tengo conocimientos de legislación de paises iberoamericanos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/04/2012 @ 9:27 am | Responder

  98. Hola.

    Quisiera haceros una consulta:

    Mi caso es el siguiente: Hace dos años me separé de mi expareja con quien comparto una hija que hará cuatro años el próximo noviembre. Tras un año de negociaciones terribles (no me dejaba ver a mi hija) firmamos un convenio regulador en el que conseguí una tarde en semana, fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones. Su excusa para no dejarme estar con mi hija más tiempo era mi falta de estabilidad, etc… Es verdad que en aquellos momentos yo me había mudado al campo y estaba intentando salvar una empresa que se iba a flote.

    Hoy día ella incumple sistemáticamente nuestro acuerdo (no en lo referente a las visitas sino en lo referente a llamadas de teléfono con mi hija, a información sobre el estado médico de la menor, etc) y no da ninguna oportunidad de aumentar las visitas del padre con la menor aún no pudiendo ella hacerse cargo pues prefiere que esté con sus padres a que esté conmigo. Yo, por mi parte, me he mudado al pueblo donde vive mi hija y he encontrado un buen trabajo y estoy ahora mismo estableciéndome poco a poco. Ella, además, y una semana antes de que mi hija se viniese conmigo por primera vez de vacaciones (acababa de cumplir tres años), interpuso una querella en el juzgado de violencia de genero por acoso psicológico ya que un día (y después de mucha paciencia demostrable) intenté hablar con mi hija y llamé a su teléfono más veces de lo lógico y no me lo cogió ninguna. Esta denuncia va a ser archivada con toda probabilidad.

    Mi pregunta es: Si han cambiado varias circunstancias desde que firmamos el convenio (cambio de domicilio por mi parte, cambio de trabajo y, además, ella ha puesto una denuncia falsa de violencia de genero, ¿podría pedir un cambio de convenio , con posibilidades que me lo concedan, para pasar más tiempo con mi hija?.

    Gracias

    Comentarios por informaticadeusuariofuengirola — 13/04/2012 @ 9:16 pm | Responder

    • Perfectamente. Sobre todo porque su situación actual permite mejor asistencia a la menor. Debería acreditarse al máximo el cambio de situación respecto a al existente al firmarse el convenio y plantear la demanda de modificación de medidas.

      En cuanto a los incumplimientos por parte de la madre custodia, la solución esta en interponer las demandas de ejecución de sentencia necesarias para que sea requerida de cumplir. Si sigue incumpliendo son «puntos negativos» para ella de cara a cualquier modificación.

      Quedo a su disposición si desea iniciar algún tipo de procedimiento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/04/2012 @ 10:05 am | Responder

  99. estoy separada desde junio de 2011, con sentencia judicial desde febrero de 2012 y tengo la guardia y custodia de mis 3 hijos de 9, 13 y 16 años, su padre se fue a vivir a 500 km. de aqui y los ve cuando puede y se los lleva los puentes y navidades asi como el mes de vacaciones, el pasa una pension de alimentos de 120 euros por niño, no trabaja aunque tiene bienes, el problema surge porque la niña mayor ahora dice que se quiere ir con su padre para estudiar alli ya que aqui no hay bachillerato de arte y es lo que quiere hacer, mi pregunta es ¿cambia la guardia y custodia?, ¿tengo yo que pagar los 120 euros de la niña a su padre o simplemente dejo de recibirlos?

    Comentarios por yolanda — 18/04/2012 @ 7:54 am | Responder

    • Si se va con el padre, lo mejor para todos es hacer una modificación de la guarda en tal sentido. Si lo hacen de mutuo acuerdo, mucho mejor. Podría incluso hacerse una modificación temporal, por estudios ( aunque teniendo en cuenta su edad, solo quedan dos años de guarda). En el cambio, en efecto, debería establecerse una modificación también en lo económico en relación a esta hija, ya que será entonces el padre quien se ocupe de los gastos ordinarios de la hija. Los importes de la pensión pueden ser los mismos, o los que se deriven de la nueva situación, ya que es posible que los gastos de la hija sean diferentes en una localidad o en otra. Y también pueden establecer unos alimentos simbólicos a cargo de Vd.
      Lo ideal seria llegar a un acuerdo, plasmarlo en convenio y llevarlo al juzgado, pero también es posible dejarlo plasmado ante notario como un cambio temporal. No tiene la misma fuerza ejecutiva, pero ya deja cubiertas las responsabilidades de ambos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/04/2012 @ 8:37 am | Responder

  100. Tengo a mi hijo a cargo. el padre viene a verlo dos dias en semana un par de horas y a veces ni esto. el esta casado y jamas renuncio a su vida por nosotros. tengo orden de incomunicacion con el ya que por su celopatia no pude rehacer mi vida. actualmente estpy en tratamiento psiquiatrico por ansiedad motivafa por la presion que ejerce sobre mi vida. del nino solo se ocupa economicamente….me recomienda mi psiquiatra que me vaya de mi ciudad..y he pensado en pedir excedencia e irme un tiempo.el se negara apelando al menor…quepuedo hacer?

    Comentarios por maria — 21/04/2012 @ 4:43 pm | Responder

    • Si plantea adecuadamente la demanda para cambiarse de domicilio y der llevarse consigo al menor, demostrando que no se ocupa mas que de pagar los alimentos, y que ese cambio será positivo para el hijo, es probable que el Juez le autorice el cambio. Pero sobre todo, lo que tiene que ponderarse es que el cambio sea positivo para el menor, no para los adultos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/05/2012 @ 11:21 pm | Responder

  101. Yo me encuentro en una situación similar a las que aparecen en este blog.
    Mi ex, tras haber aprobado una oposición, sabe que el próximo mes de junio tendrá que irse a una población todavía por determinar pero, al menos a 150km de donde vivimos actualmente.
    Piensa cambiar de domicilio y por supuesto, ya me ha dicho que se llevará a nuestro hijo de 5 años con ella, a pesar de que yo me niego a ello.
    Según mi abogado (según su experiencia), me dice que en los juzgados aplican el artículo 19 de la CTN con lo que mi ex tiene en la práctica, total libertad para desplazarse, sobre todo si es por motivos laborales.
    Me comenta que no servirá de nada el que yo me oponga al cambio de colegio de mi hijo (ni siquiera enviando un escrito a la Consejería de Educación de mi provincia, en el cual diga explícitamente que me niego al cambio de centro escolar, amparandome en que ostengo la patria potestad compartida con mi ex y, en los artículos 154 y 156 del código civil), ya que mi abogado en una ocasión, acompañó a una madre para que admitieran a su hijo con la firma única de esa madre, asumiendo ella la exclusiva responsabilidad de esta decisión.
    Por eso me dice que lo único que puedo hacer es, cuando se vaya, plantear al Juzgado una modificación del régimen de visitas actual y adecuarlo a la nueva situación (parece que intentar conseguir un cambio de custodia, basandome en mi aptitud para atender a mi hijo y, de que aquí tiene su ambiente, entorno, familia, escuela, médicos, hábitos, amigos, etc., es poco menos que imposible).
    ¿Vd. qué opina? ¿Comparte la misma opinión que mi letrado?
    Muchas gracias.

    Comentarios por david — 26/04/2012 @ 4:43 pm | Responder

    • Una cosa es la libertad de circulación de la madre y otra muy diferente la de los hijos. Mi consejo es mantener la oposición al cambio ya sea en el procedimiento de divergencias, o bien directamente en una modificación de medidas, fundamentando claramente las posibilidades el padre para atender a los hijos en el mismo entorno actual.

      Si se marchan sin oposición, la reversión será prácticamente imposible, y seguramente le quedara siempre la duda que lo que habría ocurrido si hubiera actuado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/05/2012 @ 9:12 pm | Responder

  102. Buenos dias.
    Le comento mi caso.

    En septiembre de 2011 mi ex novia con la cual tengo un bebe de 21 meses me comenta que le han ofrecido un trabajo en aragon (ella es de alli) y que se marcha con el nño. Viviamos en sevilla( yo actualmente sigo viviendo aqui en casa de mi padre) Mi primera sorpresafue que decidiera sin antes consultarme pues tenemos un hijo en comun.
    En aquel momento yo estaba en el paro a dia de hoy sigo pero dentro de una semana comienzo a trabajar. Y ella estaba en una empresa que
    estaba en un ERE. En principio aunque me costo acepte pues como decia ella no podia seguir pidiendo dinero a su familia.La casa donde viviamos es de ella y su ex marido.Y cuando se divorcio pues ella se quedo con el derecho al uso y a dia de hoy siguen pagandop la hipoteca entre los dos.

    Comentarios por santiago — 27/04/2012 @ 6:16 am | Responder

  103. Sigo en este post. Como le comentaba siguen pagando la hipoteca.Alguien me recomendo que fuera a un abogad@ y que hicieramos un convenio regulador.En aquellos momentos si bien es cierto q no pasabamos por un buen momento de pareja. Principalmente la separacion era por los motivos economicos.Y que luego se veria asi se lo comentamos a la letrada q fue por amistad mia la que llevo el divorcio de mi ex novia.A dia de hoy hemos gastado mas dinero que si se hubiera quedado en sevilla pues aunque ella vive con una tia suya de 63 años que fue la que la crio pues los padres de mi ex se separaron cuando ella era pequeña pues como le comentaba en el convenio solo pone que de mutuo acuerdo decidimos separarnos y que ellase marcha a aragon y yo me quedo en sevilla pudiendo ver a mi hijo cinco dias al mes y diez dias en navidad semana santa junio y otros tantos en julio a la espera de agosto que volveriamos a ver el regimen.Pues claro se suponia que entre comillas era algo provisional. El

    Comentarios por santiago — 27/04/2012 @ 6:33 am | Responder

  104. El ERE como le comentaba se soluciono hace dos mese y se lo comente a mi ex pues trabajamos en el mismo gremio y yo he coincidido con antiguos compañeros de ella y me lo dijeron.A dia de hoy gastamos mas dinero pues los viajes q son una vevez al mes lo hacemos en AVE ella o alguien de su familia que suele ser su tia lleva el niño a madrid y alli lo recogemos y lo traemos a sevilla con lo que nos gastamos entre los dos 440 euros.Yo en la actualidad no puedo ir pues tuve sindrome post traumatico agudo por mi estancia en yugoslavia en el año 95 en mi epoca de militar y tengo algunas fobias aun.Y luego como a mi me han salido trabajos esporadicos y ella aunque estaba en el ERE pues seguia yendo a trabajar con lo q el niño lo apuntamos a una guarderia municipal q nos costaba 20 euros al mes y ahora en la que esta 220 euros mensuales y claro esta q ella sigue pagando la parte q le corresponde de la hipoteca de su vivienda de sevilla.El caso que ella una vez en aragon fue cuando me comunico q no pretendia volver pues conmigo seria infeliz y que el niño esta muy bien y muy feliz.Ella por su trabajo trabaja de martes a sabado normamente con horario partido que por las tardes sale a las ocho mS o menos y a veces de llunes a sabado con lo que el niño ya no es solo que a mi no me ve sino que a la madre bien poco tambien con lo que mas que nada esta con la tia de mi ex .Yo le he comentado que ya no por mi sino por mi hijo que tiene el derecho de aunque la mDadre no quiera volver conmigo a estar mas cerca de mi pues considero aue para su desarrollo como persona necesita la figura paterna al igual aue la materna pues a dia de hoy la figura paterna que ve es ael marido de zu tia con la que vive mi ex que tambien se divorcio y ahora esta con este hombre de 74 años y el abuelo biologico padre de mi ex que se paspor la casa de vez en cuando y que tiene 72 años pero mi ex no lo quiere ver o simplemente ez como si me quisiera fastidiarpues considero que ella puede irse a vivir a donde quiera pero si no tuvirramos un hijo y teniendolo tambien pero debe de admitir una serie de cosas y yo alli ya me ha dicho que no hay trabajo que aun con mi fobia me iria pero yo ya he encontrado trabajo en sevilla ella podria recuperar dl suyo aqui y lo se y tiene la vivienda aqui que por cierto ya cuando se fue la presuntamente la pusieron en alquiler o venta aunque no hay cartel ni naday soy yo el que ha ido tres veces a la casa puesella no ha bajado aun a sevilla su ex fue el otro dia despues de siete mesesde que se marcho mi ex y mas de cinco años que se separo a recoger unas cosas que se dejo cuando se divorciaron.Asi que no se que hacer.Muchas gracias de antemano y perdone por la amplitud de mi exposicion.Saludos

    Comentarios por santiago — 27/04/2012 @ 7:06 am | Responder

  105. Buenas tardes.

    Le comento mi caso e intentaré ser breve.

    En septiembre de 2011 mi ex-novia con la que tengo un hijo de 21 meses me comenta que le han ofrecido un trabajo en aragón y que se marcha. Mi primera reacción fue sorpresa, había decidido irse a vivir a aragón ella es de allí y viviamos en sevilla, yo actualmente sigo en sevilla, sin comentarme antes nada pues tenemos el hijo en común.
    En principio le dije que sí pues yo estaba en el paro y ella en una empresa en la que había un ERE. Así que en octubre se marchó con el niño. Antes fuimos a hacer un convenio regulador pues en principio ella se iba y punto. Es verdad que no nos iba bien del todo en esa época.
    En realidad cuando fuimos a la abogada, que fue la que le llevo a mi ex-novia su anterior divorcio, le contamos que en principio independientemente de que no nos iba muy bien pero ibamos a ver que pasaba , que mas que nada era por motivos económicos.
    Con lo cual en el convenio regulador lo único que pone es que de mutuo acuerdo nos separamos y ella se queda con la custodia y se lleva el niño a aragón.el regimen de visitas queda en que yo veo al niño cinco dias al mes, excepto en vacaciones de navidad . semana santa y verano. En agosto revisamos el convenio.
    Una vez ella en aragón, me comenta que no piensa ya volver a sevilla , pues no quiere estar conmigo y ya me deja perplejo del todo.
    Puedo entender o no. que no quiera estar más conmigo y entiendo que ella se puede marchar a donde quiera, lo que no entiendo es que no a mí sino ya a su hijo que es aún muy pequeño y que se marchó de aqui con 14 meses, le niege con lo que creo que es importante ,la figura paterna en este caso yo, al igual que la materna, que es primordial para su desarrollo.
    Aqui viivamos en su casa que tiene a medias con su ex-marido pues compraron la casa y a día de hoy el ex-marido no se había puesto de acuerdo con ella para ver que hacían con la casa, que ella tenía en uso. A día de hoy sigue pagando la hipoteca más los gastos normales de luz agua etc.
    La excusa de cuando se marchó era que no podía seguir pidiendo dinero a su familia, pero a dia de hoy supongo que aunque vive con su tia divorciada también y que vive con su actual marido que tiene 75 años, pues mi ex de pequeña sus padres biológicos se separaron y la custodia se la dieron a su tia. A lo que iba le sigue pidiendo dinero pues aqui en sevilla , en el pueblo en el que viviamos teníamos al niño en la guardería municipal y nos costaba 20 euros mensuales actualmente la guardería donde está cuesta 220 euros. Los viajes los hace en AVE pues su tia lleva al niño a Madrid y normalmente mi padre que también es jubilado pues lo recoge, más que nada por el descuento, aún así nos gastamos entre los dos en viajes 440 euros.
    Hace dos meses el ERE de su empresa se resolvió, y sé que ella podría si quisiera volver a su anterior trabajo aqui en sevilla. Allí ella trabaja de martes a sabado normalmente en horario partido, hay semanas en las que trabaja de lunes a sabado y en general echa muchas horas en el trabajo, lo sé porque yo me dedico a lo mismo pero en sevilla y se echan mas horas de lo normal. Trabajamos en audiovisuales, ella está en un programa de televisión. Con lo que ya no, es que el niño no me vea a mi, sino que a ella tampoco es que la vea mucho y aquí tenía la posibilidad de que le pusieran un horario más acorde para una madre con hijo pequeño.
    Actualmente yo sigo en el paro pero en dos semanas entro a trabajar. En una empresa en la que tendré horarios flexibles con lo que podría si estuviera mi hijo aqui poder estar más tiempo con él.
    Yo le he comentado que podría volver a sevilla, si le dieran el trabajo que sería que sí, hablar con su ex para resolver el tema de la casa y que si no quiere , pues que no estariamos juntos. Me dice que si quiero que me vaya yo a zaragoza. El problema es que yo en zaragoza y lo sé por ella en nuestro gremio no andan muy bien las cosas y no habría trabajo para mi o al menos con algo de estabilidad, independientemente sería más gastos pues tendría que alquilarme una vivienda allí, ella seguir pagando la de aqui, etc. En el caso de que ella se viniera aqui, yo seguiría viviendo con mi padre y listo. la vivienda por cierto pues yo he ido unas tres veces, cuando se marchó se supone que la puso en venta en la agencia de una hermana de una amiga en común, pero allí no hay ni carteles de se alquila o vende.
    Hay veces que pienso que lo tenían ya todo organizado para que se marchara a zaragoza , se supone me lo dijo mi ex que cuando le ofrecieron el trabajo pues con la primera que habló fue con su tia y no conmigo. Es verdad también y no me lo invento , me lo han dicho en la cara, su tia en concreto que le gustaría que se fuera para zaragoza desde hace ya tiempo, pues es una mujer y no lo digo yo, me lo ha dicho mi ex hace ya tiempo que le gusta organizar a todo el mundo , de hecho tiene en aragon esta mujer tres hermanos mayores también , uno de ellos es el padre biológico de mi ex que viven juntos los tres y esta mujer es la que le organiza hasta la cartilla de ahorros.Mi ex me dice que ella además aqui se sentiría sola y lo extraño también es que su tia un mes antes de que se marchara ya para zaragoza estaba aqui, cuando en otras ocasiones como la primera en la que el padre biológico de mi ex estuvo apunto de morir y se tiró un mes en coma en la UCI, pues tardó tres dias en llegar a sevilla desde que el hombre se puso malo y lo ingresamos que en el mismo momento del ingreso nos dijeron que no llegaba al día siguiente pero afortunadamente a dia de hoy está bien y para el parto que además sabia que se le podía adelantar pues fue un embarrazo de riesgo no llegó a sevilla también hasta dos o tres dias despues del parto. Pero sin embargo para llevarsela ya definitivamente con ella estaba un mes antes aqui. En fin, que realmente no sé que hacer, yo intento hacerle ver las cosas y ella no ve nada. Y me extraña su comportamiento pues ella no es así, me refiero a mi ex.
    Un saludo y muchas gracias de antemano.

    Comentarios por santiago — 27/04/2012 @ 4:39 pm | Responder

  106. Estimada compañera: por primera vez me enfrento a un procedimiento de los que aquí comentas, y me surgen varias dudas. Te rogaría que me ayudases dado tu profundo conocimiento del tema.

    Mi cliente es la madre, divorciada y con la guarda y custodia de dos niños de 7 y 12 años, que quiere cambiar de domicilio de la Península a Canarias. Es en Canarias donde se encuentra su familia, tienes oferta de trabajo y puede acreditar la admisión de sus hijos en un buen colegio. En la Península no tiene a nadie salvo a su exmarido y a la familia política.

    La primera pregunta es sobre la competencia del juzgado, ¿correspondería al juez que aprobó el convenio regulador del divorcio que fue de mutuo acuerdo?

    Pretendo iniciar (si el padre muestra su consentimiento en menos de un mes) un proc. de discrepancias en ejercicio de patria potestad seguida de una modificación de medidas por ser imposible el cumplimiento del rég. de visitas establecido. Entiendo que la demanda directa de modificación no es viable porque el cambio de circunstancias es por la voluntad de la madre (según jurisprudencia que he encontrado es uno de sus requisitos).
    La segunda pregunta es que esta solicitud de modificación se presenta por otrosí digo o debo esperar a tener la resolución judicial (en ese caso, una vez aprobado el cambio ya no es sólo voluntad de la madre que el régimen de visitas no se pueda cumplir)

    En tercer lugar, ¿mi cliente podría irse una vez presentada la demanda y en caso de que la denuncie evitar problemas aportándola y alegando que debía de incorporarse al trabajo so riesgo de perder la oferta?

    Por ahora, nada más, agradeciéndotelo de antemano:
    E.G.

    Comentarios por E.G. — 28/04/2012 @ 4:31 pm | Responder

    • No le recomiendo que se vaya sin una resolución que ampare el cambio, ya que se arriesga a perder la custodia por ese motivo.
      El juzgado competente siempre es aquel que vio la demanda originaria, aunque residan todos en otra localidad.

      Debería comunicar al padre la voluntad de cambio y los motivos, y si no lo autoriza, en efecto, solicitarlo vía incidente de patria potestad, y, con el resultado, la modificación de medidas.

      Comunícate conmigo si lo necesitas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/05/2012 @ 8:54 pm | Responder

      • Tienes razon, por ese motivo se pierde la custodia

        Comentarios por javier sanchez nieto — 03/05/2012 @ 9:10 pm

      • Estoy de acuerdo con lo que expones pero dado la urgencia de la situación porque se tiene que incorporar al trabajo en un par de meses no va a ser posible que se vaya con resolución; no obstante mi objetivo consiste en acreditar que obró de buena fe ¿no?;
        Lo primero que he hecho es mandar burofax al ex marido, si no contesta entiendo que en un mes hay consentimiento tácito pero que te parece si antes interpongo demanda modificación de medidas y en caso de que se oponga (que lo hará) lo hago constar y habrá que tramitar el procedimiento de discrepancias dentro de los autos de modificación. Yo necesito acelerarlo todo y el dilatarlo, supongo que tardará en oponerse…
        Pero mi duda principal es la siguiente: ¿puede el progenitor custodio que cambia de domicilio interponer la demanda de modificación, al ser voluntad suya el cambio de circunstancias?, o se puede alegar el cambio de circunstancias no es que sea voluntario sino debido a la crisis, imposibilidad de trabajar sin familia que le ayude al lado etc….

        Comentarios por E.G. — 04/05/2012 @ 9:39 am

      • Es un pez que se muerde la cola. yo creo que es mejor presentar la modificación por la necesidad de cambiar de residencia y argumentar esa necesidad.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/05/2012 @ 2:32 pm

      • Otra cosa Assumpció, no me importa participar en el blog todo lo contrario es un honor pero en caso de querer consultarte algo más concreto ¿tienes un correo en el que pueda contactar contigo?

        Comentarios por E.G. — 04/05/2012 @ 9:46 am

      • Por supuesto, martinez-roges@icab.es

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/05/2012 @ 2:31 pm

  107. QUERIA HACERLE UNA PREGUNTA HACE 2 AÑOS ME VINE A VIVIR A MURCIA CON MI PAREJA YO TENGO FAMILIA CASA ETC.. EN OTRA CIUDAD ME QUIERO SEPARAR DE MI PAREJA PERO TENGO UNA NIÑA DE 2 AÑOS ME DEJARAN IRME CON ELLA A MI CIUDAD ALLI TIENE SUS ABUELOS QUE LOS ADORA Y YO NO LE PROHIBIRIA NUNCA ASU PADRE DE VERLA COMO TENGO QUE SEGUIR TODOS LOS PASOS UN SALUDO Y GRACIAS

    Comentarios por CARMEN — 07/05/2012 @ 4:36 pm | Responder

  108. Buenas tardes! Tengo una oferta de trabajo en otra comunidad y tanto el padre de mi niña como yo estamos deacuerdo en que nosotras cambiemos la residencia mientras tenga un contrato laboral; pero creo que debemos presentar un documento en el juzgado para hacer las cosas correctamente; saben ustedes si hay algún documento-tipo para ello, muchas gracias.

    Comentarios por maría amparo — 16/05/2012 @ 2:49 pm | Responder

    • No hay un documento tipo porque se trata de hacer un acuerdo-convenio recogiendo el acuerdo y presentarlo en el juzgado, como modificación de medidas consensuada. Un letrado puede redactarlo y si ambos están conformes, firmarlo y el procurador tramita la modificación. Si desean , desde este despacho podemos darles este servicio sin problemas , en cualquier Juzgado del país. Podemos remitirles un presupuesto para ello por correo electrónico.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/05/2012 @ 10:23 pm | Responder

  109. hola
    Mi caso es el siguiente, desde hace 7 años y medio me separe con una pequeña de meses, desde la separacion el padre no paga los gastos y de 6 años para aqui ninguna pension, tampoco se encarga de ella en las visitas, tiene 2 condenas por impago de pensiones y 3 een puertas, las visitas las ha empezado hace poco sin tutelas, antes las tenia sin pernocta primero, despues con tutela y ahora que la niña tiene casi 8 años las puede cumplir si cada 3 meses me entrega analitica negativa de droga y alcohol, de lo contrario nada. Hemos tenido varias modificaciones del divorcio y en todas, él me ha cedido la guarda y custodia, por lo consiguiente el juez me la ha dado a mi.

    Ante esta situacion, mi hija que esta ajena a casi todo, ya no quiere irse con su padre porque no le hace caso practicamente.
    Ahora he decidido irme a vivir fuera por matrimonio. Mi hija esta encantada con mi nueva pareja.
    Que posibiilidades hay que le puedan dar la custodia ante esta situacion? me pueden obligar a traerle la niña por haber sido yo la que me voy? Debiendome el casi 23 mil euros entre pensiones y gastos?

    Comentarios por tere — 23/05/2012 @ 12:16 am | Responder

    • Creo que lo mejor es instar del juzgado la autorización para el cambio de residencia, argumentando amplia y correctamente los motivos así como la situación del padre, sus incumplimientos anteriores y demás, a fin de que se le autorice el cambio de domicilio y se establezca un régimen de visitas diferente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2012 @ 2:53 pm | Responder

  110. Hola, a ver si alguien pudira ayudarme, tengo una hija de 4 años, no estoy casado con la madre de esta, cuando la niña era bebe, ella se la llevo a vivir a Madrid, siendo yo de barcelona, cuando la niña tenia 2 años volvimos a estar juntos en barcelona y ha fecha de hoy, viendo que la relacion iba mal y yo con miedo a que si le decia de separarnos se iba a llevar de nuevo a la niña decidi interponer una demanda pidiendo la custodia pero a espaldas de la madre, y cuando le llego la demanda a casa por medio de mi procurador ella fue a denunciarme a la policia por malos tratos y se llevo a la niña de nuevo a madrid, la niña ya esta escolarizada alli y ella tiene su trabajo y domicilio desde hace 4 meses, mi pregunta es, PODRIAN DARME LA CUSTODIA? PODRIA UN JUEZ HACER QUE LA MADRE ME TRAIGA A LA NIÑA UNA VEZ AL MES O QUE ME LA ACERQUE A MEDIO CAMINO, cuando se la llevo la primera vez firmamos un regimen de visitas y manutencion de mutuo acuerdo y ese es el que rije ahora, muchas gracias

    Comentarios por Sergio — 30/05/2012 @ 8:52 am | Responder

    • Hay que argumentar correctamente las peticiones y el juez decidirá lo mejor para la menor. Como su domicilio estaba en Barcelona no creo que al juez le guste demasiado que se haya llevado a la menor sin permiso y cambiarla de colegio, ya que son cuestiones de patria potestad. Si la demanda de custodia va muy lenta, le recomendaría poner unas medidas urgentes para que devuelva a la menor al domicilio de Barcelona.

      No se hasta que punto están vigentes unas medidas anteriores si han vuelto a una convivencia, según como se haya planteado su nueva demanda, estarían vigentes o no.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2012 @ 3:12 pm | Responder

  111. hola, mi caso es el siguiente, estamos separados desde agosto del 2011 y tenemos una hija de 15 meses
    mi expareja vivio en mi casa hasta mayo que me denuncio por malos tratos y el caso fue sobreseido por no haber
    pruebas,simplemente por motivos economicos, por que yo no podia seguir cargando con todos los gastos de la casa
    hipoteca,luz,agua,gas,gastos comunitarios,comida etc,, lo unico que aportaba ella era la guarderia en la que la
    matriculo sin mi consentimiento y sin previo aviso.ella trabaja y cobra entre 900 y 1000 euros,ahora bien
    ha pedido el traslado a otro municipio a 100 kilometros de donde viviamos,de donde la niña nacio y donde tiene
    la familia paterna con sus apellidos y sangre. y se va a otro domicilio sin mi consentimiento,alegando que es por motivos
    de trabajo y por que alli tiene ayuda,en realidad su familia esta fuera del pais,aqui solo tiene amigos o segun ella familia
    pero no es adoptiva,
    teniamos un regimen de visitas y 3 semanas antes de que se vaya cogio vacaciones, yo tenia 3 dias a la semana
    de visita 3 horas por dia, y los alternava para ver a mi hija, durante estas ultimas tres semanas solo la vi viernes
    sabado y domingo, ahora se ha quedado alli y me dice que si quiero ver a mi hija de 15 meses tengo que desplazarme
    yo 100 kms verla y en el mismo dia volverme, no estoy de acuerdo con nada
    no ha actuado bien,sin mi consentimiento,no ha habido previo aviso, el mismo viernes por la tarde yo esperando a
    mi visita con mi hija, preocupado de no saber nada la llame, durante 2 dias no habia tenido noticias de cuando vendria
    y a que hora, no cogia el telefono y tampoco respondia mis sms, entonces el viernes tarde me entero llamando
    a su abogada de que va a fijar el domicilio alli y que se ha tenido que ir por motivos de trabajo ( mentira ) ella lo
    busco y no me aviso,
    cual es el procedimiento, que derechos tengo, teniamos un pacto(convenio) en el que decia que yo tenia derecho
    a ver a mi hija 3 dias a la semana 3 horas,
    ahora que, ella dice que tengo que ir yo cada vez si la quiero ver, esto es asi? voy a denunciar por no haberme traido
    a mi hija las visitas correspondientes y supongo que se pondran medidas cautelares,
    le estoy pasando manutencion de 300 euros,no la veo entre semana,siento que la niña me va extrañando
    con el paso de los dias,tengo derechos,puedo reclamar custodia compartida,que puedo hacer?
    gracias, espero su ayuda
    soy miguel de valencia ella se fue a un pueblo de alicante

    Comentarios por miguel barreda — 09/06/2012 @ 11:02 am | Responder

    • Si tenían un acuerdo firmado, aunque no pasado con el juzgado, le será útil para argumentar como se estaban organizando. Que ella lo ha cambiado unilateralmente.
      Como titular de la patria potestad tiene los mismos derechos que ella y si no se ha determinad la custodia, mas aun, porque la menor podría estar con Ud. Igual que con ella.
      El cambio de domicilio es una clara decisión de patria potestad y entiendo que debería instar unas medidas urgentisimas para que se regrese al domicilio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 12/06/2012 @ 9:15 pm | Responder

  112. Hola. Mi situación es la siguiente:
    desde hace 2 años estamos separados o mejor en proceso de separación (eramos pareja de hecho sin registrar), hay un hijo en comun de 5 años. En el momento de la separacion hicimos un pacto verbal donde la guardia y custodia era para mi (soy la madre), él tendria un régimen de visitas estando con el niño un intersemanal por la tarde, fines de semana alternos y mitad de vacaciones, y pagaría una pensión de alimentos que quedamos determinarian los abogados. La casa que habíamos comprado, por el hecho de estar en su poblacion (donde trabaja y tiene la família), quedamos en que se la quedaría él asumiendo la hipoteca y devolviéndome a mi en el plazo de 2 años lo que yo había invertido en la compra, así como haría todo lo necesario para arreglar los papeles y poder así yo salir de la propiedad de la vivienda y de la hipoteca. En el momento de marcharme redactó y firmó un papel manuscrito donde consta que nos autoriza al niño y a mi a marchar y empadronarnos en la localidad que la madre crea conveniente.
    De todo esto hace ya dos años. Desde entonces se ha intentado llegar a una convenio regulador por via amistosa pero no ha sido posible. Yo tuve primero un abogado que canvié al cabo de un año llegando a pensar que quizas no se interesaba suficientemente por el tema, pero mi segundo abogado me ha clarificado que no hay ningún tipo de interés para arreglar las cosas, que ya le va bien (no paga nada y está viendo al niño). Durante todo este tiempo el niño ha vivido conmigo en un piso propiedad de mis padres, vivimos a una distancia de 25 km de la localidad donde vive el padre, yo me he hecho cargo íntegramente de todos sus gastos (alimentación, ropa, escuela, extraescolares….) El padre no ha pagado absolutamente nada desde la separación. Aún con todo yo no he impedido en ningún momento que dejara de ver a su hijo, respetando el régimen de visitas que pactamos en su momento e incluso cedí a que se quedara a pernoctar el dia intersemanal. Además de no ocuparse de la manutención económica el padre no se ha interesado en ningún momento por los temas de las escuela (aprendizaje, reuniones, tutorias…) ni de los aspectos médicos del niño, ni de sus actividades de ocio ni de nada. Además los días que lo vé pasa gran parte del tiempo al cuidado de su abuela paterna (tras recojerlo del cole lo deja con la abuela y él se marcha a trabajar). También tengo que decir que cuando el niño ha estado enfermo el dia que le correspondia por régimen de visitas que estamos haciendo ya le ha ido bien que se quedara conmigo. Y cuando el niño tiene alguna actividad el fin de semana que le toca a él no plantea en ningún momento realizarla él y soy yo quien lo acompaño.
    El se ha quedado a vivir en la casa que compramos y paga la hipoteca como pactamos. Pero desde hace unos meses su actual pareja ha pasado a residir allí sin comunicarmelo (la información ha sido a través del niño). Coincide que desde que su pareja actual vive allí el niño ha manifestado no querer ir mas con el padre los dias intersemanales. Yo le he avisado que no viniera a recogerlo a la escuela pero él ha continuado viniendo y en 5 ocasiones ha acudido a la salida de la escuela para recoger al niño pero éste no ha querido ir.
    Pues bien, al final he interpuesto demanada contenciosa de medidas paternofiliales pero todavía no se ha celebrado el juicio. Por el tema de la casa también presentaré una demanda ya que como he contado no ha habido ninguna voluntad de resolver la situación y me encuentro en que tengo una propiedad en la que invertí todos mis ahorros en la cual vive un padre que no se ocupada de nada y una persona que no se ni quien es.
    Despues de todo este tiempo psicológicamente estoy más que destrozada, llevo 2 años de lucha por dejar resultas las condiciones de la separación y el padre pasa de todo. El niño he decido llevarlo también a un psicólogo pues entiendo que quizás necesita alguien con quien pueda comunicar sus sentimientos de todo lo que le está pasando.
    Yo llevo tiempo en paro y dentro de 1 mes se me acaba la prestación. Si bien hasta ahora he podido ir tirando con la ayuda de mis padres y con los pocos ahorros que tenia, después de 2 años de abogados, psicólogos,.. ya no puedo seguir más tiempo con esta situación….
    Me he planteado marcharme a vivir al extranjero porqué allí si tengo posibilidades de trabajo pero no se si legalmente puedo hacerlo. Como he dicho no hay ningun convenio ni ninguna sentencia. Es una decisión que me cuesta mucho tomar por el niño pero veo que pasado todo este tiempo quizás sea necesario poner tierra de por miedo delante un padre que pasa absolutamente de todo y que trata a su hijo meramente como un objeto.
    No he podido resumir de forma mas corta toda la situación.
    Gracias.

    Comentarios por julia — 11/06/2012 @ 12:34 pm | Responder

    • Debería aprovechar el procedimiento de custodia para aportar el documento de autorización de cambio de residencia y así obtener el permiso para cambiarla.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/06/2012 @ 3:18 pm | Responder

  113. Hola, Mi hermana está a punto de firmar el convenio de divorcio con su marido. Vive en Sevilla con sus dos niñas de 7 y 2 años y no tiene intención de marcharse de allí, pero hay muchas posibilidades de que su marido tenga que marcharse a trabajar a otra ciudad. En ese caso a mi hermana le gustaría volver a donde están sus padres y hermanos, en Murcia, aunque separase a las niñas de sus abuelos y tíos paternos. El padre (creemos que más bien los abuelos paternos) no está de acuerdo en que las niñas trasladen su domicilio a Murcia en ningún caso. ¿Cómo se podría salvar esta situación en el convenio a favor de mi hermana (siempre que el padre se marchara a trabajar a otra ciudad)? En caso de desacuerdo y tener que recurrir a un contencioso, ¿podría mi hermana esperar del juez una decisión favorable en este sentido? Debo destacar que mi hermana podría encontrar trabajo fácilmente en Murcia en las empresas de la familia, y mejorar la situación económica propia y de las niñas.
    Daniel

    Comentarios por Daniel Asis — 15/06/2012 @ 11:58 am | Responder

    • Podría establecerse en el convenio que si el padre cambia su residencia a otra ciudad, la madre tenga la posibilidad de modificar su residencia con la de las hijas a Murcia. Es cuestión de redactarlo correctamente para que no perjudique a nadie, y mucho menos a las hijas. Es evidente que si el cambio a Murcia beneficia económicamente a la madre , de rebote beneficiara a las menores que además tendrán, no solo a la madre cerca, sino a la familia extensa materna, y en cambio en Sevilla no tendrán al padre, solo familia paterna, pero esta, existiendo un padre, es secundaria.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/06/2012 @ 2:27 pm | Responder

  114. buenas le comento mi caso. Llevo separado 3 años con divorcio contencioso donde la sentencia dictamino regimen de visitas de 2 dias a la semana con pernocta 1 de ellos y fines de semanas alternos, ademas de periodos vacacionales por mitad. Tengo 2 hijas una de 11 años y otra de 7. Ella tiene la guardia y custodia, paso la manutencion de alimentos ademas de que aunque no deberia me hago cargo de los gastos que se suponen van incluidos en la manutencion (ropa, libros, material escolar, actividades extraescolares…) de mis hijas hasta hace 5 meses he disfrutado mas de los dias que aparece en el convenio del divorcio, es decir, habia semanas que estaban 6 dias conmigo. Tengo pareja estable desde antes de la sentencia de divorcio, convivo con ella y tengo un hijo de dos años de mi actual pareja. Ademas de que he seguido muy de cerca el desarrollo escolar de mis hijas personalmente en el colegio. La cuestion es que la madre no trabaja y mantiene desde hace dos años una relacion a distancia con otra persona. Y ha pedido la modificacion de medidas alegando que no tiene trabajo en España y que se traslada a Italia con su actual pareja que reside alli donde solicita que mis hijas se vayan a vivir alli y dejandome a mi solo con los periodos vacacionales integros excepto navidades. La madre es española y las niñas no tiene ningun familiar en Italia.
    Evidentemente me niego rutundamente al cambio de residencia y mi intencion es ir a por la custodia.
    ¿Que pasos debo de dar para tener el 90 % de posibilidades de que me la concedan?
    Gracias

    Comentarios por mj — 27/06/2012 @ 2:02 am | Responder

    • Ante todo debe dejar muy claro a la madre, por burofax o Burotex (SMS certificado) de su negativa a que se cambie el domicilio de las menores, ya que además comporta cambio de centro educativo y ambos son temas de patria potestad, de forma que es necesario el acuerdo de ambos.

      Es importante que no se produzca el traslado, ya que entonces cada dia que pasa va en su contra, por la fuerza de los hechos consumados. Si preve que se vaya a marchar sin mas, debería presentar una demanda de medidas cautelares urgentes para que se impida el cambio hasta que no haya una resolución que lo autorice.

      Y como un cambio así comporta una necesaria modificación de medidas,ya que no se podrán cumplir las actuales, es necesario que se plantee además este procedimiento.

      Yo plantearía unas medidas urgentes como paso previo a la modificación de medidas.

      Quedo a su disposición si desea iniciar alguna actuación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/06/2012 @ 4:31 pm | Responder

  115. Tengo dos hijos de 9 años,nunca me case con el padre,desde que lo denuncie por malos tratos el juez me otorgo la guarda y custodia de mis hijos y puso un regimen de visita osea un convenio regulador ,yo me case hace años y me esposo y yo nos encargamos de todo de los niños ,el padrecumple con su visita y manutencion y hable con el puesto que a mi esposo que no tenia trabajo aqui en las palmas le

    on trabajo en barcelona paravllegar

    Comentarios por silemay — 29/06/2012 @ 4:07 pm | Responder

  116. Tengo dos hijos de 9 años,nunca me case con el padre,desde que lo denuncie por malos tratos el juez me otorgo la guarda y custodia de mis hijos y puso un regimen de visita osea un convenio regulador ,yo me case hace años y me esposo y yo nos encargamos de todo de los niños ,el padrecumple con su visita y manutencion y hable con el puesto que a mi esposo que no tenia trabajo aqui en las palmas le salio.trabajo en barcelona y alli esta trabajando al principio hablamos con el pdre de los niños y el dijo que si pero ahora dice que no ,acudi a una abogada y lo llamo para llegar a un acuerdo donde yo me comprometo a pagar los billetes de los niños para que vengan a verlos cada 15dias o una vez al mes ,yo estoy en paro sola con los niños ya que mi esposo ahora esya en bcn y el padre no quiere acuerdos ,yo reserve la ropa de colegio de los niños para sep aqui en su colegio de las palmas porque hasta que no se decida no puedo hacer nada y el la cancelo y dijo que con dos mudas los niños tenian suficiente que yo lavara y en fin le dice todo el tiempo codas a los niños,yo me pregunto ahora si yo no tengo trabajo y dependo de mi esposo porque cuando se agote el paro ya me diran y soy yo y mi esposo quien nos encargamos de los niños este padre no sabe ni quien es la maestra de ellos y mi miedo es si porque el dice que no tenga yo que quedarme aqui toda la vida separada de mi esposo o que puedo hacer para que un juez me autorize ,los niños incluso son asmaticos yel pediatra dice que alla sera mejor y yo no dejaria a mis hijos a nadieporque esteseñor en su dia nos dejo en la calle porque me hizo ceder el 50% de la vivienda a su nombre porque segun el yo queria irme de mi casa y esa seria para sus hijos el dia de mañana y a los 15 dias vendio y no les dio ni un duro ,lo tuve que denunciar por malos tratos hace 6 años y me quizo quitar la guarda pero no pudo y ahora me hace esto y estoy desesperada y estoy buscando un abogado,que posibilidades tengo y que hago no es justo que mi esposo este lejos de nosotros y aqui no hay trabajo

    on trabajo en barcelona paravllegar

    Comentarios por silemay — 29/06/2012 @ 4:30 pm | Responder

    • Para el cambio de residencia necesita Vd. la autorización del padre o bien judicial. Si el padre no accede debe Vd. Plantearlo al juzgado mediante una demanda de jurisdicción voluntaria en materia de divergencias en el ejercicio de la patria potestad, explicando bien la situación, los motivos de solicitar el cambio de residencia. Como ello beneficiaria a Los menores, y con esto, el juez decidirá. Si permite el cambio, deberá establecerse además un nuevo régimen de relaciones entre los menores y el padre. Y si no, deberá Vd. Decidir que hacer, si marcharse con su marido. Estar a lo menores en Canarias o quedarse en Canarias con ellos, como ahora. No es fácil, pero con hijos en común, tenemos unas limitaciones de movilidad importantes.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 10:19 pm | Responder

  117. hola, la modificacion de medidas la ha presentado ella alegando de que se marcha a Italia porque alli tiene una pareja estable desde hace 2 años y que aqui en España no tiene trabajo. El problema es que tengo miedo de que al final se las acabe llevando ya que la mayoria de las veces la razon se la dan a las madres.Estoy intentando demostrar que las niñas han estado pasando incluso la mitad de la semana conmigo y que la custodia al menos ha sido compartida aunque no legalmente si en hechos. ¿Que pruebas crees que serian mas que consideradas por un juez para conseguir la guarda y custodia por mi parte?
    Antes de que las cambie de pais.
    Ahora mismo tengo 2 testigos que pueden afirmar de que no solo las he llevado no solo los dias que me pertenecian, ademas de una nota del profesor diciendo que las llevabamos y recogiamos los dos por igual, actividades extraescolares pagadas y llevadas por nosotros.
    ¿Sera suficiente?o busco un informe psicologico?

    Comentarios por mj — 01/07/2012 @ 4:42 pm | Responder

  118. hola tengo una duda me acabo de separar y me encuentro sola en la ciudad con mi hijo de 1 año su padre es menor de 21 años y por su culpa nos separamos , el eligio buscar otras mujeres mientras estaba conmigo entonces he decidido terminar con la relacion . queria saber si puedo llevarme a mi hijo a vivir a otra ciudad donde se encuentra toda mi familia y ya tengo trabajo. mi idea es no que mi hijo pierda a su padre si no apoyarme en mi familia y poder eestar mejor ya q aqui el dinero no me alcanza estando sola y me encuentro muy sola … estoy se puede hacer?? se puede llegar a un acuerdo yo no quiero que lo deje de ver , no tendria problema en viajar mientras pueda y que el siga teniendo cotacto con el ..

    Comentarios por milca — 03/07/2012 @ 3:04 am | Responder

    • El procedimiento correcto es instar un procedimiento de guarda y custodia para que se establezca un régimen de relaciones del menor con cada uno de los progenitores, la contribución de cada uno a los gastos y demás. El juzgado que debe conocer de esta demanda es el del domicilio del menor al momento de la demanda, ya que entiendo que no existe matrimonio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 10:51 pm | Responder

  119. Buenas tardes. Les comento mi situación, mi pareja y yo no estamos casados ni somos pareja de hecho, hemos tenido un hijo en común y yo lo tengo reconocido. El domicilio en el que vivíamos es de alquiler y se encuentra con contrato a nombre de los dos. Por motivos de convivencia ya no estamos viviendo juntos. Su abogada nos ha comunido que nuestra propuesta de llegar a un convenio regulador de visitas no la acepta su representada porque en un plazo breve se va a mudar a otra ciudad a vivir con su familia y ella establece porque ella lo decide el regimen de visitas mínimo para mí. Yo no se si ella puede llevarse a mi hijo a otra ciudad sin consultarlo conmigo, ya que ella si se lo lleva yo por motivos de trabajo me estaría evitando el poder verlo y estar con él. Ella trabaja en la misma ciudad que yo, pero toda su familia se encuentra en otra ciudad. Todavía no hemos presentado una demanda de regulación, ni de separación. Se puede cambiar de ciudad sin decirme nada porque a ella le convenga y así hacerme daño ya que de esa manera me impide estar con mi hijo. Por favor contesteme antes de que ella se vaya con mi hijo, ya que el tiempo me abrevia . ¿Si ella se lo lleva que hago?

    Comentarios por Fran — 06/07/2012 @ 4:44 pm | Responder

    • No puede cambiar el domicilio libremente, pero, si lo hace, los hechos consumados le perjudican a Vd. Plantee cuanto antes la demanda de guarda y custodia mientras se encuentren todavía en su ciudad, y ello le da una mayor opción a que no se vaya a trasladar. Revertir un traslado es complicado, porque el paso del tiempo propio de la demora judicial va generalmente en favor del que se ha trasladado con el menor. Quedo a su disposición si desea iniciar algún procedimiento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 11:10 pm | Responder

  120. hola me llamo pedro y soy de tarragona llevo tres años luchando por mi hija para conseguir la custodia compartida porque la madre siempre que yo e intentado estar cerca de mi hija ella me aleja cambiandose de domicilio.ella hace tres años vivia en gerona igual que yo cuando nacio la niña ya no estabamos juntos y cuando la niña tenia 5 meses se fue a vivir al vendrell con la escusa que alli tenia un piso de sus padres tenia trabajo etc.el abogado que tenia no me consiguio nada y se fue a vivir al vendrell tuve que firmar un comvenio aun que yo no estaba deacuerdo poque sino no me dejaba ver ami hija y yo no puedo estar sin mi hija,tenia que pagar 200€ y yo pargar los desplazamientos de gerona a tarragona cada 15 dias y eso me suponia 250€ mas,asi estado durante dos años,yo con otra mujer que esta conmigo desde que mi hija tenia 4meses y estamos casados.hace 7 meses despues de estar ahorrando durante dos años por culpa de como esta el trabajo nos fuimos a vivir en calafell a 10 minutos de donde vivia mi hija para poder estar mas cerca de mi hija y disfrutar mas de ella y asi pedir la custodia compartida ya que ella siempre estaba con amenazas que yo si me iba a vivir cerca ella se iba a madrid y si yo me iba a madrid ella se iba a suiza que viven sus padres porque ella es suiza-eapañola y mi hija es española.ahora mi abogado pidio que se le retirara el pasaporte por peligro de fuga y se lo denegaron y ella se a ido a suiza a vivir sin mi consentimiento se anulado el juzo porque ella no se a presentado y yo me quedo sin vacaciones ni tansiquiera puedo comunicarme con mi hija ni se nade de ella.ya le puesto un denuncia a los mossos de esquadra y llame ala embajada española en suiza y fue la policia a su casa pero no han echo nada.dicen que tengo que esperar que salga en el juzgado pero yo mientastanto no se nada de mi hija.le queria pedir a usted que me aconseja,que puedo hacer y si usted cree que con esto que a echo de irse sin mi consentimiento,no presentarse al juicio y no cumplir el comvenio yo voy a ganar algo o se va a poder quedarse en suiza..espero porfavor que me conteste.muchas gracias.

    Comentarios por pedro — 10/07/2012 @ 6:09 pm | Responder

    • Firmar un convenio «porque sino no me deja ver a los hijos» es un error. Salvo casos en que se trate de una persona con problemas graves mentales, o de violencia, o delictivos, cualquier juzgado va a establecer un regimen de visitas para el no custodio. Habría que ver exactamente lo que dice su convenio, puesto que podría ser que sin darse cuenta hubiera autorizado los cambios de residencia.

      Un juicio no se anula porque no se presente el demandado. Evidentemente si no se le puede notificar la cosa se complica y retrasa pero no se anula. Si estaba notificada y no acudió, debió celebrarse sin ella y obtenerse una resolución.

      Si Vd. Tiene un régimen de visitas y ahora no se puede llevar a cabo porque no sabe donde se encuentra, debe ponerlo en conocimiento del juzgado y para ello tendrá diversas opciones.

      Y si desconoce donde se encuentran, hay que acudir a la policía y activar la jurisdicción penal.

      Me gustaría tener mas datos para poder ser mas concreta en mi respuesta. Si desea iniciar acciones ,póngase en contacto con nosotros y estudiaremos , con su documentación, las posibles vías de actuación .

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 30/07/2012 @ 8:13 am | Responder

      • Buenos Dias Señora Martinez

        He visto este comentario del señor Pedro. Yo ya me puse en contacto con ustedes el dia 06/07/2010 en ese bloque. Yo soy esta chica de que esta hablando este señor. Como puede ver en mi comentario, este señor no dice toda la verdad y no es como el lo cuenta. Es todo mentira…

        Yo nunca le he proivido ver a nuestra hija, y menos le hecho estos chantajes que el esta escribiendo. Y a parte, mis hijas son deste hace mucho tiempo suizas. Y el puede tener contacto con su hija cuando el quiere. Tiene todo los contactos de telefono y de E-Mail. I el mismo nunca a intentado a ponerse en contacto con su hija.

        Le doy las gracias por su atencion.

        Cordiales Saludos

        Jenny

        Comentarios por JennyH — 30/07/2012 @ 9:34 am

      • Es evidente que cada uno ve las cosas desde su prisma o punto de vista. De otro modo nunca habria desacuerdos. Agradezco su intervención, y quizás sería bueno que sometieran sus diferencias a una mediación, para llegar a un acuerdo entre ambos y no tener que discutirse a través de un blog.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/08/2012 @ 7:41 pm

  121. Buenas, tengo una hija de 3 años y el padre lleva sin verla (la niña no lo conoce ni sabe quién es), no ha tenido la intención de seguir su evolución de ninguna manera y sin pasar manutención alguna desde hace mas de dos años que fue cuando dejamos la relación debido a maltrato e intento de violación. Hay que decir que es una persona violenta, racista, que consume alcohol diariamente e incluso drogas. Llevamos con el proceso para aclarar las visitas y la pensión alimenticia desde entonces, primero lo intenté hacer de mutuo acuerdo y él se negó, puso denuncias falsas de maltrato hacia mi hija por parte mía y de mis padres, que luego se vio obligado a retirar, con los que llevo viviendo desde entonces ya que no encuentro trabajo, me solicitó un informe psicológico y análisis de drogas que luego al requerirle yo lo mismo retiró… y así una cosa detrás de otra desde entonces. También tuve que denunciarle por violar mis derechos de intimidad y privacidad con los que estamos en procedimiento. Pues bien, yo ahora ya que no encuentro trabajo de manera alguna, he continuado con mis estudios con intención de prepararme para la universidad para el año que viene. Mi intención es marcharme a Estados Unidos aparte de para hacer carrera, mi pareja actual vive allí y tiene un trabajo estable y muy bien remunerado con lo que la niña mejoraría enormemente su calidad de vida y educación además de ganar estabilidad, con lo que yo podría compaginar perfectamente mis estudios y cuidar de ella. Ahora mismo el padre de la niña está intentado que terminemos con esto de mutuo acuerdo, y entonces me asalta mi duda… ¿Tendría que incluir yo (o al menos intentarlo) en el acuerdo algo que cuando llegue el momento me permita o facilite el cambio de residencia de la niña? Teniendo en cuenta los antecedente que él tiene como padre con otros hijos de los que nunca se hizo cargo y tiene varias sentencias de impago de pensiones a parte de unas deudas astronómicas en seguridad social, hacienda, etc y no teniendo trabajo fijo ya que es muy voluble con ellos y eso se puede demostrar. ¿Qué podría hacer yo para facilitarme todo esto? No me voy a negar a que la vea, en caso de que me fuera podría quedarse con la niña las vacaciones completas y prescindir de la manutención para que él pudiera pagar lo billetes de avión etc (cosa que dudo bastante que haga dados los antecedentes). Solo pretendo ahorrarnos a todos problemas y procesos interminables y poder darle a mi hija lo mejor posible tanto por parte de mi pareja como mía cuando termine con mis estudios y de su padre si el quiere formar parte de su vida.

    Muchas gracias por todo.

    Comentarios por Judith — 20/07/2012 @ 5:08 pm | Responder

    • Lo mejor es dejar escrito en el convenio que la menor residirá en el domicilio que la madre tenga en cada momento, autorizandose en el mismo cualquier cambio de domicilio de la menor, incluso de país, sin necesidad de consentimiento de padre.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 20/07/2012 @ 7:03 pm | Responder

      • Muchísimas gracias por tan rápida respuesta, intentaré a ver si lo acepta y acabo ya con este suplicio.

        Comentarios por Judith — 20/07/2012 @ 8:02 pm

      • Perdón por comentar otra vez tan seguido pero me surgió otra pequeña duda y quiero tenerlo todo muy claro y bien planteado antes de empezar nada. ¿Sería conveniente o podría llegar a ayudarme a que él acepte o que su abogada se lo aconseje si dejo estipulado que si dado el caso del cambio de domicilio ya sea a otra ciudad o país se le darán ciertas «facilidades»? ¿Como avisarle con antelación de dicho cambio con todos los datos como dirección, teléfono, proponer medios alternativos para que se ponga en contacto con la niña mediante citas por webcam, etc?

        Gracias de nuevo.

        Comentarios por Judith — 20/07/2012 @ 8:27 pm

      • Perfectamente se puede establecer en convenio un cambio de sistema de relaciones para cuando se produzca ese cambio de residencia que pueda medir el régimen básico que se establezca. Un convenio bien redactado, por letrado especialista en derecho de familia, es la mejor solución a una ruptura y, insisto, por letrado especialista en familia, que le garantiza que no se den contradicciones o puntos que luego puedan ser problemáticos.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 9:35 pm

  122. tengo una duda, estoy pensando en el divorcio, con mi pareja ya no funciona y tenemos 1 año de casados, 1 bebe de 10 meses, mi esposo es responsable en cuanto a pasar diinero para el niño y todo lo que a el se refiera, pero nunca ha estado presente para el mas que en ciertas ocasiones (de sus 10 meses solo 1), me gustaria llegar a un divorcio voluntario, el niño y yo tenemos doble nacionalidad, francesa y mexicana, yo tengo familia en francia y actualmente vivo en mexico, la situacion en mi pays esta demasiado peligrosa y siento que atenta en la integridad, desarrollo y seguridad de mi niño, la pregunta es, que me gustaria irme a vivir a francia con él solo un tiempo en lo que se calman las cosas por aca, mi intencion no es quedarme alla puesto que tengo familia aqui en mexico y quiero que mi hijo vea a su papa, pero es posible que si llego a un acuerdo con su padre de sacarlo por ese tiempo, prometiendo acceso total, a ver al bebe por camara, platicarle de el, llamadas telefonicas, visitas a francia, pudiera sacarlo del pays?? el consulado frances me puede ayudar a salir de aqui en caso contrario, pero no me gustaria hacerlo por la mala, realmente pienso en la inseguridad que aqueja a mi bebe, ya que a mi tambien me doleria dejar a mi familia por un tiempo ( hablo de unos 2 años )

    Comentarios por marley — 21/07/2012 @ 7:21 pm | Responder

    • Lamento no poder aconsejarle sobre la legislación mexicana ya que la desconozco. Debería buscar consejo de un abogado en México ya que se encuentran vdes allí y entiendo que los tres tienen como ley común la mexicana .

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/07/2012 @ 9:24 pm | Responder

  123. HOLA BUENAS TARDES EL COMENTO DESDE ESPAÑA ESTOY SEPARADA HACE MAS DE 4 AÑOS
    DEL PADRE DE MI HIJO… Y ANTES DE SEPARARNOS EN EL 2003 VIAJAMOS LOS DOS A ESPAÑA Y
    DEJAMOS CON LA MADRE DE EL … AL NIÑO. PASO Q AL MOMENTO DE SEPARARNOS NO DEJABAN Q VIERA
    NI HABLARA CON EL RESULTA Q FUI HACE UN AÑOS Y VI A MI HIJO MAL Y SE LO QUITE DEJANDOLO CON UNA TIA MIA
    PERO AHORA QUIERO LA PATRIA POTESTAD PORQ QUIERO Q ESTE CONMIGO YA Q SU PADRE LE HA HECHO DAÑO
    INTENTANDO POR TELEFONO Q SE MATARA PARA HACERME SUFRIR Y NO SE Q ME PUEDE DECIR… AL RESPECTO….. GRACIAS.

    Comentarios por VERONICAJPRR — 24/07/2012 @ 7:52 pm | Responder

    • LE PIDO Q ME AYUDE Y SI PUDIERA CONTRATAR LO SERVICIOS DE USTED DIGAME COMO PUEDO HACER YA Q EL ABOGADO Q ME LLEVA EL CASO ME ALARGA Y NO RESUELVE NADA.

      Comentarios por VERONICAJPRR — 24/07/2012 @ 7:54 pm | Responder

      • necesita un abogado en su pais. Si me indica que pais es , quizás pueda recomendarle a algun compañero especialista.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/08/2012 @ 7:52 pm

    • Entiendoe que no son Vdes. españoles y que el menor se encuentra en s país de origen, de forma que cualquier tramitación debe hacerse allí y con la ley de su país. Sin mas datos, no puedo ver si existe alguna formula para conseguir seguir el procedimiento en España. Comuníquese si lo desea por e Mail para facilitarme mas datos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/07/2012 @ 4:57 pm | Responder

    • Lamewnto no poder asesorarle ya que no son nacionales españoles y deben regirse por las leyes de su pais aunque puedan intervenir los juzgados españoles.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/08/2012 @ 7:51 pm | Responder

  124. Buenos días y gracias por su atención.
    Soy madre soltera de un niño de 10 añitos y tengo un hombre maravilloso a mi lado desde hace casi 9.

    Mi caso es el siguiente:
    Hace 15 años tuve un relación tortuosa de 4 años con un hombre,era asiduo de las noches de fiesta y de todo tipo de drogas, me trataba muy mal tanto física como psicológicamente estaba tan sometida que caí en una depresión profunda y toqué fondo pero conseguí salir y lo abandoné. Al tiempo nos volvimos a encontrar y cometí el ERROR MÁS GRANDE DE MI VIDA pasamos «una noche juntos» y para mi desgracia quedé embarazada de él,que quede claro que ADORO A MI PEQUEÑO y ES LO MÁS GRANDE QUE HE HECHO Y QUE TENGO.

    A veces lloro de impotencia sabiendo que las presencia de este señor en mi vida va a ser constante, que voy tener que ver esa cara y oir esa voz, pensar que va a conocer a mis futuros hijos que va a estar ahí cuando envejezca, es una pura tortura, es tanta tanta la repulsión que me produce y la animadversión que siento hacia él por todo lo que me hizo, por como me trato, me humillo,me insultó, a veces de desesperación para no tener que seguir viéndole y no tener que soportar como me habla y me trata se me ha llegado a pasar por la cabeza irme muy lejos e incluso renunciar a lo único que me mantiene ATADA a Él CONTRA MI VOLUNTAD, renunciar a mi pequeño querido del alma, pero depués veo su carita y pienso que este es el castigo por el error que cometí, cuanto me arrepiento de que esta persona se cruzase en mi vida.

    Él se enteró de que estaba embarazada cuando ya estaba de 4 meses y lo de siempre, «que voy a cambiar, que voy a dejar esta mala vida,que te quiero y quiero que vivamos juntos, que os voy a cuidar…» le contesté un rotundo no.
    Para todo esto siempre llamandome que volviese con él que si no era para él no iba a ser para nadie, acosandome, inventandose escusas para quedar conmigo,incluso cuando empecé con mi actual pareja consiguió de no se que forma su número de teléfono para decirle que se alejara de mi que yo era suya.
    Trabajé durante mi embarazo viví con mi padre hasta que dí a luz y desde entonces vivo con mi madre, que es la que me ha ayudado siempre. Yo siempre me he encargado del niño en todo, educación, higiene, alimentación, salud, etc,tanto económicamente como físicamente, he procurado cambiar de trabajo siempre que este no me permitia estar con mi hijo y bueno siendo madre soltera hay que sacrificarse mucho pero merece la pena.

    He de decir que a pesar de la malísima relación que había y hay entre la familia paterna, padre incuído y yo, siempre he puesto de mi parte todas las facilidades para que el pequeño se pudiese relacionar con normalidad con ellos, nunca le he hablado mal al pequeño de nadie, sino más bien procuro no hablarle o si lo hago siempre bueno.
    Esto me ha llevado a tener que soportar insultos, gritos, amenazas y de todo por parte del padre y de su familia, pero nunca he hecho nada al respecto para no entrar en esa dinámica todo por el bien del niño.
    Cuando el niño era chiquitin y el padre se lo llevaba siempre eran los abuelos los que se ocupaban de él, pues el padre claro…que si cambiar pañales, que si puré, que si limpiar mocos,que si bañarle, que si levantarse en plena noche,que si no puedo salir de fiesta,…vamos que el niño muy bonito pero solo para enseñarlo a los amigos y poco más.
    Pero el niño cumplió seis años y como ya era mas autónomo decide, sobre todo para hacerme daño que quiere la custodia, (claro ahora que no hay que cambiar pañales)y además que le pase una pensión, gracias a diós me dieron la custodia, y sobre todo, cosa que le fastidió enormemente LA PENSIÓN y que tanto él como su familia siempre me están echando en cara.

    A él le concedieron un régimen de visitas: fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el lunes a la entrada (yo lo pedí así para no tener que encontrarme con él) y mitad de vacaciones de verano, semana santa y navidad, támbien y áunque no este regulado en el convenio y siempre que lo solicitan se llevan al niño con ellos, día del padre, cumpleaños de unos u otros, etc, y la comunicacíon vía telefónica es regular puesto que el niño tiene su movil con número propio.
    Decir también que siguen siendo los abuelos paternos los que pasan la mayor parte del tiempo con el niño y el pequeño se queja, como es normal de que no ve a su padre tanto como le gustaría, pues el padre duerme en su casa y el niño con los abuelos y el trabajo solo le deja las tardes libres y los fines de semana que no trabaja (ni sábado ni domingo)hay que salir de fiesta el viernes y el sábado.

    No contento con eso ahora después de cuatro años pide revisión de medidas alegando que las circunstancias objeto de estudio para el establecimiento de la primeras medidas han variado sustancialmente, cosa que no es cierta porque sigue trabajando en lo mismo, viviendo en el mismo piso, etc, y además alega que el niño quiere irse a vivir con él, que tampoco es cierto, lo que el niño pide es que, el tiempo que le corresponde al padre tener a su hijo este presente y en su compañia y no que le deje con los abuelos.

    Estas vacaciones de verano en las que al padre le corresponden 42 días 15 de ellos el niño los pasará con los abuelos en el pueblo, y el resto durmiendo en casa de los abuelos de domingo a lunes porque el padre trabaja, asi que es normal que el niño diga que no ve lo suficiente a su padre.

    El padre pide la custodia compartida por dos razones, una según palabras textuales «así me evito tener que pasarte la pensión» y la otra porque así tiene la escusa perfecta para poder llamarme constantemente y verme cuando a el le parezca, si ya ahora cualquier escusa es buena para estar llamandome constantemente porque es para cosas del crio, imagina teniendole tanto tiempo y sin experiencia alguna como me van a llover las llamadas al telefono y al timbre, realmente me trata no como únicamente la madre del niño sino como si fuese su mujer y yo ya no puedo más.
    Siendo el caso así, que soy madre soltera, y «el guaríán primario» del pequeño,no habiendo existido convivencia de los tres,o lo que es lo mismo que nunca ha habido una familia que se haya separado sino que el niño ha crecido y se ha desarrollado en este ámbito,y teniendo en cuenta que la única alegación que tiene es que el niño dice que quiere pasar más tiempo con él, ¿Es posible que le den la custodia compartida?

    Entiendo que muchas personas estarán a favor de la custodia compartida pero entiendan que cada caso es diferente, y en el mío dada la malísima relación que hay entre las parte, que ni siquiera compartimos un modelo educacional parecido,el padre no se ha ocupado antes del pequeño, el niño no ha sufrido nunca una separación de los padres porque nunca nos vió juntos, y añadir que lo que más me duele es que el niño tenga que estar con la maleta para arriba y para abajo cada quince días cuando su casa de toda la vida es la de la madre, no creo que a mi pequeño le pueda beneficiar en absoluto.

    Lo que si pienso que le puede beneficiar es que el padre haga un esfuerzo por aprovechar ese tiempo que tiene los fines de semana y vacaciones para estar mas con su hijo.

    -El abogado del padre ha pedido que al niño le vea el equipo psicosocial para determinar si es suficientemente maduro
    para ser oído y tenida en cuenta su opinión. ¿Es posible esto al ser un niño de 10 años?¿si se tiene en cuenta su opinión
    hará el juez lo que diga el niño?
    He de aclarar que este punto me preocupa bastante porque el niño está ahora de vacaciones con la familia paterna y no dudo que ellos durante estos 42 días van a tratar de hacerle ver al niño que está mejor con ellos y con papá que con la «mala» de su madre, y el juicio tendrá lugar probablemente antes de que yo vuelva a ver al pequeño.

    ¿También tendré yo la oportunidad de ser oída ante el tribunal?

    -Yo estoy ahora en el paro y no tengo ingresos ¿influye a la hora de determinar la custodia si el padre trabaja y tiene ingresos?

    Han pedido también que revisen todas mis cuentas bancarias y movimientos de el último año, ¿para que necesitan sobre todo lo de los movimientos?

    Si le conceden la custodia compartida y para que el niño no se desplace tanto, ¿puede ser el piso del padre la residencia habitual y desplazarnos nosotros?

    ¿Hay algo que yo pueda hacer para evitar la custodia compartida y seguir como hasta ahora?
    Decirle que le he contado a la tutora del niño y a la directora del colegio lo de la custodia compartida y no les ha parecido demasiado bien, dicen que el niño está muy centrado ahora en sus estudio, cosa que le ha costado y que esto podría afectarle negativamente.

    Muchísimas gracias por su atención y siento la extensión del caso pero he creido necesario contar tanto detalle porque generalmente todo el mundo da por hecho que hemos sido una especie de «matrimonio» o pareja de hecho que se ha separado con posterioridad al nacimiento del niño, como dice el abogado del padre en el escrito del juzgado: «que mantuvieron una relación sentimental fruto de la cuál nació…» y nada más lejos de la realidad, yo he sido y me sigo sintiendo una madre soltera y orgullosa.

    Comentarios por MadreSoltera — 06/08/2012 @ 3:23 pm | Responder

    • Si está en una comunidad en la que no existe opcion de custodia compartida, la verdad es que va a ser muy dificil , por no decir imposible, que se de, si no existe mutuo acuerdo entre vdes. y la verdad, con lo que me cuenta, pocas posibilidades veo yo.
      Los juzgados de familia no actuan en agosto, así que, si no tiene señalada aun la vista, entiendo que el niño estará de nuevo con Vd en septiembre, de forma que no debe sufrir por esta cuestión.
      A un niño de 10 años se le puede OIR si tiene suficiente madurez. Oir no significa que su opinión sea directametne la solución. Simplemente se le oye para ver como se siente o que piensa. No le van a preguntar con quien quiere vivir. Y falta saber si el Juzgado estima oportuno que intervenga el equipo psicosocial para ver la madurez del menor.
      Tratandose de un procedimiento de modificación de medidas, se celebrará una vista en la que ambos deben estar presentes, y será cuestion de lo que estimen los letrados que Vd. declare o no, igual que el padre. Y además, si existe una demanda, Vd. debe haberla contestado, mediante abogado y procurador.
      La situación económica no es determinante para la custodia, y todo el tiempo anterior tiene mucho peso. Si no hay cambios significativos, pocas modificaciones tienen exito.
      Sus datos economicos se solicitan, al igual que se deberan aportar los de él, ya sea a requerimiento del propio juzgado como sino, de su letrado, y es para ver la situación de ambos y poder determinar de forma adecuada la conyribución de cada uno de vdes. a los gastos del menor.

      Lo de la «casa-nido» es decir, que eñl niño se queda en la casa y los padres se turnan es algo muy complejo , se ha dado en algunos casos pero parece que no funciona si no hay un entendimiento total entre ambos, y no se lo aconsejo.

      Confie en su abogado, y si tiene dudas sobre el mismo, planteese el cambio de letrado. Sin confianza en el profesional, ni Vd. obtendra la defensa que merece ni el abogado podra ofrecersela. La confianza es la base de una buena relacion abogado-cliente, y yo diría que una parte muy importante en el exito de la batalla.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/08/2012 @ 8:05 pm | Responder

  125. Assumpció, decirle que tanto mi familia y mi hijo, así como la familia paterna somos Españoles y residimos en España.
    En nuestra Comunidad Autónoma todavía no se ha impuesto la custodia compartida como preferente.

    Comentarios por MadreSoltera — 06/08/2012 @ 3:35 pm | Responder

  126. Hola. ¿me podrían ayudar aclarar mi situación para tomar alguna desicion?
    Mi caso es el siguiente:
    Tengo la nacionalidad española, pero procedo de Rusia. Por la sentencia judicial la custodia de los niños que tenemos en comun con mi exmarido español la tengo yo.
    El regimen de visitas es muy simple : tres veces al año (Semana Santa, medio de vacaciones de Navidades y un mes en verano) y puentes escolares que nunca las usa el padre.
    No les llama a los niños, ni por telñefono ni mediante Skype por mucho que se lo pida. La pensíon para los niños todavía no ha pagado (sentencia ha salido el 7 de junio 2012)
    No hay manera de encontrar trabajo por aquí. Nos está ayudando, mejor dicho, manteniendo mi pareja actual. La cuestón es que vive en Suiza. En Suiza puedo tener un trabajo, de echo estoy arreglando los papeles ahora. Con los niños está mi madre. Padre de los niños no firma autorización ni paga ni viene a ver a los niños, solamente le ven tres veces al año, sin ningun problema se los traigo desde Suiza sin alterar el regimen de visitas. ¿Podría llevar los niños a Suiza sin ninguna autorización del padre? Y empezar el nuevo juicio ya por el camino. Todo esto son gastos y necesito trabajar. ¿qué sucedería en el caso así?

    Comentarios por Gala Boyarkova — 31/08/2012 @ 1:21 pm | Responder

    • Para actuar de forma conforme a ley, debería iniciar un procedimiento judicial para que sea el juzgado que llevo su divorcio quien determine si puede cambiar de residencia.es una demanda de jurisdicción voluntaria por divergencias en la patria potestad, en la que se oye a ambos sobre la diferencia que tienen, cada uno argumenta su postura, y el juez decide quien de los dos va a poder tomar la decisión y que el otro tendrá que asumir. Le recomiendo hacerlo antes de marcharse, y, por lo que cuenta, creo que tiene mucho a su favor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/09/2012 @ 10:17 am | Responder

      • !Muchas gracias por la respuesta! Lo estamos pasando bastante mal… Haré así, espero que la semana que viene o maximum la
        siguiente podemos empezar con este juicio. Mis niños se estan haciendo valientes y pacientes.
        Esperamos un poco más y todo va a salir bien.
        Saludos

        Comentarios por Gala Boyarkova — 02/09/2012 @ 5:49 pm

  127. Hola Assumposió:
    Mi caso es el siguiente, tengo sentencia de divorcio desde hace dos años.Tenemos dos hijos de 8 y 9 años, la patria potestad compartidad y mi ex esposa tiene la guardia y custodia. Tengo un régimen de visitas para disfrutar de mis hijos consistente en dos tardes semanales,fines de semanas alternos y mitad de vacaciones de verano,semana santa y navidades.Mi ex esposa tiene varias sentencias condenatorias por incumplimiento del régimen de visitas.Ya en febrero del 2011 se pidieron unas medidas cautelares urgentes por obstruir continuamente el régimen de visitas. A partir de ese momento se normalizaron mis visitas, aunque siempre con algún que otro problemilla. Los niños son españoles, nacidos aquí. Tienen su normalización escolar y familiar.Tienen sus amigos, al menos cuando conviven conmigo, las notas en el colegio son de sobresaliente.Le paso una pensión de 1000€ mensuales.Mi ex esposa es licenciada y con titulación convaliada en España. Mi ex esposa es italiana y va de vacaciones allí en verano durante el mes que le corresponde. Este año le ha tocado en agosto y el día 1 de septiembre me mandó un email comunicándome que había encontrado un trabajo y que se quedaría allí porque con lo que le paso no tiene para vivir. La casa donde vive aquí está libre de hipotecas ya que es mía y la pagué antes del matrimonio, y por sentencia es el lugar de residencia para ella y los niños. En el email también me dijo que me podría en contacto diario con los niños, podría ir a visitarle cuando quisiese y las vacaciones las decidiríamos junto a ellos….,además que como su abogado estaba de vacaciones le informaría y mandaría la documentación el 3 de septiembre. Ante esto mi abogado ha solicitado unas medidas cautelares urgentes y una denuncia por sustracción de menores. Me ha dicho que un corto plazo de tiempo la citarían y que la situación sería muy adversa para ella. Además incluso precisamente el 1 de septiembre ya me tocaba disfrutar de ellos. Mi pregunta es; ¿le podrían quitar la guardia y custodia de los niños, o condenar por la vía penal por lo que unilateralmente y arbitrariamente ha decidido?. ¿Cómo ves tu el caso,tendría alguna opción para poderse llevar a los niños?. Un cordial saludo y muchas gracias por tu blog.

    Comentarios por FRANJRODB — 04/09/2012 @ 5:38 pm | Responder

    • Hola de nuevo,aunque todavía no has podido responderme, me gustaría añadir que el juzgado de primera instancia, donde el lunes día 3 de septiembre se presentaron las medidas urgentes y la denuncia por retención de menores, ha citado a mi ex a través de sus representantes legales (procurador y abogada), para que el día 12 de septiembre para que se presente en el juzgado. No sé si vendrá o no vendrá desde Italia o pondrá escusas tales como : no me han informado, no tengo dinero etc etc… ante esto, ¿qué medidas se podrían tomar o se suelen tomar a través de los juzgados y qué repercusiones tiene o tendrá esta desobediencia a la citación judicial? Normalmente hablo con la niña, que es la mayor, todos los días pero la madre está al lado diciéndole lo que tiene que decirme, es una situación de verdadera angustia porque no quiero meter a los niños en medio de esta situación. Lo único que le dejé claro a la niña es que no estoy absolutamente de acuerdo con lo que ha hecho su madre y que lo de quedarse en Italina no es seguro, porque es una decisión que a tomado su madre sin tenerme en cuenta. Gracias y espero tu respuesta.

      Comentarios por FRANJRODB — 07/09/2012 @ 4:15 pm | Responder

      • Si ha sido debidamente citada y no comparece, por la via penal le pueden poner un busca y incluso dictar sentencia sin su presencia. Por la via civil, se celebrara el juicio en su ausencia, y pierde su derecho a defenderse y a probar nada, de form que el juez solo vera tu versión y tus pruebas.

        Ya nos dirás como ha resultado.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/09/2012 @ 8:52 pm

    • No tiene derecho alguno a cambiar a los niños, y si bien la sustraccion de menores en principio dicen las audiencias que la comete el no custodio que no devuelve a los niños, algunas sentencias también lo han considerado en el caso del custodio. Evidentemente es una cuestión penal que en nada le favorece, pero, mas que por esta via, la via civil permite imponer a la madre el retorno y incluso daría lugar al cambio de custodia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/09/2012 @ 8:50 pm | Responder

      • Hola de nuevo, al final mi ex ha sido juzgada por incumplimiento de régimen de visita y tiene que pagar una multa de 180€. Luego se han tomado una medidas cautelares urgentes a través de un auto, El auto no hay por donde cogerlo ya que nosotros pediamos el regreso inmediato de los críos y después que ella pidiese la modificación .La jueza con la ayuda de la fiscal (ambas jóvenes y con poca experiencia en este tipo de resoluciones, es un juzgado de 1ª instancia) ha dictado que sí se puede quedar en Italia, Y me ha puesto un régimen de visitas consistente en la mitad de las vacaciones y un fin de semana al mes… por cierto imposible porque económicamente no puedo ir y venir al sur de Italia una vez al mes, hotel,comida etc etc… Ha obviado el arraigo de los niños, el idioma etc etc etc… vamos a recurrir el auto porque hay motivos importantes para hacerlo. Lo que si me ha dejado con mal sabor de boca es que por miedo a veces se dicten sentencias a favor de las mujeres por no quitar la custodia a la madre. Ha sido una forma de lavarse las manos… por una parte dicta que el procedimiento no es adecuado pero por otra sin tener pruebas fiables permite que haga su santa voluntad y que ahora yo lleve dos meses sin ver a los niños. Lo que estoy haciendo es preparando el recurso y esperando que la audiencia provincial dicte. Por cierto te hablo desde una ciudad del sur de España. Gracias por tus respuestas anteriores. Un saludo.

        Comentarios por FRANJRODB — 25/09/2012 @ 7:51 pm

  128. Muy buenas:

    En los últimos meses he tenido muchos problemas de desacuerdos con mi ex-. Tenemos un hijo de 6 años y custodia compartida. Semanas alternas, de lunes a lunes. Bien, hace un año, ella ha tenido que cambiarse de domicilio por motivos económicos, ella está en paro (del pueblo a la capital, a unos 15 minutos de donde vivimos, y del colegio del niño). No me opuse a este cambio porque entiendo su situación y mañana puedo ser yo.
    Al principio no ha habido problemas, pero a mitad de curso dejó de llevar al niño a la actividad extraescolar que tenía 2 veces a la semana porque «se ha cansado de bajarle», actividad ésta consensuada por ambos a principios de curso.
    Para este curso tenemos el mismo conflicto, con lo cual el niño no podrá asistir con regularidad a ninguna de las actividades extraescolares (inglés y fútbol), simplemente, por que ella se cansa.

    Además, y lo más importante, son los problemas que tiene donde vive actualmente: En la misma habitación duermen ella, el niño y su pareja. Además en la casa, los dos hermanos de su pareja y el padre de éstos, y que ella, curiosamente, no me habia dicho que este señor vivía allí, ni ella ni el niño, que se ha visto forzado a no decir nada, a mentirme durante meses. Y que antes de pasar a vivir allí, mi hijo me había contado que «el padre del novio de mamá es malo».
    Cuando viene a pasar la semana conmigo duerme con un ojo aberto, tiene pesadillas y no puede estar solo (es decir, si me voy del salón a la habitación tiene que venir detrás xq le da miedo). He descubierto através de um amigo que hay mal rollo en esta casa. que ni ella ni la pareja dirigen la palabra al padre de éste. Y no me extraña que el crio tenga el miedo metido en el cuerpo.

    Hace un año, mi ex- se peleó con su propia madre cortando así la relación. Para que el niño vea a su abuela materna le tengo que dejar yo aunque el niño no quiere ver a la abuela porque la madre le ha comido la cabeza diciendo que es mala. Es decir, al final si le dejo ir con ella, él niño se enfada conmigo.

    Ya no sé qué hacer. Ella le ha cambiado la rutina, el entorno, y psicologicamente le veo al niño afectado.

    Por un lado no quiero tomar ningún acción, pedir la custodia solo para mí, xq sería un proceso muy doloroso para el niño, pero necesito parar los pies a la ex- que no se da cuenta del daño que le está causando. ¿Hay algún tipo de medida que no sea la más dura?

    Gracias por la atención. Un saludo.

    Comentarios por Alex — 04/09/2012 @ 6:31 pm | Responder

    • Si el niño tiene temores nocturnos, quizás un examen por parte de un psicólogo y comentarlo en el colegio para saber si tiene repercusiones en su comportamiento , seria una forma de, primero, ver exactamente como esta el menor, y con ello, plantearle a la madre lo que hay y intentar un acercamiento de posiciones para el bienestar del niño.

      Antes de entrar en un procedimiento judicial, podría acudirse a la medicación, pero para ello ambos deben estar de acuerdo en iniciarla, ya que es una cuestión voluntaria.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 20/09/2012 @ 7:24 am | Responder

      • Muchas gracias por la respuesta Assumpció. Es de gran ayuda aunque es cada día más dificil creer que hablando con ella las cosas se puedan solucionar.
        Lo último, para que veas como funciona su cabeza y su mundo, es que me he enterado que su novio no tiene carnet de conducir, y eso no seria algo importante si no fuera por el hecho de q conduce con total normalidad su coche (el de mi -ex) con mi hijo dentro. Y cuando digo total normalidad, es tal como suena. Cuando le vienen a dejar o recoger, llevar al colegio, pasear, etc.
        Por más que lo piense no puedo entender como se lo permite. Ella tiene carnet y no sé xq deja a su novio conducir, como si no pasara nada, como si no estuviera tipificado en el codigo penal. Me he enterado e investigado directamente con la guardia civil. No he interpuesto denuncia y ella no sabe que lo sé. Directamente no sé qué hacer.

        Por cierto, ayer mismo la profesora, a la hora de la salida del cole, la ha llamado la atención sobre el niño: su comportamiento, que anda con la cabeza por las nubes, que no se concentra, etc, etc. Me lo contó ella misma por telefono ayer cuando llamé para hablar con el niño. Pediré que se reúna conmigo para hablar sobre todo ello, y dependiendo de las reacciones, actúo o no. Llevo un tiempo pensando en llevarle al psicologo, pero sé que necesito su autorización. Tal vez, con la llamada de atención de la profesora ella se haya dado cuenta de algo.

        Comentarios por Alex — 20/09/2012 @ 4:59 pm

      • Es una situación compleja la del carnet. Yo misma no sabría que hacer. Si las cosas se contienen, podrías comentarlo de pasada a la madre a ver como reacciona. Ya nos contarás que cuenta la profesora y sería genial que fuera la misma profesora quien os dirigiese al,psicólogo.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 22/09/2012 @ 4:22 pm

  129. Buenas noches, podría aclararme mi caso?
    Estoy divorciado y tengo una hija menor de 15 años, su madre tiene la guarda y custodia, pero la patria potestad es conjunta, siempre he tenido muchos problemas con la madre de mi hija. Cuando tenía 6 años nuestra hija y su madre se fueron a vivir a la península, yo soy isleño, pero estaba regulado en nuestro convenio así que eso no es el problema. Este es que nunca me ha pedido opinión sobre la escolarización de nuestra hija, lo entiendo pues vivo a más de 3000 km. Mi problema es que desde hace dos años está teniendo muchos problemas con el comportamiento y estudios y yo he ayudado en lo posible dado la lejanía. El pasado verano accedió a formalizar legalmente la cesión de la custodia, despues de arreglar todos los papeles se arrepintió por no querer pagar la cantidad que yo pasaba de pension alimenticia (240€). Siguieron los problemas en su hogar y este verano me quiere ceder nuevamente la custodia, yo le pido que lo haga legalmente y que cuando tenga los papeles me avise, que ya el pasado año estuve arreglando todo para nada. Queda en ir al abogado suyo y quince dias más tarde recibo un mail suyo diciendome que ha mandado a nuestra hija a vivir con sus abuelos maternos.
    Puede hacerlo? En ningún momento me he negado a tener la custodia de mi hija, creo que primero debería vivir conmigo y que ella no tiene derecho a decidir sobre su futuro de nuestra hija de esa manera y dado que sus abuelos vivien a 30 km de mi casa pienso que únicamente lo hace por no pagar la pensión de mi hija.

    Comentarios por Padre — 18/09/2012 @ 1:02 am | Responder

    • En efecto, no puede disponer libremente de la residencia de la menor, por mucho que tenga la custodia. Mi recomendación seria iniciar un procedimiento de guarda y custodia solicitándola para Vd. con las pruebas de que tenían un acuerdo pero lo rompió, que ha cambiado la residencia de la menor y además no esta en la península, además le ha cambiado el centro educativo… Ignorandole totalmente comp padre, y pr tanto, saltandose la sentencia por incumplimento de la patria potestad compartida. Creo que es factible que prospere la demanda, y, a pesar de la distancia, podríamos dirigirlo desde este bufete.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/09/2012 @ 7:53 pm | Responder

  130. Buenas noches:
    Quisiera que me pudieran aclarar algunas dudas que tengo

    Tengo un hija de 6 años y su padre es español, tenemos regulado el regimen de visitas mediante un juez,
    yo quiero intentar regresarme a mi pais (perú), con mi hija pero no se como podría hacerlo ya que aqui no podrè darle una vida normal, pues tengo un trabajo de media jornada y lo que gano mas lo que su padre me da aduras penas nos alcansa para salir adenlante, nunca podrè darle una estabilidad economica si sigo viviendo aqui, en mi ´paìs tengo mi casa propia y tambien la posibilidad de trabajar y poder darle a mi hija otro tipo de vida diferente a la de aqui, ademas de amor familiar de parte de toda mi familia y es donde ella se siente a gusto. Muchas veces su padre viene a verla una sola vez al mes, y tampoco es que le afecte el no ver a su padre ya que cuando le toca irse el fin de semana a la casa de la abuela donde vivi su papà llora mucho y no quiere alejarse de mi, y me pide por favor mamà no me deje ir, no quiero irme quiero quedarme contigo, esta situacion es muy dolorosa ver a mi hija que esta sufriendo y que cada noche desea irse a vivir en su casa de peru no se que hacer todo esto me afecta mucho
    Mi hija no es feliz y segun los comentarios que he leido antes, parece que no se pensa en la felicidad y tranquilidad emocional de los niños sino en el que el otro progenitor se quede si visitas, entonces segun esto mi hija tendría que vivir en españa hasta su mayoria de edad si poder tener una mascota(un perro, un gato, etc) en una habitación si posibilidad de algo mejor porque no separemos a su padre de su hija eso sería lo mejor para ella?
    quisiera que por favor me aclararan los puntos a tomar en cuenta esn estos casos, gracias

    Comentarios por Adalipza — 24/09/2012 @ 9:57 pm | Responder

    • No es que no se piense en los niños, al contrario. La función de un buen en juzgado de familia es ver las opciones. Decantares r lo mejor para los menores. Si desea marchar, debe iniciar un procedimiento para obtener la autorización para hacerlo, salvo que tenga la autorización del padre. En cualquier caso, si se produce el cambio, deberán establecerse unas nuevas medidas, un nuevo régimen de relaciones con el padre. Y es cualquier caso es muy importante que como progenitor custodio promueva que la menor pueda desarrollar las visitas actuales con el padre, animándola y haciéndole ver todo lo positivo que tiene la relación con el padre, porque un niño de esta edad no debe tomar las decisiones de ver o no al otro progenitor y si Vd., como custodio la anima y le da seguridad en cuanto a que estar con el padre es algo bueno, la estará ayudando enormemente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/09/2012 @ 10:16 pm | Responder

  131. hola buenas noches,actualmente soy divorciada legalmente hace cuatro meses,tengo dos niños de 6 y 2 años,el padre tiene empresas junto a su familia,el se fue de casa porque estaba poniendome los cuernos con una conocida desde que yo estaba embarazada del pequeño y yo lo descubri,en la vista para medidas provisionales el alego que no tenia dinero que las empresas le iban mal ( que no es cierto) y que teniamos muchas deudas que eran del matrimonio(puesto que teniamos bienes gananciales) la verdad era que esas deudas yo no sabia donde salian (de sus empresas familiares) pero pude demostrar lo que pude demostrar,el domicilio familiar estaba a nombre de el y yo tenia una casa ( de mis padres ) aparte (que esta en ruinas) de la que su letrado intento convencer a la juez que estaba en perfectas condiciones para que los niños vivieran alli,fue muy duro porque a el le importaba un carajo donde vivieran sus niños e intentaba pasarles lo menos posible,bueno al final en sentencia se dicto guarda y custodia para mi,patria potestad compartida,regimen de visitas norma(fines de semana alternos,un dia entresemana4 horas con los niños y vacaciones mitad y mitad) la juez me dijo que si me queria quedar en casa tenia que asumir la mitad de las deudas y de alimentos el pasa 300 euros por niño,yo decidi darle la casa ya que preferia poder vivir que pagarle la mitad de una deuda millonaria que no era mia y que no podia asumir ya que tenia un sueldo de menos de mil euros,y segun sentencia me fui a la calle,aparte de todo esto el y su familia no me dejan vivir,desde ir a buscarme a sitios como vigilarme en la puerta de mi casa como destrozarme el coche (eso tampoco lo puedo demostrar),intentar poner a mi niña en contra mia etc etc.tengo que decir que el va pagando el regimen de alimentos como le place,mes un poco al principio y otro al final,mes nada y ni que decir que de gastos de medicos,vacunas etc de los niños que lo contempla sentencia de eso nada.bueno despues de contarte un poco porque es larguisimo,mi consulta es la siguiente,en el mes de junio me quede sin trabajo y despues de plantearme echar curriculum por toda españa aparte de en mi ciudad (almeria),me han llamado para trabajar en barcelona,con fecha de empezar el 1 de octubre,despues de hablar con la gente que me va a contratar en el mes de julio tuve la primera entrevista informo al padre de mis hijos (mediante un burofax) que quiero cambiar de residencia porque me han ofrecido un trabajo y como esta la cosa no lo puedo dejar,el se opone totalmente (como yo sabia que iba hacer porque este señor vive por y para hacerme la vida imposible) y se va al juzgado diciendo que amenazo con sustraer a los niños sin su permiso(cosa que a mi jamas se me ha pasado por la cabeza) aportando un informe psicologico de mi hija(privado y sin contar conmigo para hacerselo) y un papel de la tutora de mi hija diciendo que el padre es el que se encarga de hacer la tarea con ella de recojerla del colegio etc(cuando eso es absolutamente mentira) soy yo la que recojo a la niña esceptuando el dia que come con el y la tarea la hace conmigo puesto que vive conmigo,en la vista la juez me informa de que no puedo llevarme a los niños sin su consentimiento o el del padre que si quiero cambiar de domicilio que pida un cambio urgente en las medidas,mi abogado presenta ese cambio pero la niña ya ha tenido que empezar el cole en mi ciudad y yo le habia mirao ya varios coles tanto a ella como al niño guarderia siempre sin hacer nada pero para tener todo atado en el caso de que me los pudiera traer cuando yo queria,ahora me veo que tengo que firmar un contrato para el 1 de octubre que en mi ciudad ni me han llamado para una entrevista,que me he alquilado una casa en barcelona y que no puedo traerme a los niños si quiero hacerlo por las buenas como quiero hacerlo puesto que yo no tengo ningun interes en separarlos de su padre ni nada de eso,mi pregunta es:
    1º Puedo dejar a los niños en casa con mi madre mientras sale la vista de cambio de medidas,teniendo en cuenta que es el domicilio de los niños,ya que tengo que empezar a trabajar ya y no puedo aguantar mas a la empresa o me perjudicara?
    2º cuanto tarda mas o menos esa vista?
    3º que crees que dira la jueza tal y como esta el panorama laboral?
    otra cosa,mi madre que es la que se encarga de cuidar a mis niños conmigo se vendria a barcelona para ayudarme tal y como lo hace en almeria
    muchas gracias espero su contestacion

    Comentarios por luz — 25/09/2012 @ 12:17 am | Responder

    • el tiempo que tarde depende mucho de cada juzgado, su abogado es quien mejor le puede asesorar, puesto que conoce los ritmos del juzgado correspondiente y la forma de resolver estas materias en dicho juzgado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/01/2016 @ 12:41 pm | Responder

  132. Hola,
    Tengo un hijo de 16 años y tengo la custodia compartida por quincenas.
    Debido a la situación económica que tengo, quiero ir a probar suerte a otro país y buscar trabajo.
    ¿Como tengo que informar al juzgado de ésto? Ya que me es imposible contactar con el padre.
    Si me voy por unos meses (sin mi hijo, claro, porque está estudiando), aún diciéndolo en el juzgado, ¿se puede emprender alguna acción judicial contra mí?
    Si fijo lejos de mi domicilio actual mi nueva residencia definitiva ¿podría haber un cambio a custodia monoparental?
    Muchas gracias

    Comentarios por gisela — 09/10/2012 @ 8:35 pm | Responder

    • Si existe custodia compartida es posible contactar con el padre, puesto que el menor debe estar cada quincena con el, no debe estar desaparecido. Puede comunicárselo por ejemplo por burofax. ¿Con quién ha pensado que quede el menor en este tiempo si Vd. No esta?
      Para evitar que el padre interponga una demanda para obtener la custodia individual, debería llegar a un acuerdo temporal con el. Si eso no es posible, plantear la situación al juzgado a fin de que se puedan tomar las medidas oportunas.

      La guarda y custodia comporta la atención al menor, y si se va, no puede llevarse a cabo.

      Póngase en contacto con nosotros y podríamos comentar mejor la situación, ya que con los datos que nos da, queda todo muy indeterminado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2012 @ 7:31 am | Responder

  133. Hola,Assumpcio´
    En mi caso yo soy el padre y tengo la custodia del niño desde los 4 años (ahora tiene 17) ,su madre vive en Australia y el ha ido este verano dos meses de vacaciones alli,cuando ha regresado viene diciendo que se quiere ir a vivir y a estudiar alli y no hay manera de convencerle al final le he dicho que le dejare irse y mi pregunta es:¿tendria que darle la custodia a su madre o simplemente con dar mi autorizacion es suficiente?.
    Pienso que aun doliendome que se vaya prohibirselo seria un error con lo cual he decidido dejarle pero me voy a quedar echo polvo.
    Muchas gracias.

    Un saludo:

    Comentarios por Pedro — 15/10/2012 @ 9:15 am | Responder

    • Si el menor tiene 17 años, en nada será mayor de edad y por lo tanto, podría marcharse libremente, así que su postura de dejarle ir voluntariamente es la más sensata. Según cuándo se vaya a marchar y cuando cumpla los 18 debería valorarse el cambio de custodia o simplemente un acuerdo entre ambos, ya que, siendo aún dependiente aunque sea mejor de edad, debería solucionarse la cuestión de la pensión de alimentos, básicamente para que la madre no tenga que seguir pagándola si es que esta establecida.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 16/10/2012 @ 2:52 pm | Responder

  134. Bienas tardes.
    Hace algun tiempo ya intervine en este foro para plantear mis dudas y por que no decirlo,mis temores.
    En aquel momento la cosa se quedó solo en eso,en temores ya que mi ex esposa no llegó a concretar su amenaza de trasladarse de residencia llevándose con élla a nuestra hija,obviamente,menor.
    Expongo lo más simplificadamente la situacion actual.

    Padres divorciados desde hace años,hija de once años actualmente.
    Convenio regulador que daba a la madre de mi hija la custodia de la misma.
    Madre de la niña que actualmente y desde hace unos años viene teniendo una relacion con un señor,desde hace aproximadamente un año conviven y mi hija,con éllos.
    Por mi irrgularidad laboral,circunstancias personales,etc,no puedo estar completamente al dia en mis ingresos de pension alimenticia.Actualmente debo una cantidad alrededor de 1500 euros.
    En ningun momento ni me he negado a pagar ni lo pienso hacer,por supuesto.A veces ingreso mas dinero,en ocasiones menos y si,por suerte me cambia la misma,me pondré al dia con mis obligaciones.
    Mi ex esposa es de origen ecuatoriano( yo soy español) nuestra hija es española,nacio en Madrid,etc.
    En España mi ex no tiene mas familia que su propia hija.
    Yo tengo a mi madre,hermanos,sobrinos,primos por tanto de la menor,etc.
    Evidentemente nuestra hija ha vivido siempre en España y siempre en Madrid.
    Aqui esta su colegio,su vida,sus costumbres,amistades,entorno,familia paterna,etc.
    Mi ex me comunicado hoy en persona su deseo e intencion de cambiar de residencia,concretamente a Estepona,osea,unos 670 kms de distancia.
    Ella me dice que su pareja posee una gran casa en estepona,medios de vida abundantes y que les parece a ambos una soberana estupidez e inutil gasto de dinero seguir pagando el alquiler del chalet en el que los tres viven,sito en Madrid.
    Además de eso,argumenta otros motivos,por ejemplo,que ella es libre de decidir libremente donde desea vivir y establecerse.
    Que la niña enseguida se acostumbraria a tal cambio,agradeciendo en el futuro dicho cambio.
    Que en Estepona hay mucho mejor clima que en Madrid.
    Me dice tambien que debido a precisamente la distancia que habria entre hija y padre,que no podria ni la niña venir cada 15 dias ni estaria bien tampoco que el padre fuera mucho a visitarla porque eso le trastornaria mucho.
    Que todo es por el bien de nuestra hija y que yo deberia comprenderlo.
    Que élla desea hacer las cosas » bien» y por eso me lo comunica antes,para que yo de mi aprobacion.
    Despes de escucharla atentamente durante casi media hora,sin hablar,al final le respondi mas o menos esto: » No lo apruebo,en absoluto,porque la niña ha vivido siempre aqui,aqui tiene su pequeño gran mundo,entre otras cosas tiene a mi,a su padre..»
    Me responde que ene se caso pondra en manos de sus abogados el asunto y que ya tendré noticias suyas,etc.
    Deseo comentar un detalle y es que élla argumenta el detalle economico,quiero decir,mis dificultades economicas,que actualmente resido en casa de una hermana,etc para hacer con ello fuerza ante el juez,llegado ese caso,etc.
    Dice que lo unico que necesita para realizar este cambio es saber si le dan plaza en el colegio que ya han mirado en uno de los viajes que suelen realizar a dicha localidad,en funcion de eso,harian el cambio este año o el siguiente.
    Esta es la informacion y los datos que tengo.
    ¿Por favor,si alguien,experto,abogado o persona que haya pasado por un caso igual o muy similar puede hacerme alguna indicacion o ayudarme co algun dato,sugerencia,etc,lo agradeceria enormemente.
    Muchas gracias.

    Comentarios por tomas — 08/11/2012 @ 5:09 pm | Responder

    • Como primera medida acuda al colegio actual de la menor y presente un escrito, comunicándolo además personalmente al director, por el que quede claro que, en virtud de s patria potestad, niega la autorización a que se de de baja a la menor del centro.

      Por otro lado, antes de que la madre se la lleve, que siempre puede pasar a pesar de todo, puede presentar demanda de medidas cautelares urgentes a fin de evitar el traslado, o jurisdicción voluntaria por divergencias de patria potestad relativas a domicilio y/o colegio, y finalmente, modificación de medidas a fin de que se modifique la custodia en el caso que la madre decida cambiar la residencia.

      O esperar a ver si ella solicita la autorización para cambiar el domicilio y colegio de la menor.

      Y en todo caso, deberán pasar por una modificación de medidas, ya sea para cambiar la custodia en . Favor de Vd., optara modificar el régimen de relaciones con la menor si se acaba autorizando e traslado de localidad.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/11/2012 @ 12:30 am | Responder

      • Muchas gracias por su respuesta
        Un saludo

        Comentarios por tomas — 03/12/2012 @ 9:48 pm

      • Le escribo de nuevo y en esta ocasión mi temor es aun mas alto ya que acabo de recibir el siguiente burofax:
        Es de un despacho de abogados de aqui,de Madrid que me dice lo siguiente:

        En Madrid a 28 Enero de 2013
        Muy sr mio:
        Por medio de la presente,me dirijo a usted en nombre y representcion de mi clienta Dña……,en relación al procedimiento de Divorcio de Mutuo Acuerdo dictado por el juzgado de Primera Instancia de Mdrid Nº 93,mediante sentencia …….. y a la menor ………..

        Como usted sabe por conversaciones previas mantenidas con mi cliente,tiene previsto cambiar de localidad de residencia,teniendo previsto trasladarse próximamente a la localidad de Estepona ( Malaga) junto con la menor …….
        El traslado obedece a la posibilidad de ofrecer una mayor calidad de vida a …….ya que en dicha localidad entre otras cosas cuestiones se prevé que ingrese en el prestigioso colegio……que está situado en los primeros lugares de los rankigs de calidad de los colegios de España.
        A tal fin,se lo comunicó con el objeto de atender sus peticiones sobre la la modificación del régimen de visistas para que en función de la distancia pudiera adaptarse lo mejor posible a su agenda quedando a su disposición para que este régimen de visistas fuera lo más amplio posible.

        Póngase en contacto con este letrado a fin de tratar los sucesivos y reiterados impagos de la pension alimenticia de la menor,con objeto de ponerse al dia de los mismos y evitar la consiguiente reclamacion.
        Asi mismo en caso de no contestacion a la presente,entenderemos que muestra su plena conformidad con el futuro cambio de residencia de la menor.
        Sin otro particular.

        Comentarios por Tomas — 04/02/2013 @ 1:18 pm

      • Debe ponerse a ese cambio, si es lo que desea, a fin de que el mismo se verifiqué a través de la autorización judicial. Piense además que el tema de elección de colegio es materia de patria potestad, y también tiene Vd. Derecho a decidir sobre el mismo. Piense que ese prestigioso colegio puede que tenga un coste muy alto, y siglo autoriza, se verá modificado el importe de los alimentos.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 11/02/2013 @ 10:55 pm

  135. Buenos días: Mi pareja tiene un hijo de 13 años y una chica de 18. Hace más o menos 12 años se divorció de su mujer y desde entonces, pero sobretodo desde que aparecí yo, hace 5 años, sólo se han quedado a dormir en casa 3 fines de semana. Su ex ya se emparejó desde el principio con un exmarido suyo anterior. Hasta ahora, yo había notado que la hija me tenía celos y además odiaba a su hermano pequeño desde que nació y siempre le quería mandar y que sólo le hiciera caso a ella y a mí no quería que le enseñara nada. Muchas veces no querían venir, y si venían sólo era para que le compraran cosas, cada vez más caras, ordenadores portátiles etc. después, ni le llamaban para nada, ni su cumpleaños ni vinieron al entierro de su abuelo. Pero lo más penoso fué este verano, cuando mi pareja ingresó en el hospital, no vinieron a verlo. Pasado esto, vino sólo el niño, porque la chica ya tenía novio, y no decían nada, no decían que su madre hacia dos meses que había fallecido. Ni los niños ni la pareja de la mujer, dijeron nada. Una noche este «señor», por decir algo, y por primera vez, llama a mi pareja y le dice que tiene que hablar con el, por un asunto importante, relativo a sus hijos. No quiso decir nada más. Mi pareja ya hacía tiempo que no podía hablar con su ex, siempre, su hija le decía que no estaba, con mucha frialdad. Indagamos y nos dimos cuenta que había muerto. Al día siguiente, en la entrevista con el Sr.», éste le dijo que había muerto, y se puso a explicar toda clase de síntomas de la enfermedad que tuvo y como murió, yo no podía creerlo como se puede ser tan mala persona….supongo que sabía que él también padeció algo parecido, pero saboreaba el momento, disfrutaba. Dijo que se podía marchar del piso, pero que quería a sus hijos y ellos no querían ir a vivir con él, y que durante estos dos meses, había estado haciendo gestiones y que tenia preparado unos documentos para ser él el tutor del menor y que si no lo hacía, él tenía mucho tiempo y dinero y conocidos con influencias para estar yendo de juzgado en juzgado. El piso donde vive es de mi pareja y de su ex, que ahora pasará a sus hijos, y quiere seguir viviendo en él, pagando los gastos. Sus hijos es verdad que quieren quedarse en esa ciudad de la costa pero estaban tan influenciados por la madre durante todo este tiempo y ahora por el hombre que vivía con la madre Les deja hacer todo, la chica sale y entra cuando quiere y el niño se dedica a jugar y no estudia, tiene todas las asignaturas suspendidas, menos dos, pasa de curso porque quiere el colegio. Nosotros no queremos irnos de donde vivimos, y mi pareja por nada del mundo le gustaría irse a vivir a una casa que estuvo con su ex, por los recuerdos… Que puede hacer,?, de momento la abogada, ha interpuesto un deshaucio en precario. La hija, a parte, no quiere dar el dni del niño para hacerle la paga de horfandat, ella ya se lo ha hecho. Si se lo dicen al niño se lo tiene que preguntar al hombre y la última vez le insultó y amenazó de pegarle por decir que se tenía que ir del piso y que era un ocupa…..en fin….qué puede hacer mi pareja con los hijos? los puede obligar a que vengan con él? les tiene que pasar la pensión alimenticia? La chica le falta el respeto a él y a su familia y se pone histérica dice que es su casa y no se piensa marchar. Que se puede hacer con el piso, lo puede vender mi pareja? muchas gracias por todo!!

    Comentarios por Marta — 24/11/2012 @ 7:59 pm | Responder

    • De inmediato el menor de edad debe pasar a vivir con el padre. No es necesario ningun tipo de procedimiento judicial para ello. Ir a buscarle y se acabo. Nadie puede impedirselo y el menor no tiene potestad para negarse a ello. por mucho que diga el otro señor o por mucho dinero que tenga. Sobre la mayor de edad no puede decidir, pero sobre el menor, quiera o no, debe pasar a vivir con el padre. Los alimentos tenía obligación de pasarlos a la madre, para los hijos. Fallecida la madre se acaba la obligación. Creo que deben actuar de inmediato. El marido o pareja de la madre no puede ser para nada el tutor del menor mientras el menor tenga un padre. En cuanto al piso el desahucio es correcto y debería tener éxito.

      Estaríamos encantados en poder ayudarle en los procedimientos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/11/2012 @ 5:49 pm | Responder

      • Muchas gracias Assumpció por tu aclaración, la verdad es que esto se va enredando más, ya que han habido insultos por parte del compañero de su ex. fallecida y el niño ya va diciendo que lo deje en paz al padre e incluso le ha dado a entender a la abuela que molesta al llamar. La abogada aparte de hacer el desahucio quiere hablar con el fiscal de familia en el pueblo donde reside el niño… yo no lo veo bien, pienso que hay que ir a buscarlo pero mi pareja tiene miedo de la reacción del niño al estar tan manipulado y también del compañero de la madre. Tú que piensas, es conveniente hablar con un fiscal, yo no entiendo para qué!!!

        Comentarios por Marta — 27/11/2012 @ 9:25 pm

      • Hay que ir a buscar al niño, si es necesario con las fuerzas del orden. Sin madre, el único custodio es el padre, y se acabó!! No debería esperar más, ya que podría comportar otros problemas, como que le acusarán de abandono, o lo que sea, porque al fallecer la madre, el único responsable del menor es Vd., para bien y para mal. Si el menor hace algo mal hecho, se la cargara Vd., no el otro.
        La entrevista con el fiscal de menores debería ser de inmediato, para evitar, en efecto, reacción adversa del otro individuo o de la familia…y conseguir que el menor venga a las buenas, ya que de otra forma , por mucho que deba estar con Vd., podría acabar escapandose o convirtiendo s vida en un infierno. Quizás necesite asistencia psicológica. No demore actuaciones.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/11/2012 @ 9:50 pm

  136. Estoy divorciado y tengo una relación con una mujer que vive a 700 kilómetros de mi lugar de residencia. Yo tengo un hijo de 8 años y la custodia la tiene mi ex mujer. Mi actual pareja tiene tres hijos de 2 a 14 años. Yo no quiero ir a vivir allí para no perjudicar a mi hijo y ella tampoco quiere venir aquí para no separar a sus hijos de su padre.
    Según tengo entendido cuando un menor alcanza los 12 años se le puede preguntar con cual de los dos padres quiere vivir. Yo había pensado esperar hasta que mi hijo tenga 12 años y preguntarle si se iría a vivir conmigo y pedir el cambio de custodia en caso de que dijera que si. La pregunta que hago es si la decisión del niño es vinculante para el juez aunque eso supongo cambio de residencia y de entorno para el niño.

    Comentarios por Ramon — 28/11/2012 @ 10:53 am | Responder

    • Cuando un menor alcanza los 12 años tiene derecho a ser oído por la Justicia en un procedimiento existente que afecte a sus intereses. NO SE LE PREGUNTA NUNCA CON QUIEN QUIERE VIVIR. Esta es una cuestión recurrente. Nunca la decisión la va a tomar el menor, precisamente porque es menor. Se puede tener en cuenta lo que piensa, su opinión a algo que le afecta, pero no es vinculante. Y es que si no existe una alteración sustancias de la situación que se tomó en cuenta al decidir sobre la custodia, no existe base para una modificación de medidas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/11/2012 @ 5:41 pm | Responder

      • Hola Assumpció,,este dato de los 12 años en los menores,es para todo el estado español o sólo en algunas zonas?
        Gracias,un saludo.

        Comentarios por tomas — 03/12/2012 @ 9:51 pm

      • Es de aplicación en todas las comunidades.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/12/2012 @ 10:32 pm

  137. Bon dia Assumpció:

    Con la excusa de no encontrar trabajo, mi ex mujer pretende trasladar su residencia de Bilbao a París, donde reside su pareja. Me ha comunicado que en caso de encontrar trabajo se llevaría a nuestros hijos (9 y 7 años), ya que ella tiene la custodia, aunque no la patria potestad, que es de ambos, lo cual le he recalcado. Lo que me ha planteado me parece de un desequilibrio total para los niños: Yo estaría con ellos dos meses en verano, y la semana santa entera. Eso sí, el resto de su vida, que se desarrollaría durante el curso escolar, lo pasarían con ella. Es decir, en la práctica, además de un cambio radical en su vida (cambio de entorno familiar -abuelos paternos y maternos- costumbres, amistades, entorno, país, idioma, etc), supondría una paulatina ruptura emocional con mis hijos. Yo le contesté que no autorizaré semejante cambio, y que solicitaré auxilio judicial, para que sea un juez quien decida. No parece que su intención sea actuar a «hechos consumados», pero mientras tanto ya está buscando un colegio en París para los niños, a quienes ha anunciado que se irán, con la consiguiente angustia que eso les causa.

    Siendo el objetivo velar por los intereses de los menores, y no por los individuales de los progenitores (he visto que en las diferentes sentencias el principio de «favor filli» se utiliza como comodín muchas veces), y dado que tanto que como si los menores se fueran como si permanecieran en su entorno habitual los menores saldrán perdiendo: la relación con su madre o su padre se converirá en ocasional, le formulo tres preguntas: ¿Qué opciones de que un juez no autorice un cambio de este calibre; ¿en estos casos se escucha también a los niños, a través de en equipo psicosocial?; y una posible solución, no exenta de inconvenientes, pero más equilibrada y ecuánime: ¿es planteable una custodia compartida con alternancia anual o por curso escolar?

    Gracias de antemano.

    Comentarios por Patxi — 03/12/2012 @ 1:15 pm | Responder

    • Para autoritzar el cambio, el Juzgado contemplarà los beneficios que vayan a resultar del cambio para los menores, en efecto. El favor filii. La parte que desea el cambio tiene que argumentar y probar esos beneficios, y al padre se le dara al opcion de rebatir esos argumentos, y en su caso, proponer otras soluciones, como el posible cambio de custodia.

      Una custodia por cursos no se presenta como beneficiosa porque comportaría cambio de colegio cada curso y ello no da estabilidad a los menores. En cuanto a régimen de relaciones paterno filiales, existen múltiples opciones, como las que refleja, a lo que podría añadirse puentes, o algún fin de semana al mes o dos meses, todo es valora le.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/12/2012 @ 3:10 pm | Responder

      • Gràcies. En estos casos, ¿los equipos psicosociales suelen evaluar a los niños?

        Comentarios por Patxi — 03/12/2012 @ 6:57 pm

      • No es fácil por la edad que tienen. Y es jurisdicción voluntaria, que es un procedimiento a mi modo de ver menos garantista, ya que de hecho se podría llevar sin abogado.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/12/2012 @ 8:59 pm

  138. Hola tengo la custodia de mi hijo yvivo en mallorca y el padre en cordoba el tiene 2 mese en verano y mitad de las fiestas lo que ocurre es que el niño no quiere irse a cordoba nunca se va forzado y llorando cada dia lo llamo llora y quiere venirse tiene 6 años . se puede modificar q el padre venga a mallorca a visitarlo lo que le pertenece hasta los 10 años que sea mas mallor para decidir el? Es posible o es dificil?

    Comentarios por natividad — 04/01/2013 @ 1:45 pm | Responder

    • Si el menor tiene dificultades para esta esos peridos con el padre, muchas veces las llamadas no le favorecen. Dele al menor el apoyo para que comprenda que estar con su padre es bueno, y que lo vea como algo positivo. Salvo que sea un verdadero y constatado desequilibrio emocional para el menor, tras examenes psicológicos forenses, no es fácil que se obligue al padre a pasar sus vacaciones en un lugar determinado, máxime cuando se trata precisamente de periodos largos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/01/2013 @ 2:01 pm | Responder

    • Y además, los menores, precisamente mientras no son mayores de edad, no tiene poder de decisión.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/01/2013 @ 2:02 pm | Responder

  139. Bon dia Assumpció:

    Con la excusa de no encontrar trabajo, mi ex mujer pretende trasladar su residencia de Bilbao a París, donde reside su pareja. Me ha comunicado que en caso de encontrar trabajo se llevaría a nuestros hijos (9 y 7 años), ya que ella tiene la custodia, aunque no la patria potestad, que es de ambos, lo cual le he recalcado. Yo le contesté que no aceptaría por todo lo que comportaría (alterar mi relación con ellos de forma que la relación se vaya enfriando, cambio de amigos, entorno idioma y costumbres, etc) y que solicitaré auxilio judicial, para que sea un juez quien decida. Sin embargo, ella está segura de que en caso de ir a juicio el juez le autorizaría el cambio.
    Ahora ella me propone que acepte y que, a cambio, estarían conmigo todas las vacaciones (de verano y navidades), más las que tienen en el sistema escolar francés (otoño, invierno y primavera, de días cada una), y que sufragaría los gastos en caso de subir a ver a los niños.

    Mi pregunta es: ¿Le parece mejor un «mal» acuerdo, o por contra merece la pena ir a juicio, aunque ella tenga ese plus por tener la custodia de los niños?

    Gracias.

    Comentarios por Andoni — 08/02/2013 @ 10:34 am | Responder

    • No todos los juzgados tienen la misma postura y si argumenta adecuada mentre las bon dades del cambio, es fàcil que se lo permitan. Si se tienen en consideracions todas las posibilidades, si puede pasar con los menores todos los períodes vacacionales, y incluso añadir que vd. puede ir a París y pasar algun fin de semana, por ejemplo advirtiendo de ello con x dias de antelacion. Y dejar especificado que no se autoriza ningun otro cambio de residencia que no sea para regresar a Bilbao, y que, de regresar, o de trasladarse Vd a la localidad en la que residan los hijos, que se recupera el regimen anterior, por ejemplo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 11/02/2013 @ 10:20 pm | Responder

  140. Hola…

    Mi nombre es Nacho. Tengo 32 años. Me separé hace tres años. Mi ex-mujer y yo tenemos un hijo quien, pronto, cumplirá 5 años. Tras dos años y medio luchando para tratar de evitar que mi hijo creciera alejado de su padre, conseguí la custodia compartida. Fueron meses extremadamente duros. Mucho. En Junio de 2012, mi ex-mujer y yo acordamos firmar la custodia compartida de nuestro hijo. En octubre de ese mismo año, mi ex-mujer se trasladó a vivir a otra ciudad (a unos 20 km) de donde yo resido. Un mes más tarde, me propuso el cambiar a nuestro hijo de colegio (casualmente, proponía, ni más ni menos, que unas diez escuelas, todas ellas cercanas a su domicilio). Me opuse a ello. No sin antes argumentarlo (informes del actual colegio de nuestro hijo, de los profesionales con los que estuvo en su paso por la guardería, etc.).
    Tras negarme a ello, empezó, entre mi ex-mujer y yo, una nueva guerra. Insultos, despostismo, soberbia, humiliación -créame… no exagero lo más mínimo- hacia mi persona (a día de hoy, se mantienen).
    La cuestión, al margen de estos hecho (que he optado por no denunciar para no empezar una dinámica que creo no me favorece -una mala relación entre los progenitores no es lo más oportuno para el buen funcionamiento de una custodia compartida-), es que mi ex-mujer ha presentado una demanda a fin de intentar cambiar a nuestro hijo de escuela. Mi abogada es bastante optimista. Pero… yo, no creo serlo tanto. Vivimos en el país en el que vivimos y… aquello de la igualdad, todos sabemos que solo se tiene en consideración cuando, por un motivo u otro, interesa. Sé que de ser yo quien hubiera propuesto un cambio de escuela, no habría tenido la más mínima opción de conseguirlo… Pero siendo -y por mucho que nos pese creo ser realista afirmándolo- una mujer… la cosa cambia.
    Mi hijo, actualmente, asiste a una escuela pública (con una ratio de alumno- maestro de 13 a 1; con muy buenos resultados en las pruebas diagnósticas de 5o de primaria, etc.). Mi ex-mujer (quien junto a su actual pareja poseen un poder adquisitivo muy superior al mío) propone colegios privados o concertados con precios, mensuales, que no bajan de los 500 euros. Hecho que tampoco yo puedo permitirme. Aunque, no es, ni mucho menos, el motivo por el cual me opongo a dicho cambio de escuela.
    La demanda se ha interpuesto ante el Juzgado de Primera Instancia, 45 de Barcelona. Mi ex-mujer vive en Barcelona y yo vivo en un pueblo cercano a esta ciudad. Mi hijo vive una semana conmigo y, otra, con ella.
    He aportado a mi abogada cuanto información/ documentos he podido obtener. Y ya no sé que más hacer al respecto. Sé que muchos podrán decir que soy un afortunado por poder, como mínimo, disfrutar de una custodia compartida (también os aseguro que, a fin de mantenerla, estoy pagando un precio altísimo)… y sí, probablemente, lo sea. No obstante, el cambiar a mi hijo de escuela implicará el que yo deba renunciar a esa custodia compartida -ya adelanto que JAMÁS me quedaré con los brazos cruzados-. No puedo permitirme el lujo de ir a vivir a Barcelona (pagar un nuevo alquiler, el colegio, etc.); ni, por el contrario, contratar a un/-a canguro para que lleve a mi hijo, por las mañanas, al colegio (yo estoy trabajando). Mi hijo siempre ha vivido en el lugar en el que va a colegio. Es allí donde tiene sus amigos, su familia (mis hermanos, mis padres, viven allí). Éste es el principal motivo por el cual me opongo a un cambio de escuela (además de poder afirmar que el cambio que ella propone atiende, en exclusiva, a sus intereses y no a los de nuestro hijo).
    Necesito saber si alguien sabe o dispone de alguna sentencia -las he buscado en internet; me he inscrito en webs de derecho de familia, ect.), escrito, documento, etc. que pueda servirme como referencia. Si alguien sabe si los jueces tienden a ser «pro-escuelas privadas/ concertadas»…
    También agradecería el que alguien, de tener experiencia en este «terreno», me hablara de ella…

    Gracias de antemano a todos/-as…

    Comentarios por Nacho — 30/03/2013 @ 6:43 pm | Responder

    • Le ha correspondido un juzgado con un juez a mi modo de ver muy sensato y practico. No suele gustar a ningun juez los cambios de escuela, y menos en una compartida. Sin tener mas datos, yo tambien soy optimista. Ya nos contara como acaba el tema.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 4:23 pm | Responder

  141. buenas, quiero exponerle mi caso, mi pareja tiene una niña de dos años, viven en teruel y trabaja en dicha ciudad, pero yo vivo a 50 km de la ciudad (30 min en coche), y hemos decidido que se vengan a vivir conmigo y escolarizar a la niña donde yo vivo, ya se le ha comunicado al padre, el cual no está de acuerdo,la custodia de la niña la tiene la madre, y hay un régimen de visitas, mi duda esta en: ¿podemos escolarizar a la niña donde yo vivo?, si esto no fuera así, la relación con mi pareja tendría que seguir así, viéndonos solo los fines de semana, o el juez podría ver que como existe una unidad familiar, nos permitiria escolarizar a la niña, muchas gracias

    Comentarios por ramón — 04/04/2013 @ 12:25 pm | Responder

    • Si el padre no accede al cambio, solo podran hacerlo bajo una autorizacion judicial. Deben plantear al juez la situacion y explicar y probar al maximo los beneficios para la menor del cambio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 4:29 pm | Responder

  142. Hola,
    Con la excusa de tener a su padre enfermo en Perú, mi esposa ha viajado con nuestro hijo de 2 años y ahora dice que se queda en su país y no regresa. Yo soy Español y nuestro hijo también.
    Que puedo hacer?.
    Gracias

    Comentarios por Francisco — 08/04/2013 @ 7:37 pm | Responder

    • Pues debera iniciar procedimiento judicil para el retorno del menor, y/o en todo caso, un establecimiento de relaciones con el mismo, a traves de demanda de divorcio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/05/2013 @ 8:06 am | Responder

  143. Tengo una niña de 8 años de la cual tengo la custodia con régimen de visitas para el padre. Mi actual pareja le a salido trabajo en su ciudad a unos 900 km, de Vitoria a Sevilla para ser exactos y quiero marcharme con mi hija. Con el padre de la niña no tengo muy buena relación, no he estado casada, ni pareja de hecho, ni convivencia, la he criado sola. He hablado con el para llegar a un acuerdo amistoso y es probable que no acepte y la va hacer pasar por un tribunal psicológico, cuando realmente no quiere su custodia, ni la quiso cuando tuvimos el juicio por la custodia hace 5 años, después de 3 años sin verla, ni llamar para preocuparse por ella. Solo tengo 150 euros de manutención y nunca le he pedido nada, ni atrasos, ni como pone en la sentencia la mitad de los gastos escolares ,excursiones…la ropa se la tengo que mandar yo y me la devuelve sucia y a la niña sin duchar. Me dice que no se quiere quedar con la niña, pero que la deje con mi madre aquí en Vitoria.¿Que hago? ¿Que posibilidades tiene él de retenerme aquí?¿Que posibilidades tengo yo?
    Teniendo en cuenta que mi hija conoce a la familia de mi pareja, que tiene gran complicidad con sus sobrinos, que tenemos un colegio donde la aceptan, que tenemos casa allí y que le he propuesto el mayor numero de facilidades al padre de mi hija, ¿Que más puedo hacer?

    Comentarios por Seila garcia — 17/04/2013 @ 2:00 am | Responder

    • Proceda a solicitar la autorizacion judicial para el cambio de residencia. Con todos los antecedents que menciona, y justificando que el cambio sera positivo para la menor, el juzgado facilmente se decantara por la autorizacion.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/05/2013 @ 7:52 am | Responder

  144. Mi caso es el siguiene, yo soy argentina casada con ciudadano español, tenemos un hijo en comun de 6 añosa finales de 2011 de comun acuerdo nos separamos y con consentimiento de el me regrese a argentina con la niña, tiempo despuecomenzaron las amenazas telefonicas, el atosigamiento por lo cual recurri a un abogado y comence el pedido de tenencia legal, de momento tengo tenencia provisoria y el proceso sigue adelante, al mismo tiempo el empezo a tener problemas legales afronta un juicio por homicidio imprudente, otra causa por robo, se que consume drogas y ha estado entrando y saliendo de prision…..si yo por circunstancias personales tuviera que regresar a españa puedo tener problemas con el?….puede pedir la tenencia aun sin haber colaborado nunca?…puedo pefir la privacion de la patria potestad?….desde ya agradezco su ayuda.

    Comentarios por Noemi — 19/04/2013 @ 6:28 pm | Responder

    • Cuado tenga la sentencia, que imagino que se tramita bajo la ley argentina, deberia solicitar su reconocimiento en España para que tenga efectos aqui y no pueda dar lugar a un nuevo procedimiento que resulte una sentencia contraria. De todos modos, havria que conocer detalles concretos de nacionalidades de todos para tener claro cual es exactamente la ley aplicable y que juzgados deberian conocer del procedimiento, no sea que el procedimiento en Argentina acabe resultando inutil en España.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/05/2013 @ 7:44 am | Responder

  145. Hola, en mi caso se trata de mi sobrino. Mi hermana tiene la custodia del niño y el padre tiene visitas sábados y domingos cada 15 días. El padre hace meses que no le pasa la pensión y mi hermana ha encontrado un trabajo en Castellón y querría trasladarse con el niño allí (siempre han vivido en Gandía, Valencia). Si mi hermana trae al niño los fines de semana que le tocan para las visitas y las cumple, ¿habría algún problema en un juicio si el padre se negara al traslado del niño?

    Comentarios por Beatriz — 25/04/2013 @ 2:34 pm | Responder

    • Si el cambio de domicilio no afecta a las relaciones paternofiliales, no creo que el Juzgado ponga problemas al cambio, pero en todo caso el cambio de domicilio debe acordarse con el padre o autorizarse judicialmente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 8:39 am | Responder

  146. Bon dia,

    El meu marit té una filla de 14 anys i un fill que en farà 13 l’1 de novembre. A pesar d’haver intentat per tots els mitjans obtenir la custòdia compartida no ho hem aconseguit. L’ultima resolució judicial que data de novembre de 2012 otorga al meu marit visites els caps de setmana cada 15 dies, meitat del mes de juliol, meitat del mes d’agost, meitat de les vacances de Nadal i una de cada dues setmanes santes. Aquest any doncs, era el primer en que podriem haver tingut els nens la meitat del mes de juliol. La relació amb la mare sempre ha estat dolenta, fins al punt que no volia parlar mai amb ell cara a cara i ni tan sols despenjava el telèfon quan el meu marit volia parlar amb els seus fill i no estaven amb ella. Ella va tenir dos fills bessons ( ara ténen gaire bé 4 anys) i va casar-se amb el pare d’aquests nens l’any 2010.

    Divendres ens van citar per «pendre un cafè», cosa que no havia passat mai, i ens van comunicar que havien ofert una feina al seu nou marit a Miami per un període de 5 anys i que marxaven tots. Que ho havien consultat amb el seu advocat i que com que els nens volien anar amb ells, marxarien tant a les bones com a les males. Diuen que aniran a viure a un molt bon barri i que els nens tindran l’oportunitat d’estudiar en una escola que, de quedar-se aquí, no hi podrien accedir; també al·leguen que a partir dels 3 anys de residència als EEUU els nens obtindran la carta verda i que, donada la situació a Espanya, això els obrirà el futur i que allà podran instal·lar-se i llaurar-se un bon futur que, al nostre país, no podrien aconseguir.

    Abans de l’ultima sentència judicial vam portar els nens a una psicòloga que ens va dir que estaven sotmesos a una manipulació de matricula d’honor. Els nens parlen de la seva familia referint-se als 6; és a dir a la mare, la nova parella, els seus germans bessons i ells dos. La relació amb el seu pare és distant i no volen venir a veure’l (tot i que fins al moment han vingut per que ens hem posat ferms) per que ells viuen en una capital de comarca important i nosaltres en un poblet rural de la comarca del costat. Els nens sempre han dit que no volien la compartida per que no tenien els amics a prop, ni la ciutat als seus peus quan obrien la porta de casa. Fins al moment, tenim horaris de trucada, normes de no passar del portal del carrer, etc. El cap de setmana anterior a aquest vam castigar als nens per no haver-se comportat adequadament i van trucar a la seva mare que els va recollir immediatament. El sorprenent és que a casa de la seva mare ténen normes molt més estrictes que a casa nostra.

    Hem consultat a l’advocat (el qual no és especialista en temes de familia) que ha portat fins ara els temes del divorci i actuacions posteriors i ens ha dit que si ens hi oposem, tenint en compte l’edat dels nens i la seva voluntat, ho tenim molt malament i que val més obtenir un bon acord.

    La mare ens ha ofert fer-se càrreg dels desplaçaments des de Miami fins aquí com a mínim 2 cops l’any, però tenint en compte que també han de veure la familia materna. Els nens ens han dit el mateix però per les seves paraules, d’altra banda calcades a les de la mare, sembla que pensen tornar de vacances i veure la familia materna i visitar al pare quan tinguin temps.

    No sé si hem donat prou detalls,però voldriem saber quines opcions tenim i quina jurisprudència hi ha al respecte. Hem llegit molta informació a internet, però cap on l’edat dels menors i els km de separació siguin similars.

    Moltes gràcies per endavant.

    Estem desesperats!

    Comentarios por Estem desesperats — 28/04/2013 @ 11:07 am | Responder

    • Si l acord es bo, sempre es millor que barallar-se. L acord ha de ser escrit i passar lo pel jutjat. Si quan venen volen visitar la familia que hi destinin mes dies, pero no per aixo han de estar menys amb el pare. Si creu que no atendra un acord, deixar la decisio al jutjat sera la opcio. S ha d anar molt en compte amb els acords que es signen, aue no quedin sarrells. Si els fills estar realment manipulats, s hauria de seguir una avaluacio psicologica forense i presentarla al jutjat ates que per la edat tene dret a ser escoltats, i el jutjat ha de tenir clara que la seva voluntat esta destorbada per la alienacio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 8:30 am | Responder

  147. HOLA A TODOS, NECESITO ASESORAMIENTO. ESTOY SEPARADA DEL PADRE DE MIS TRES HIJOS EL CUAL SIEMPRE A DADO LA MANUTENCION Y SE LOS LLEVA LOS FINES DE SEMANA QUE LE TOCA TENERLOS . PERO VOLVI A CASARME CON UN COLOMBIANO Y NO TRABAJAMOS NINGUNO DE LOS DOS, NI COBRAMOS PARO NI NADA, QUEREMOS IRNOS A COLOMBIA PORQUE ALLI TENDRIA NEGOCIO PROPIO Y CASA, YA QUE EL PADRE DE LOS NIÑOS SE VA A QUEDAR EN PARO EN SEPTIEMBRE Y ES CON LO QUE SOBREVIVIMOS.EVIDENTEMENTE EL PADRE NO VA A QUERER PERO NO ME QUEDA OTRA SI QUIERO QUE MIS HIJOS COMAN Y VIVAN BIEN. LA CUSTODIA ES COMPARTIDA Y LA PATRIA POTESTAD LA TENGO YO.LO SIENTO EN EL ALMA POR LOS NIÑOS Y EL PAPA….PERO CREO QUE ES LO MEJOR QUE PUEDO HACER PARA DAR DE COMER A MIS HIJOS…AUNQUE SEA TRABAJANDO FUERA DE ESPAÑA…¿ ALGUIEN PODRIA DECIRME SI LO TENGO MUY COMPLICADO ?

    Comentarios por BEATRIZ — 29/04/2013 @ 4:25 pm | Responder

    • Si todos son colombianos deberia consultar con un abogado colombiano ya que es la ley que les deberia aplicar. En derecho español no es posible tener custodia compartida y patria potestad en exclusiva, imagino que se ha confundido en su exposicion. El cambio de residencia es cuestion de patria potestad, por lo tanto, requiere el acuerdo de ambos progenitores o la autorizacion judicial. Y en cualquier caso, comportara la necesidad de na modificacion de las medidas existentes, porque no se podra cumplir el regimen de visitas establecido.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 8:18 am | Responder

      • No, mis hijos no son colombianos, son españoles e hijos d mi anterior matrimonio. El problema es que el padre se va a quedar sin trabajo y no me va a poder dar la manutención, y yo tengo la posibilidad de irme a Colombia a trabajar y además también tenemos casa . A los niños no les faltaría de nada, pero el padre no quiere que me los lleve. ¿ tengo posibilidad d que el juez me de el permiso que necesito¿

        Comentarios por beatriz — 09/05/2013 @ 1:41 pm

      • Pues debera solicitar la autorizacion por la via judicial, explicando con documentacion clara la situacion aquí y la situacion que se daria en Colombia, y con una propuesta de regimen de relaciones con el padre en España que garantize que no se perdera el vinculo.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 4:10 pm

      • MUCHISIMAS GRACIAS POR HABERME ESCUCHADO E INFORMADO…..INTENTARE HACERLO POR MUTUO ACUERDO Y SI NO, PUES LO ARE POR VIA JUDICIAL.DE TODAS MANERAS YA IRE HACIENDO COMENTARIOS DE COMO ME VA POR SI A ALGUIEN LE SIRVE PARA ORIENTARSE, DE NUEVO MUCHISIMAS GRACIAS…..

        Comentarios por beatriz — 09/05/2013 @ 8:48 pm

  148. hola me estoy separando de mi marido y tengo un niño de 23meses actualmente no trabajo y me ocupó del niño me a salido una propuesta de trabajo en pamplona donde casualmente tengo mi pareja me quiero ir porque aya tengo más espectativas de futuro me puedo llevar al niño sin que el padre me ponga pegas as

    Comentarios por eva — 30/04/2013 @ 2:53 am | Responder

    • Para cambiar la residencia del menor debe contar con el consentimiento del padre o la autorizacion judicial para ello, solicitada en un procedimiento especifico. La residencia del menor es un tema de patria potestad y por ello debe consultarse al otro progenitor

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 8:10 am | Responder

  149. Hola mi caso es el siguiente mi novia que reside en florida y yo nos vamos a casar yo resido en Puerto Rico y tengo negocio propio y me va muy bien y tengo domicilio propio despues de casarnos ella quiere venir a vivir conmigo con sus dos hijos ella quiere hacer las cosas bien por la ley ya que los padres de sus niños se oponen al traslado,Aqui en mi pais tenemos de todo para el desarrollo de los niños ..que probabilidad puede haber para que el juez pueda darle salida con sus hijos??

    Comentarios por Ivan — 03/05/2013 @ 4:13 am | Responder

  150. Hola Assumpció

    Vivo en Castilla y León y estoy divorciado. Tengo una novia de Cádiz que también está divorciada y tiene tres hijos de 15, 13 y 3 años y la custodia es de ella. Yo tengo trabajo estable en Valladolid

    Ella quiere venirse a Valladolid con sus tres hijos pero el exmarido se niega (es comprensible) y no sabemos muy bien como hacerlo. El ex marido no puede atender a los hijos porque no tiene un horario laboral compatible con la atención a los menores. Quería preguntar lo siguiente:

    1. Si ella pide el traslado de domicilio de los hijos, ¿cual es la opinión mayoritaria de los jueces? ¿Es algo que acepten como norma general o por el contrario no se suele conceder? Te pregunto como norma general. Los chicos ya me conocen y en Valladolid les podemos ofrecer un entorno estable y adecuado y tendremos una colaboración absoluta para que los chicos puedan ver a su padre en la medida de lo posible y razonable.

    2. Si optaramos por hacer las cosas sobre hechos consumados y luego el exmarido presentase una demanda. ¿Cual suele ser la opción de los jueces? ¿Suelen aceptar los hechos consumados en aras de no perjudicar al menor o por el contrario suelen hacer retroceder las cosas?

    3. Por tu experiencia que nos recomiendas. Te hablo de una recomendación práctica atendiendo al funcionamiento de nuestra justicia más que en una recomendación estrictamente legal.

    Muchas gracias y un saludo. Ramon

    Comentarios por Ramon — 09/05/2013 @ 9:00 am | Responder

    • Se me olvidaba decirte que yo tengo un hijo de 9 años y no contemplo ir a Andalucia mientras el niño me necesite.

      Comentarios por Ramon — 09/05/2013 @ 9:03 am | Responder

    • Depende todo mucho del juez que vaya a decidir. No hay normas ni pautas y cada caso es distinto. La argumentación y prueba de los beneficios del traslado es la clave, y sobre todo, ofrecer al otro progenitor una buena opción para mantener la relación con los hijos a pesar del cambio. En efecto, si se puede demostrar el acoso, el miedo fundado, las cosas serian mas fáciles. Pero nunca acudir a una denuncia falsa, que al final, acaba perjudicando.

      Los hechos consumados a veces funcionan y otras no. Yo no lo recomendaría.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2013 @ 4:16 pm | Responder

  151. Y si se da un caso de malos tratos y acoso por parte del ex marido y ella tiene miedo… ¿es más fácil que concedan el cambio de residencia? Gracias nuevamente.

    Comentarios por Ramon — 09/05/2013 @ 10:15 am | Responder

  152. Buenos días, te cuento mi caso ya que te conozco gracias a mi ex marido que me mando tu enlace cuando le comunique que me cambio de domicilio,.en el 2005 me divorcie de mi marido y padre ne nuestras tres hijas, una de 9 años otra de 5 años y otra de meses que ya han crecido, por lo tanto me tuve que poner a trabajar después de casi 8 años de dedicación a el y a mis hijas por motivo de terceras personas y no por parte mía.
    La separación intente por todos los medios que fuera de de buen rollo ya que no quería que las niñas sufrieran y lo que ocurrió entre nosotros no lo tenían que pagar ellas.Por ello nunca puse pegar de visitas ni de nada el me ayudaba a pagar los gastos de la niñas y todo bien compartíamos vacaciones y muchos fines de semana todos juntos , pero hace como casi tres años conocí a otra persona y eso hizo que cambiara que todos los buenos rollos pasaron a la historia y de echo el conoció a otra chica que es un encanto y protege a mis hijas hoy por hoy.Hace mas de año imedio me comunico de palabra que me dejaba de ayudarme con las niñas y que no se me ocurriera hacer nada que tenia todo ganado de antemano que ya se avía asegurado de ello ya que es autónomo.
    Cuando nos separamos yo firme en el convenio que me quedaría con el 60% de la casa familiar( no pagada del todo) y el con el 40% restante, como no dejaba que mi madre entrara en ella me vi en la necesidad de comprar su parte y pagarle lo que me pidió y quedarme con toda la hipoteca.
    Hace casi dos años dejo de ayudar como te dije y ya lleva mas de 5 meses sin ayudar en nada, estoy sola malmetiendo a las niñas por lo tanto no puedo mantener mas la casa que mis hijas conocían, ya que estoy intentando vender o alquilar o dársela al banco , por que los gastos que arrastro, puedo trabajar ya que mi madre vive con migo y aunque no tiene casa ella y no recibe ninguna pensión cubro yo sus gastos, pero me permito el lujo de trabajar con una nomina muyyy corriente sueldo base.
    Por lo tanto se lo comunique al padre por correo y por burofax el no esta de acuerdo y me lo prohíbe, yo no puedo pagar abogados y poner denuncias no mola necesito vivir tranquila, me marcho a vivir a 40minutos de donde vivimos y cambio a las niñas de colegio , ellas están encantadas las dos mayores de 12 y 17 años lo entienden y se adaptan les gusta la idea, pero la pequeña es muy manipulable y su padre le a prometido que no sera así ya tiene 8 años pero es muy manipulable.
    Por lo tanto me marcho a finales de mes y cubriré los gastos de la casa antigua como sea pero comparto los futuros gastos con mi pareja.
    Me costa los viajes que èl realiza y las comidas en restaurantes que èl consume y yo no puedo ni ir al burguer con ellas.
    Mil gracias por atenderme y me gustaría saber que opinas ya que tengo que saber que hacer ya que nadie me orienta y tengo que irme a finales de mes.

    Comentarios por Carmen gascon ames — 15/05/2013 @ 10:23 am | Responder

    • Como ya tienes constancia de que el padre no esta conforme con el cambio de domicilio, que tambien comporta cambio de colegio, deberias solicitar la autorizacion judicial para hacerlo. Es el procedimeinto de jurisdiccion voluntaria de divergencias de patria potestad, en el que planteas al juzgado tu situacion, exponen los motivos que tienes para el cambio, los beneficios que ello comportara a las menores, cuanto mas documentado mejor, y adjuntas la oposicion del padre a ello, solictando al juzgado que te autorice a tomar la decision del cambio de residencia y de colegio. No es un procedimiento costoso economicamente y el juzgado decidira lo mejor para las menores.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/05/2013 @ 10:30 am | Responder

      • Mil gracias por tu tiempo, pero el problema es que no dispongo de dinero y si fuera asi no sabria los pasos a seguir para solicitarlo al juez ya que no tengo abogados y tampoco tengo tiempo, ya que te comente que tengo que dejar la casa a finales de mes siguiente.
        Si me puedes informar de los pasos te lo agradeceria.
        Mil gracias de nuevo.

        Comentarios por carmen gascon — 15/05/2013 @ 6:15 pm

      • El procedimiento de jurisdiccion voluntaria puede seguirse sin abogado ni procurador. No suele ser lo mas recomendable, ya que si la otra parte acude asistida y representada estaria en peor posicion, simplemente por el conocimiento del derecho y de los procesos aue tienen los profesionales del derecho. Deberia redactar su peticion con todos los documentos que comente para justifiar los beneficios del cambio, solicitando al juzgado que le autorice. Siempre puede acudir a solicitar justicia gratuita.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/05/2013 @ 8:14 am

  153. Muy buen punto hay cosas q ni siquiera imaginamos muy buena ley

    Comentarios por Vanne — 22/05/2013 @ 4:01 pm | Responder

  154. Hola, soy de Valencia y mi exmujer se marchó a Tenerife dejándome a mi hijo a mi cargo, cómo tenemos la custodia compartida de la siguiente manera, cito la claúsula tal y como viene en el convenio regulador:

    «»GUARDIA Y CUSTODIA DEL HIJO Y PATRIA POTESTAD
    La guarda y custodia del menor, por acuerdo de ambas partes se va a ejercer de forma compartida, intentando modificar lo menos posible el ritmo de vida de su hijo, acordando que como vienen haciendo, el menor será recogido a la salida del colegio a las 13 horas, por la madre o la abuela materna, comiendo con ellas quienes lo llevaran nuevamente al colegio y lo recogerán a las 17 horas a la salida del colegio pasando la tarde en casa de la abuela materna donde lo recogerá el padre al cierre de su negocio, aproximadamente a las 20:30 horas haciéndose cargo del mismo hasta la hora de llevarlo por la mañana al colegio a las 9:30 horas y así sucesivamente. La patria potestad igualmente será compartida, decidiendo los temas importantes que afecten al menor entre ambos progenitores y en caso de desacuerdo la autoridad judicial.
    En el supuesto de que alguno de los progenitores no pueda quedarse a dormir con el menor, preferentemente dormirá con el otro progenitor o con la abuela materna, cuando ninguno de los dos por cuestiones laborales o personales no pueda hacerse cargo del mismo.»»

    Esto es lo que dice el convenio regulador que admitió el juez en la sentencia de disolución de matrimonio por divorcio por el procedimiento de mutuo acuerdo, pero como mi expareja se marchó a Tenerife añadimos la siguiente cláusula:

    «»La madre por motivos personales y laborales se traslada a principios de año 2013 a vivir a ………………….. (Tenerife). en ……… domicilio ……………, por lo que de mutuo acuerdo deciden modificar de común acuerdo el mencionado régimen de guarda y custodia acordando lo siguiente:

    GUARDA Y CUSTODIA.- Pensando en el beneficio del menor y para no modificar el colegio y demás actividades extraescolares, los cónyuges han decidido que asta la finalización del presente curso, la guarda y custodia del menor la ejercerá el padre, quien mantendrá en mismo régimen de comidas y estancias con la abuela materna que tenían pactado en el convenio regulador, haciéndose cargo del menor el resto del tiempo el padre.

    VISITAS fines de semana.- Atendiendo a la distancia a la que se encuentra la progenitora, el régimen de visitas se regula en base a esta circunstancia y así determinan que los fines de semana, el menor estará igualmente con el padre, pero hacen constar que si la madre pudiera trasladarse algún fin de semana, el menor estará con ella.

    Semana Santa y verano.- Los períodos vacacionales largos, el menor os pasará con la madre, entendiendo por tales Semana Santa y verano, para el supuesto de este régimen de visitas se cumpla en la localidad de ……, donde reside el padre, éste tendrá derecho a ver al menor en la forma que de común acuerdo determinen y siempre pensando en el beneficio del menor, para que éste no permanezca tanto tiempo sin ver a su padre.»»

    Estas últimas modificaciones se hicieron ante nuestro abogado y fueron firmadas por ambos; pero casualmente por mediación de un amigo que trabaja en el Ayto. de mi ciudad en empadronamientos he averiguado que mi expareja ha empadronado a mi hijo en la localidad donde reside en Tenerife, por supuesto lo ha hecho a mis espaldas y no se con qué propósito; pero imagino que esta intentando preparase el camino para que mi hijo se quede a residir en Tenerife.

    Ahora mi pregunta es ¿Qué debo hacer? y ¿Cuáles son mis derechos?; muchas gracias de antemano y perdón por haber sido tan extenso, pero creo que era necesario.

    Comentarios por juan carlos — 02/06/2013 @ 1:47 am | Responder

    • Entiendo que el segundo acuerdo no ha pasado por el juzgado, de forma que la validez del mismo es relativa. Me refiero a que puede servir como prueba de un acuerdo entre ambos para el momento en que se plantee un conclicto. Pero encualquier caso su fuerza obligatoria no sera judicial hasta que no este aprobado por el juez. Es como un contrato entre ambos.

      Si el contenido de este acuerdo es el que realmente deseaban, la opcion seria la de formalizarlo judicialmente mediente una modificacion de mutuo acuerdo, que seria un tramite bastante rapido.

      En cuanto al empadronamiento, pues puede ser perfectamente posible que sea una estrategia ya que sin empadronar no obtendra colegio en otra localidad, Acuda a su ayuntamiento a reempadronar al menor donde estaba. Le recomiendo que vaya al colegio actual del menor y les advierta que no autoriza ninguna baja del niño en el centro actual, si no acude Vd. personalmente a autorizarla. Con ello evitara un cambio de colegio. Esta advertencia al colegio es mejor realizarla ademas por escrito con sello de entrada.

      Hasta que no esté validado judicialmente el segundo acuerdo, el que obliga es el anterior. Quizas esto pueda ser una herramienta de presión hacia la madre para que se avenga a modificar de mutuo acuerdo el convenio en el sentido de que se apruebe judicialmente el segundo.

      Quedo a su disposicion si necesita mas aclaraciones o si desea poner en marcha esta modificacion.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/06/2013 @ 9:18 am | Responder

      • Muchas gracias por contestarme tan rápido, seguiré tus consejos y sí, el segundo acuerdo no ha pasado por el juzgado y como bien me comentas podría servirme para presionar a mi expareja, de nuevo muchisimas gracias y seguiré comentando los próximos acontecimientos.

        Comentarios por juan carlos — 02/06/2013 @ 1:08 pm

  155. Hola,
    Mi hijo es español, Pregunto sí es obligatorio solicitar una autorización en el juzgado para llevar conmigo a mi hijo menor de 8 años para vivir en Francia. Su padre está de acuerdo, ¿podemos solicitar la autorización en la comisaría, así evitamos el desplazamiento hasta la provincia donde se produjo el divorcio ?
    Un saludo. Gracias

    Comentarios por Hayat — 03/06/2013 @ 8:21 pm | Responder

    • La autorizacion judicial es necesaria cuando los padres no estan de acuerdo en el traslado, porque entonces es el juez quien toma la decision. Si ambos estan de acuerdo no necesitan autorizacion de ningun tipo. No esta de mas que firmen un pequeño acuerdo entre vdes, para seguridad de ambos ya que las palabras se las lleva el viento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/06/2013 @ 7:28 am | Responder

      • Muchas gracias .
        Otra última pregunta, ¿el acuerdo tiene que ser realizado a través de un notario o solamente lo firmamos los dos ?
        Saludos

        Comentarios por Hayat — 04/06/2013 @ 11:31 am

      • Si confían el uno en el otro, simple acuerdo entra ambos, pero para asegurarse mas, pueden firmarlo ante notario que dará fe del contenido del acuerdo.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/06/2013 @ 2:34 pm

      • Muchas gracias.
        Saludos

        Comentarios por Hayat — 04/06/2013 @ 9:53 pm

  156. Hola Assumpció,

    Te escribo para ver si por favor, puedes aclararme mis dudas.

    Yo soy natural de Barcelona, desde hace 3 años vivo en un pueblo de Madrid con mi pareja (no estamos casados) y tenemos un hijo de 18 meses, que nació aquí.

    La relación va muy mal y querría separarme.
    Aquí, en este pueblo no tengo a nadie, tengo claro que este no es mi sitio, que no quiero vivir aquí, de hecho he caido en una depresión, no tengo ningún interés en desarrollarme en este lugar.

    Con el fín de recuperar la ilusión, la fuerza, la independencia y ofrecerle un entorno mejor a mi hijo querría volver a vivir en Barcelona.

    Desde que nació mi hijo, he sido sólo yo la que ha renunciado a un trabajo a jornada completa, para poder dedicarle el tiempo necesario a mi hijo.
    En Barcelona, tengo un piso de propiedad que tuve que alquilar por no tener los ingresos necesarios para mantenerlo.

    Mi situación es que no tengo un trabajo estable, ni casa en Barcelona (tendría que buscarlo, pero estando allí..)

    En Barcelona, tengo a toda mi familía que me apoya moralmente, pero lamentablemente no se pueden permitir ayudarme económicamente…

    Mi pareja se opone a que el niño se vaya a Bcn. Pero él no podría atenderle ya que trabaja todo el día y además viaja de l a v, al extranjero por trabajo.

    Con la situación económica-laboral-familiar que tengo, qué posibilidades tengo para tener la custodia e irme a Bcn??

    Mil gracias.

    Raquel

    Comentarios por Raquel — 01/07/2013 @ 2:42 pm | Responder

    • Lo menor seria pactar un convenio con el padre. Si eso no es posible, inicie el procedimiento judicial planteando de entrada el cambio de domicilio. El Juzgado correspondiente sera el del domicilio del menor en el momento de presentarse la demanda.

      Argumentando adecuadamente la situacion, bajo la direccion de un letrado especialista en familia, no seria extremadamente dificil que la autorizasen el cambio de domiclio del menor .

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/07/2013 @ 2:46 pm | Responder

  157. Hola.
    Estoy divorciado desde el año pasado. Mi exmujer tiene la custodia del niño y yo le veo 1 día entre semana por la tarde, fin de semanas alternos y la mitad de las vacaciones. Ella se ha quedado con el domicilio familiar porque el nño tiene 7 años.
    Se quiere ir a vivir a 2 horas del domicilio familiar alegando que ha encontrado trabajo. Yo me opongo al cambio de domicilio, qué medidas paso a paso tengo que tomar?
    Gracias.

    Comentarios por Roger — 17/07/2013 @ 12:13 pm | Responder

    • Lo primero comunicarle a ella que se opone a ningun cambio de domicilio del menor. A su vez, comunicar al colegio actual del menor que no autoriza ningun cambio de centro. Estas comunicaciones deberia hacerlas de forma que quede constancia.

      Con ello si ella desea seguir con el cambio debera acudir al juzgado para que , en un procedimeinto especifico, oyendoles a ambos, la autorice o no, ya que ese cambio ( residencia y centro educativo) son decisiones propias de patria potestad, que en el 99% de los casos es compartida. Ademas, con el cambio que refiere, es posible que sea necesaria ademas una modificacion de medidas ya que no sera posible mantener las existentes.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/07/2013 @ 8:45 am | Responder

      • En nuestro caso, la ex de mi pareja cambio a las niñas de colegio, y le quitaron a la madre la patria potestad en lo que se refiere a educacion de las menores. Al año siguiente se traslado de domicilio y como consecuencia cambio de nuevo a las niñas de colegio….. y entoces perdió la custodia. Asi es que ojito con esas cosas.

        Comentarios por maria jose — 19/07/2013 @ 3:19 pm

      • Gracias por la contribucion!!

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/07/2013 @ 7:39 pm

      • Tu me ayudaste mucho en su día, cualquier cosa que pueda contribuir aqui tienes nuestro caso, que tuvo un final felíz….. y gracias a tus comentarios y a una asociacion que se llama Custodia Paterna

        Comentarios por maria jose — 23/07/2013 @ 8:20 pm

  158. ¿Como compruebo que mi ex pareja a viajado a Estados Unidos y se ha llevado a nuestra hija sin el poder notarial que se requiere para poder llevársela?

    Comentarios por Jaime Arturo Aguirre DElgado — 17/07/2013 @ 7:44 pm | Responder

    • En España, salvo que lo establezca expresamente la sentencia, no se exige ningun poder notarial para viajar con el hijo menor aunque no se tenga la custodia exclusiva. Saber si ha viajado o no, lo veo dificil. Como no acuda a la embajada y tengan ellos un registro de las entradas de españoles en el pais… Y en todo caso, podria ser un dato confidencial

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/07/2013 @ 8:40 am | Responder

  159. Hola,

    Mi pareja (con permiso de residencia) y yo (con nacionalidad española) queremos emprender una nueva vida en Madrid. Actualmente vivimos en Zaragoza.
    Yo tengo un buen trabajo que me está esperando allí y ella actualmente se encuentra en la búsqueda de empleo en dicha ciudad.

    El problema es que su niño de 5 años está en régimen de custodia compartida con su ex pareja. Al principio intentamos hablar con él para que nos conceda el permiso para irnos con el niño. Este hombre se declaró insolvente cuando ambos se separaron, por lo que durante estos 5 años de vida del niño, toda la responsabilidad la ha asumido la madre. Pensamos que dada esta situación, y que mi pareja en Madrid ya tiene varias entrevistas de trabajo y es ella la que asume todos los gastos, no tendríamos problema… pero no ha sido así. Recientemente él se ha negado a concederle el permiso para irnos a Madrid con el niño, e incluso ha amenazado con plantarle una denuncia por lo penal si nos llevamos al niño sin su consentimiento.

    Ante este problema, ¿qué es lo que podemos hacer? Cómo yo lo veo, si él se ha declarado insolvente, y la madre tiene oportunidades laborales en Madrid.. ¿tendríamos las de ganar verdad? Incluso hemos pensado casarnos para que ante la ley yo puedo argumentar que también me estoy haciendo cargo del niño (cosa que el padre no hace). Me preocupa la denuncia penal que él pueda hacer, y si esa denuncia me afectaría a mi también por irnos juntos.

    Gracias por vuestra respuesta.

    Comentarios por Angel — 27/07/2013 @ 9:11 pm | Responder

    • Una denuncia penal por trasladarse de Zaragoza a Madrid no tiene sentido alguno. Es un tema civil.

      La mejor via es plantear al padre de forma que quede constancia de la comunicacion , de su voluntad de trasladarse de domicilio con el menor, solicitando su autorizacion, y proponiendole una modificacion del regimen de estancias con el menor, y ante su silencio o negativa, plantear la cuestion judicialmente, a fin de que, con todos los argumentos y pruebas, el juez puede autorizar el cambio y a su vez, sera necesaria una modificacion de medidas para cambiar el regimen de guarda establecido.

      Desde este despacho podemos asumir la defensa de sus intereses si desea iniciar dicho procedimiento.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/07/2013 @ 9:06 am | Responder

  160. Buenas tardes. Estoy desesperada ante mi situación de divorcio inminente, tengo cargo hijos a mi cargo y cobre 250 euros de pensión al mes. MI marido (aún lo es) está en el paro y tiene derecho a cobrarlo durante un año y medio. Dado que él tiene pasaporte argentino porque es de allà, me ha dicho que a la que pueda se va para Argentina y allá no lo encuentran, He pedido abogado de oficio, éste podrá pedir como medida cautelar que le retiren el pasaporte? Muchas gracias.

    Comentarios por teresa — 03/09/2013 @ 4:54 pm | Responder

    • Lamento decirle que no se puede impedir la movilidad de las personas más que cuando estan encausados penalmente y exista riesgo de fuga o hayan sido son condenados a penas de privación de libertad. El divorcio o separación son cuestiones civiles y no es posible retirar ningun pasaporte.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/09/2013 @ 8:05 am | Responder

  161. Manana voy a juicio por estos motivos arriba expuestos,yo soy padre de un menor q me lo han cambiado de colegio y ciudad.al leer lo arriba expuesto me quedado un poco tranquilo mañana os dire si es mejor ir con la justicia o tomarse la justicia por la mano oorque yo ya no se q hacer con el demonio de madre de hijo q me toco en su dia.gracias a todos

    Comentarios por joaqui — 27/10/2013 @ 11:17 pm | Responder

  162. Buenas tardes;

    Yo como custodia del menor tengo el uso y disfrute del domicilio, no obstante, acordamos que estaría alli por un tiempo de 5 años hasta que pudiesemos vender la vivienda. Mi pregunta es la siguiente, si yo tengo un domicilio en otra provincia y vendemos el común en el que actualmente resido, podría ir a vivir alli o a otro lugar a mas de 70km del padre??? o podría obligarme a quedarme lo mas proximo posible. El padre vive en otra localidad con los abualos del niño.

    Comentarios por SARA — 30/10/2013 @ 4:01 pm | Responder

    • Si el padre tampoco vive en la localidad actual del menor, es muy posible que el Juzgado en ultima instwncia, le permita el cambio de localidad con el menor. Debera verse que es lo mejor para el niño.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 07/11/2013 @ 4:06 pm | Responder

  163. Hola, ante todo muchísimas gracias por tu tiempo, necesito que me aclares una duda, mi caso es el siguiente : ciudadana extranjera, pareja de hecho por nueve años con ciudadano español, fruto de la cual nace una niña que hoy tiene 10 años, me separe de él tras un episodio de malos tratos y durante ese año siguiente no vio a la niña, a pesar de pasar por su lado y ni siquiera parar el coche para darle un beso, a los seis meses de estar separados empezó a pasarle por su cuenta una mísera pensión de 150 euros,(digo mísera teniendo en cuenta que posee dos hermosísimas fincas ganaderas en lo mejor de la dehesa cordobesa……) aconsejado por su abogado seguramente, pues ya tiene dos hijas de un matrimonio anterior, a las que nunca les paso la mantención estipulada por el juez en su dia,Yo decidi cambiar mi domicilio a otra provincia porque me salio una oferta de trabajo que por supuesto no estaba en condiciones de despreciar pues estaba parada (trabajo que tuve que dejar cuando llegaron las vacaciones ante su negativa de llevársela en el verano, y entiendo que todavía es muy chica para quedarse dos meses sola, un mes podía pagar para que me la cuidaran , pero dos no!!!!! ) y no cuento con otro medio de sustento mas que mis manos, pensando por supuesto que no afectaría para nada, pues estaba dispuesta a llevarle la niña cada 15 días y sus vacaciones correspondientes, con tal de que mi hija no perdiera el «vinculo» que tras un año volvia a empezar a restablecerse….. la situación es que la lleve la mitad de las vacaciones de navidad que le tocaban pero no se presentó a recogerla, luego lo llame cada vez que supuestamente le tocaba a él, pero ni siquiera cogio el teléfono, dejo hasta de llamar a la nena, en cambio yo tuve que cambiar mi numero de teléfono porque no dejaba de molestarme (para eso si tenia telefono), en fin hace un año no la ve , evidentemente porque no quiere, y ha dejado de pasar la pensión, ahora la cuestión es que quiero abandonar el país , pues en varios países tengo ofertas de trabajo pero resulta que según parece no puedo, que posibilidades tengo de que un juez me de la autorización para salir a trabajar a otro país? tengo que llevar al juicio las ofertas de trabajo? Es muy injusto, cuando es un ser despreciable que está demostrado que es un irresponsable en cuanto a hacerse cargo de sus hijas, un saludo, por favor necesito ayuda!!!!!!!!

    Comentarios por Mary. — 08/11/2013 @ 9:31 pm | Responder

    • Tienes regulada judicialmente la guarda?? Si es asi, la via adecuada es la solicitud de autorizacion de cambio de redidencia al juzgado, con las ofertas, con prueba de las desatenciones si es posible.

      Si no tienes regulada la guarda la cosa cambia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 21/11/2013 @ 9:11 am | Responder

      • Hola otra vez, muchísimas gracias por tu tiempo. Si , claro que tengo la guarda y custodia, las denuncias correspondientes de la desatención, inclusive tengo hasta guardados en mi teléfono mensajes donde me dice frases tan bonitas como » la niña toda para ti, cómetela con patatas» !!!! es muy fuerte esto y que una tenga que agachar la cabeza si te lo manda un juez????!!!!!! un saludo a todos….

        Comentarios por Mary. — 22/11/2013 @ 4:09 pm

  164. hola quisiera que me aclararan una duda estoy casada con un hombre y estoy planeando salir embarasada y tener mi hijo en la ciudad donde vivo actualmente pero si despues quiero regresar a mi pais mi esposo tiene la obligacion de mandarle la mantencion a su hijo todos los meses hasta que sea mayor de edad

    Comentarios por mayda — 08/12/2013 @ 4:54 pm | Responder

    • Si el menor está reconocido por el padre y se establece en una sentencia que debe pasar un panesión de alimentos, pues si que estará obligado. pero piense que para que vd. pueda cambiar de residencia con el menor, necesita el consentimiento del padre…

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 23/01/2014 @ 7:12 pm | Responder

  165. Hola, me gustaria saber qué se tiene qué hacer para pedir la custodia/tutela o patria potestad de los hijos de mi esposo. Actualmente viven con su madre pero su madre piensa mudarse de país temporalmente y los hijos se quedarían en nuestra casa. Se requiere pedir la custodia/tutela o patria potestad porque no sabemos cuándo va a regresar, su futuro (de ella) es muy incierto y volátil, y queremos brindarles seguridad a sus hijos para su bienestar y el nuestro. Cuál sería el proceso? Espero su respuesta, GRacias!

    Comentarios por Carmen G. — 23/12/2013 @ 6:42 pm | Responder

    • Es el padre quien tiene que solicitar la custodia de los hijos. Si están de acuerdo con la madre, es tan simple como redactar y firmar un convenio de cambio de custodia y llevarlo al Juzgado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:29 am | Responder

  166. Buenos Dias y felices fiestas!me llamo Cristina y tengo un nino de 5 anos.soy rumana y el padre de aqui.tenemos muchas peleas como pareja y he decidido irme con el nino en mi pais y quisiera saber como lo podia hacer.mi pareja tiene 56 anos y yo 30 .tiene otros hijos con otra pareja,de cual una hija de 16 anos que no le pasa la pension desde hace 2 anos.vivimos en una finca de alquiler que tendria que pagar 1500e al mes.digo que tendria,porque ahora mismo le debe al proprietario unos 7000e.tambien debe facturas de luz ,que cualquier dia de estos lo van a cortar.con eso quiero decir que es un poco iresponsable.el tiene Dias que me dice que me dejara ir y otros que no.el nino dice que se quiere ir conmigo.aqui no tengo trabajo ,no tengo a nadie.en mi pais tendria otras posibilidades.un trabajo ,todo el apoyo de mi familia.darme un consejo por favor ,como lo puedo hacer para no salir perjudicada luego,tanto yo como el nino.un saludo

    Comentarios por Cristina — 26/12/2013 @ 2:44 pm | Responder

    • La forma legal de proceder es la de instar una demanda de regulación de las relaciones parentales, solicitando la guarda del menor y la autorización para el cambio de residencia, argumentando los beneficios y mejor situaciñon que tendrá en Rumania.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2014 @ 11:24 am | Responder

  167. Hola, tengo una niña de 3 años, tengo la custodia compartida,vivimos en Girona y su madre quiere llevarsela a Madrid si encuentra trabajo alli. Yo me he negado, puesto que aqui ya ha empezado la escuela, tiene unos habitos y a toda su familia mas cercana tanto por parte de padre como de madre. Su plan es llevarsela y dejarmela para navidades y vacaciones, y romper la custodia compartida. Que posibilidades tiene de hacer eso? Y que probabilidades habria de que me dieran a mi la custodia en el caso de que llegara a irse?

    Comentarios por Lluís — 26/01/2014 @ 8:22 pm | Responder

    • Para romper la compartida es necesaria una modificación de medidas, ya que si se la lleva sin mayor tramite, estaría incurriendo en ilicito penalmente perseguible. En principio en su plan de parentalidad debería regularse como se procede cuando uno de los progenitores decide un cambio de domicilio que haga inviable el regimen establecido. Debería revisar el contenido del mismo para ver que solución se tomó al respecto.

      Si necesita que revisemos su documentación, para darle una respuesta más detallada al caso concreto, comuniquese por correo electrónico con este despacho: martinez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/01/2014 @ 1:05 pm | Responder

  168. Buenos días.Desearia una respuesta a mi siguiente comentario por la Abogada:Assumpcio Martínez si pudiera ser.Mi pareja tiene dos hijos pequeños y vive a unos 40 Km de donde yo resido.Tiene la guarda custodia y su exmarido teóricamente le pasaría una pension y la mitad de la hipoteca del piso donde vive por mutuo acuerdo con el juez y con el mismo,el problema es que el hace ya tres meses que no paga ni su parte de hipoteca ni la pension de sus hijos y lo peor es que como el a pesar de que ya hace 2años de su separación sigue queriéndole hacer daño y fastidiarle la vida,hace días le dijo que ya no pensaba pagar meas ni la pension ni la hipeteca,la cual cosa esta clara que ba a hacer a partir de ahora.Para no extenderme le dire que la pregunta es la siguiente;Ella puede junto con los niños venir a vivir conmigo sin que le falte de nada a ella ni a los niños,escolarizar aquí a los niños etc y en difinitiva hacer una vida normal ya que donde esta ahora,sin la pension de los niños y teniendo que pagar la totalidad de la hipoteca le es imposible poder subsistir? Aprovecho para decirle que los niños vendrían encantados y que por otra parte el padre de ellos se opondría totalmente a ello.Gracias por escucharme y aprovecho para mandarle un saludo

    Comentarios por Aleix — 26/01/2014 @ 8:27 pm | Responder

    • Ante el impago de alimentos, la via es la ejecución de sentencia para que se le requiera de pago, y se le embarguen sueldos y cuentas. Ante el impago de la hipoteca, si se recogió en sentencia también es valida la misma via. Si no se recogió expresamente, la forma es una reclamación de cantidad civil ordinaria.

      Para el cambio de domicilio y de escolarización, seria necesario acudir al juez en procedimiento de patria potestad para que autorice el cambio. Para dar mas fuerza a esta opción, estaría bien haber instado previamente la ejecución de sentencia por impago, y haberle solicitado al padre de forma escrita, la autorización de cambio de domicilio y escuela, y que el se haya negado. Si se le remite la solicitud y no responde a la misma, está dando un consentimiento tácito que podria tener valor suficiente para el cambio de domicilio.

      Recuerde que si cambia de domicilio, perderá la atribución de uso del otro domicilio pero seguirá la obligación de pago de la mitad de la hipoteca, y puede que entonces el ocupe el piso, o lo ponga en alquiler y en un momento dado no podria volver al mismo, manteniendose la obligación hipotecaria.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 29/01/2014 @ 1:00 pm | Responder

  169. Buenos días, Desearía hacer una consulta. Me separaré en 8 meses soy la madre de dos menores quien tiene a cargo económicamente a los niños, el padre no tiene trabajo en relación de independencia es profesional pero genera pocos ingresos o por lo menos indemostrable, no me pasa alimentos solo me deja la casa en la que vivíamos y el se fue . Yo mantengo los servicios de la casa, la alimentación de los nenes, la vestimenta obra social etc y encima el padre utiliza un sector de la casa como estudio ( reitero que no paga ningún servicio, y tiene esta utilidad de la casa) no me deja la llave de la casa porque entra a la misma cuando quiere por hacer utilidad del cuarto . En la ciudad que residimos no vive mi flia sólo la de él , la mía la tengo a 200 km me encantaría irme para allá con los nenes y tengo la posibilidad del traslado en el trabajo, yo no me opondría a un régimen de visitas flexible es decir que el padre se los lleve fin de semana por medio y hasta estoy dispuesta a darle los fines de semana largo para que puedan pasar mas tiempo juntos, no le daría de baja la línea de celular que tengo que yo le puede hablar ilimitadamente por cel al padre para que mantengan comunicación a diario con el padre. No estamos casados y siempre convenimos con muchos conflictos de por medio el régimen de visitas, ya que yo nunca le negue los nenes, pero si le dije que quería fin de semana por medio y nunca me dejo, y yo le daba a los nenes siempre que llamaba y quería, pero a mi se me dificultaba al no tener un régimen establecido fijo de viajar programado. Necesito pedir autorización judicial para mudarme con mis hijos?

    Comentarios por Maria — 29/01/2014 @ 3:43 pm | Responder

    • Deberia regular la situación judicialmente a fin de que quede claro cual es el regimen de relaciones con los menores y cada uno sepa lo que tiene que cumplir.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/02/2014 @ 8:22 pm | Responder

  170. Hola que tal… disculpe las molestias. Mire yo quería comentarle mi situación para ver si usted podría aconsejar me al respecto… yo estoy separado de la madre de mi hija hace un año y medio mas o menos y en este tiempo yo veía a mi hija los findes de ves en cuando cuando la madre quería porque si no no me lo permitetía. Y bueno no hice nada por la vía legal porque mas que mal la veía por lo menos a mi bebe y por el trabajo no tenia tiempo de ir al juzgado ni nada. Bueno pero ahora el problema es que la madre dice que se va a ir a vivir a corrientes. Yo soy de buenos aires y si se va no voy a poder ver mas a mi hija yo no quiero que se la lleve… la nena tiene en el documento la dirección de mi domicilio también. Que dice usted que pueda hacer…

    Comentarios por sebastian — 30/01/2014 @ 5:35 am | Responder

  171. hola le agradesco mucho la orientacion que me pueda brindar, estoy desesperada y poco asesorada acerca de mi situacion, soy de nacionalidad colombiana pero tengo una hija con nacionalidad argentina cuyo padre tambien es argentino, vivi durante dos años en argentina y mi hija se crio en su primer año en argentina hace dos meses y medio vine a colombia con el permiso del padre pero se me vence en marzo., el hecho es que el y yo nos llevamos muy mal yo sufri maltrato psicologico y fisico y tengo muchos testigos que estan dispuestos a declarar este hecho asi como el hecho de que el es drogadicto yo no quiero volver a argentina porque no tengo empleo, familia ni un lugar adecuado para vivir con mi hija el me quiere obligar a regresar y vivir en una casa con condiciones deplorables en un ambiente sucio donde habitan 16 gatos y seis perros y no tengo privacidad ni lugar donde estos animales no me invadan y hagan la convivencia y la limpieza llevadera es un ambiente poco saludable en mi concepto para mi hija le impuse a mi ex pareja que si queria que volviera me consiguiera un apartamento para mi y mi hija ya que el cuenta con una mensualidad para pagarme dicho apartamento pero se niega y en esta situacion yo no puedo trabajar y no tendria como sustentarme en dicho pais ya QUE NECESITARIA LLEGAR RADICARME HACER MIS PAPALES Y PODER TRABAJAR, AHORA AMENAZA CON HACER DEPORTAR A MI HIJA QUE APENAS tiene 18 meses sera posible que si yo instalo una demanda presentando toda esta situacion la custodia me la otorgen a mi. asi como que el lugar de residencia de mi hija sea en colombia? de antemano le agradesco cualquier orientacion.

    Comentarios por adriana — 01/02/2014 @ 8:52 pm | Responder

  172. buenas tardes, desearía saber como tengo que hacer el escrito de conformidad para que mi ex marido lo firme para poder trasladarme con mi hijo de comunidad, muchas gracias

    Comentarios por manuela — 07/02/2014 @ 2:10 pm | Responder

    • puede redactar un escrito en el que se recoja la autorización y acudir ambos a una notaria para que le den validez, o bien, mediante abogado y procurador, aportarlo al Juzgado para los mismo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/02/2014 @ 7:45 pm | Responder

  173. Buenos días.
    En los períodos en los que mi hijo de 8 años se encuentra en compañía de su padre, no puedo contactar con él telefónicamente, dado que no me coge el teléfono o me cuelga.
    Cómo puedo demostrarlo para que tenga validez legal?
    Gracias

    Comentarios por Bea — 19/02/2014 @ 12:35 pm | Responder

    • Una opción es la de llamar a través de telefono movil y hacer capturas de pantalla de las llamadas realizadas y no atendidas. estas capturas serian las que aportar al juzgado en una eventual demanda de ejecucion por ejemplo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/02/2014 @ 1:05 pm | Responder

  174. Hola,soy una madre divorciada y casada de nuevo,tube a mi niño hace 8 años y al año me divorcie de mi marido ya que no veia interes en su hijo,estube 2 años viviendo a 1000km de mi ex y en ningun momento me denuncio ni quiso saber mas del niño,pagaba la pension cuando queria y lo sigue haciendo siempre intente darle facilidades aunque ya lo tube que denunciar varias veces,ahce 2 años volvi a la zona donde el vivia estoy de nuevo casada y tengo otros dos niños,el caso es que estoy sin trabajo y me han ofrecido un muy buen trabajo a 300km de donde el vive,ahora ve al niño cada 2 meses mas o menos porque no le apetece verlo mas ya que hemos vivido en la misma localidad y no ha venido a verlo en meses,cada vez que viene se queja del gasto de gasolina que tiene porque el decidio mudarse a 40 km de donde vivia antes,estoy decidida a irme ya que llevo mas de 2 años en paro y no puedo mantener a mis hijos,y el lleva 6 meses sin pagarme la manutencion,que devo hacer?? tengo miedo a que me pida una recustodia y se lleve a mi hijo,el no tiene trabajo en estos momentos y vive con su pareja desde hace unos meses.ella lo mantiene,,podria quitarme a mi hijo?gracias

    Comentarios por elisa — 22/02/2014 @ 10:10 pm | Responder

    • Si apenas le ha estado viendo, no es facil que le den una custodia a él, pero si que mi consejo es que, le comunique el cambio de residencia para que el pueda decir algo al respecto. Si en 30 días no se opone al cambio planteado, queda Vd autorizada a mudarse con el menor. remitale la comunicación por un medio que luego pueda probar, como por ejemplo, un sms certificado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/03/2014 @ 11:10 am | Responder

  175. hola tengo q cambiar de ciudad con mis hijas, se lo e comunicado a su padre y no pone objecion pero mi abogada me recomienda q le envie un burofax notificandoselo, alguien me podria decir el texto q deberia poner en dicho burofax? muchas gracias.

    Comentarios por ana — 24/02/2014 @ 7:26 pm | Responder

    • Su abogada ya le ha recomendado adecuadamente. Siendo esta conocedora de su situacion, es la mejor para indicarle el texto del burofax. De todos modos, si el padre no recoge el burofax, la notificacion no tendria el efecto que real,ente interesa, que es el de la autorizacion o consentimiento. A mi modo de ver, seria mejor firmar un pequeño acuerdo , donde se recoja esa autorizacion, asi como lo que corresponda al cambio de centro escolar y si es necesario,el cambio del regimen de visitas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/02/2014 @ 8:06 am | Responder

  176. Hola necesito que me aclareis algo.estoy divorciada del padre de mi hijo su régimen de visita es de fines de semana alternos vacaciones a mitat.e estado dos meses fuera trabajando dada k mi situación económica es precaria me gustaría volverme a ir ya k en mi ciudad veo lo del trabajo muy complicado y fuera puedo trabajar con muxas mas posibilidades kiero llevarme a mi hijo de 6 años conmigo y allí quiero casarme con mi pareja k también tiene trabajo allí trabajaríamos los dos nunca e tenido una buena estabilidad dado a k con lo del pirmi o la ayuda 426€nose puede hacer muxo a mi ex sus padres se lo pagan todo.querría saber si yo presento mi contrato el contrato de mi marido un alquiler y como sueldos mas bien altos podría el padre kitarme la custodia?

    Comentarios por laila — 26/02/2014 @ 9:36 pm | Responder

    • Para modificar el lugar de residencia del menor, y entiendo que no seria a una localidad cercana, deberá disponer de la autorización del padre, ya que es un tema de patria potestad. Si el padre no la autoriza, deberá iniciar un procedimiento de divergencias de patria potestad a traves del cual, planteando lo que refleja, es decir, la mejor situacion economica y en definitiva, todas las ventajas que supondria para el menor el cambio de domicilio, sea el juez quien tome la decisión, tras esuchar tambien al padre. Este tramite es necesario ya que, con el cambio, ademas, se va a tener que cambiar el centro educativo del menor, que tambien es patria potestad, y finalmente, imagino que el regimen de visitas actual no sera posible, de forma que todo debe modificarse. De otro modo, se entraria en unos continuos incumplimientos que si que le perjudicarian en la custodia, ademas de que, si lo hace sin autorizacion, podria encontrarse que le hagan regresar con el menor, o que, directamente, cambien la custodia.

      Si desea mayor detalle, o incluso un presupuesto para este procedimiento, no dude en comunicarse por correo electronico con el despacho. Con algunos datos mas, podremos asesorarle mas detalladamente y presupuestarle de la forma mas ajustada posible.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/02/2014 @ 7:51 am | Responder

  177. Buenos días,
    Mi caso es el siguiente,
    En 2010 mi ex me denuncia por amenazas de muerte que aunque no se produjeron motivaron una sentencia en firme y el posterior divorcio. El asunto importante es que mi ex solicitó llevarse a mi hija con ella a Chipre y a pesar de que yo me opuse y de igual modo solicité la guarda y custodia, el juzgado otorgó la custodia a ella con el consentimiento de llevarsela a su pais.
    Yo tan sólo puedo estar con mi hija 2 meses en verano, navidad y semana santa(esta ultima cada 4 años). En la sentencia tambien está recogido que puedo verla desplazandome a Chipre 1 vez al mes un fin de semana. Estos desplazamientos de fin de semana nunca los he realizado, ya que resulta del todo ilógico desplazarse a 3500 km y volver dentro de un mismo fin de semana.(Dejando al margen el asunto económico claro)
    Actualmente estoy inmerso en un procedimiento de modificación de medidas en donde he vuelto a pedir la custodia de mi hija.
    Todo esto aderezado con un impetu especial por la madre en distanciar a mi hija de mi.
    La prueba verbal de este procedimiento se va a realizar en pocos días y me gustaría en la medida de lo posible algun consejo de última hora de cara a poder recuperar a mi hija.
    P.D. Yo soy madrileño, al igual que mi hija y se la llevaron con tan sólo 2 años y 7 meses, en la actualidad tiene 6 años.

    Comentarios por Jesus — 29/04/2014 @ 11:32 am | Responder

    • el paso del tiempo es lo que le puede perjudicar, porque un cambio de custodia alteraría todo el sistema de la menor, pero por otro lado, si la madre va poniendo impedimentos a las relaciones con la hija, eso le puede perjudicar a ella.

      Para la vista, al margen de los consejos de su abogado que es quin conoce bien todo el asunto, piense siempre en que es lo mejor para su hija, y procuer dejar claro en todas sus repsuestas que lo que busca es el bienestar de la menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 30/04/2014 @ 6:06 pm | Responder

  178. buenos días ´
    Me gustaria conocer su opinión sobre como proceder en este asunto.
    Nos ha consultado en el despacho una mujer, cuyo esposo se ha ido recientemente del domicilio familiar. Tiene un hijo de diez meses. Regimen de separación de bienes. La vivienda familiar es un piso de alquiler. Ella es de otra provincia y carece de cualquier ingreso económico ya que dejo de trabajar al quedarse embarazada y dados los ingresos de su esposo no puede en la actualidad cobrar ninguna ayuda publica. Su intención es volver a su provincia donde esta toda su familia, tiene mas posiblidades de encontrar trabajo y los alquileres son mucho mas baratos…. En principio quería trasladarse de forma inmediata y una vez instalada iniciar el procedimiento de divorcio. Le hemos aconsejado que no lo haga aunque sabemos que en ocasiones ante los hechos consumados el Juzgado no suele obligar a la madre a residir en el lugar de la convivencia. Otra opción sería solicitar unas provisionales para fijar guarda y custodia, visitas y contribución de alimentos y posteriormente en el procedimiento principal de divorcio solicitar autorización para el cambio de residencia? o seria mejor plantear el cambio de residencia desde las provisionales?….El padre según nos ha indicado su abogado tiene intención de solicitar guarda y custodia compartida. Que opción es la mas recomendable para el bebe y la madre, que entiende que dado el horario laboral del padre en una empresa familiar es imposible que se pueda hacer cargo del niño?.. Muchas gracias.

    Comentarios por nuria gonzalez — 20/05/2014 @ 11:03 am | Responder

    • Yo no recomendaria el traslado puesto que no estaria actuando conforme a derecho, y simepre existe la posibilidad de que le hagan volver sobre sus pasos, o se considere que quiere apartar al menor del padre y le salga mal. Mejor solicitar el cambio desde un principio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 22/05/2014 @ 9:19 pm | Responder

  179. Quisieran que me ayudaran.yo tengo mi pareja en otra ciudad y hemos decidido vivir juntos.pero el papa de mi hijo d 2 años se opone, podria irme ?la ley me lo permitira?

    Comentarios por Marina — 22/05/2014 @ 3:08 am | Responder

    • Para modificar la residencia del menor debe contar con la autorizacion del otro progenitor. Si no la obtiene voluntariamente, puede solicitar la intervencion judicial para que se determine quien de los dos va a tomar la decision de determinar el domicilio del menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 22/05/2014 @ 9:11 pm | Responder

  180. Hola, soy madre divorciada con un hijo de 14 años con una descapacidad del 33 % , y custodia compartida una semana con su padre otra con migo su padre trabaja y yo intento sobre vivir con trabajos espoeadicos en septiembre me wuedo al paro sin tener meses para cobrar nada y con un.piso de alquiler que en unos meses no.podre pagar no tengo familia, ahoea su padre quiere irse a trabajar ha unos 200 km y quiere dejarme la cystodia pero yo estoy apunto de quedarme al paro y no poder pagar la vivienda . Que es lo qu e. Pyedo hacer si .gracias

    Comentarios por silvia — 09/07/2014 @ 2:48 pm | Responder

    • si el padre se marcha lejos y le quiere dar la custodia individual, deberia proceder a una modificación de medidas recogiendo esta nueva situación y estableciéndose un nuevo regimen de relaciones con el padre y un nuevo calculo de pensión de alimentos a decuada a la nueva situacion

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/07/2014 @ 10:57 am | Responder

  181. quisieran que me ayudaran ,tengo una duda,mi ex se llevo ami hijo a vivir a mallorca sin mi consentimiento ni siquiera me pregunto,solo me notifico por telegrama su nueva direccion cuando ya estaban alli, anteriormente vivian en marbella,ella ahora quiere que le page los billetes de avion al niño.tengo derecho a pagar el billete integro o solo la mitad,muchas gracias

    Comentarios por arthur — 20/07/2014 @ 6:30 pm | Responder

    • Si no han pasado 30 dias desde que le notificó el cambio, comuniquele que no está de acuerdo con el cambio de residencia, ya que es materia que debe serle consultada antes, por ser patria potestad, y con ello, solicite de inmediato una modificación de medidas para que se resuelva adecuadamente la nueva situación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/07/2014 @ 10:51 am | Responder

  182. Buenos días, mi ex decidió irse a vivir a otra ciudad unilateralmente. a partir de entonces fui yo el que viaje cada dos fines de semana, pagando yo mismo gasolina y gastos que conllevaban. Desde este verano hemos decidido que sea la niña (10 años) la que viaje en tren (con la supervisión adecuada), pagando entre los dos el billete, pero tan solo un fin de semana al mes porque alega que no puede permitirse más. Cuáles son mis derechos en este caso? Puedo exigir dos fines de semana al mes y que pague también la mitad?
    Muchas gracias por anticipado

    Comentarios por Elia — 04/11/2014 @ 1:08 pm | Responder

    • Al consentir el cambio de residencia, asumió los gastos inherentes al cambio. Hace unos meses una sentencia del TS refiere que los gastos de este tipo deberán ir a medias entre los dos progenitores, lo que sería una resolución interesante a la hora de pedir una modificación de medidas. Creo que esa sentencia le serviría como forma de presión para obtener, en efecto, ese fin.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/11/2014 @ 10:51 am | Responder

      • Comapñera, me puedes decir qué sentencia es la del TS? MIL GRACIAS

        Comentarios por sandra — 13/11/2014 @ 2:52 pm

      • No tengo los datos a mano. Voy a ver si puedo colgarla en el blog y así todos podran consultarla. Un saludo

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/11/2014 @ 4:52 pm

  183. de moderación.
    Hola tengo uma duda la custodia como la guarda la tieme el padre de mi hija menor de 3 años el padre vive en alicante y yo en valencia me enterado que se la llevan a madrid eso puede hacerlo? Yo temgo fines de semama alternos uno de ellos voi a x la nena alicante otro me la baja la madre del padre xq tiene una orden de alejamiento contra ami por que me ha maltratado . necesito saber si se la puede llebar a madrid asi xomo a si o necesita mi consentimiento?? Necesito ayuda x favor estoi desesperada necesito ayudaa xfavorr

    Comentarios por alexandra — 06/11/2014 @ 1:31 pm | Responder

    • Cuando dice que se la lleva a madrid se refiere a viajes ocasionales o a un cambio de residencia?? Si es cambio de residencia, debería oponerse Vd de forma que quede constancia y en su caso, acudir al Juzgado a fin de que sea éste quien determine si permite el cambio de domicilio de la menor. De todos modos, debería ver exactamente el texto de su sentencia o convenio porque es posible que el cambio de residencia estuviera autorizado en ella.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/11/2014 @ 10:41 am | Responder

  184. Hola soy flavia tengo una beba de un amño.y 9 meses y hace un mes debi trasladarme por tabajo a.otra provincia por lo que es imposible cumplir un regimen de visitas q yo misma.inicie y q.su papa por.momemtos no cumplia parte de la desicio de venirme fue por trabajo y porq la situacion alli era toxica para mi hija y para.mi !como debo.proceder al irme a otra privincia legalmemte para estar tranquila y haver laa cosas bien como hasta el momento.mil gracias espero su respuesta

    Comentarios por Flavia — 02/03/2015 @ 6:48 am | Responder

  185. Ola estoy separada y el padre de mi hija esta en prision,me puedo yebar a mi hija sin su autorizacion a otra provincia?

    Comentarios por tomasa — 09/03/2015 @ 12:51 am | Responder

  186. Ola tengo 46 años llebo 2 años cuidando a mi hija de 4 años semana si semana no de mutoacuerdo con la madre que tiene 36 años y 4 hijos de padres diferentes menos una hija mallor que le quiraron la custodia por malos tratos tiene la custodia de mi hija no a parado de cambiar de domicilios i colejios a los menores me e negado a un nuebo cambio que pretende i la juez decidira .? Que puedo hacer ? Pido alluda orientatiba.671812019 gracias.

    Comentarios por antonio fernandez calderon — 08/04/2015 @ 9:56 am | Responder

    • Pues lo mejor será contar con los servicios de un abogado de su confianza para que le asesore en el paso a paso a realizar. Ignoro si el mutuo acuerdo está documentado y con sentencia, o solo es de palabra. Es importante tener una resolución judicial que determione las estancias de los menores con cada progenitor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 11:38 am | Responder

  187. Hola, mi pregunta es: si el padre está de acuerdo con el traslado de la niña al extranjero. Necesito algun permiso legal aparte del suyo, para llevarla a vivir a otro país?

    Comentarios por yanni — 08/04/2015 @ 2:50 pm | Responder

  188. Hola mi caso es asi me divorcie en 2008 de mutuo acuerdo y con custodia compartda tengo un hijo de 14 años que nacio en españa pero tiene nacionalidad italiana (el padre y yo som8s nacidos en argentina pero con doble nacionalidad yo irlandesa y el italiano por lo que mi hijo es italiano tambien por lazo sanguineo, toda la familia paterna y materna reside en argentina.El caso es que mi hijo no quiere ir mas con el padre y esta conmigo siempre y el padre no me pasa nada asi que como estoy en paro cobrando la ayuda me planteo irme a argentina donde tengo trabajo y casa asi que pedi el cambio de custodia medidas coetaneas en la que presento la opcion de poder irme y no pedir manutencion o seguir quedandome en españa pero con la custodia para mi y cobrando manutencion.El niño quiere estar conmigo no le importa donde, ya ha vivido de pequeño un año en argentina.que posibilidades tengo ?se supone que las provisionales salen rapido pero de eso nads y el trabajo no esperara por siempre.como lo ves?Y aqui no tienen nada que ver las keyes de argentina ya me lo dijo mi abogado.es factible el cambio?

    Comentarios por monica — 22/04/2015 @ 6:50 pm | Responder

    • Bien argumentado y si hubiere acuerdo con el padre, mucho mejor. Depende tambien mucho del juzgado al que haya correspondido. Teniendo el procedfimeitno en marcha, quien mejor puede asesorarle es el abogado que lo lleva, puesto que conoce todos los detalles de la situacion así como la forma de hacer del juzgado

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 11:14 am | Responder

  189. Hola necesitó una respuesta urgente….no estoy casada ni viviendo con el padre de mis hijos y me quiero cambiar de domicilio a distinto pueblo..tengo que avisarle de que me voy?.. Me pasaría algo si no lo hago?….no hay ningún acuerdo de visitas ni nada llevamos poco tiempo viviendo uno en cada domicilio…es urgente

    Comentarios por cristina marin — 01/05/2015 @ 10:01 pm | Responder

    • lo mas adecuado es contar con el consentimiento del padre para el cambio de domicilio, ya que hasta hace poco, como dice, convivian. Sin acuerdo de visitas tanto derecho tiene uno como el otro a convivir con los hijos. Lo mejor seria regular la situación adecuadamente cuanto antes.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/05/2015 @ 11:11 am | Responder

  190. Hola . Es una consulta mi ex cuñada se llevo a mi sobrino a otra provincia sin preguntarle a mi hermano. Cuando el fue al domicilio d su ex a visitar a su hjo y le dijeron q ellos se habían mudado d el lugar sin decirle nada a mi hermano el hizo la denuncia pero aun no tiene respuesta

    Comentarios por mariana — 23/06/2015 @ 4:31 am | Responder

  191. Mi hija mayor de edad se fue a vivir con su pareja y ahora tiene un niňo, a roto con su pareja se quiere volver a empadronar en mi casa, puede hacerlo sin mi consentimiento

    Comentarios por Jesús — 24/07/2015 @ 3:20 pm | Responder

    • A pesar de que la pregunta no sea de derecho de familia, y siendo que algunos ayuntamientos tienen algun otro criterio, para poder empadronarse en un determinado domicilio se suele requerir autorizacion de la persona que esta empadronada, o justificar con recibos de alquiler, o de suministros, que se habita en el mismo. Por tanto, si esta vd en dicho domicilio y los contratos de alquiler o la propiedad o contratos de suministros estan a nombre de vd, deberia el,ayuntamiento requerir su autorizacion.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/07/2015 @ 8:15 pm | Responder

  192. Hola, quisiera obtener imformacion sobre mi caso familiar, porque me informe que la mama de mis hijos se fue aotro estado con mis hijos sin mi permiso . Como puedo aser un reporte o aquien puedo abisarle para poder aser un reporte contra ella. si me pueden alludar en ese caso que para mi es muy importante y urjente Gracias.

    Comentarios por javier ramirez — 03/08/2015 @ 2:28 am | Responder

  193. Qe se dene aser cuado me separe del padre de mis hijos y me quiero ir a otra ciudad a vivir con mis hijos y es bastante lejos qe tramite se debe aser antes ..vivo en chile

    Comentarios por patricia — 04/08/2015 @ 8:58 pm | Responder

  194. Buenas Assumpcio,
    Le comento un caso hijo de 11 años a punto de cumplir 12, vive con madre custodia en misma ciudad que el padre no custodio distancia 13kms, ppotestad compartida. El menor lleva 2 años pidiendole a la madre irse a vivir con su padre y nunca lo ha permitido. La custodia compartida es inviable dada lampoca predisposicion de la madre y su no renuncia a la pension. Hay signos de maltrato psicologico de la madre y la nueva pareja de esta al niño.la madre tiene un nuevo hijo con su pareja actual hace 3 años.
    El p no custodio averigua que a finales de junio la m custodia ha dado la paga y señalnpara la compra de una vivienda en un pueblo de la misma provincia pero a 40kms de distancia del dom del padre.Sabe tambien que finalmente compra rl inmueble la 1era semanas de julio. La mcustodia envia burofax el 31 julio anunciando al pcustodio que cambia de lugar de residencia con efecto 1eros dias de septiembre. El p no custodio se va a oponer al cambio
    Preguntas:
    – En el procedimto de oposicion que tendria que argumentar el p no custodio? Motivos por lo que el menor estaria mejor con el o motivos por lo que el menor no estaria bien en el nuevo domicilio? Porque el menor tiene arraigo con la nueva familia del p no custodio que lo trata desde que el menor tenia 4 años y viven a 100 metros del domicilio del padre, el menor es socio desde hace 4 años de un club deportivo que esta rn la comunidad del p no custodio y donde ha construido una red de amigos que nunca ha tenido con la madre custodia, sibviviera con el padre coincidiria con algun amiguito en el colegio,ademas la pareja del p no custodio adora al menor y el propio menor habla de ella como su mama,etc
    Nos conta que la m custodia va alegar que van a mejorar el entorno del menor y que su padre , el abuelo del menor vive en el nuevo lugar y tendra apoyo de el.Cuando lanrelacion con el aburlo hasta ahora era verlo 1 dia al mes .
    El juez escucharia al menor? Porque el menor quiere hablar con el juez.
    El juez tendria en cuenta el tema del dolo con elmque esta actuando la m custodia? Dio la paga del piso sin saber si su hijo tendria plaza en alguno de los pocos coles de la zona y por otro lado envia unburofax el 31 de julio sabiendo que agosto es inhabil y anunciando el cambio consumado los 1eros dias de sept.
    Para acabar preguntarte si es relevante que el p no custodio no dispone de vehiculo y k el nuevo domicilio esta cogiendo 2 transportes publicos diferentes ya que no hay directo como a 1 hora y media 2 horas de trayecto.la madre dispone de coche.
    Hay pruebas escritas de la mala actitud que siempre ha tenido la madre con el padre, de dibujos y anotaciones del menor manifestando que quiere vivir con su padre porque lo trata bien lo quiere y lo respeta y no le insulta , esto son palabras literales del menor.
    Comentar tambien que tanto la m custodia como su actual pareja trabajan en turnos semanales 6-14, 14-22 Por lo que realmente el menor convive con su madre solo cuando trabaja de mañanas.
    Como ves estando en Catalunya que se pudiera conseguir un cambio de custodia?
    Muchas gracias

    Comentarios por LEYJUSTA — 10/08/2015 @ 12:45 am | Responder

    • Lo primero y aunque sea agosto es remitir burofax o burotex mejor, a la madre, manifestandole la oposicion al cambio de domicilio y de escuela del menor y iniciar ya mismo la preparación de la demanda de modificación de medidas con medidas provisionales urgentes, para que, de momento, el menor quede en el domicilio paterno hasta que se determine la custodia definitiva. Remita asimismo burofax al colegio de origen para que ni por asomo porcedan a dar de baja al menor en el centro y, si conoce el nuevo colegio, otro burofax al mismo oponiendose a la matriculación.
      Twmbien podrian solicitarse medidas urgentes e intentar que se habilite el mes de agosto para resolver sobre esta custodia paterna provisionalmente para evitar el cambio de domicilio.

      Este despacho podria asumir la defensa de sus intereses ya que, a pesar de estar en periodo vacacional hasta el 26 de agosto, estas dos semanas seria factible la recopilacion de datos y documentacion necesaria, de forma que en la semana del 26 podriamos reunirnos y pone en marcha las actuaciones el mismo dia 1 de septiembre. Pueden contactarnos por e mail a martinez-roges@icab.es

      Que juzgado resolvió el divorcio??

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/08/2015 @ 10:28 am | Responder

      • Gracias por la pronta respuesta.
        Nos surgen dudas, al p no custodio le corresponde por vacaciones tener a la menor hasta el 30 de Agosto, pero luego ya le corresponde a la madre. Por lo tanto se estaría incumpliendo el convenio y la madre podria presentarse con la policia el 30 por la noche para reclamar al menor y llevarselo ?
        Por otro lado , el p no custodio vive a 13kms del domicilio actual del menor , en transporte publico con 1 transbordo es 1 hora de trayecto ir y otra volver , la idea es que si se consiguiera la custodia del menor matricularlo en algun colegio cercano al domicilio del p no custodio,(ya que no es viable con los horarios de trabajo poder llevar al menor a su hora de entrada al centro actual que por oyro lado cambia ya que el menor cambia de ciclo), por eso no entendemos lo de mantener la actual matricula en el de momento domicilio de la m custodia…
        Y para acabar nos preguntamos : no son procedimientos legales diferentes? 1ero el de oposicion y demanda de medidas urgente ( no sabemos si se dice así) pero que en definitiva decida un juez. y 2do el procedimiento de modificacion de medidas y nuevo plan de parentalidad , teniendo en cuenta lo que ya haya decidido el juez?

        Aclarar que no hubo divorcio porque nunca hubo relacion estable de pareja , aunque si convivencia durante unos meses.
        y que el procediminento de medidas parentales , se inició como respuesta de un juez ante una demanda penal de secuestro falsa de la m custodia al p no custodio en un juzgado penal de un municipio de barcelona.El juez desestimo la demanada de la madre , y a cambio regularizó un regimen de visitas y una pension.

        Gracias por su respuesta y su tiempo!

        Comentarios por LEYJUSTA — 10/08/2015 @ 1:50 pm

      • La policia no irá a ningun domicilio a buscar a ningun menor porque de entrada no es ningun delito ni falta en el codigo español, el superar las fechas de regimen de vacaciones.

        Los procedimientos son dos, pero en ocasiones se pueden solicitar todas las medidas en una misma demanda, habria que ver como se plantea la cuestión al detalle, cosa que es inviable realizar en este foro.

        En cuanto al cambio de colegio, debería verse cual es la mejor opción en beneficio del menor.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 28/08/2015 @ 5:55 pm

  195. Buenas Assumpcio
    Mi hermanda tiene una demanda de restitución internacional desde unos de los países bajos, y nos oponemos a la restitución porque ella salio de ese país cuando la niña tenia de 3 meses y medio de nacida y le permitieron salir solo con pasaporte y que no era necesario el permiso del padre. Ella no volvió en el tiempo indicado (periodo 5 meses), por haber sido sentenciado por violencia familiar el padre de la menor. La niña ya esta en el registro nacional de identidad y tiene su partida de nacimiento y DNI en el país de la madre ya tiene 2 años de edad. Quiero saber que elementos de defensa podemos sacar para evitar su restitucion?

    Comentarios por HUGUITO — 17/08/2015 @ 5:56 am | Responder

    • Pues es una situación compleja porque no tiene nada que ver que la dejaran marchar solo con pasaporte, que es una materia administrativa, con el hecho de que haya cambiado de domicilio a la menor sin el consentimiento del otro progenitor, e imagino que en este tiempo tampoco ha podido relacionarse con ella. La actuación, aun cuando haya habido una sentencia de violencia, no ha sido adecuada conforme a derecho ya que el procedimiento adecuado pasa por regular las relaciones del menor con cada uno de los progenitores y solicitar la autorización para cambiar de residencia al menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/09/2015 @ 6:09 pm | Responder

  196. Hola,

    Mi hijo y yo vivimos en España, la madre ha dado todos los permisos para que el niño resida en España, esta de acuerdo que viva aca en Barcelona, quiere otorgarme la custodia para el trámite de renovación de la residencia y para la nacionalidad del niño, ya lleva casi 2 años de residencia. Necesitamos hacer el trámite de custodia,
    La madre está de acuerdo en otorgarmela, pero lo que no sabemos es donde hacer el trámite.

    Hemos viajado a Colombia para hacerlo ya que llamé al bienestar familiar y me dijeron que haciendo un documento de comun acuerdo ya estaba, pero no.
    En una notaria y tampoco,
    En comisatria de familia y tampoco.

    Ahra creo que se debería hacer mediante Bienestar familiar elevado a juzgado de familia donde un juez, sabiendoq ue es de comun acuerdo, otorgarme la custodia ya que la madre me la cede.

    Que hago?

    Comentarios por Rodrigo Sicua Vega — 17/08/2015 @ 4:20 pm | Responder

  197. Daphine

    El cambio de residencia del menor: decisión conjunta de patria potestad. | El Blog del Derecho de Familia

    Trackback por Daphine — 21/08/2015 @ 12:11 pm | Responder

  198. Hola, tengo una duda. Mi hijo tiene 10 meses llebo viviendo con mi madre desde que nació. Estaba bien con el padre, pero tubimos muchos problemas que ya veniamos arrastrando de antes y e decido que ya no puedo mas. Le e pedido dinero por el niño y me a dicho que eso se lo tendra que decir un juez, que antes nada. Nosotros estamos empadronados en casa de el. Mi pregunta es, puedo empadronar a mi hijo conmigo en casa de mi madre sin que el lo sepa? Porque me da miedo demandarlo por la manuntencion y que el tome represalias y demandarme a mi por abandono de hogar por eso quiero empadronarme lo antes posible con mi madre y sin que lo sepa. Muchas gracias

    Comentarios por Yo misma — 23/08/2015 @ 12:49 am | Responder

    • No existe el abandono de hogar en la legislación española. Es posible que su ayuntamiento no le permita el cambio de padron sin autorización del padre, porque el domicilio del menor es un tema de patria potestad, por tanto, decisión de ambos. Yo no lo haria, porque no es necesario para nada. Mi consejo es que ponga el asunto en manos de un abogado especializado en derecho de familia para que se plantee la demanda, sea contenciosa o de mutuo acuerdo, y se regule la situación de ambos en relación con el menor. desde este despacho estariamos en disposición de llevar su expediente.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/08/2015 @ 10:51 am | Responder

  199. Hola.
    Mi caso es el siguiente:
    No estoy casado pero tengo una hija de 8 meses y vivo separado de ella, y, ahora que mi ex pareja tiene la mayoría de edad quiero saber si mediante un convenio puedo sacar a mi hija de su domicilio, para estar con ella en el mío.
    La situación es que mi ex pareja vive ahora con su madre y esta bajo su tutela, y esta persona tiende a amenazar a su hija con quitarle los estudios si deja salir a la menor de su domicilio conmigo.
    Desde hace un tiempo le deposito lo de los gastos de la menor a una cuenta bancaria, que es de un titular externo, por que aun no cumplía la mayoría de edad hasta este 4 de agosto,
    Lo unico que pido es poder estar con la menor en mi domicilio uno o dos días del mes.
    Como nota anexo que hace unos días mi ex pareja me permitió la extracción de la menor y poderla llevar a mi domicilio, bajo un horario que cumplí sin demoras, pero fue sin la autorización de la madre de mi ex pareja que se niega a permitir el acceso, que de haberse enterado le quitaría la posibilidad de seguir estudiando y manutención de ellas.

    necesito una sugerencia de lo que podría hacer, si es posible acudir a una instancia como el DIF que me conceda este derecho y un documento donde la abuela de la menor no se interponga ni existan conflictos, ya que la madre de la menor esta dispuesta a dejar salir a la menor conmigo.

    Comentarios por José de Jesús Hernández Sosa — 23/08/2015 @ 2:30 am | Responder

    • Si no me equivoco escribe Vd desde Mexico, por tanto, no puedo asesorarle en relación a la legislación de aquel pais. Como idea general, lo mejor siempre es poner en marcha el procedimiento judicial correspondiente para que la Justicia establezca el regimen de estancias de los menores con cada uno de los progenitores, y la contribución economica que cada uno debe realizar para soportar los gastos de los menores. Solo con una sentencia judicial se asegura que pueda exigirse el cumplimeinto de los minimos que se establecen.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/08/2015 @ 10:47 am | Responder

  200. Bueno mi caso es el siguiente: tengo dos hijos de 9 y 7 años. La custodia la tengo yo, y el tiene las visitas cada 15 días. El caso es que el nunca está con ellos, siempre se los deja a su madre u señora grosera que hasta les pega y les dice que ellos la aburren. Ellos no quieren estar allá cada vez que les toca ir lloran. El ni los ve, lo hace solo por mortificarme. He querido no mandarlos, pero me da miedo que me los quiten o algo así, que puedo hacer?

    Comentarios por Liliana — 01/09/2015 @ 4:55 am | Responder

    • Si realmente el padre no comparte con los menores nunca el timepo que le corresponde y si además se pueden verificar los malos tratos que reciben por parte de la abuela, la legislación española vela por el bienestar del menor y teniendo elementos para probar la situación podria instar una modificación de medidas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/09/2015 @ 7:47 pm | Responder

  201. Buenos dias
    Mire yo tengo la custodia de mi hijo de 6años desde hace un año y medio casi 2.
    Aqui no hay manera de encontrar trabajo ni nada pero en mi pais (que es de union europea soy francesa) me han propuesto trabajo alojamiento ect… yo no pido que mi hijo no vea a su padre pero queria saber si frente un juez tengo posibilidad que me permitan un cambio de regimen… el padre es español y no paga pension tiene antecedentes apenas cuida del niño y otras cosas que paso.
    De momento la custodia es de fines de semana cada uno y mitades de vacaciones escolares….. y aun que cumpla entonces cn el regimen de visita me da derecho a irme vivir a mi pais?
    Gracias por su ayuda

    Comentarios por Oceane — 31/10/2015 @ 2:39 pm | Responder

    • La forma adecuada de actuar es, de una parte, presentar ejecucion de sentencia para que se le obligue a cumplir con la misma. Y por otra parte, si desea cambiar de residencia, primero plantearlo al padre para ver si accede de mutuo acuerdo, y si se opone, pedir autorizacion para ello al Juez, junto con un cambio en el regimen de relaciones del padre con el menor, ya que las visitas de fin de semana no se podran realizar del mismo modo.

      Si existen pruebas de que el padre no esta cumpliendo con los pagos o con las estancias del menor, son puntos que el Juez tendra en cuenta a la hora de autorizar el cambio de domicilio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/11/2015 @ 12:41 pm | Responder

  202. Yo tengo muchas dudas el padre de mis hijos al ser camionero me e tenío q ocupar siempre yo sola de mis hijos el ahora decide no qerer verlos solo cuando pueda o quiera mis hijos viven en Madrid y el quiere irse a Jaén. Tendrá q yevarme mis hijos ayi? Mis hijos su colegio es de pago también deberé de cambiarlos o pagarlo solo yo? Mis hijos están adaptados y van muy bien en el colegio solo quiere darle para comer ya q yo no tengo trabajo y sobre las ropas calzados y material escolar q vayan necesitando quiere q lo ponga yo. Nose q hacer

    Comentarios por Esperanza — 02/11/2015 @ 5:26 pm | Responder

    • El padre, si no tiene la custodia, puede residir donde crea conveniente. Los hijos no tienen por que cambiar ni de domicilio ni de escuela. Entiendo que no han regulado su situación. En tal caso,deberá poner el asunto en manos de un abogado especialista para que solicite la atribución de la guarda y custodia, la atribución de uso del domicilio, el regimen de relaciones de los hijos con el progenitor con el que no convivan y la aportación de cada progenitor a los gastos de los hijos. Para Vd es posible interesar una pensión compensatoria si se reunen los requisitos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/11/2015 @ 6:35 pm | Responder

  203. Hola,mi caso es el sgt: Mi papá a mi hermanan y a mi nos abandonó cuando yo tenía 5 y ella 7 años él se fue a Argentina y tiene una familia ahí,volvió después de 10 años e hizo un arreglo con mi mamá para que nos trajera a vivir con él.yo a principio estaba ilusionada con venir porque quería saber qué se sentía vivir con mi padre ya que en toda la infancia no lo tuve,pero desde que vine no he parado de sufrir tengo 17 años y vivo encerrada porque él no me deja salir a ningún lado,viaja todos los días nunca está en casa y me deja con mi madrastra la cual no me llevo bien,mi hermana vive en un departamento porque aquí en ésta casa no puede estudiar por el bullicio y yo estoy sola,he bajado mucho mi rendimiento académico yo le dije a mi papa que quiero regresar con mi mamá a Perú y el me dice que no prácticamente estoy viviendo aquí por obligación porque él sabe que mi mama no tiene dinero para que me venga y me regrese con ella,pero ya estoy harta ya me cansé es como si yo fuera invisible para él nunca me da un abrazo las veces que está en casa sale con su familia y a mi me deja sola no me deja salir a ningún lado y en enero vamos a ir a Perú de vacaciones pero yo pienso quedarme sin que el sepa y si no nos vamos estoy pensando en decirle a mi mama que recurra a un abogado porque yo no puedo hacer nada ya que soy menor de edad y quisiera que me digan o aconsejen que puedo hacer? mi papa no me quiere estoy sola mi madrastra me odia y ya no sé que hacer para poder ir a Perú y estar con mi mama,la necesito mucho me hace mucha falta nunca debí separarme de ella..porfavor les pido que me den alguna solución,,muchas gracias

    Comentarios por fernanda ugaz — 09/11/2015 @ 1:44 am | Responder

    • Pues lamento no poder ayudarte pero este blog se refiere únicamente al derecho español. Habla con tu madre. Ella es quien debe darte una solucion. Ignoro si en argentina existen servicios sociales.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/11/2015 @ 8:15 am | Responder

  204. 25/11/2015
    Responder
    Tengo la guarda y custodia de mi hijo de 17 años y este se ha ido a vivir a casa de su madre, incluso se ha empadronado con ella bajo nuestro consentimiento. Mi duda y pregunta es: Cuándo mi hijo solicite beca de estudios ¿que renta tendría en cuenta el Ministerio? ¿La de la madre con quien convive y está empadronado o la mía por tener la guarda y custodia? Esta última pregunta la hace el ministerio en la solicitud de beca. ¿Haría falta hacer modificación de sentencia de divorcio?

    Comentarios por Tomás Gómez Toval — 25/11/2015 @ 7:57 pm | Responder

    • Sin conocer exactamente como funciona el universo de las becas, entiendo que la computable es la del progenitor que tiene la guarda legal. Si la situación ha cambiado, por el cambio de domicilio y guarda efectiva, lo mejor es proceder a una modificación, incluso de mutuo acuerdo, porque de otro modo, las obligaciones economicas entre vdes persisten, es decir, si la madre tenia determinada una pensión de alimentos, sigue obligada al pago aunque le esté dando ella domicilio y los gastos ordinarios. Y como guardador, es Vd responsable de los que pueda hacer el menor en el tiempo en que Teoricamente está con Vd.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/11/2015 @ 10:43 am | Responder

  205. Estoy divorciada el padre de mi hija no se hace cargo desde hace tiempo,se puso un punto de encuentro,de repente empieza el régimen de visitas, le quieren entregar a la niña como si nada,la niña se niega rotundamente a irse con su padre, a la niña la apostaban con la pareja de la abuela, pero además yo tengo previsto un cambio de residencia. Que puedo hacer?se que el padre se negará rotundamente.

    Comentarios por Mari — 01/12/2015 @ 12:51 am | Responder

    • Que quiere decir que a la niña la apostaban con la pareja de la abuela? No entiendo a que se refiere. En cuanto al cambio de residencia, deberá comunicarlo al padre y si no lo autoriza, proceder a solicitar la autorización del Juzgado para ello, en un procedimiento de Divergencias de patria potestad.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 01/12/2015 @ 7:02 pm | Responder

      • Perdon tuve un fallo en la escritura, quise decir que el padre recogía a la niña los viernes y la llevaba directamente a casa de la abuela,el niega rotundamente que vive con su pareja. Pues bien la sorpresa nuestra fue cuando la niña nos contó que la acostaban con la pareja de la abuela.
        Ahora después de mucho tiempo sin tener el padre contacto de ningún tipo con la niña se reanudan las visitas como si nada. La niña tiene 10 años, y se niega rotundamente a irse,a todo esto nadie nos dice donde va a estar la niña, tengo derecho a saber donde va mi hija?por favor, que puedo hacer?la niña se siente muy mal.

        Comentarios por Maria José — 02/12/2015 @ 5:20 am

      • Informe pericial psicologico sobre el estado de la niña y como le afecta esta situacion para solicitar una modificacion.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 02/12/2015 @ 7:10 am

  206. Que puedo hacer si la madre de mi hija no me deja ni preguntar por la Escuela a la que ira?, he querido hablarle sobre eso para ponernos de acuerdo y ella me dice no te metas en eso, yo soy la tutora…., también me pide cosas, como por ejemplo. yo paso las navidades con mi hija,ya que ella es Evangélica y no lo practica, pero ella me pasa a mi hija y me dice que para que pase una navidad conmigo, tengo que contarle que el viejo pascuero no existe y cosas así, sino lo hago ella no me dejara pasar mas las navidades con ella, mi hija tiene apenas 8 años.
    Saludos.

    Comentarios por Fernando — 08/01/2016 @ 12:53 pm | Responder

    • Por la localización de su consulta veo que se encuebntra Vd en la zona de latino america/caribe, por lo tanto, cualquier orientación legal que le facilitara podria ser totalmente inadecuada ya que este blog y este despacho se ocupa unicamente del derecho español. El alcance de la ccustodia en cada pais es muy distinto y lo que en España es totalmente improcedente, como el caso que plantea, podria ser perfectamente valido y correcto en otro pais.
      Le sugiero que busque un letrado de su zona

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 08/01/2016 @ 1:00 pm | Responder

  207. buena quisiera compartir mi duda quiero irme ara otro pais pero tengo 3 hijos la cual me quiero llebar uno y los otro quedan com su padre pero el no quiere darme ninguno en es caso que documento puedo hacer para cuado yo quiera pedirselo y no tener problema en el pais que yo este

    Comentarios por yurzay — 13/01/2016 @ 7:57 pm | Responder

    • Por su ubicación geografica (Caribe o latino america) no le es de aplicación el derecho de España, que es al que se refiere este blog, y sobre el que podemos asesorar. Le recomiendo busque un abogado especializado en su zona de residencia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/01/2016 @ 8:23 pm | Responder

  208. Quisiera saber que teamite debo de hacer …
    Tengo dos hijas una de 4 y otra de 2 y medio
    Soy argentina y vivo en uruguaymis hijas son uruguayas …hace 6 años q vivo en uruguay y 5 y medio en pareja en fines de noviembre nos separamos con mi pareja…la cual fue decision de el …
    Mis padres viven en uruguay pero retotnaran para argentina porque este pais es un lugar muy caro … He hablado con ni ex pareja y me reconendo irme con mis padres paa argentina…a lo que yo agrege que si me iba me iria con mis hijas y me deberia firmar un papel si el esta de acuerdo y me dijo q si q lo firmaria
    Qyusiera saber que papeles legales se deben hacer teniendo el consentiniento del padre para que mis hijas y yo vivamos en argentina
    Y el solo verlas en epocas de vacaciones asi acordamos

    Comentarios por ariana — 24/01/2016 @ 11:20 am | Responder

  209. Hola yo tengo un niño de 4 años de edad y poseo la guarda y custodia de el desde hace ya 3 años en que la madre se fue a 500 km de distancia. En ese tiempo hemos vivido en casa de mis padres, y ahora voy a tener otro hijo con mi pareja y me gustaría mudarme con ella y con mis hijos. Para ello no debo de cambiar de barrio,ni de colegio ni de nada dado que seguiría al lado de sus abuelos. Me gustaría saber si podría perder la guarda y custodia si me mudo aunque sea al lado se mis padres. Su madre debe de pasar manutención nunca lo ha hecho y he tenido diversos juicios de faltas por incumplimiento de régimen de visitas ya que no devolvía al niño en tiempo ni forma todos ellos ganados. Gracias

    Comentarios por Miguel angel — 14/02/2016 @ 10:34 pm | Responder

    • Por un cambio de residencia de este tipo no se dan modificaciones de custodia, y mucho menos si el otro progenitor se encuentra a tal distancia. Si que debería comunicarle el nuevo domicilio, pero precisamente, como el cambio que propone no modifica el colegio ni el centro de salud, no hay motivo de preocupacion.
      En cuanto a la menutención impagada, puede reclamarla a través de demanda de ejecución de sentencia. Según en que comunidad se encuentre, puede reclamar hasta 3 o hasta 5 años de impagos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/02/2016 @ 12:32 pm | Responder

  210. Hola buenos días!!. Me gustaría exponeros mi caso porque necesito puntos de vista externos, por si podéis orientarme un poco.

    Mi pareja y yo nos hemos separado a finales de Diciembre. Ella es extremeña, más concretamente de Almendralejo (Badajoz) y yo de Sevilla, donde residiamos. Como no teniamos casa en propiedad, ella ha decidido unilateralmente irse a su pueblo llevandose a mi hija (2 años), con el consiguiente agravio impuesto que me causa a mi. Nuestra vida estaba hecha aquí desde los principios… (embarazo, nacimiento, guardería, pediatra, amigos y obviamente hogar y mi familia). Creo entender por lo que me han dicho varios conocidos, que ella no debería haberse llevado a la niña así como así, pero bueno, es verdad que ante el desconocimiento y por no querer enturbiar las cosas, no le he dado «ruido» al respecto.

    A fecha de hoy, aún no tenemos convenio regulador, ni siquiera uno provisional. Más o menos tenemos todo aclarado, incluso el aspecto económico, pero hay un punto en el que no conseguimos ponernos de acuerdo. Es un punto que yo considero justo, pero me gustaría saber opiniones al respecto y si las cosas son así o directamente se me está yendo la razón… Es el siguiente;
    Debido a la distancia existente (170 km x 4 desplazamientos= 680 km cada fin de semana alterno), estoy pidiendo compartir el recorrido, haciéndose cargo cada uno de su parte. No es sólo cuestión económica, sino también el desgaste físico, mental y de tiempo que supone (un mínimo de 3 horas entre ida y vuelta). Ya le he expuesto que me da igual la forma; quedando a mitad de camino, yendo uno a por la niña y recogerlo el otro ó un fin de semana completo el recorrido cada uno.
    Ella se niega en rotundo y cuando lo hablo con mi abogado, me dice que no me encabezone con ese tema y tal… quedándome un malestar interior impresionante, ya que para mi punto de vista, no creo que esté pidiendo algo que sea descabellado y estoy pensando en los tantisimos años por delante que me quedan.
    Pero como ya no sé si quizás sea cierto que me estoy encerrando en mi bucle, quisiera saber si esto lo recoge las leyes tal cual están actualmente o, de ir a juicio, es algo utópico de conseguir.

    Un saludo y gracias de antemano. Que tengan todos un gran día

    Comentarios por Alejandro Martín Vázquez — 17/02/2016 @ 12:46 pm | Responder

    • Al haber «consentido» en cambio de domicilio de la menor, hacer que regresen a Sevilla seria complicado (aunque no imposible). El problema está en que, entendiendo que no estan casados, el procedimiento regulador se deberá seguir en el juzgado del domicilio de la menor, y, sin querer desprestigiar, Sevilla tiene juzgados más especializados en familia que Almendralejo. Si estaban casados la cosa cambia, corresponde al Juzgado del ultimo domicilio conyugal.

      Al margen de esta precisión, que no deja de ser importante, existe una resolución del Tribunal Supremo que precisamente establece que en situaciones como la suya, se establezca un reparto de la carga economica e incluso logistica de los desplazamientos para llevar a cabo el regimen de visitas con el progenitor no custodio. No está Vd mal encaminado y tiene perfecta razón en solicitar esto, máxime cuando, por la edad de la niña, van a ser muchos años de viajes de un lado a otro. Por lo tanto, no puedo compartir la opinión de su Letrado, al menos, con la información que me proporciona en este mensaje.

      Si desea una valoración más exacta con propuesta de intervención y honorarios , no dude en comunicarse con nosotros por correo electronico, ya que necesitaremos algunos datos personales para ello.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/02/2016 @ 12:56 pm | Responder

      • La niña aún está empadronada aquí en Sevilla. Ella me pidió que diera el permiso para empadronarla allí y fue mi abogado el que me dijo que no lo hiciera, alegandome que precisamente era para que el procedimiento fuera visto aquí, por lo que aún ella reside legalmente en Sevilla, en el mismo domicilio donde vivíamos.
        ¿Habría posibilidades reales de poder pedir una custodia compartida con el consiguiente regreso de mi hija a Sevilla?, ¿O eso tal cual están las leyes actualmente si resulta complicado de conseguir?

        Comentarios por Alejandro Martín Vázquez — 17/02/2016 @ 1:46 pm

      • Por la información de que dispongo, yo plantearia la regulación de la situación interesando el regreso y la compartida. Cada vez son mas los Juzgados que acuerdan la compartida porque asi lo viene apoyando el TS. El no ya lo tiene. No se si me explico. En caso totalmente desestimatorio, se quedaría más o menos como está ahora. Todas las opciones son a mejor.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/02/2016 @ 2:05 pm

  211. Hola, buenos días.

    Llevo cuatro años divorciado y mi exmujer tiene la custodia de mi hijo de 11 años. Tanto las visitas al niño por mi parte como lo concerniente a la manutención se llevan a cabo con normalidad y sin problemas y el niño está bien y acepta la situación con naturalidad. Tengo una nueva pareja a 700 kilómetros de distancia, concretamente en Andalucía, y me gustaría trasladarme e irme a vivir con ella. Mi hijo dice que no le importaría venir a vivir conmigo ya que conoce a mi actual pareja y conviven bien y de hecho a expresado varias veces su deseo de vivir conmigo tanto si me voy como si me quedo en mi domicilio actual (Valladolid). Les quería preguntar a partir de que edad los jueces respetan la voluntad de los menores en este sentido para iniciar los trámite y pedir la custodia de mi hijo tanto en el caso de que me traslade de domicilio como si me quedo en el domicilio actual.

    Muchas gracias y un saludo.

    Comentarios por Raul — 17/02/2016 @ 1:36 pm | Responder

    • Es un error generalizado considerar que la voluntad del menor será la que haga determinar al juez una custodia u otra. Tampoco es cierto, que a partir de los 12 años el menor puede decidir sobre con quien vivir o si ve o no al otro progenitor. Los menores, en tanto que menores, no tienen potestad de decidir nada. Sólo la mayoria de edad permite tener decisión.
      En todo caso, tanto en un procedimiento inicial como en una modificación, el menor, a partir de los 12 años de edad, tiene derecho a ser escuchado por el Juez.
      Evidentemente, si se procede a una modificación porque se dan los requisitos para ello, y el menor pone de manifiesto que desea convivir con uno u otro progenitor, y sus razones no son banales, ni están influenciadas, el Juez y el Fiscal van a tenerlo en cuenta a la hora de resolver.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/02/2016 @ 2:02 pm | Responder

  212. Buenas tardes,
    tengo 17 años y me fui a estudiar a otra ciudad y estoy viviendo solo, en mi dni figura todavia el domicilio de la casa de mis padres, quisiera saber si tengo que hacer el cambio de domicilio, y que pasa cuando cumpla la mayoria de edad? Me podrian decir que en articulo del codigo civil lo puedo encontrar?
    muchas gracias.

    Comentarios por juan — 14/03/2016 @ 9:02 pm | Responder

    • El cambio de domicilio deberá ser, de momento, autorizado por los padres, ya que todavia eres menor, salvo que se haya declarado tu emancipación legal. En cuanto a las dudas sobre la mayoria de edad, no comprendo cuales son.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/03/2016 @ 9:58 am | Responder

  213. Hola, buenos días.

    Mi ex mujer tiene la custodia de nuestro hijo y quiere llevárselo a vivir a un pueblo de 500 habitantes a cuarenta kilómetros de la residencia actual. El niño va a cumplir 13 años y se niega a marcharse. Ha vivido siempre en la ciudad y no quiere ir a un pueblo tan pequeño, donde no hay centros de enseñanza ni opciones de ocio y su vida se hace más complicada e infeliz y además supone una dificultad para que él y yo podamos vernos con regularidad.

    Mi ex mujer dice que puede llevarse al niño cuando quiera, y que basta con informarme.

    Yo estoy dispuesto a asumir la custodia de mi hijo con todas las consecuencias y tengo un trabajo estable y cómodo que me permite atender a mi hijo correctamente en todos los ámbitos.

    Mi pregunta es sencilla: ¿que debo hacer en esta situación? ¿Puede llevarse al niño cuando quiera? Me gustaría saber vuestra opinión sobre si la exposición de estos argumentos ante el juez sería suficiente para que me diera la custodia a mi.

    Quiero aprovechar para darlos las gracias por este blog. Aquí no se habla de parejas separadas, sino de padres y madres que sufren mucho por la situación que se crea con los hijos, en muchos casos injusta sobre todo con ellos los niños, los más débiles en este situación. Gracias por resolver dudas y ayudar a padres como yo que lo único que queremos es que nuestros hijos crezcan sanos y felices con unos padres que tiran cada uno por su lado sin tenerles muchas veces en cuenta. Gracias.

    Comentarios por Raul — 17/03/2016 @ 11:09 am | Responder

    • No se puede trasladar la residencia del menor ni cambiarle de centro educativo o de médicos sin la autorización de ambos progenitores. Muchas veces la custodia se toma de una forma amplificada y quien la ostente se pinesa que tiene todo el poder de decisión sobre las cosas del menor, y nada más lejos de la realidad.
      Evidentemente, lo primero que debe hacer es comunicarle su decisión y de inmediato, debe Vd contestarle de forma que quede acreditada (burotex, burofax, correo electronico certificado seria lo mejor) que se opone a dicho cambio y acto seguido poner el asunto en manos de un letrado especialista en derecho de familia, para que inicie las acciones legales oportunas, como sería solicitar el cambio de guarda.

      Es muy importante en esta materia el actuar de forma ràpida a la primera comunicación. Y si no hay comunicación oficial, pero si que tiene certeza de que se están haciendo las gestiones para el traslado, comunicarle directamente que se opone a ningun cambio de residencia.

      En prevención, le aconsejo que se acerque al centro educativo actual, y comunique de forma clara, tanto personalmente como por escrito, que se opone Vd a cualquier cambio de centro del menor, salvo que sea Vd quien, de forma personal, proceda a dar la autorización. Esto deja en aviso al centro para que no cursen ninguna baja, ni siquiera con un supuesto escrito firmado por Vd, ya que siempre puede falsearse ( no seria la primera vez que ocurre ni la ultima) por tanto, para una baja, deberá acudir Vd en persona al centro y firmar allí presencialmente los documentos de autorización.

      Si necesita de nuestros servicios, estaremos encantados de facilitarle propuesta de actuaciones y presupuesto de honorarios, por correo electronico, para preservación de datos personales. puede escribirnos a martinez-roges@icab.es

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/03/2016 @ 11:20 am | Responder

  214. Yo cambió de pueblo pero mis hijos seguirán en el mismo colegio y su padre los tendría su semana igual ya que la custodia es compartida . Me puede poner problemas

    Comentarios por pilar — 17/03/2016 @ 8:23 pm | Responder

    • En todo caso el cambio se debe comunicar al otro progenitor, ya que de una forma u otra puede afectarle en sus relaciones con los hijos,o, por ejemplo, los menores deberan desplazarse por carretera hasta su centro escolar , siendo todo ello materias que requieren de un consenso. de todos modos, si no se afecta a sus estancias y no supone para los hijos un cambio de rutinas excesivo ( que tengan que hacer muchos km para ir al cole) , no tendria sentido buscar complicaciones donde no deberia haberlas.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 17/03/2016 @ 8:41 pm | Responder

  215. Buenas noches soy de Argentina y mi caso es el siguiente: mi marido, a quien conozco hace 3 años, tiene a su hija de 3 años a cargo, mediante una tenencia consensuada con la mujer que la tubo. El tema es el siguiente, la mujer nunca quiso tener contacto con la nena, durante el embarazo no se cuidó, quiso abortarla, mediante denuncia obligaron si inducción a cesárea, ya que ella padecia preclancia. En los 3 años de la nena, nunca se apareció, siquiera para preguntar por ella. La nena ha crecido creyendo que soy su madre, y de hecho lo soy, ya que he sido yo quien ah estado en su crecimiento, brindándole cariño, valores, enseñándole, etc. Queremos hacer el cambio de domicilio de la nena, ya que al momento de acordar la tenencia, el padre custodio y la progenitora, decidieron que la nena viva en Zapala, pero luego, viendo que la progenitora no mostraba interés en saber sobre la nena, él decide trasladarla a Neuquén, dónde consiguió un trabajo bueno y estable. El problema es que ya hacen 2 años y.medio que mudamos a la nena,pero no hicimos ningún traslado legal, ¿que inconvenientes nos trae ahora hacer el cambio de domicilio? Necesitamos la aprobación de una mujer que se ausentó por completo de la crianza de la nena?

    Comentarios por Daiana — 20/03/2016 @ 9:29 am | Responder

  216. Vaya con la ley….cuando un padre pasa de su hija durante 8 años y de repente recuerda que tiene una hija..le dan custodia compartida y provocan crisis de ansiedad en la niña…esto es justicia?????

    Comentarios por Mar — 21/04/2016 @ 10:56 pm | Responder

    • Desconozco su situación. Si la menor no lleva bien el cambio, ayudela con un soporte profesional para adaptarse a la nueva situación. Y en todo caso, entiendo que tiene Vd una sentencia que se puede apelar.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/04/2016 @ 9:59 am | Responder

  217. Hola!!! Yo tengo otra pregunta. Nos divorciamos hace como 10 años, con dos niñas que en aquel momento tenían 3 y 6 años, y por estar yo en ese momento trabajando en el extranjero se acordó la custodia para mi ex-mujer, así como las medidas tanto económicas como de visitas.

    Todo de común acuerdo. La relación ha sido buena y lo digue siendo. Pago 1500€ al mes por las dos niñas, mas extras, y nunca he dejado de pagar. Ademas de esto hemos venido a verlas un fin de semana si y uno no desde siempre, viajando desde nuestro lugar de residencia: Dublin, Ginebra, Barcelona…. Tanto la madre como yo hemos sido flexibles con las visitas, y las vacaciones también a medias.

    Ahora mi hija mayor tiene 15 años (cumple 16 en Septiembre) y dice que no esta cómoda en su colegio en Valencia, que necesita un cambio de aires, así que le sugerimos que viniera a vivir con nosotros en Barcelona, donde ademas tiene 2 hermanos mas (7 meses y 2 años). La idea le encantó, y se lo ha comunicado a su madre, que se lo tomó muy mal. Ahora ni me habla, y a la niña la están presionando por todos los lados para que cambie de idea.

    Vivimos en Sant Cugat, un sitio bastante mas agradable que donde viven ellas, tendría su propia habitación, le hemos buscado un cole estupendo, estaríamos de acuerdo en pagarle viajes para que vea a su familia y en seguir yendo a Valencia a ver a la pequeña…. Pero nada, simplemente no hay respuesta y si presión a la niña, que de momento parece que lo sigue teniendo claro.

    Que me aconsejas que hagamos?

    Comentarios por Andres Martin Melchor — 04/05/2016 @ 12:22 pm | Responder

    • Si la hija realmente quiere ese cambio, y con la edad que tiene, plantee una modificación de medidas en la que se solicite el cambio y en la que ella sea oida. Desde este despacho podriamos asumir la defensa de su asunto. Si nos comunica algunos datos más concretos por correo electronico ( por motivos de privacidad), le podemos facilitar presupuesto de actuaciones y planteamiento basico, o bien concertar una reunión en nuestro despacho de Barcelona para valorar la situación.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/05/2016 @ 1:16 pm | Responder

  218. yo tengo la custodia de mi hija de 4 años y el padre tiene la custodia de los dos otros hijos mios de 17,y 15 me la puedo llevar a canarias con un contrato de trabajo …q creis que me podra decir un juez

    Comentarios por raquel — 09/05/2016 @ 8:19 pm | Responder

    • lo mejor es plantear la situaciación primero al padre, solicitando su autorización. Si se niega, deberá solictarlo al Juez, con toda la documentación justificativa de que el cambio supone un bien para la menor, e incluso proponiendo una nueva forma de que la menor vea a su padre y hermanos.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/05/2016 @ 6:42 pm | Responder

  219. Hola, tengo un hijo de 5 años, yo suy español y su madre peruana, nos estamos separando por mutuo acuerdo, pero sin venir a cuento ella me denuncio por maltrato psicologico, todo esto enmedio de la espera de la sentencia de divorcio, eso a mi me ha escamado un poco, ahora va a viajar ha peru por vacaciones, pero me estoy mosqueando un poco, pues mi hijo ya tiene el pasaporte, me ha mandado copia de los vuelos de ida y vuelta, pero tengo la duda de que si la madre le hea podido sacar la doble nacionalidad sin yo saberlo, si es que es posible, y por consiguiente quedarse alli sin ser mi hijo ilegal en peru, mi pregunta es si alguien sabe si para pedir la doble nacionalidad en el consulado de peru es necesario la firma de los dos conyuges o se la pueden dar solo con la de la madre que es peruana?

    Comentarios por juan — 24/05/2016 @ 10:56 pm | Responder

    • Los requisitos deberia obtenerlos del consulado del pais en cuestión. Si Vd tiene sospechas de que el menor no vaya a regresar, y todavía no tienen regulado legalmente el regimen de guarda y custodia, mi consejo es que se oponga al viaje del menor hasta que no esté regulada la guarda, puesto que sin una sentencia, ella podria perfectamente quedarse allí y pedir una guarda en aquel pais.
      Debe solicitar de inmediato un cierre de fronteras para el menor. Consulte a su abogado, ya que es quien tiene todos los detalles y antecedentes de su expediente. En todo caso, este despacho podria intervenir en esta solicitud si lo desea.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/05/2016 @ 9:47 am | Responder

  220. Tengo dos hijas. La mayor de edad vive conmigo porque su padre la intentó agredir igual que a mi. He realizado tres denuncias por acoso, las tres archivadas.Mi hija menor esta en regimen de custodia compartida. Yo firme un convenio de mi hija menor obligada. Hacia un mes que mis hijas vivian en el domicilio de mi marido que yo abandoné, si no firmaba no las veía…

    Se niega a reconocer que vive en mi domicilio. No quiere ´que yo la empadrone. Al igual que todas las madres que anteriormente han escrito no recibo dinero de los gastos de la menor. Para hacer el pasaporte tuve que hacer hechos consumados, me personé en el departamento de policia y lo hice llamar.
    He realizado el cambio de domicio, pero mi hija no esta empadronada.

    Quisiera desde este foro decir que las madres y algunos padres estamos muy desprotegidos a nivel legal.
    Ejercen la violencia de género mientras estamos casadas y después nos amenazan con hacer daño a nuestros hijos.

    En mi caso mi ex marido tiene armas sin permiso de armas. Lo he denunciado en varias ocasiones. La policia no ha realizado la denuncia. Lo he hecho de nuevo a traves del juzgado. La denuncia esta hecha en el mes de enero y todavia no ha habido juicio. He pensado en comprar armas yo para defenderme con el correspondiente permiso.

    Desde hace más de 10 años en este país se esta viviendo una escalada de violencia de genero. Si que me gustaría que me respondieras a una pregunta: ¿porque las penas son tan cortas (5 meses)o incluso no ingresan en prisión? ¿cuando fue la ultima modificación de la ley?

    Comentarios por LAURA SORIA — 11/07/2016 @ 3:31 pm | Responder

    • Este no es un foro de debate, sino que se resuelven pequeñas dudas de forma generica. En cuanto a su pregunta, las penas estan determinadas por una ley organica, aprobadas por el parlamento. Genericamente en el primer delito con pena inferior a 2 años no existen ingreso en prisión, porque así lo determina la ley.
      El vigente codigo penal es de 1995, con revisiones continuadas y modificaciones, como la de julio pasado por la que se eliminaron las faltas y se instauraron los denominados Delitos leves. La ley de Violencia de genero es de 2004

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/07/2016 @ 3:47 pm | Responder

  221. Hola, mi marido se a marchado a vivir a Catalunya sin avisar sin sacar las cosas de casa dejándome sola con mi niña de 2 años yo no quiero mudarme a Catalunya ya que mi niña a nacido, vive y tiene sus amiguitos aquí en Andalucía, el quiere obligarnos a marchar allí alegando que aquí estamos solas y allí toda la familia pero mi niña no conoce más lugar que donde a vivido desde que nació. Aún no va a la guardería porque me la han denegado, puede obligar a mi niña y a mi a marchar a Catalunya un juez a petición del padre o los abuelos?

    Comentarios por Sandra — 23/08/2016 @ 3:36 am | Responder

    • La edad de la menor no es suficiente para que se entienda que existe un perjuicio para ella si cambia de localidad de residencia, no se puede entender que exista un arraigo social que aconseje mantener aquel domicilio.

      Al margen de ello, al haber marchado él, mi consejo seria que pusiera ya mismo Vd demanda, cuando menos de medidas provisionales previas, a fin de que tenga ya una resolución judicial que establezca, al menos provisionalmente, el domicilio y la custodia de la menor.

      A Vd nadie puede obligarla a residir en ningun lugar. Otra cuestión es la menor, que deberá residir donde se considere que es mejor para ella y si los padres no se ponen de acuerdo en ello, lo decidirá, imponiendolo, el juez.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 24/08/2016 @ 6:14 pm | Responder

      • Gracias por la respuesta, yo se que nadie puede «obligarme «pero es que resulta que si obligan a mi niña a ir a Catalunya a mi no me queda otra que mudarme porque si yo no la he abandonado como a hecho su padre, tampoco lo haría después así que en cierta medida si me veo obligada, el dice que toda su familia está allí y la mía también pero es que ella no les conoce pero si que conoce a sus amiguetes de aquí a sus vecinos y esta muy apegada a mi, así que como si un juez la obliga a ella no voy a ir yo detrás.. Mi vida es mi niña y nunca jamás la dejaría sola con extreños.

        Comentarios por Sandra — 24/08/2016 @ 7:46 pm

      • Tenga en cuenta que sea cual sea el regimen de guarda que se establezca, si el padre reside en Catalunya, la menor pasará temporadas con el padre, más o menos largas, pero las pasará. También los abuelos tienen derecho a un régimen de visitas y podrian pedirlo perfectamente. El apego a Vd es logico y normal, pero las relaciones con terceros (vecinos o amigos) no son suficientes para determinar un arraigo a un territorio, como ya le comenté, basicamente por la edad de la menor. No considere a los familiares como extraños, porque cuando vaya a la guarderia o al colegio, se verá con extraños y es lo más normal. Si Vd normaliza la separación de la menor, si normaliza las relaciones con familiares, o con nuevos amigos o vecinos, sea donde sea, la menor no tendrá ningun problema relacional. Muchas veces somos los adultos los que tememos a los cambios. los niños se adaptan a la perfección a todo.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 25/08/2016 @ 10:03 am

  222. Buenas, estoy gestionando las becas de mis hijos en la universidad y como estamos divorciados me piden la sentencia y el acuerdo. El problema es que ya hace 6 años y aunque seguimos teniendo la custodia compartida , en el acuerdo pone que iban a estar conmigo en la casa familiar y a dia de hoy estan con el padre en otra ciudad distinta a la que estoy yo. He de presentar un papel que justifique estos cambios o me denegaran la beca al comprobar que la situacion actual no coincide con el acuerdo. ¿Que papel sería necesario que acredite estos cambios? Gracias .

    Comentarios por Carmen — 30/08/2016 @ 4:56 pm | Responder

    • Pues necesitará como mínimo y para agilizar, un convenio firmado por ambos y suscrito por notario, para salir del paso. Si realmente la situación actual no es la que se recoge en la sentencia, mi consejo es que procedan a una modificación de mutuo acuerdo ante el juzgado, para tener una sentencia acorde con la realidad. De todos modos, los estudios universitarios se inician ya siendo mayores de edad, por lo que la guarda y la patria potestad queda automaticamente sin efecto al momento de cumplir los 18 años.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/09/2016 @ 6:52 pm | Responder

  223. Necesito una autorización expresa del padre para escolarizar al niño en otra comunidad autónoma o simplemente con una autorización normal me valdría

    Comentarios por Hadda — 08/09/2016 @ 12:54 pm | Responder

  224. Mi nombre es Altagracia soy casada con un franse y quiero que mi dos niña viajen de vacaciones cuales son los requisito que nesecitos

    Comentarios por Altagracia Tejada gusman — 19/09/2016 @ 4:58 pm | Responder

    • Si no nos indica sus nacionalidades, lugar de residencia y otros detalles, no podemos ayudarla. Basicamente necesitan disponer de pasaporte y que no exista una prohibición de salida del pais.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 19/09/2016 @ 5:46 pm | Responder

  225. Hola tenemos la Custodia Compartida de nuestra hija de 4 años…Yo cuando me cambie de domicilio,avise a mi ex por escrito del cambio,como bien dice en el convenio.Ahora resulta que mi exmujer despues de unos años viviendo con sus padres y mi hija alli…se ha comprado o alquilado una casa con su pareja y se ha ido a vivir alli…y no me ha avisado de dicho cambio y en algun caso tengo que entregar y recoger a mi hija en casa de sus padres como hasta ahora y no en su nuevo domicilio como deberia ser noo?El cambio de domicilio lo se por los estados de whatsap y por lo que me dice mi hija de su casa nueva.Esto es denunciable o que deberia hacer yo y ella claro…Gracias.

    Comentarios por Jose — 24/09/2016 @ 10:56 am | Responder

    • Mientras no le comuniquen el cambio, debe atenerse a lo que refleja el convenio o sentencia, y seguir recogiendo y entregando como lo venia haciendo. No es denunciable porque no es ningun ilicito penal. Y si el cambio de domicilio no le afecta a vd ni a la escolarización de la hija, tampoco tiene mayor interés plantear una ejecución de sentencia para que se la requiera de comunicarlo.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 06/10/2016 @ 10:03 am | Responder

  226. Hola,saludos, Soy padre divorciado y con una niña de 13 años custodia compartida y patria potestad de mi ex señora.Desde el mes de Noviembre, y a petición de mi hija, la niña reside en mi hogar estando de mútuo acuerdo por el bien de esta los dos mi ex y yo. Pero mi ex sigue teniendo la patria potestat teniendo problemas en cuestion para médicos instituto etc Qué puedo hacer ? mi ex señora paga la mitad de todo en lo que se refiere matrículas excursiones todo menos manutención y ropa de la niña. Yo no puedo pedir ayuda, pués estoy en paro pués consta que la tiene ella en casa El régimen de visitas es un fin de semana cada uno así acordamos aunque la niña le cuesta ir.

    Comentarios por JORDI BRUGUÉS — 06/10/2016 @ 11:46 pm | Responder

    • Debo entender que es patria potestad compartida y custodia de la madre, ya que la patria potestad es siempre compartida salvo en casos muy muy puntuales. Para que refleje la realidad , deberían plantear una modificación de medidas, entiendo que serian de mutuo acuerdo, en las que se aporte una convenio modificando la guarda en favor de Vd y regulando las aportaciones de cada uno a los gastos de la menor.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2016 @ 10:50 am | Responder

      • Correcto en lo que dice,de lo de la patria potestad es así como dice usted,En lo que se refiere hacer modificación de medidas oficialmente cuesta un dinero y es bastante,y con lo que cobro del paro no tenemos bastante para hacerme cargo.Gracias

        Comentarios por JORDI BRUGUÉS — 10/10/2016 @ 2:34 pm

      • Si se hace de mutuo acuerdo, el coste se reduce sustancialmente. Y estando en paro, es posible que le corresponda beneficio de justicia gratuita. Podria consultarlo en el colegio de abogados que le corresponda por partido judicial. En todo caso, mi recomendación, para su seguridad, sería que plasmaran el acuerdo en algun tipo de documento escrito, sobre todo para que quede constancia de que Vd deja de pasar pensión de alimentos por la hija a la madre. no sea que luego le aparezca una reclamación por este concepto…

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 10/10/2016 @ 4:03 pm

  227. Tengo una consulta una duda el día 1/01/2015 mi ex pareja padre de mis dos niñas que en ese momento tenían 3 y 5 años, el se las lleva para saludar a sus parientes paternos, volviendo solo a mi hogar queriendo tener algo con migo siendo q el ya tenía mujer y nosotros separados hace ya 3 años en ese entonces y tendría q estar con mis hijas, vuelve queriendo star con migo al rechazarlo el lastima a mi hermana y hace una denuncia diciendo q mi hermano quizá abuzar de mi hija más chica. Cosa q nunca fue sierto empezamos todo legal hoy siendo 2 años la acusación q hace hace mi hermano nunca llegó ni una citación se paralizó la causa esa por faltas de pruebas, el empieza la tenencia bueno siguen los tramites pasamos por peritos psicólogos por todo el proceso y esta todo a mi favor todo. Lo último piden que los asesores de incapaces hablen con Mis niñas ella dicen q quieren vivir con la madre y q el padre las visite. La ambiental todo tuve informes muy favorables a mi favor. Que faltaría para recuperar a mis niñas?

    Comentarios por Patricia — 19/12/2016 @ 3:30 am | Responder

    • Lamento no poder asesorarle pero por su relato entiendo que no se encuentra Vd en un supuesto de aplicación de la ley española.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 04/01/2017 @ 6:22 pm | Responder

  228. hola buenas tardes, tengo mi niña que vive en peru y yo en Chile, mi hija quiere radicar aquí en Chile conmigo, nosotros hablamos con el papa de ella y el esta dispuesto a darle el permiso para que viaje, pero mi pregunta es e lo que debe decir en el papel, se que tiene que ser notarial? o que debe de decir para tener la tenencia ? esto lo puede redactar ante un notario? por favor se lo agradecería infinitamente, por favor ayúdeme, gracias

    Comentarios por Angelica Maria — 02/02/2017 @ 8:23 pm | Responder

    • Como ya hemos dicho muchas veces, y aparece en la cabecera, este blog solo puede asesorar en derecho español. Lamento no poder ayudarle. debe buscar un abogado en su pais.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 03/02/2017 @ 10:39 am | Responder

  229. Lo que no es logico. Esque se nos atribuya la guarda y custodia de los hijos y luego no haya libertad y tengamos que contar con la autorizacion del otro conyugue.
    Ademas contando .que si no hay buen trato el otro conyugue..por fastidiar no lo hara.mi caso.
    Yo tengo una hija de 12 años.hace 2 años que no tiene trato con su padre.y vive a una calle de nosotras.desde hace 7 años k me separe no cumple con el regimen de visitas..porque la niña no quiere irse porque su padre la trata mal psicilogicamente….le dice cosas de mi para molestar a la niña y asi que se venga conmigo para que yo no tenga libertad.
    Ahora tengo pareja y queremos irnos a sevilla.pero me piden para matricularla la autorizacion de el.y el por joder que es lo unico k hace porque esta amargado desde que lo deje….a esto no hay derecho.me separe para vivir.y veo k tengo k hacer mi vida en torno a el.porque su hija no kiere nada con el..
    ALGUIEN PODRIA DECIR K HACER.

    Comentarios por ASCENSION HUEDO — 13/02/2017 @ 12:06 pm | Responder

    • Nos separamos o divorciamos de nuestras parejas, pero no de los hijos. Un hijo en comun es un vinculo que, para lo bueno y lo malo, nos mantiene «dependientes» del otro progenitor como minimo hasta la mayoría de edad. La guarda y custodia simplemente supone que el menor reside habitualmente con un progenitor, quien se encarga basicamente de cuidarle eb su dia a dia y de administrar los gastos. Es necesario siempre autorización para todo porque la patria potestad es compartida salvo en casos muy concretos.

      Para cambiar de residencia, y ante la negativa del padre, deberá solicitar autorización al Juzgado.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 13/02/2017 @ 12:13 pm | Responder

  230. buen día, mi caso es el siguiente:
    mi nombre es Gregoria y tengo 56 años, soy de Mexico, tengo un nieto de 4 años y medio, es hijo de mi hija mayor la cual fallecio hace 2 meses. mi hija y mi nieto siempre vivieron en mi casa y yo me encargue junto con mi hija, mis otros dos hijos y mi esposo desde su nacimiento de los cuidados del niño: SALUD, EDUCACION, ALIMENTACION, MANUTENCION Y CUIDADOS GENERALES. el esposo de mi hija vivía en mi casa por temporadas muy cortas y ellos tenían muchos problemas, de hecho el tuvo una hija fuera del matrimonio y ahora la nena tiene 1 año y medio. tras la muerte de mi hija mi yerno y yo firmamos ante el DIF un acuerdo en el cual el me delega como tutora del niño, pero ese acuerdo no tiene validez legal, es solo un papel de mutuo acuerdo, pero ahora el se llevo al niño de vacaciones con el acuerdo de que lo regresaría en dos semanas y ya han pasado 3 y no lo ha traido, ahora dice que están viviendo en otro estado en donde el tiene familia.
    Nosotros queremos recuperar al niño y traerlo a casa ya que mi yerno nunca lo ha proveido y ahora el niño esta perdiendo la escuela.
    ayuda por favor, si no conocen de leyes mexicanas oriéntenme un poco de lo que en su país conozcan. estamos desesperados pues mi yerno no nos deja hablar con mi nieto ni por teléfono.
    bendiciones y gracias

    Comentarios por Martha Jimenez — 28/04/2017 @ 5:21 pm | Responder

    • olvide comentar que mi yerno tiene un antecedente de que su madrastra ya le quito a un hijo que tuvo antes de conocer y casarse con mi hija, el niño es su hijo mayor y tiene 12 años ahora.

      Comentarios por Martha Jimenez — 28/04/2017 @ 5:25 pm | Responder

      • como he referido en su anterior comentario, este Despacho radica en España y puede asesorar sobre supuestos de aplicación del derecho español únicamente.

        Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/06/2017 @ 8:26 am

    • Lamento no poder asesorar atendido que, como aparece en la cabecera del blog, nos limitamos al derecho español.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/06/2017 @ 8:25 am | Responder

  231. Hola, buenas tardes, escribo este caso que vive de lleno mi amiga y estamos muy preocupados por ella. Por favor, si alguien puede ayudarnos o asesorarnos, pues acabamos de venir de un abogado y nada menos que nos dicen que tiremos la toalla y que no hay nada que hacer……..
    Hace 5 años se trasladaron desde Madrid a Valencia por motivos laborales del marido, sus dos hijos son nacidos aquí en Valencia y los dos están escolarizados. Al marido lo acaban de trasladar de nuevo a Madrid, hace cosa de dos meses. Este buen señor, por llamarlo así, ha empadronado de nuevo a toda la familia hace cosa de un mes en Madrid y exige que mi amiga e hijos se trasladen de nuevo a su vivienda familiar inicial. Hay que añadir, que la pareja se ha roto en este período de tiempo y ya estaban hablando de separarse. Pero en cuanto obtuvo el traslado, quiere que mi amiga e hijos se vayan para Madrid, y separarse allí.
    ¿Tiene la obligación mi amiga, de dejar su vida, si sus dos hijos van al colegio aquí?
    Ella no trabaja. Él tiene un buen sueldo. Ambas viviendas son en propiedad y con hipoteca.
    Vaya panorama se le ha presentado.

    gracias a quien pueda aportarme alguna ayuda o comentario, venimos de un abogado, y he fijado fecha para otro la semana que viene, pero no me puedo creer lo que acabamos de oír en un despacho de abogados.

    Comentarios por Nuria — 26/05/2017 @ 2:55 pm | Responder

    • El empadronamiento en Madrid entiendo que se ha realizado para poder tramitar el divorcio en aquella ciudad. Si podemos acreditar que han estado residiendo en valencia, y toda la adapatación al entorno, a pesar del padron, creo que podria conseguirse una tramitación en Valencia, y posiblemente bajo la regulación de la ley valenciana, que es lo que creo ver que no le interesa al marido.
      Sobre el empadronamiento, debería asegurarse de que así haya sido, y instar la nulidad del mismo por haberse realizado sin su consentimiento.
      Una buena opción seria adelantarse al marido y poner la demanda la esposa en Valencia.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 09/06/2017 @ 8:04 am | Responder

  232. Hola soi Luis mi ex pareja se fue con mis hijos fuera de Puerto Rico para Estados Unidos sin yo opinar y como no somos casados y no tenemos nada en el tribunal no puedo aser nada y quiero estar aquí con ellos

    Comentarios por Luis — 22/01/2018 @ 2:55 pm | Responder

  233. Hola aunque no sea el padre de sangre de los niños y tienen su apellido es padre adoptivo aún tiene e mismo derecho sobre ellos que la madre???? Quiero mudarme de país con mis hijos puedo ?!

    Comentarios por María ovelar — 15/02/2018 @ 6:25 am | Responder

    • Pues dependerá de la legislación de cada pais. En España, los hijos legalmente adoptados tienen la misma consideración que los hijos biologicos, por tanto, los padres tienen los mismod derechos y deberes frenta a ellos. Asumo que su consulta no procede de España, de forma que, como se ha dicho reiteradamente en el Blog, y aparece en la cabecera, aqui solo asesoramos sobre derecho español.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/02/2018 @ 10:53 am | Responder

  234. hola quería saber como puedo traer a mi hijo a su casa yo me separé ase dos meses yo viví en rosario y la madre se lo yevo a villa Ocampo provincia de santa fe y no me lo deja ver mi hijo tiene su casa acá n rosario su pieza aparte y ella no tiene casa vive en la casa de su abuela yo quiero q mi hijo viva en su casa como puedo acer para tener la custodia de mi hijo

    Comentarios por dario acosta — 30/05/2018 @ 1:32 am | Responder

    • Como bien se refleja en el titulo del blog, SOLO PODEMOS ASESORAR EN DERECHO ESPAÑOL que es el derecho aplicable en España y a los españoles

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 14/06/2018 @ 11:31 am | Responder

  235. Hola muy buenas,, mi pregunta es,,,, mi mujer se marchó de casa con el niño a vivir a 60 km y tengo al niño todos los fines de semana, pero lo tengo que ir a buscarlo y entregarlo yo,,,, hay alguna ley que es ella quien me lo traiga por vivir tan lejos;? Y ella trabaja todos los fines de semana,,, Gracias

    Comentarios por Javier Visus tremosa — 26/08/2018 @ 9:31 pm | Responder

    • Ley no hay ninguna. Existen sentencias que se refieren a estas situaciones y que podrían ser alegadas a fin de que el reparto de la logística de desplazamientos sea compartido y no vaya a cargo de uno solo de los progenitores. No nos indica si ya tienen regulada legalmente su situación en relación al niño, cuanto hace que marchó o si Vd autorizó o consintió este cambio de domicilio, cuestiones todas ellas muy importantes para poder valorar su situación y las posibles actuaciones. Si lo desea podemos resolver la consulta y proponerle opciones, si nos da algunos datos más a través de correo electrónico ( por cuestiones de protección de datos) o incluso reunirnos presencialmente o realizar una videoconferencia a través de Skype o aplicaciones similares. Contacte por mail, si es de su interés, a martinez-roges@icab.es Gracias por su consulta.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/08/2018 @ 6:45 pm | Responder

  236. Hola, y si en convenio se reflejase que ella podía cambiar de residencia e incluso de ciudad, puede hacerlo sin contar con el padre?

    Comentarios por Anonimo — 21/09/2018 @ 11:52 am | Responder

  237. Tengo un hijo de 9 meses i me e sepadado vivimos en sabadell ella quiere irse a andujar a vivir yo con un abogao e pedio que reclame el 50 por ciento de el niño ella ace 4 meses que se fue a andujar i yo no e buelto ver a mi hijo ella puede llebarselo sin mi permiso i quedarse a vivir alli sin mi consentimiento?

    Comentarios por antonio — 24/11/2018 @ 6:24 am | Responder

    • Pues lamentablemente si en 4 meses no ha hecho Vd patente su oposición al cambio de residencia, se puede entender que lo ha consentido. Habrá juzgados que así lo consideraran. Esta oposición debe efectuarse por un medio del que quede constancia, y lo mejor es con una demanda judicial de divergencias en materia de patria potestadSi además no están casados, si no se ha iniciado procedimento judicial de regulación de las responsabilidades paternofiliales, el tema se llevará en Andujar ya que es donde actualmente se encuentra el menor. Si estaban casados, se llevará en el Juzgado correspondiente al ultimo domicilio familiar, que entiendo que era Sabadell.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 26/11/2018 @ 1:01 pm | Responder

  238. Que tramite se debe aser si mi ex se lleva a vivir mis hijas a chile necto saber quientiene firmsr autorizacion.y que derechos tengos ya que mis hijas son argentina y van a vivir a chile

    Comentarios por fabio ivan lopez — 04/12/2018 @ 12:28 am | Responder

  239. mi hija convivio un año con su ex pareja y tubo un beb, el le dio violencia verbaly sicologica mi hujalo dejo volvio con sus papa y la pareja ke dijo que no queria ver mas a la niña que le iba a quitar el apellido y exigia adn, pasaron 5 meses y el ni su familia preguntaron por la beb, entonces mi hija lo demando por pension alimentic lo cual fue 50 mil pesos y un tarro de leche nan el cual no cumplio fueron a otrA MEDIACION Y SE LOGRO QUE LE DEPOSITA 120 MIL PESOS POR PENSION ALIMENTICIA Y LA MITAD DE LOS GASTOS CUANDO LA BEBE SE ENFERME, Y RESPECTO A LAS VISITAS SE LA PASABA MI HIJA PARA QUE LA LLEVARA EL DIA DOMINGO 4 HORAS A SU CASA Y VIERNES 4 HORAS, PERO RESULTA QUE LO HIZOEN ALGUNAS OCACIONES Y DESPUES POR TELEFONO LA AMENAZO DE MUERTE, ENTONCES SE FUE AL JUZGADO DE FAMILIA Y LA HIUCIERON HABLAR CON LA ASISTENTE SOCIAL LA CUAL LE DSIJO QUE NO PODIA PASARLE LA NIÑA QUE EL TENIAQUE VENIT A DOMICILIO A VERLA EN LOS DIAS Y HORAS ESTIPULADAS EN LA MEDIACION, COSA QUE NUNCA VINO A VERLA AHORA slos citaron en tribunal de familia una jueza la cual le poermitio que el se lleve la niña a su casa en los horarios y dias que el firmo, viernes y domingo, no paso nada hoy estamos terminando el dia domingo y no vino a buscarla, ahora despues que el hizo la amenaza de muerte carabineros mando todo a la fizcalia y tenian que ponerloe orden de alejamiento y no lo hizo la fizcalia, o sea si le pasa algo a ella el es el responsable y como una jueza no toma en cuenta una amenaza de muerte y permite pasarle a la niña, me pueden asesorarpor favor

    Comentarios por rosa — 11/02/2019 @ 1:14 am | Responder

    • Como se refleja en el encabezamiento del Blog y en multiples respuestas, SOLO ASESORAMOS EN DERECHO ESPAÑOL. Se encuentra Vd en latinoamerica, y cualquier respuesta seria errónea.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 18/02/2019 @ 9:50 am | Responder

  240. Buenos días Assumpció:

    Mi caso es el siguiente:

    Estoy divorciado y tengo un hijo (14 años) en común con mi exmujer. La custodia la tiene ella y viven en el domicilio familiar.
    Desde hace unos años, mi exmujer se casó de nuevo y tuvo un nuevo hijo (4 años) con su actual marido, los cuales conviven en el domicilio familiar junto a mi hijo.
    También desde hace unos años yo estoy viviendo con mi actual pareja que a su vez tiene una niña de una relación anterior (12 años). Nosotros vivimos a 100 metros de la vivienda de mi hijo.
    Tras la sentencia del 20 de noviembre de 2018 he decidido liquidar dicha vivienda ya que al entrar una nueva persona en el domicilio familiar, me da la posibilidad de solicitar la parte correspondiente (la vivienda familiar es de ella y mía a partes iguales).
    El problema es el siguiente:
    Cuando ella compre mi parte y disponga de la totalidad de la vivienda, querrá venderla para irse a vivir a 40 kms de donde vivo yo, con el consiguiente trastorno que supone para mi hijo tener que empezar una nueva vida, nuevos amigos, nuevo entorno, nuevo instituto, etc… por no hablar del nuevo régimen de visitas, desplazamientos,…
    Y si llegamos al acuerdo de que sea yo el que compre su parte, ella podrá alegar que como se ha quedado sin vivienda, no tiene más remedio que irse a vivir donde ella quiere.
    Por todo ello, le pregunto:
    1) El hecho de liquidar la vivienda familiar (bien se la quede ella, bien me la quede yo), ¿afectaría a un hipotético cambio de residencia de mi hijo?
    2) Si yo compro su parte, ¿no podría alegar que se ha quedado sin vivienda y se tiene que ir? (siendo esta solución más determinante a ojos del juez que si la compra ella).
    3) Desde su punto de vista, ¿cuál sería la mejor opción para que mi hijo no se fuera?

    Muchas gracias por su atención.

    Miguel Ángel.

    Comentarios por Miguel Ángel — 30/04/2019 @ 11:54 am | Responder

    • Un cambio de residencia debe hacerse con acuerdo de ambos progenitores. Si ella lo propone y a Vd no le parece bien, deberá instarse una demanda de divergencias en el ejercicio de patria potestad para que, a la vista de las argumentaciones de cada uno de Vdes, el Juez tome una decisión. Con la edad del hijo, además, debe tenerse en cuenta su opinión antes de resolver sobre un cambio. En todo caso, quizás la mejor opción seria que ella adquiriera la vivienda, para, como dice Vd. No tener la excusa de haber perdido el domicilio.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 27/05/2019 @ 6:15 pm | Responder

  241. Mi hija tiene un trauma tras mi divorcio que le impide madurar y esta se esta distanciando de mi de mala forma ,que soy su madre y la que me encargue en mayor medida de su educación. Tras el divorcio perdí la custodia ,por ser » yo » ,quien decidio separarse .A mi exmarido no le gustaba mi pareja y aunque entre nosotros ,mi exmarido y yo ,no hay problemas de ningún tipo ,esto hizo que nunca me dejase disfrutar de ningún régimen de visitas .Como yo me sentía culpable con todo y en gran parte por la ignorancia ,no consulte y mi hija y yo ,nunca disfrutamos de estar juntas ,a pesar de que ella quería aún cuando tuviese que ponerse en contra de su padre ,así que nunca estuvimos juntas .Así ,poco a poco mi hija se fue distanciando y hoy en día ,a sus 19 años ,siente como una especie de odio y rencor hacia a mi y esta sumida en una especie de depresión ,que le impide madurar y evolucionar correctamente .Ahora se también ,que pude haber hecho algo por impedir que no me dejase tener a mi hija ,pero que por miedo a que un antecedente de mi pareja lo impidiese ,no lo hice y ahora no puedo hacer nada .Todo esto es pasado y nada se puede cambiar ,pero si creo y es lo que mas deseo ,poder ayudar a mi hija a superar ese trauma y restablecer su confianza y amor hacia mi ,porque esto la esta destruyendo totalmente ,esta sufriendo mucho al igual que yo y no la deja ser persona ,pero no se como ayudarla ,donde tengo que ir ,que tipo de ayuda tengo que pedir ,a quien ,porque los psicólogos no están haciendo gran cosa y ella esta ya casi reacia .

    Comentarios por María — 15/01/2020 @ 11:54 am | Responder

    • Lamento su situación pero este blog es de Derecho de Familia, y no de soporte psicológico, que entiendo que es lo que necesitan.Las leyes aquí no pueden entrar.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 15/01/2020 @ 1:05 pm | Responder

  242. Estoy separada y tengo un niño de 5 años. Vivo con la abuela. Puede cambiar de domicilio en la misma localidad (vivir en otro piso en el mismo pueblo) o tiene que autorizarlo un juez?

    Comentarios por Sandra — 08/06/2022 @ 1:15 pm | Responder

    • Puede modificar el domicilio sin necesidad de autorización siempre que el cambio no suponga un entorpecimiento del régimen de visitas o estancias que el menor tenga con el otro progenitor, ni le dificulte para mantener el mismo colegio al que asista.

      Comentarios por Assumpció Martinez Rogés — 20/06/2023 @ 5:07 pm | Responder


RSS feed for comments on this post. TrackBack URI

Replica a ana Cancelar la respuesta

Blog de WordPress.com.